RESOLUCIÓN de 24 de junio de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se resuelve la convocatoria de concesión de subvenciones para la realización de programas de prevención de conductas adictivas en municipios y mancomunidades para el año 2024.
TEXTO ORIGINAL
Vistas las solicitudes presentadas por los municipios y mancomunidades al objeto de ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la Resolución de 18 de marzo de 2024 por la que se convocan subvenciones para la realización de programas de prevención de conductas adictivas destinadas a municipios y mancomunidades para el año 2024 (DOE n.º 60, de 26 de marzo), se dicta la presente resolución teniendo en cuenta los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. El Decreto 72/2016, de 31 de mayo, establece las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño de Salud (DOE n.º 107, de 6 de junio), dedicando el capítulo III a las subvenciones destinadas a programas de prevención de conductas adictivas desarrollados por municipios y mancomunidades.
Segundo. Mediante Resolución de 18 de marzo de 2024 de la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales por la que se convocan subvenciones para la realización de programas de prevención de conductas adictivas destinadas a municipios y mancomunidades para el año 2024 (DOE n.º 60, de 26 de marzo), se especifican el objeto, condiciones y finalidad de la financiación, requisitos de las solicitudes, así como el procedimiento de concesión y el órgano competente para su resolución.
Tercero. Siguiendo el procedimiento administrativo establecido en el artículo 3.1 del Decreto 72/2016, de 31 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño de Salud y en el apartado quinto de la citada resolución, se ordena, instruye y se detalla la composición de la Comisión de Valoración, procediéndose a la evaluación de las solicitudes recibidas en plazo y según condiciones determinadas en el mismo. Reunida, con fecha 19 de junio de 2024, la Comisión de Valoración emite informe sobre la evaluación de las solicitudes presentadas.
Cuarto. Con fecha 20 de junio de 2024, la Directora General de Salud Pública formula, de acuerdo con el informe de la Comisión de Valoración, formula propuesta de resolución sobre la concesión y desestimación de las solicitudes presentadas por los municipios y mancomunidades, todo ello en base a los siguientes:
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para dictar la resolución, en el presente expediente de concesión de subvenciones, corresponde al titular de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud, según lo dispuesto en el artículo 8.4 del Decreto 72/2016, de 31 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño de Salud.
Segundo. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3.1 del citado Decreto 72/2016, se dictó por la Secretaría General de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, Resolución de 18 de marzo de 2024, por la que se aprobó la convocatoria de subvenciones para la realización de programas de prevención de conductas adictivas destinadas a municipios y mancomunidades para el año 2024 (DOE n.º 60, de 26 de marzo).
Tercero. La mencionada resolución establece en su ordinal sexto, que para la financiación de las subvenciones previstas en la misma se destinará una cantidad global de ciento cincuenta y ocho mil quinientos sesenta euros (158.560,00 €), conforme al siguiente detalle:
a) Modalidad A:
— 26.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.460 y al código de proyecto de gasto 20060566.
— 54.560 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.460 y al código de proyecto de gasto 20060566.
— 3.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.460 y al código de proyecto de gasto 20060571.
b) Modalidad B:
— 25.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.460 y al código de proyecto de gasto 20060566.
— 50.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 39.01.212D.460 y al código de proyecto de gasto 20060566.
Cuarto. En virtud de lo dispuesto en el ordinal quinto apartado 3 de la Resolución de 18 de marzo de 2024, la Directora General de Salud Pública formula la siguiente propuesta de resolución de conformidad con el informe de la Comisión de Valoración:
Que se concedan las subvenciones a las Entidades que se relacionan en el anexo I de la presente propuesta de resolución, para el desarrollo de programas de prevención en conductas adictivas financiadas por el Servicio Extremeño de Salud con cargo a las aplicaciones presupuestarias: 20243901212D460 y Códigos Proyecto de Gasto: 20060566 y 20060571.
Que se desestimen las solicitudes relacionadas en el anexo II de esta propuesta de resolución, con indicación del motivo de denegación, elaborado en base al informe emitido por la comisión de valoración sobre la evaluación de las solicitudes presentadas .
