Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Agencia Extremeña de la Energía por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible de los centros educativos extremeños.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 15 de diciembre de 2023, la Adenda al Convenio entre la Consejería de Educación Ciencia y Formación Profesional y la Agencia Extremeña de la Energía por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible de los centros educativos extremeños, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 10 de enero de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA AL CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y LA AGENCIA EXTREMEÑA DE LA ENERGÍA POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA PARA EL DESARROLLO DE LOS INSTRUMENTOS DE INTERVENCIÓN EN MATERIA DE ADECUACIÓN ENERGÉTICA SOSTENIBLE DE LOS CENTROS EDUCATIVOS EXTREMEÑOS
Mérida, 15 de diciembre de 2023.
INTERVIENEN
De una parte, el Ilma. Sra. Secretaria General de Educación y Formación Profesional de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, doña M.ª Pilar Pérez García, cargo para el que fue nombrada por Decreto 77/2023, de 21 de julio (DOE 145, de 28 de julio), en virtud de la delegación efectuada mediante Resolución de 9 de agosto de 2023, de la Consejera (DOE núm. 156, de 14 de agosto), en representación de la Consejería de Educación Ciencia y Formación profesional, y en virtud de la suplencia efectuada mediante Resolución de 6 de noviembre de 2023, de la Consejera (DOE núm. 214, de 8 de noviembre), autorizado por Consejo de Gobierno, en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2023.
De otra parte, la Sra. doña Lidia Calderón Sierra, actuando en nombre y representación del Consorcio Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX) con CIF S-0600436J, (antes Agencia Extremeña de la Energía con CIF G06358105) en su condición de Directora, y en virtud de su nombramiento efectuado por Decreto 280/2023 de 21 de noviembre, DOE número 235 de 11 de diciembre.
Reconociéndose las partes mutuamente la capacidad legal y representación suficiente para obligarse por el presente convenio, y de común acuerdo,
EXPONEN
Primero. Con fecha 14 de octubre de 2020 se firmó entre la anterior Consejería de Educación y Empleo y la Agencia Extremeña de la Energía Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a la Agencia Extremeña de la Energía para el desarrollo de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible de los centros educativos extremeños . Para las actividades recogidas en este Convenido se establece un plazo comprendido desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2023.
El objetivo principal de dichos trabajos es coordinar y asistir técnicamente a la citada Consejería en el procedimiento para elaborar una auditoría energética de todos los centros educativos dentro del alcance establecido, al objeto de dotarlos de un certificado de eficiencia energética y establecer las previsiones para la corrección de las situaciones de disfuncionalidad e ineficiencia energéticas. Para lo cual se presta asistencia técnica en el proceso de licitación de las auditorías y certificaciones energéticas llevado a cabo por la Consejería, en el desarrollo del contrato para la ejecución de las mismas y en la revisión de los resultados de cada centro.
Segundo. Con fecha 10 de octubre de 2023 se recibe solicitud por parte de AGENEX solicitando:
— Ampliación del plazo del convenio hasta 31 de diciembre de 2025. Dicha ampliación está motivada de forma muy pormenorizada en la documentación entregada. Los motivos son:
Retrasos sobre los plazos previstos en los tramites de la licitación, adjudicación y formalización de los contratos de las auditorías mediante 15 LOTES.
Inicio de los trabajos próximos al cierre de los centros educativos por vacaciones estivales, lo que impidió la visita y la obtención de los datos iniciales básicos para el comienzo de los trabajos.
Acumulación de entrega de documentación a AGENEX en la fecha de finalización de los trabajos, lo que imposibilitaba hacer las correcciones en un plazo razonable.
Cesión del LOTE 03 por concurso voluntario de acreedores, lo que ha motivado un retraso adicional en la terminación de dicho lote que lleva los trabajos (del LOTE) hasta junio de 2024.
Resolución del contrato del LOTE 07 (actualmente en tramitación) que obligará a volver a licitar los trabajos y la ejecución de la parte no realizada por el actual adjudicatario, lo que se prevé pueda terminar a finales de 2025
Incremento del número de auditorías previstas inicialmente (669) que finalmente se estiman en 742.
Una vez entregadas las auditorías AGENEX debe coordinar los planes de Mejora de cada centro que se llevarían a cabo durante el año 2024 y hasta el tercer trimestre de 2025. Y redactar la Programación Plurianual de Inversiones, lo que se estima pueda completarse a lo largo del segundo semestre del año 2025.
— Incremento económico o incremento de costes de la transferencia específica aprobada en octubre de 2020 por importe de 101.000 € adicionales. Igualmente dicho importe está perfectamente motivado y justificado en la solicitud, en la memoria económica que acompaña y en la memoria justificativa entregada. Los motivos principales son:
Los retrasos especificados en el apartado anterior que ha obligado a un aumento en el número de horas, semanas y meses de trabajo que en principio comprendían la transferencia Específica, lo que obligar a ampliar el plazo de la misma hasta 31 de diciembre de 2025, lo que supone efectivamente una serie de gastos adicionales.
Incremento del número de auditorías previstas inicialmente (669) que finalmente se estiman en 742.
Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir la presente ADENDA al convenio que se regirá por las siguientes cláusulas,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
La presente Adenda tiene por objeto modificar el Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo y la Agencia Extremeña de la Energía Convenio por el que se formaliza la transferencia específica a la Agencia Extremeña de la Energía para el desarrollo de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible de los centros educativos extremeños , suscrito con fecha 14 de octubre de 2020.
En concreto se modifican las cláusulas del convenio en los términos recogidos en la cláusula siguiente.
Segunda. Modificación de las cláusulas del convenio.
Uno. Modificación de la Cláusula Cuarta.
Se modifica la cláusula cuarta que queda redactada como sigue:
Cuarta. Gastos de ejecución del convenio y financiación.
La dotación económica necesaria total (inicial + incremento) para el desarrollo de los trabajos es de trescientos setenta y tres mil trescientos tres euros con treinta céntimos (373.303,30 €) que se corresponde con la suma del incremento de la Adenda de ciento un mil euros (101.000,00 €) más el importe aprobado inicialmente que era de doscientos setenta y dos mil trescientos tres euros con treinta céntimos (272.303,30 €), conforme el siguiente desglose por anualidades:
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Importe (€)
|
IMPORTE
|
---|
2020
|
2021
|
2022
|
2023
|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
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SERVICIO TÉCNICO
|
|
|
|
|
|
|
|
Costes de Personal
|
19.615,30
|
102.353,40
|
102.354,39
|
25.148,80
|
63.000,00
|
31.500,00
|
343.971,89
|
Aplicación de Gestión de Datos
|
4.900,00
|
-
|
-
|
-
|
|
|
4.900,00
|
IVA (Aplicación de Gestión de Datos)
|
1.029,00
|
-
|
-
|
-
|
|
|
1.029,00
|
Subtotal SERVICIO TÉCNICO
|
25.544,30
|
102.353,40
|
102.354,39
|
25.148,80
|
63.000,00
|
31.500,00
|
349.900,89
|
|
|
|
|
|
|
|
|
DESPLAZAMIENTOS
|
142,50
|
570,00
|
570,00
|
285,00
|
220,00
|
610,00
|
2.397,50
|
|
|
|
|
|
|
|
|
DIETAS
|
0,00
|
183,30
|
183,30
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
366,60
|
|
|
|
|
|
|
|
|
COSTES INDIRECTOS
|
1.176,92
|
6.141,20
|
6.141,27
|
1.508,92
|
3.780,00
|
1.890,00
|
20.638,31
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL
|
26.863,72
|
109.247,90
|
109.248,96
|
26.942,72
|
67.000,00
|
34.000,00
|
373.303,30
|
La financiación del proyecto con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura se realizará a favor del Consorcio Agencia Extremeña de la Energía con CIF S-0600436J, por importe de trescientos setenta y tres mil trescientos tres euros con treinta céntimos (373.303,30 €), con cargo al Proyecto de gasto o elemento PEP 20200065 y la aplicación presupuestaria 130010000 G/221A/731.04, fondos C.A.
