RESOLUCIÓN de 20 de junio de 2024, de la Consejera, por la que se dispone la implantación y supresión de enseñanzas en centros docentes públicos no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2024-2025.
TEXTO ORIGINAL
El Estatuto de Autonomía de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, en su artículo 10.1.4. atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, fueron transferidas a la Comunidad Autónoma de Extremadura las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza no universitaria.
El Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, establece en el artículo 1 la necesidad de autorización administrativa para impartir enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional.
Así mismo, el Real Decreto 82/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, establece en el artículo 1 la necesidad de autorización administrativa para impartir enseñanzas de Educación Infantil y Primaria.
En el marco del componente 20 Plan estratégico de impulso de la Formación Profesional , del Mecanismo de Recuperación, Transformación y Resiliencia (MRR), serán subvencionables las medidas de los planes de recuperación y resiliencia, entre las que se encuentra el Programa de Cooperación Territorial correspondiente al Plan de Formación Profesional para el crecimiento económico y social y la empleabilidad.
El Ministerio de Educación y Formación Profesional ha puesto en marcha el citado Plan, que se vertebra en torno a varias actuaciones, siendo el redimensionamiento de la formación profesional centrado en el incremento de plazas una de ellas.
La Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional con la finalidad de impulsar la mejora del servicio público de la educación en Extremadura considera necesaria la implantación de nuevas enseñanzas en los centros educativos públicos de la Comunidad Autónoma.
Por todo lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36.f) de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Autorizar la implantación, a partir del curso académico 2024-2025, de las enseñanzas de formación profesional que se relacionan en el anexo I de la presente resolución.
Segundo. Suprimir la autorización, a partir del curso académico 2024-2025, de las enseñanzas de formación profesional que se relacionan en el anexo II de la presente resolución.
Tercero. Autorizar la implantación, a partir del curso académico 2024-2025, de las Enseñanzas Artísticas de Régimen Especial que se relacionan en el anexo III de la presente resolución.
Cuarto. Se faculta a la Secretaria General de Educación y Formación Profesional para dictar cuantos actos y resoluciones sean necesarios para el desarrollo y ejecución de la presente resolución.
Contra esta resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación de esta resolución, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia en Extremadura. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 20 de junio de 2024.
La Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional,
MARÍA MERCEDES VAQUERA MOSQUERO
ANEXO I
IMPLANTACIÓN DE ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL
CURSO 2024 2025
LOCALIDAD
|
CENTRO
|
CÓDIGO
|
NIVEL
|
CLAVE
|
DENOMINACIÓN ENSEÑANZA
|
---|
Azuaga
|
IES Bembézar
|
06000381
|
GMe
|
IMP2-2
|
Estética y Belleza
|
Badajoz
|
IES San Roque
|
06006899
|
CEs
|
ENA3-41
|
Auditoría Energética
|
Cáceres
|
IES Javier García Téllez
|
10000774
|
GBa
|
AGA1-20
|
Agrojardinería y Composiciones Florales
|
Cáceres
|
IES Javier García Téllez
|
10000775
|
GSu
|
SAN3-3
|
Documentación y Administración Sanitarias
|
Don Benito
|
IES Cuatro Caminos
|
06002092
|
GSu
|
EOC3-1
|
Proyectos de Edificación
|
Navalmoral de la Mata
|
IES Albalat
|
10003601
|
GSu
|
QUI3-1
|
Laboratorio de Análisis y Control de Calidad
|
Navalvillar de Pela
|
IES Lacimurga Constantia Iulia
|
06006978
|
GBa
|
AGA1-20
|
Agrojardinería y Composiciones Florales
|
San Vicente de Alcántara
|
IES Joaquín Sama
|
06007429
|
GSu
|
SSC3-2
|
Educación Infantil
|
Trujillo
|
IES Turgalium
|
10007136
|
GSu
|
HOT3-2
|
Gestión de Alojamientos Turísticos
|
Zafra
|
IES Suárez de Figueroa
|
06005111
|
CEs
|
IFC3-44
|
Desarrollo de Aplicaciones en Lenguaje Python (1)
|
Zalamea de la Serena
|
IES Antonio Nebrija
|
06007624
|
GMe
|
AGA2-1
|
Producción Agropecuaria
|
Zalamea de la Serena
|
IES Antonio Nebrija
|
06007624
|
GMe
|
AGA2-6
|
Producción Agroecológica
|
Nivel: GBa=Ciclo formativo de Grado Básico, GMe=Ciclo formativo de Grado Medio, GSu=Ciclo formativo de Grado Superior, CEs=Curso de Especialización.
(1) Modalidad distancia, proyecto @vanza.
ANEXO II
ENSEÑANZAS DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA LAS QUE SE SUPRIME LA AUTORIZACIÓN
CURSO 2024 2025
LOCALIDAD
|
CENTRO
|
CÓDIGO
|
NIVEL
|
CLAVE
|
DENOMINACIÓN ENSEÑANZA
|
---|
Azuaga
|
IES Bembézar
|
06000381
|
GMe
|
SSC2-1
|
Atención a Personas en Situaciones de Dependencia
|
Campanario
|
IES Bartolomé J. Gallardo
|
06006693
|
GBa
|
IFC1-20
|
Informática y comunicaciones
|
Don Benito
|
IES Cuatro Caminos
|
06002092
|
GSu
|
EOC3-2
|
Proyectos de Obra Civil
|
Miajadas
|
IES Gonzalo Torrente Ballester
|
10008438
|
GMe
|
COM2-1
|
Actividades Comerciales
|
Navaconcejo-Cabezuela del Valle
|
IES Valle del Jerte
|
10008499
|
GMe
|
AGA2-6
|
Producción Agroecológica
|
Navalvillar de Pela
|
IES Lacimurga Constantia Iulia
|
06006978
|
GBa
|
AGA1-21
|
Actividades agropecuarias
|
Roca de La Sierra, La
|
IES Sierra de San Pedro
|
06004787
|
GMe
|
COM2-2
|
Comercialización de Productos Alimentarios
|
San Vicente de Alcántara
|
IES Joaquín Sama
|
06007429
|
GMe
|
SSC2-1
|
Atención a Personas en Situaciones de Dependencia
|
Trujillo
|
IES Turgalium
|
10007136
|
GSu
|
HOT3-3
|
Guía, Información y Asistencia Turísticas
|
Zalamea de la Serena
|
IES Antonio Nebrija
|
06007624
|
GBa
|
COM1-20
|
Servicios comerciales
|
Nivel: GBa=Ciclo formativo de Grado Básico, GMe=Ciclo formativo de Grado Medio, GSu=Ciclo formativo de Grado Superior.
ANEXO III
IMPLANTACIÓN DE ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL
ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS
CURSO 2024 2025
LOCALIDAD
|
CENTRO
|
CÓDIGO
|
DENOMINACIÓN
|
---|
Badajoz
|
Conservatorio Profesional de Música Juan Vázquez
|
06011160
|
Especialidad de Cante Flamenco de las Enseñanzas Profesionales de Música
|
Badajoz
|
Conservatorio Profesional de Música Juan Vázquez
|
06011160
|
Especialidad de Guitarra Flamenca de las Enseñanzas Profesionales de Música
|