Por cuanto antecede, de conformidad con la propuesta formulada por la Directora General de Salud Pública de fecha 20 de junio de 2024 y en el ejercicio de la competencia que me atribuye el artículo 8.4 del Decreto 72/2016, de 31 de mayo, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Servicio Extremeño de Salud y según lo dispuesto en el ordinal quinto apartado 4 de la Resolución de 18 de marzo de 2024,
RESUELVO:
Primero. Conceder las subvenciones a las entidades incluidas en el anexo I, en la cuantía que en el mismo se relacionan, con cargo a las aplicaciones presupuestarias 20243901212D460 y Códigos Proyecto de Gasto: 20060566 y 20060571 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, con indicación de la actividad subvencionada: Programa de personal técnico de prevención de conductas adictivas y/o Programa de prevención de las conductas adictivas.
Segundo. Desestimar las subvenciones a las entidades relacionadas en el anexo II de esta Resolución, con indicación para cada una de ellas el motivo de su denegación.
Tercero. Las entidades beneficiarias de esta subvención tienen la obligación de cumplir con lo establecido en la Resolución de 18 de marzo de 2024, así como en lo dispuesto en los capítulos I y III del Decreto 72/2016, de 31 de mayo.
Cuarto. Las entidades beneficiarias darán una adecuada publicidad a la subvención incluyendo la mención Junta de Extremadura. Servicio Extremeño de Salud en las publicaciones, en la memoria o la restante documentación que realicen para la difusión de las actividades del proyecto en cumplimiento de lo dispuesto artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. El abono de las subvenciones se realizará en la forma y en los términos establecidos en el ordinal décimo de la Resolución de convocatoria, sin necesidad de constituir garantía alguna.
Sexto. Siguiendo lo dispuesto en los artículos 12, 13 y 14 del Decreto 72/2016, de 31 de mayo, procederá la pérdida del derecho al cobro o el reintegro de las cantidades percibidas con la exigencia del interés de demora desde el momento del pago hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, cuando concurra algunas de las causas previstas en el artículo 43 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los supuestos de incumplimiento de las obligaciones exigidas en esta resolución. Todo ello sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiera lugar.
Séptimo. La publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Extremadura surtirá los efectos propios de la notificación de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en consonancia con el artículo 8.4 del decreto 72/2016, de 31 de mayo.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se podrá interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, según la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. En el supuesto de haber interpuesto recurso de reposición no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta de aquel. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado pueda ejercitar cualquier otro que estime procedente.
Mérida, 24 de junio de 2024.
El Director Gerente,
JESÚS VILÉS PIRIS
ANEXO I
CONCEDIDAS. MODALIDAD A
MUNICIPIOS
|
NIF
|
PROGRAMA, PERSONAL TÉCNICO
|
PUNTUACIÓN
|
CONCEDIDO
|
---|
MUNICIPIO DE ALMENDRALEJO
|
P0601100A
|
Programa, Personal Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
|
35
|
5.159,602€
|
MUNICIPIO DE MORALEJA
|
P1013100A
|
Programa, Personal Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
|
27,50
|
14.073,68€
|
MUNICIPIOS
|
NIF
|
PROG. ACTIVIDADES
|
PUNTUACIÓN
|
CONCEDIDO
|
---|
MUNICIPIO VILLANUEVA DE LA SERENA
|
P0615300A
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
15
|
23.787,449 €
|
MUNICIPIO DE DON BENITO
|
P0604400B
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
15
|
29.400 €
|
MUNICIPIO DE ALMENDRALEJO