Dos. Modificación del apartado segundo de la Cláusula Sexta.
Se modifica el apartado segundo de la cláusula sexta, que queda redactada como sigue:
Sexta. Ejecución del programa de actividades.
2. La financiación de las actividades con cargo a la presente transferencia específica alcanzará a todos los gastos realizados entre el 1 de octubre de 2020 y el 31 de diciembre de 2025, ambos incluidos.
Tres. Modificación de la Cláusula Octava.
Se modifica la cláusula octava que queda redactada como sigue:
Octava. Obligaciones de pago y justificación.
1. Esta transferencia específica tendrá una duración plurianual desde la firma del convenio hasta el 31 de diciembre de 2025 y los pagos de las misma se harán efectivos, con carácter general de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005.
De esta forma los pagos se realizarán trimestralmente por anticipado, con la siguiente distribución temporal:
— Los pagos anticipados se realizarán, por cuartas partes del crédito presupuestario, para su abono dentro del primer mes de cada trimestre.
— Para proceder al anticipo de las cantidades correspondientes a un nuevo trimestre, deberá haberse justificado previamente al menos un porcentaje de ejecución del 50% del trimestre inmediatamente anterior.
2. La justificación de gastos de cada trimestre se realizará dentro del mes posterior al trimestre abonado con anterioridad, conforme a las indicaciones contenidas en el Anexo II del presente convenio.
3. La justificación final de gastos de todas las actividades realizadas durante toda la vigencia del convenio se podrá presentar hasta el 31 de marzo de 2026, conforme las indicaciones contenidas en el Anexo II del presente convenio.
4. No obstante, AGENEX previo aviso a la Comisión de Seguimiento y mediante escrito dirigido al órgano gestor, podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado, hasta el 25 % del importe total de la transferencia. A tales efectos acompañará al escrito certificación del representante legal de la misma, en la que conste el porcentaje máximo que la entidad va a ejecutar definitivamente antes de la fecha establecida para la ejecución de las actividades. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta de AGENEX.
5. El porcentaje anterior se elevará hasta el 50 % del importe total de la transferencia cuando se hubieran activado planes de contingencia.
6. Los gastos derivados de esta transferencia específica deberán haberse realizado desde el 1 de octubre de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2025.
7. AGENEX llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio. En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas en cumplimiento de lo establecido en el presente Convenio.
8. Asimismo, deberán conservar expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las instrucciones indicadas en el Anexo II del presente Convenio, que estarán a disposición de la Consejería, de los órganos de fiscalización y control financiero
9. Para la justificación total de la transferencia específica, AGENEX deberá remitir al Centro Gestor un certificado en el que haga constar las actuaciones realizadas y su coste, el objeto de las mismas, que son gastos acogidos a la presente transferencia, que están efectivamente realizados y acreditados mediante facturas o documentos de valor probatorio equivalentes, y que los mismos han sido pagados. Del mismo modo, el certificado deberá indicar la fecha y el objeto que contiene la factura o documento justificativo de los gastos.
Cuatro. Modificación del apartado primero de la Cláusula duodécima.
Se modifica el apartado primero de la cláusula duodécima que queda redactada como sigue:
Duodécima. Eficacia, duración y resolución.
1. La eficacia del presente Convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta el 31 de diciembre de 2025, sin perjuicio de lo dispuesto en relación con la ejecución del proyecto y el plazo y forma de justificar la transferencia específica.
Tercera. Vigencia del resto de cláusulas.
Los restantes términos y condiciones del convenio de formalización de transferencia, permanecen inalterables salvo lo modificado en la presente Adenda.
Cuarta. Eficacia de la adenda.
La presente Adenda despliega su eficacia desde la fecha de su firma por ambas partes hasta el 31 de diciembre de 2025, sin perjuicio de lo dispuesto en relación con la ejecución del proyecto y el plazo y forma de justificar la transferencia específica.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente Adenda en triplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.
El Director del Consorcio Agencia Extremeña de La Energía,
Lidia Calderón Sierra
La Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional,(PD, Resolución de 9/08/2023, de la Consejera, DOE núm. 156, de 14/08/2023).El Secretario General,(PS, Resolución de 6/11/2023,DOE núm. 214, de 8/11/2023).La Secretaria General de Educación y Formación Profesional,
Dña. María del Pilar Pérez García
ANEXO I
ADENDA
PROYECTO DE ACTIVIDADES A DESARROLLAR
1. Antecedentes.
Aunando la implicación de Extremadura en la lucha contra el cambio climático y el compromiso con la mejora de la calidad de la educación en la región, se aprobó la Ley 4/2019, de 18 de febrero, de mejora de la eficiencia energética y las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos extremeños, para garantizar unas mejores condiciones para la salud de los escolares y un ambiente más confortable.
Con esta finalidad la Ley establece una serie de instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible, cuyo desarrollo parte de la elaboración de una guía técnica para la mejora de la eficiencia energética, la adecuación y la rehabilitación ambiental bioclimática y el uso de energías renovables de los centros educativos públicos extremeños.
En este sentido, una vez elaborada la citada guía técnica, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional a través del Servicio Regional de Obras y Proyectos necesita poner en marcha los instrumentos establecidos por la ley y asegurar la consecución de los objetivos de mejora establecidos.
Por otro lado, la Agencia Extremeña de la Energía tiene entre sus principales objetivos:
Creación de una estructura estable para el desarrollo de la energía como una herramienta para la planificación.
Planificación energética de la región extremeña.
Mejora de la eficiencia energética.
Aprovechamiento de los recursos energéticos regionales buscando las condiciones óptimas de abastecimiento.
Mejora de la economía regional a través de la promoción de la competitividad de las compañías, el incremento del autoabastecimiento de energía y creación de empleo.
Protección del medioambiente mediante la reducción de emisiones de CO2 y otros contaminantes.
Protección de los espacios naturales.
En base a esta confluencia de intereses y objetivos estratégicos entre la Junta de Extremadura y la Agencia Extremeña de la Energía, y considerando el elevado número de centros educativos en la región y que además ambos organismos ya han colaborado juntos en la redacción de la guía técnica para la mejora de la eficiencia energética, la adecuación y la rehabilitación ambiental bioclimática y el uso de energías renovables de los centros educativos públicos extremeños, surgió la necesidad de emprender los trabajos y la asistencia técnica necesarios para el desarrollo de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible y hacer un seguimiento de los mismos.
De este modo, con fecha 14 de octubre de 2020 se firmó el Convenio entre la anterior Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y la Agencia Extremeña de la Energía por el que se formaliza una transferencia específica para el desarrollo de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible de los centros educativos extremeños.
