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ANUNCIO de 26 de mayo de 2024 por el que se somete a información pública la solicitud de autorización ambiental integrada del proyecto de una planta de aprovechamiento de residuos agropecuarios para producción de abono orgánico (digestato) y biometano, promovido por Vegantia, SL, a ubicar en el término municipal de Don Benito, provincia de Badajoz. Expte.: AAI23/004.
DOE Número: 118
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 19 de junio de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 31170
Página Fin: 31174
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, y en el artículo 13 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental integrada del proyecto de una planta de aprovechamiento de residuos agropecuarios para producción de abono orgánico (digestato) y biometano, promovido por Vegantia, SL, a ubicar en el término municipal de Don Benito, provincia de Badajoz, podrán ser examinados, durante un plazo de 30 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura, sitas en avda. Valhondo, s/n., de la localidad de Mérida, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, la solicitud de autorización ambiental integrada ha sido remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al Ayuntamiento de Don Benito, para que promueva la participación real y efectiva de los interesados en el procedimiento de otorgamiento de la autorización ambiental integrada (artículo 14 del Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación).
Es órgano competente para la resolución del presente procedimiento administrativo, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 3.28 y 13.9 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con el artículo 14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Este instrumento de intervención administrativa ambiental, autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme a lo dispuesto en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el otorgamiento de la autorización ambiental integrada precede a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas (artículo 11.4), no pudiendo autorizarse o ejecutarse el proyecto sin que previamente se haya formulado el informe de impacto ambiental (artículo 91.1), incluyendo la autorización ambiental integrada las actuaciones relativas a la evaluación de impacto ambiental del proyecto (artículo 11.2).
Los datos generales del proyecto son:
Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. La actividad es encuadrable en la categoría 5.4.a. de su anejo I, relativa a Valorización, o una mezcla de valorización y eliminación, de residuos no peligrosos con una capacidad superior a 75 toneladas por día que incluyan una o más de las siguientes actividades, excluyendo las incluidas en el Real Decreto-ley 11/1995, de 28 de diciembre, por el que se establecen las normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas: Tratamiento biológico. Cuando la única actividad de tratamiento de residuos que se lleve a cabo en la instalación sea la digestión anaeróbica, los umbrales de capacidad para esta actividad serán de 100 toneladas al día .
Ley 21/2013, de 9 de diciembre. El proyecto se encuentra sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada, al encontrarse incluido en el grupo 9.b del anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, relativo a Instalaciones de eliminación o valorización de residuos no incluidas en el anexo I, excepto la eliminación o valorización de residuos propios no peligrosos en el lugar de producción .
Actividad: El proyecto consiste en la construcción y puesta en funcionamiento de una planta de biometanización de alperujo.
En la planta proyectada, mediante un proceso de digestión anaerobia, se descompondrá la materia orgánica contenida en los residuos (alperujos, purines, gallinaza, lodos de depuración) para transformarla en biogás y en fertilizante procedente del digestato producido para su uso como abono orgánico.
El biogás obtenido será purificado y refinado para obtener biometano, que será inyectado en la red de gas natural.
Capacidad: La planta tendrá capacidad para tratar 546 t/día de residuos.
Ubicación: La instalación industrial se ubicará en la parcela 12 del polígono 17, del municipio de Don Benito en Badajoz, con una superficie total de 118.766 m2. Las coordenadas geográficas representativas de la instalación son: X: 762442; Y: 4324787; ETRS89, huso 29. La parcela donde se implantará el proyecto cuenta con una superficie de 118.766 m2. El acceso a las instalaciones proyectadas se realiza desde caminos agrícolas partiendo desde la N-430, continuando por la carretera a Valdehornillos a la que se accede directamente desde la N-430 y concluyendo en el camino lomo de la liebre desde el que se accede a la parcela.
Infraestructuras e instalaciones:
Denominación Superficie ocupada (m2)
Nave principal de recepción y mezcla 1.426
Nave descarga purines y limpieza vehículos 247
Oficinas y vestuarios 212
Nave separación digestato 960
Caldera biomasa 150
Centro transformación 10
Zona de aparcamiento cubierta 63
Puerta de acceso y baden sanitario -
Báscula 54
Digestor primario 2.400
Digestor secundario 2.400
Digestor terciario 530
Depósito materias primas líquidas 200
Depósito purines 530
Depósito nodriza digestato bruto 380
Silos almacenamiento exterior materia prima sólida 660
Silo almacenamiento exterior digestato sólido 560
Silo almacenamiento exterior biomasa 560
Balsa de alpeorujo 6.600
Balsa digestato líquido 2.520
Compresor upgrading 10
Upgrading de membrana 54
Tanques desulfuración 10
Sala de bombas 144
Sistema de higienización digestato 37
Punto inyección biometano 19
Antorcha seguridad 23
Urbanización con zahorra artificial 12.000
Urbanización solera hormigón 20.000
Placas fotovoltaicas autoconsumo 3.640
Plantación olivos superintensivo 45.172
Plantación olivos en arbolado 15.480
Balsa agua riego 800
Canal riego existente 1770
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (Oficinas de Asistencia a la Ciudadanía de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Electrónico de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
La comparecencia en el trámite de información pública no otorga, por sí misma, la condición de interesado en el procedimiento. No obstante, quienes presenten alegaciones u observaciones en este trámite tienen derecho a obtener de la Administración una respuesta razonada, que podrá ser común para todas aquellas alegaciones que planteen cuestiones sustancialmente iguales (artículo 83.3 de la Ley 39/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura).
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 26 de mayo de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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