|
P0601100A
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
15
|
6.108,9 €
|
MUNICIPIO DE MORALEJA
|
P1013100A
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
13
|
3.111,55 €
|
MUNICIPIO DE HERRERA DEL DUQUE
|
P0606300B
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
11
|
2.925 €
|
MANCOMUNIDADES
|
NIF
|
PROGRAMA PERSONAL TÉCNICO
|
PUNTUACIÓN
|
CONCEDIDO
|
---|
MANC. INTEGRAL DE AGUAS Y SERVICIOS DE LA COMARCA DE LLERENA
|
P0600002J
|
Programa, Personal Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
|
28
|
13.000 €
|
MANC. INTEGRAL DE MUNICIPIOS CENTRO
|
P0600064J
|
Programa, Personal Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
|
35
|
5.856,634 €
|
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS RIO BODION
|
P 0600017H
|
Programa, Personal Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
|
15
|
3.600 €
|
MANCOMUNIDAD INTEGRAL SIERRA DE SAN PEDRO
|
P06020701F
|
Programa, Personal Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
|
34
|
5.460 €
|
MANC. MUNICIPIOS RIBEROS DEL TAJO
|
P1000039F
|
Programa, Personal Técnico de Prevención de Conductas Adictivas
|
31
|
4.584,125 €
|
CONCEDIDAS. MODALIDAD B
MANCOMUNIDADES
|
NIF
|
PROG. ACTIVIDADES
|
PUNTUACIÓN
|
CONCEDIDO
|
---|
MANC. DE MUNICIPIOS LA SERENA
|
P0600008G
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
15
|
10.780 €
|
MANC. INTEGRAL DE MUNICIPIOS GUADIANA
|
V06304208
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
14
|
4.140,41 €
|
MANC. DE MUNICIPIOS SIBERIA
|
P5612701B
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
14
|
2.600 €
|
MANC. INTEGRAL DE MUNICIPIOS CENTRO
|
P0600064J
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
15
|
5.512.5 €
|
MANCOMUNIDAD INTEGRAL SIERRA DE SAN PEDRO
|
P6020701F
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
14
|
532,35 €
|
MANCOMUNIDAD DE MUNICIPIOS RIO BODION
|
P 0600017H
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
15
|
1.960 €
|
MANC. INTEGRAL DE AGUAS Y SERVICIOS DE LA COMARCA DE LLERENA
|
P0600002J
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
15
|
2.100 €
|
MANC. INTEGRAL RIVERA DE FRESNEDOSA
|
G10166650
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
12
|
5.109,65 €
|
MANC. TIERRA DE BARROS-RIO MATACHEL
|
P0600012I
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
15
|
1.890 €
|
MANC. MUNICIPIOS RIBEROS DEL TAJO
|
P1000039F
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
11
|
1.306,5 €
|
MANC. DE MUNICIPIOS VALLE DEL JERTE
|
P1000027A
|
Programa de Prevención de las Conductas Adictivas
|
14
|
650 €
|
ANEXO II
DESESTIMADAS. MODALIDAD A
ENTIDAD. PROGRAMA PERSONAL TÉCNICO PREVENCIÓN CONDUCTAS ADICTIVAS
|
CIF
|
MOTIVO QUE ORIGINA LA EXCLUSIÓN
|
---|
MUNICIPIO VILLANUEVA DE LA SERENA
|
P0615300A
|
No se justifica la contratación de personal técnico de prevención de conductas adictivas para el desarrollo de Programas durante el año 2024.
|
MUNICIPIO DE DON BENITO
|
P0604400B
|
No se justifica la contratación de personal técnico de prevención de conductas adictivas para el desarrollo de Programas durante el año 2024.
|
MANC. DE MUNICIPIOS LA SIBERIA
|
P5612701B
|
No se justifica la contratación de personal técnico de prevención de conductas adictivas para el desarrollo de Programas durante el año 2024.
|
MANC. DE MUNICIPIOS LA SERENA
|
P0600008G
|
No se justifica la contratación de personal técnico de prevención de conductas adictivas para el desarrollo de Programas durante el año 2024.
|
DESESTIMADAS. MODALIDAD B
ENTIDAD. PROGRAMA ACTIVIDADES PREVENCIÓN CONDUCTAS ADICTIVAS
|
CIF
|
MOTIVO QUE ORIGINA LA EXCLUSIÓN
|
---|
MUNICIPIO DE ALDEACENTENERA
|
P1001100E
|
El programa no está relacionado con el objeto de las ayudas a recibir. Es un programa exclusivo de ocio.
|
MUNICIPIO DE OLIVENZA
|
P0609500D
|
La entidad manifiesta expresamente la renuncia a la subvención.
|