Posteriormente, con fecha 10 de Octubre de 2023 el Director del Consorcio AGENEX remite solicitud de ampliación del Convenio con incremento de presupuesto para dar continuidad a los trabajos ya iniciados, motivando las causas por las que se hace necesaria dicha ampliación.
Basado en estos antecedentes, se desarrolla la presente memoria para justificar que los trabajos y actuaciones de asistencia técnica contempladas en el Convenio precisan de una adenda para poder para dar continuidad a los trabajos ya iniciados y poder alcanzar los objetivos establecidos por la Ley 4/2019, de 18 de febrero, de mejora de la eficiencia energética y las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos extremeños , en la totalidad tipologías de centros educativos públicos incluidos en su alcance.
2. Objetivo.
La Ley 4/2019, de 18 de febrero, de mejora de la eficiencia energética y las condiciones térmicas y ambientales de los centros educativos extremeños , la cual, establece la necesidad de acometer las acciones oportunas que garanticen la salud de los escolares, asegurando un ambiente confortable en términos de temperatura, humedad y ventilación de las edificaciones de los colegios e institutos públicos en los que se imparten las enseñanzas obligatorias, así como las posobligatorias de bachillerato, ciclos formativos, enseñanzas musicales y de idiomas; al tiempo que limiten el gasto energético en electricidad y combustibles fósiles y las emisiones de gases de efecto invernadero.
Para la consecución de dicha finalidad u objetivo, la Ley establece los siguientes instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible:
— Auditoría energética de los centros educativos extremeños.
— Planes de mejora de la eficiencia energética
— Programación plurianual de inversiones en centros educativos públicos.
Los objetivos de estos instrumentos están alineados con los objetivos principales del Consorcio Agencia Extremeña de la Energía en relación con la planificación energética de la región, la mejora de la eficiencia energética, la mejora de la economía regional y la protección del medioambiente mediante la reducción de emisiones de CO2 y otros contaminantes.
En este documento se describen y valoran económicamente todos aquellos trabajos y actuaciones de asistencia técnica para la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional que resultan necesarios en el periodo 2024-2025 para que se completen los mencionados instrumentos de intervención para todas las tipologías de centros educativos públicos incluidas en el alcance de la Ley 4/2019, de 18 de febrero. Trabajos y actuaciones que se concretan en:
— Prestar asistencia técnica para el desarrollo y ejecución de los contratos para realización de auditorías energéticas y propuestas de Planes de Mejora de los centros educativos extremeños, que se liciten desde la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
— Prestar asistencia técnica a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional para establecer una programación plurianual de inversiones en centros educativos públicos.
3. Alcance.
Las actuaciones necesarias para la puesta en marcha y ejecución de los instrumentos de intervención en materia de adecuación energética sostenible son las que se describen en este documento, extendidos a las siguientes tipologías de centros educativos públicos, repartidos por la Comunidad Autónoma de Extremadura y de los que es titular la Administración Educativa:
Tipología Centro
|
Descripción
|
---|
A.E.P.A.
|
Aula de Educación de Personas Adultas
|
C.E.E.
|
Centro de Educación Especial
|
C.E.I.P.
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Colegio de Educación Infantil y Primaria
|
C.E.P.
|
Colegio de Educación Primaria
|
C.E.P.A.
|
Centro de Educación de Personas Adultas
|
C.O.M.
|
Conservatorio Oficial de Música
|
C.R.A.
|
Colegio Rural Agrupado
|
E.A.O.
|
Escuela de Arte y Oficio
|
E.I.
|
Escuela Infantil
|
E.O.I.
|
Escuela Oficial de Idiomas
|
E.S.A.D.
|
Escuela Superior de Arte Dramático
|
I.E.S.
|
Instituto de Enseñanza Secundaria
|
I.E.S.O.
|
Instituto de Enseñanza Secundaria Obligatoria
|
S.I.E.S.
|
Sección de Instituto de Enseñanza Secundaria
|
E.S.D.
|
Escuela Superior de Danza
|
4. Descripción de las actividades propuestas.
Con la finalidad descrita anteriormente, se detallan cada una de las actividades relacionadas en el Convenio inicial indicando la situación y las necesidades por parte del Consorcio Agencia Extremeña de la Energía en cada una de ellas para poder alcanzar los objetivos establecidos en todas las tipologías de centros educativos públicos incluidas en el alcance.
4.1. Asistir técnicamente durante el procedimiento de contratación y durante la ejecución del contrato para dotar de auditoría y certificación energéticas a los centros educativos extremeños.
Objetivo y descripción general.
El objetivo de estos trabajos será coordinar y asistir técnicamente a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el procedimiento necesario para elaborar una auditoría energética de todos los centros educativos que se encuentren dentro del alcance establecido, al objeto de dotarlos de un certificado de eficiencia energética y establecer las previsiones para la corrección de las situaciones de disfuncionalidad e ineficiencia energéticas.
Se prestará asistencia técnica en el procedimiento de licitación de las auditorías y certificaciones energéticas, en el desarrollo del contrato para la ejecución de las mismas y en la revisión de los resultados de cada centro.
Plan de trabajo.
Elaborar la herramienta de gestión de datos para el desarrollo de las auditorías y certificados energéticos:
Desarrollo de una Guía metodológica para la realización y la gestión de datos de la auditoría energética y la certificación energética del edificio, que incluya los contenidos exigidos y los procedimientos a seguir por los auditores en la realización de los trabajos. En ella se establecerá la forma de comunicación con los centros, con la asistencia técnica, las mediciones mínimas a realizar y su procedimiento, las consideraciones para el análisis del comportamiento térmico y energético los centros y para la propuesta de recomendaciones, cómo afrontar el estudio de las medidas de ahorro y eficiencia energética (MAE) recomendadas, los requisitos mínimos para la certificación, la gestión de datos digitales y la entrega de documentación. Es decir, en ella se define cómo realizar cada actividad antes, durante y después de las visitas de inspección a los centros educativos.
Estará acompañada de una herramienta informática basada en aplicación web multiusuario que sirva de formato unificado (digital) para la gestión de datos de la auditoría energética, y que de forma esquemática y práctica permita introducir y monitorizar los datos de inventariado y resultados de las auditorías energéticas desarrolladas con un índice previamente establecido. Este archivo servirá de herramienta de gestión de datos para los auditores y en él se incorporará toda la información a tratar para el desarrollo de la auditoría y certificación energética: identificación de centros, visitas realizadas, toma de datos de inventario y mediciones, consumos y facturación de suministros, observaciones y deficiencias, recomendaciones específicas, medidas de ahorro y eficiencia energética (MAE) recomendadas, potencial de ahorro energético y económico, viabilidad técnica y estudio de rentabilidad de las MAE. Todos los datos se volcarán telemáticamente en la citada herramienta, que será gestionada por AGENEX para su revisión y posterior análisis.
Actividad finalizada en el periodo octubre 2021- diciembre 2023, no precisa ampliación de plazo ni dotación presupuestaria para el periodo 2024-2025.
Preparación de Pliegos de licitación:
Establecer los criterios para la construcción de los lotes de los que se compondrá la licitación de las auditorías y certificaciones energéticas de los centros educativos y definir los lotes calculando además los importes de licitación de cada uno de ellos.
Se construirá el Pliego de Prescripciones Técnicas PPT con los anexos necesarios para recoger los requisitos técnicos apropiados para que el desarrollo de las auditorías y certificaciones atienda a los criterios de calidad y homogeneidad establecidos.
