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RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2024, de la Presidencia del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura, por la que se establece el régimen de suplencias de la Directora del CICYTEX.
DOE Número: 130
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 05 de julio de 2024
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
Organismo: CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Suplencia.
Página Inicio: 34554
Página Fin: 34555
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
La Ley 10/2010, de 16 de noviembre, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación en Extremadura, crea el Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (en adelante CICYTEX), como un ente de derecho público, adscrito a Consejería competente en materia de I+D+i, dotado de personalidad jurídica diferenciada, patrimonio y tesorería propios, y autonomía funcional y de gestión, correspondiéndole el ejercicio de las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, entre los que se encuentran la generación de I+D+i en los Institutos adscritos al mismo, con el fin de contribuir al avance del conocimiento y al desarrollo económico, social y cultural, así como a la formación de personal y al asesoramiento a entidades públicas y privadas en materia de I+D+i de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Mediante Decreto 77/2023, de 21 de julio, se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, recogiéndose en su artículo 27 la adscripción del CICYTEX a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
Además de por su ley de creación, el CICYTEX se rige por sus propios Estatutos, aprobados mediante Decreto 135/2013, de 30 de julio (DOE núm. 148, de 1 de agosto).
El artículo 12 de los Estatutos del CICYTEX establece que la Dirección del CICYTEX, con rango de Director General, es el órgano ejecutivo del mismo, ejerciendo la dirección y gestión ordinaria del ente, conforme a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre.
El apartado 5 del citado artículo establece que la Dirección del CICYTEX, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, será sustituida en sus funciones por quien designe la Presidencia del CICYTEX.
De conformidad con lo anterior, con el fin de garantizar el funcionamiento ordinario del CICYTEX, así como el cumplimiento de los principios de eficacia y agilidad administrativa, se considera necesario establecer el régimen de suplencias de la Directora del CICYTEX en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad.
Por todo ello, en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 13 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Para los casos de vacante, ausencia o enfermedad, la Directora del CICYTEX será sustituida por los titulares de los puestos de trabajo que se indican por el siguiente orden:
La persona titular de la Jefatura de Servicio de Coordinación de Centros de Investigación del CICYTEX.
La persona titular de la Jefatura de Servicio de Régimen Interno del CICYTEX.
La persona titular de la Jefatura de Unidad de Control Económico Financiero del CICYTEX.
La persona titular de la Jefatura de Unidad de Coordinación Científica.
Segundo. En las resoluciones o actos administrativos que se adopten en el ejercicio de esta suplencia, se hará constar esta circunstancia, indicando expresamente el cargo o puesto de trabajo suplido e incluyendo en el pie de firma la expresión Por suplencia o su forma usual de abreviatura, y el cargo o puesto de trabajo y nombre del suplente, junto con la referencia a los datos identificativos de la presente resolución.
Tercero. Lo dispuesto en la presente resolución no implica alteración de la competencia ni afecta a las delegaciones de competencia vigentes, produciendo los actos de la persona suplente los mismos efectos jurídicos que si hubieran sido dictados por el titular del órgano que, originariamente o por delegación, venía ejerciendo la competencia.
Cuarto. La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su firma.
Mérida, 28 de junio de 2024.
La Presidenta del CICYTEX,
M.ª MERCEDES VAQUERA MOSQUERO

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