Se aportará propuesta para la solvencia técnica y los criterios de valoración a considerar en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.
Precisa ampliación de plazo y dotación presupuestaria en el periodo 2024-2025 para:
— Adaptar los pliegos para la nueva licitación que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional pretende desarrollar para la realización de auditorías energéticas y certificaciones de centros educativos con las tipologías incluidas en la Fase 2 del alcance. Aunque estas tipologías ya estaban contempladas en el alcance Convenio inicial, los centros educativos asociados a ellas no fueron contabilizados porque no se desponía de ese dato, motivo por el que no fueron incluidos en la fase 1 y quedaron pendientes.
— Adaptar los pliegos para la licitación que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional pretende desarrollar para la realización de auditorías energéticas y certificaciones de centros educativos incluidos en el anterior PSS/2021/0000054917 LOTE 07, actualmente en trámites de rescisión.
Asistencia al procedimiento de licitación hasta la adjudicación:
Comprende la resolución de consultas técnicas durante el procedimiento y la asistencia técnica para la realización de los informes de valoración de ofertas.
Precisa ampliación de plazo y dotación presupuestaria en el periodo 2024-2025 para asistir técnicamente durante:
— La nueva licitación que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional pretende desarrollar para la realización de auditorías energéticas y certificaciones de centros educativos con las tipologías incluidas en la Fase 2 del alcance. Aunque estas tipologías ya estaban contempladas en el alcance Convenio inicial, los centros educativos asociados a ellas no fueron contabilizados porque no se desponía de ese dato, motivo por el que no fueron incluidos en la fase 1 y quedaron pendientes. También para asistir técnicamente durante la licitación que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional pretende desarrollar para la realización de auditorías energéticas y certificaciones de 60 de los 75 centros educativos incluidos en el anterior PSS/2021/0000054917 LOTE 07, actualmente en trámites de rescisión.
Coordinación y supervisión de los trabajos de campo:
Comunicación con los centros para planificar las visitas a realizar por las empresas auditoras a cada centro asignado.
Asistencia técnica y resolución de dudas antes y durante el desarrollo de las inspecciones de campo.
Vigilancia de las condiciones contractuales y ejecución de los servicios. Realización de una visita de control a un centro de cada lote para comprobar las exigencias establecidas en la guía metodológica y 10 visitas adicionales en los lotes que lo precisen o en los que se detecten dificultades para la ejecución de las auditorías.
Precisa ampliación de plazo y dotación presupuestaria en el periodo 2024-2025 para coordinar y supervisar los trabajos de campo asociados a:
— La nueva licitación que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional pretende desarrollar para la realización de auditorías energéticas y certificaciones de centros educativos con las tipologías incluidas en la Fase 2 del alcance. Aunque estas tipologías ya estaban contempladas en el alcance Convenio inicial, los centros educativos asociados a ellas no fueron contabilizados porque no se desponía de ese dato, motivo por el que no fueron incluidos en la fase 1 y quedaron pendientes.
— Las 15 auditorías energéticas adicionales que se licitaron en la Fase 1 con respecto a las 669 que se consideraron en el Convenio inicial.
— Los trabajos de la empresa cesionaria del PSS/2021/0000054917 LOTE 03, que desarrollará sus trabajos para 59 centros educativos hasta junio de 2024. Los trabajos de coordinación y supervisión de trabajos de campo fueron desarrollados para el Lote 03 del PSS/2021/0000054917, pero debido a la cesión del contrato a una nueva empresa y que se repetirán las 59 inspecciones, se hace necesario volver a desarrollar estas tareas con la nueva auditora.
— La licitación que la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional pretende desarrollar para la realización de auditorías energéticas y certificaciones de 60 de los 75 centros educativos incluidos en el anterior PSS/2021/0000054917 LOTE 07, actualmente en trámites de rescisión. Los trabajos de coordinación y supervisión de trabajos de campo fueron desarrollados para el Lote 07 del PSS/2021/0000054917, pero debido a la solicitud de rescisión voluntaria por parte de la empresa adjudicataria, dejando auditorías pendientes de desarrollar, se hace necesario volver a desarrollar estas tareas con la/s nueva/s empresa/s auditora/s que desarrollen estos trabajos.
Coordinación y supervisión de los entregables.
Control, verificación y archivo de los entregables y de sus correcciones de defectos para comprobación de exigencias establecidas en la guía metodológica. Verificación del documento auditoría mediante la aplicación de gestión de datos, archivo de certificación energética y demás documentos a presentar (por la empresa adjudicataria de cada lote) en el registro de certificados de eficiencia energética en edificios.
Interlocución con las empresas adjudicatarias tras la realización de las auditorías para la gestión de defectos y subsanaciones.
Tratamiento, gestión y análisis de la información digital, construcción de ratios de consumo energético y de potencia instalada por sistemas e indicadores relacionados con la eficiencia energética. Tratamiento estadístico de los datos.
Incluye las tareas de Coordinación e intermediación entre el registro de certificados de eficiencia energética de edificios de la Junta de Extremadura y la empresa adjudicataria que haya realizado la solicitud en el registro, para seguimiento de las subsanaciones solicitadas hasta la obtención del certificado de eficiencia energética del edificio.
Precisa ampliación de plazo y dotación presupuestaria en el periodo 2024-2025 para finalizar la coordinación y supervisión de entregables de:
— Las 15 auditorías energéticas y certificaciones de eficiencia energética, ya licitadas en la fase 1, adicionales a las 669 contempladas inicialmente en el convenio.
— Las 42 auditorías energéticas y certificaciones de eficiencia energética que se pretenden licitar en la Fase 2, adicionales a las 669 contempladas inicialmente en el convenio.
— Las 301 auditorías energéticas y certificaciones de eficiencia energética de las 669 contempladas inicialmente en el convenio (Incluidas las del LOTE 03 del PSS/2021/0000054917, cedido a una nueva empresa, y las 60 del LOTE 07 que se prentenden volver a licitar). La finalización de estas auditorías ha sufrido demoras por parte de las empresas auditoras y se les han concedido ampliaciones de plazo que afectan a la planificación inicial de esta actividad y que obliga a mantener a personal técnico asignado a esta tarea durante más tiempo.
Informe resumen de la asistencia técnica para la coordinación y supervisión de auditorías y certificación energéticas.
Un informe resultados de las auditorías y certificaciones energéticas y de situación de partida de los centros para el desarrollo de los planes de mejora de la eficiencia energética. Integrará los resultados de todos los centros educativos.
Precisa ampliación de plazo en el periodo 2024-2025 para desarrollar el informe de resultados debido a que por las ampliaciones de plazo de concedidas a las empresas auditoras no se han finalizado todos los trabajos licitados y no se dispone de la información necesaria para desarrollar el informe.
Evidencias justificativas.
A la finalización de la actividad 4.1 se debe contar con:
Guía Metodológica para la realización de auditoría energética y certificación energética de centros educativos y herramienta (aplicación web) para gestión de datos de las auditorías energéticas.
Un Pliego de Prescripciones Técnicas para la licitación de las auditorías y certificados energéticos de centros educativos extremeños un informe con las propuestas de solvencia técnica y criterios de valoración para el PCAP.
Justificante de la realización de 40 visitas a centros educativos para control y supervisión de trabajos de campo.
Informe resumen de los trabajos de coordinación y supervisión de las auditorías energéticas y certificados de eficiencia energética licitados.
Solicitud del Registro del certificado de eficiencia energética para los centros educativos incluidos en el alcance que no dispongan de él.
Informe de resultados de las auditorías energéticas y certificados de eficiencia energética licitados.
4.2. Desarrollar los planes de mejora de la eficiencia energética de los centros educativos extremeños.
Objetivo y descripción general.
El objetivo de esta actividad será coordinar y asistir técnicamente a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el procedimiento necesario para elaborar un plan de mejora de la eficiencia energética para cada centro educativo que se encuentre dentro del alcance establecido para esta transferencia específica, una vez haya sido objeto de auditoría energética. Cada plan de mejora recogerá las actuaciones edificatorias y en el entorno necesarias para incrementar la eficiencia energética.
Plan de trabajo.
Documento Guía de recomendaciones para la mejora del uso y la gestión energética de centros educativos extremeños .
Elaboración de una guía de observaciones y recomendaciones generales para mejorar el uso y la gestión energética de los edificios e instalaciones de los centros educativos extremeños. Será un complemento a la guía técnica para la mejora de la eficiencia energética, la adecuación y la rehabilitación ambiental bioclimática y el uso de energías renovables de los centros educativos públicos extremeños, publicada en el portal de educarex.
Actividad finalizada para en el periodo octubre 2021- diciembre 2023.
Desarrollar un Plan de Mejora de la eficiencia energética para cada centro educativo.
Cruce de las deficiencias encontradas en la auditoría con las peticiones expuestas por cada centro para definir los objetivos prioritarios de actuaciones edificatorias. Estos objetivos podrán obtenerse gracias a distintas técnicas y estándares constructivos; al uso de diferentes materiales de construcción y de distintas instalaciones de gran rendimiento; a actuaciones sobre la mejora de la envolvente y de los sistemas de aprovechamiento de energías renovables, preferentemente producidas in situ o en el entorno próximo, y a la instalación y/o sustitución de sus equipos productores por otros de mayor eficiencia.
La comunidad educativa podrá hacer propuestas con carácter previo a la elaboración del plan de mejora de la eficiencia energética para su centro, utilizando para ello los recursos de información y comunicación disponibles por la consejería competente en materia de educación.
Selección de actuaciones propuestas en la auditoría para alcanzar los objetivos marcados y clasificación de actuaciones bajo criterios de eficiencia energética y rentabilidad. Definir varios niveles/estrategias adicionales de actuación: reducir pérdidas/ganancias, mejora del confort por control solar, iluminación eficiente, energías limpias, generación in situ, mejorar la gestión energética Desarrollo de recomendaciones y actuaciones específicas para mejorar la gestión energética del centro o mejorar el confort ambiental.
Con todo lo anterior elaborar de una propuesta independiente en formato digital para cada centro donde se recoja la siguiente información:
Resumen de propuestas con inversión y sin ella. Valoración económica y rentabilidad de las actuaciones.
Resultados energéticos esperados.
Ratios e Indicadores relacionados.
Recomendaciones específicas para la gestión energética y mejora del confort en el centro analizado.
Precisa ampliación de plazo y dotación presupuestaria en el periodo 2024-2025 para finalizar el desarrollo de propuestas de planes de mejora asociados a:
— Las 15 auditorías energéticas, ya licitadas en la fase 1, adicionales a las 669 contempladas inicialmente en el convenio.
— Las 42 auditorías energéticas, que se pretenden licitar en la Fase 2, adicionales a las 669 contempladas inicialmente en el convenio.
— Las 301 auditorías energéticas, de las 669 contempladas inicialmente en el convenio (Incluidas las del LOTE 03 del PSS/2021/0000054917, cedido a una nueva empresa, y las 60 del LOTE 07 que se prentenden volver a licitar). La finalización de estas auditorías ha sufrido demoras por parte de las empresas auditoras y se les han concedido ampliaciones de plazo que afectan a la planificación inicial de esta actividad y que obliga a mantener a personal técnico asignado a esta tarea durante más tiempo.
Evidencias justificativas.
Una guía de recomendaciones para la mejora del uso y la gestión energética de centros educativos extremeños.
Un plan de mejora de la eficiencia energética de los centros educativos auditados.
4.3. Asistir técnicamente en la programación plurianual de inversiones en centros educativos públicos.
Objetivo y descripción general.
El objetivo de esta actividad será coordinar con la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional la elaboración de los planes plurianuales de inversiones en infraestructuras educativas, y prestar asistencia técnica para el desarrollo de aquellas inversiones relacionadas con la mejora de la eficiencia energética. Para ello se tomarán en consideración los planes de mejora de la eficiencia energética de cada centro.
Plan de trabajo.
Consultoría técnica para el desarrollo de los planes de inversión plurianuales desarrollados por la Junta de Extremadura.
Asistencia técnica a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional para el desarrollo de la Memoria del programa anual de inversiones inmediatamente posterior a la finalización de los planes de mejora de cada centro educativo. Incluirá las propuestas de actuaciones de rehabilitación energética programadas para cada centro de entre todas las recogidas en los planes de mejora. Para su selección se hará una definición de la situación de partida y una caracterización de los centros propuestos, y se realizará un análisis de ratios e indicadores para la selección de actuaciones prioritarias de los planes de mejora. Finalmente se desarrollará una programación específica de las mejoras de eficiencia energética de cada centro incluido en el plan de inversiones y su relación con otras actuaciones solicitadas por la comunidad educativa. Los criterios para la temporalización de la ejecución de las actuaciones se harán constar en la memoria del programa anual de inversiones.
Evidencias justificativas.
Esta actividad no puede desarrollarse en periodo oct 2020 diciembre 2023 por la demora en la finalización de los trabajos asociados al contrato PSS/2021/0000054917.
En la finalización de la actividad 4.3., prevista en el periodo 2024-2025, se debe contar con:
Un informe con las propuestas analizadas para los planes de inversión para la anualidad inmediatamente posterior a la finalización de los planes de mejora.
5. Cronograma de ejecución.
A continuación, se muestra una distribución temporal de las actividades que se han descrito en el apartado 4.
Distribución temporal de las actividades periodo ampliado 2024-2025:
|
2024
|
2025
|
---|
|
Mes 40
|
Mes 41
|
Mes 42
|
Mes 43
|
Mes 44
|
Mes 45
|
Mes 46
|
Mes 47
|
Mes 48
|
Mes 49
|
Mes 50
|
Mes 51
|
Mes 52
|
Mes 53
|
Mes 54
|
Mes 55
|
Mes 56
|
Mes 57
|
Mes 58
|
Mes 59
|
Mes 60
|
Mes 61
|
Mes 62
|
Mes 53
|
4.1. ASISTIR TÉCNICAMENTE DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PARA DOTAR DE AUDITORÍA Y CERTIFICACIÓN ENERGÉTICAS A LOS CENTROS EDUCATIVOS EXTREMEÑOS
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
4.2 DESARROLLAR LOS PLANES DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE CADA CENTRO
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
4.3 ASISTIR TÉCNICAMENTE EN LA PROGRAMACIÓN PLURIANUAL DE INVERSIONES
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
6. Indicadores de ejecución.
Los indicadores seleccionados para el seguimiento de las actividades que son objeto de la presente transferencia específica son los que se detallan a continuación. Estos indicadores de se relacionan con la ejecución de las operaciones y del presupuesto asignado, así como con los entregables (productos):
ACTIVIDAD
|
INDICADOR
|
VALOR
|
---|
4.1. ASISTIR TÉCNICAMENTE DURANTE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN Y DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
|
N.º de centros educativos auditados.
|
|
N.º de centros educativos con certificado de eficiencia energética o justificación de exención.
|
726
|
4.2 DESARROLLAR LOS PLANES DE MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA DE CADA CENTRO
|
Guía de recomendaciones para la mejora del uso y la gestión energética de centros educativos extremeños
|
1
|
N.º de centros educativos con plan de mejora de la eficiencia energética
|
726
|
4.3 ASISTIR TÉCNICAMENTE EN LA PROGRAMACIÓN PLURIANUAL DE INVERSIONES
|
N.º de programaciones anuales de inversiones asistidas.
|
1
|
7. Medios técnicos y humanos.
Para la realización de estas actividades, la AGENCIA EXTREMEÑA DE LA ENERGÍA asignará el siguiente equipo humano:
Perfiles técnicos necesarios.
Los perfiles del personal adscrito serán los establecidos en los actuales Estatutos de la AGENCIA EXTREMEÑA DE LA ENERGÍA:
Los perfiles del personal adscrito, de entre los establecidos en el CONSORCIO AGENCIA EXTREMEÑA DE LA ENERGÍA, serán los siguientes:
2xTécnico 1.
Encuadramiento en los grupos profesionales A y B con más de 4 años de experiencia profesional en puestos similares, además de iniciativa y autonomía en el puesto.
Obligaciones y responsabilidades: Desarrollo de las actividades asignadas por el Jefe del departamento.
La entidad designará al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá las siguientes funciones:
a) Actuar como interlocutor de la entidad frente a la Consejería canalizando la comunicación entre la Consejería y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al encargo, en toda lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución de la Transferencia Específica.
b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución de la Transferencia Específica, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio.
c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen asignadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.
d) Informar a la Consejería acerca de las variaciones, ocasionales a permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución de los trabajos.
Estas funciones que son propias, al menos de un jefe de Sección, no supondrán un incremento del presupuesto por parte del Consorcio Agencia Extremeña de la Energía, quien las realizará con cargo al personal de su estructura sin coste para la Transferencia Específica.
Participación de cada perfil.
Para la realización de estas actividades, la AGENCIA EXTREMEÑA DE LA ENERGÍA asignará el siguiente equipo humano:
Meses de dedicación al proyecto
|
---|
Nivel
|
2024
|
2025
|
Técnico 1 n.º 1
|
12
|
12
|
Técnico 1 n.º 2
|
12
|
0
|
Lo que supone el siguiente % de imputación con respecto a los costes de empresa anuales de cada trabajador (considerando todos los costes del trabajador indicados en la Tabla 3 del Anexo II):
% Imputación de los costes de empresa anuales de cada trabajador
|
---|
Nivel
|
2024
|
2025
|
Técnico 1 n.º 1
|
100 %
|
100 %
|
Técnico 1 n.º 2
|
100 %
|
|
Organización del equipo de trabajo.
A continuación, se muestra el organigrama de trabajo para el correcto desarrollo de los trabajos citados anteriormente:
8. Presupuesto.
La dotación económica necesaria para el desarrollo de los trabajos debe incrementarse en ciento un mil euros (101.000,00 €) respecto del importe aprobado inicialmente que era de doscientos setenta y dos mil trescientos tres euros con treinta céntimos (272.303,30 €).
Presupuesto general desglosado.
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
---|
SERVICIO TÉCNICO
|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Costes de Personal
|
63.000,00
|
31.500,00
|
94.500,00
|
0,00
|
94.500,00
|
|
|
|
|
|
|
|
Importe (€)
|
TOTAL
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
2024
|
2025
|
Sin IVA (€)
|
TOTAL (€)
|
Desplazamientos
|
220,00
|
610,00
|
830,00
|
0,00
|
830,00
|
|
|
|
|
|
|
|
Importe (€)
|
TOTAL
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
2024
|
2025
|
Sin IVA (€)
|
TOTAL (€)
|
Costes Indirectos
|
3.780,00
|
1.890,00
|
5.670,00
|
0,00
|
5.670,00
|
|
|
|
|
|
|
COSTE TOTAL
|
67.000,00
|
34.000,00
|
101.000,00
|
0,00
|
101.000,00
|
Presupuesto por actividades.
4.1 Asistir técnicamente durante el procedimiento de contratación y durante la ejecución del contrato para dotar de auditoría y certificación energéticas a los centros educativos extremeños.
ACTIVIDAD 4.1
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
---|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Costes de Personal
|
44.100,00
|
9.450,00
|
53.550,00
|
0,00
|
53.550,00
|
|
|
|
|
|
|
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Desplazamientos
|
220,00
|
610,00
|
830,00
|
0,00
|
830,00
|
|
|
|
|
|
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Dietas (media jornada)
|
|
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
|
|
|
|
|
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Costes Indirectos
|
2.646,00
|
567,00
|
3.213,00
|
0,00
|
3.213,00
|
|
|
|
|
|
|
COSTE TOTAL (€)
|
|
|
57.593,00
|
0,00
|
57.593,00
|
4.2. Desarrollar los planes de mejora de la eficiencia energética de cada centro.
ACTIVIDAD 4.2
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
---|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Importe Servicio Técnico
|
18.900,00
|
22.050,00
|
40.950,00
|
0,00
|
40.950,00
|
|
|
|
|
|
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Desplazamientos
|
|
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Dietas (media jornada)
|
|
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
|
|
|
|
|
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Costes Indirectos
|
1.134,00
|
1.323,00
|
2.457,00
|
0,00
|
2.457,00
|
|
|
|
|
|
|
COSTE TOTAL (€)
|
|
|
43.407,00
|
0,00
|
43.407,00
|
4.3. Asistir técnicamente en la programación plurianual de inversiones.
ACTIVIDAD 4.3
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
---|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Importe Servicio Técnico
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
|
|
|
|
|
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Desplazamientos
|
|
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
|
|
|
|
|
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Dietas (media jornada)
|
|
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
|
|
|
|
|
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
2024
|
2025
|
TOTAL (€)
|
Costes Indirectos
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
|
|
|
|
|
|
COSTE TOTAL (€)
|
|
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
|
2020
|
2021
|
2022
|
2023
|
Km (€/km)
|
2020
|
2021
|
2022
|
2023
|
|
|
TOTAL (€)
|
---|
Dietas (media jornada)
|
0
|
0
|
0
|
0
|
18,33
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
-
|
0,00
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
% (Sobre los costes de personal)
|
|
Importe (€)
|
IMPORTE Sin IVA (€)
|
IVA (€)
|
IMPORTE
|
|
2020
|
2021
|
2022
|
2023
|
|
2020
|
2021
|
2022
|
2023
|
TOTAL (€)
|
Costes Indirectos
|
6
|
6
|
6
|
6
|
|
0,00
|
0,00
|
0,00
|
225,72
|
225,72
|
-
|
225,72
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
COSTE TOTAL (€)
|
3.987,78
|
-
|
3.987,78
|
ANEXO II
INSTRUCCIONES DE JUSTIFICACIÓN
Con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa.
Teniendo en cuenta que la documentación que soporta la cuenta justificativa debe ser objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional.
Siendo, asimismo, preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, memoria de actividades y operaciones y documentación en ficheros electrónicos, así como especificar pormenorizadamente tanto los recursos humanos como materiales, cuantificados económicamente.
Debiendo ser verificado el cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura.
A tales efectos, se establecen en las presentes instrucciones las pautas que, con exactitud y sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Toda la documentación original justificativa (facturas, nóminas, TC de la Seguridad Social, acreditaciones de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la normativa aplicable) de los gastos y pagos realizados deberá ser recabada y se deberá indicar el porcentaje de imputación del gasto al proyecto subvencionado. En caso de imputación parcial, la misma deberá estar fijada previamente a la ejecución del gasto y constar suficientemente motivada en los documentos correspondientes del procedimiento de adquisición propio de AGENEX, y será custodiada debidamente ordenada, clasificada y accesible, a la entera disponibilidad de cualquiera de las Administraciones Públicas con competencias en materia de seguimiento, control y justificación. Será obligación por parte de AGENEX la conservación de la documentación durante un plazo mínimo de 3 años.
Documentación de justificación.
Para la justificación de los gastos y pagos realizados, se deberá presentar la siguiente documentación:
Memoria económica y certificados:
La memoria económica, firmada y sellada en todas sus hojas por el representante legal de AGENEX, donde se especifiquen los gastos realizados y los pagos asociados, incluidos los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social y los realizados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ordenados conforme a la naturaleza del gasto. Dicha memoria, se remitirá a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación profesional en formato papel y en fichero electrónico.
Para la justificación de los gastos y los pagos realizados, se deberá presentar:
Certificado de Justificación de Inversiones del representante legal de AGENEX, respecto de los gastos y pagos realizados y del cumplimiento de la finalidad de cada una de las transferencias específicas (CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES).
La cuenta justificativa, entendida como operación de pago, se realizará mediante un cuadro resumen al inicio de la misma, con identificación de los gastos según su naturaleza (Tabla I: CUADRO RESUMEN DE LAS ACTUACIONES DE LA TRANSFERENCIA).
Adicionalmente al cuadro resumen, y después de éste, se relacionarán los gastos de forma pormenorizada a excepción de los costes indirectos. Esta relación de gastos se remitirá en fichero electrónico junto a la cuenta justificativa (Tabla 2: RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO).
Para el desarrollo de los trabajos objeto de esta transferencia, se adscribirá personal propio de AGENEX para la prestación de sus servicios en esta transferencia específica.
Referente al personal imputado a la transferencia, la memoria económica incluirá una relación nominativa firmada y sellada por el órgano competente (Tabla 3: GASTOS DE PERSONAL DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA).
En relación a la liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad y precisión el objeto o realización de la actividad que motivan el gasto (Tabla 4: DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA).
Los costes de personal serán imputables siempre y cuando las personas desempeñen un papel directo en la ejecución de las actividades.
En los costes del personal que desarrolla sus funciones en varios proyectos/actividades, se deberá especificar las tareas realizadas y el tiempo dedicado a las mismas, así como el criterio para su correcta imputación al programa, proporcionando evidencias relativas a la dedicación efectiva.
Cuando se realicen finiquitos por finalización del servicio contratado, por renuncia o despido del empleado, no se tendrán en cuenta a efecto de gasto transferencia, dado que estos gastos no responden a la ejecución de las actuaciones objeto de la operación y no son gastos que se genere por trabajo efectivo desempeñado por los empleados.
Memoria técnica.
Se deberá presentar la memoria técnica donde se describan las actuaciones realizadas junto con el desglose por actividades y sus costes y que deberá contener una relación pormenorizada de las actividades realizadas y los objetivos que se persiguen con cada una.
Formalidades que debe cumplir la documentación justificativa.
a) Formas de pago.
Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican a continuación:
Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del documento de gasto.
Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido efectivamente pagada.
Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento de gasto.
Pago nominativo realizado por internet donde se indique que el pago ha sido realizado, sellado por la autoridad bancaria. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
Para documentos de gasto con importe inferior a 600€, y siempre que estén referidos a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket, etc.) ha sido efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del pago.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá remitir un desglose de los pagos efectuados donde pueda identificarse el documento de gasto en cuestión. Dicho desglose deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el importe reflejado en el pago agrupado).
Los gastos de salarios se realizarán de acuerdo con la normativa en materia de cotizaciones a la Seguridad Social, de conformidad con los grupos de cotización que correspondan y de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En las hojas de liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad y precisión el objeto o realización de actividad que motivan la realización de las mismas.
b) Facturas emitidas por terceros.-
Los gastos se deben justificar con facturas oficiales, así como documentos de contabilidad y apoyo con valor probatorio equivalente. En todo caso las facturas deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, modificado por el Real Decreto 1512/2018, de 28 de diciembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Una vez realizado el servicio o entregado el suministro o la obra correspondiente, para que la factura emitida pueda ser conformada por el responsable de la entidad ha de reunir siempre los siguientes requisitos:
Ha de ser emitida a favor de la entidad que ha contratado el servicio, suministro o la obra.
El NIF de la entidad contratante.
El nombre de la empresa y NIF.
Fecha.
Número de factura.
Identificación del objeto de la factura claramente asociado a la actividad de que se trate.
Detalle de si el IVA está incluido o fraccionado. Incluyendo porcentaje y/o importe de IVA aplicado.
Cada factura ha de ser original y antes de proceder a conformarla ha de comprobarse que el importe de la misma es correcto.
c) Otros gastos.
Para la documentación acreditativa del resto de gastos debe tenerse en cuenta:
Amortización del equipamiento que el programa requiera: El cálculo de las cuotas de amortización se determinarán de conformidad con lo establecido en las Órdenes HAP/1781/2013 y HAP/1782/2013, de 20 de septiembre, en relación con lo establecido en el anexo de la tabla de coeficientes de amortizaciones del Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (BOE núm 165, de 11 de julio de 2015). Se solicitará fotocopia de las facturas de adquisición de inmovilizado amortizable, en cuyo original deberá incluirse que el concepto incluido corresponde a esta transferencia y del justificante bancario que acredite su pago o identificación de la persona que haya recibido el dinero en efectivo. El importe que se justifique como gasto deberá estar comprendido dentro del periodo de elegibilidad de la operación.
Alquiler: Fotocopia compulsada de los contratos de alquiler y de las facturas emitidas al efecto, en cuyo original deberá incluirse que el concepto imputado corresponde a la transferencia nominativa concedida y deberá contener los elementos establecidos en el Real Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. Los precios de los alquileres se ajustarán a los precios de mercado, sin que se puedan encubrir adquisiciones, pues, en este caso, se deberá cargar la amortización que corresponda de acuerdo con el punto anterior. Se solicitará copia de los documentos bancarios que acrediten el pago de estos justificantes o identificación de la persona que haya recibido el dinero en efectivo.
Gastos de viaje y estancia: Se abonarán los gastos de viaje y estancia, del personal adscrito al proyecto, en casos excepcionales y debidamente justificados del personal que desempeñe un papel de apoyo, y los gastos de las empresas que participen en las actividades del proyecto. En este caso se llevarán las listas de asistencia que formarán parte de la documentación justificativa.
La documentación acreditativa será la siguiente:
Hoja de gastos de viaje y estancia y hoja de liquidación de gastos de viaje y estancia.
Billetes de avión, tren autobús.
Tarjetas de embarque.
Documentación que acredite cálculo del kilometraje.
Factura de agencia de viajes y prueba de pago (en este caso deberá especificarse el número de persona y días de estancia, así como los conceptos objeto del gasto. Es imprescindible que junto a la factura se custodie por la Entidad los documentos que acrediten la realidad de los servicios, tales como certificado de estancia en hotel, tarjetas de embarque, billetes, etc
Factura hotel y prueba de pago.
En su caso, recibos de transporte local.
Listado de firmas de participantes en el caso de reuniones, conferencias, seminarios, en los gastos que se imputen al proyecto.
Trabajos realizados por otras empresas:
En caso de que se contrate un servicio externo, se solicitará fotocopia de las facturas, en cuyo original deberá incluirse que el concepto imputado corresponde a la transferencia otorgada y del justificante bancario que acredite su pago o identificación de la persona que haya recibido el dinero en efectivo. En el caso de que el importe del servicio externo supere 15.000 euros, deberán presentarse memoria explicativa del procedimiento de licitación seguido y motivar su adjudicación.
Segundo. Justificación de las operaciones de anticipo o prepago.
A toda operación pagada con carácter de anticipo o prepago, en el momento que se justifique por la entidad, es necesario implementarle una información adicional de todos los gastos que dan soporte a dicho pago, con objeto de posibilitar su certificación. Esta información hay que suministrarla mediante un fichero en hoja de cálculo.
Tercero. Cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad.
La identificación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la correspondiente normativa.
CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES
D …………………………………………………………………………..con DNI n.º …………………., en calidad de representante de la Agencia Extremeña de la Energía (AGENEX) con CIF n.º G06358105, certifica:
Que los gastos indicados en el Anexo de actuaciones se corresponden con las actividades recogidas en el Convenio de la aportación económica a favor de la Agencia Extremeña de la Energía, para financiar la realización del proyecto Transferencia ……………………………………………. . en el ejercicio 20…./20…..
Que la relación de los importes que se detallan en el documento Anexo de actuaciones, firmado por el representante de AGENEX se encuentran efectivamente pagados y que los documentos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada las distintas actuaciones, a que se refieren dichos importes, se encuentran en poder de AGENEX, a disposición de la Consejería, así como de los órganos de fiscalización y control financiero y de los órganos de control de la Unión Europea.
Que se han llevado a cabo las actuaciones de acuerdo con las normas nacionales y comunitarias establecidas al efecto, y se han cumplido los requisitos de información y publicidad establecidos en el Convenio.
Y para que así conste, firmo el presente certificado:
Badajoz, a … de ……………de 20….
Director de la Agencia Extremeña de la Energía
Fdo. ………………….
TABLA I. CUADRO RESUMEN DE ACTUACIONES DE LA TRANSFERENCIA
D. ………………………………………………………….. con DNI n.º …………………, y actuando en calidad de Director de la Agencia Extremeña de la Energía y D. (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifica que la transferencia especifica recibida de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional al amparo del Convenio para la realización de la transferencia ……………………………………… por importe de…………… euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho Convenio respecto de la anualidad 20…... Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTUACIONES
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COSTE TOTAL
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1.ª JUSTIFICACIÓN
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2.ª JUSTIFICACIÓN
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3.ª JUSTIFICACIÓN
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4.ª JUSTIFICACIÓN
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Actuación 1
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Actuación 2
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Actuación 3
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TOTAL
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Badajoz, a ….. de …………de 20…..
Director de la Agencia Extremeña de la Energía
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Interventor o persona que fiscalice gastos
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Fdo: ……………
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Fdo: …………..
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TABLA 2. RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO (DESGLOSAR POR ACTIVIDADES Y CONCEPTOS)
D ……………………………………………… con DNI n.º………………… , y actuando en calidad de Director de la Agencia Extremeña de la Energía y D.…………………………………………………………….. (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifica que la transferencia especifica recibida de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional al amparo del Convenio para la realización de la transferencia …………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………….. . por importe de……………….euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho Convenio respecto de la anualidad 20……. Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
DATOS DE LAS FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGOS IMPUTADOS.
N.º ORDEN
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FECHA FACTURA
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PROVEEDOR
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CIF
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CONCEPTO FACTURA
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IMPORTE IMPUTADO
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FORMA DE PAGO
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BANCO ORIGEN PAGOS
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N.º DE CUENTA ORIGEN
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BANCO DESTINO PAGOS
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N.º DE CUENTA DESTINO
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TITULAR CUENTA DESTINO
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FECHA VALOR
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---|
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Badajoz, a ……….. de ………………… de 20.....
Director de la Agencia Extremeña de la Energía
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Interventor o persona que fiscalice gastos
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Fdo: ……………
|
Fdo: …………..
|
TABLA 3. GASTOS DE PERSONAL DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
D. Cosme Segador Vegas con DNI n.º ………………………………, y actuando en calidad de Director de la Agencia Extremeña de la Energía y D. ………………….................................................. (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifica que la transferencia especifica recibida de la Consejería de Educación Ciencia y Formación Profesional al amparo del Convenio para la realización de la transferencia ……………………………………………………………………. ., se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho Convenio respecto de la anualidad 20. Los gastos de personal imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
N.º
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Nombre y Apellidos
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NIF
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Grupo de Cotización
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Grupo Profesional
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Mes
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Importe Bruto
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P.P. Paga extra
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Coste Seguridad Social(Cuota patronal)
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Total
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Grado de imputación a la transferencia(%)
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Total imputado
|
Forma de pago
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N.º Cuenta origen pago
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N.º Cuenta destino del trabajador
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Fecha valor pago
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1
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2
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3
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4
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5
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6
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Badajoz, a .. de…………. de 20.......
Director de la Agencia Extremeña de la Energía
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Interventor o persona que fiscalice gastos
|
Fdo: ……………
|
Fdo: …………..
|
TABLA 4. DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRASFERENCIA
D. ………………………………………………………………………………………………………………. con DNI n.º…………………………, y actuando en calidad de Director de la Agencia Extremeña de la Energía y D……………………………………………………………………………………………. (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifica que la transferencia especifica recibida de la Consejería de Educación Ciencia y Formación Profesional al amparo del Convenio para la realización de la transferencia ………………………………………… por importe de……………….. euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho Convenio respecto de la anualidad 20….. Los gastos de personal imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTUACIÓN:
CONCEPTO:
Fecha
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Nombre y Apellidos
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NIF
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Importe total
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Grado de imputación (%)
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Total imputado
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Badajoz, a …………………………… de…………….. de 20…..
Director de la Agencia Extremeña de la Energía
|
Interventor o persona que fiscalice gastos
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Fdo: ……………
|
Fdo: …………..
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A continuación, se relacionan como anexos el desglose de gastos en dietas y desplazamientos imputados a la transferencia, previamente relacionados:
Fecha:Nombre y apellidos:NIF:
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Departamento:Unidad:Grado de Imputación:
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GASTOS
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LIQUIDACIÓN IMPORTE
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Fecha
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Origen
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Destino
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Concepto
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Finalidad
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Km (Vehículo propio)
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Importe kilometraje (0,19 €/km)
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Importe del gasto incurrido
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Subtotal
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Importe exento
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Importe sujeto a retención
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