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RESOLUCIÓN de 3 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la segunda Adenda de prórroga al Convenio Interadministrativo entre la Junta de Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena para la gestión, uso, mantenimiento y conservación del Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena.
DOE Número: 131
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 08 de julio de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de presidencia, interior y diálogo social
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios. .
Página Inicio: 34834
Página Fin: 34837
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 28 de junio de 2024, la segunda Adenda de prórroga al Convenio Interadministrativo entre la Junta de Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena para la gestión, uso, mantenimiento y conservación del Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 3 de julio de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
SEGUNDA ADENDA DE PRÓRROGA AL CONVENIO INTERADMINISTRATIVO ENTRE LA JUNTA DE EXTREMADURA, LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ Y EL AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA SERENA PARA LA GESTIÓN, USO, MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL PALACIO DE CONGRESOS DE VILLANUEVA DE LA SERENA.
Badajoz, Mérida y Villanueva de la Serena, 28 de junio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, Don José Luis Gil Soto, Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes por delegación de la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes por Resolución de 2 de agosto de 2023 (DOE n.º 151, de 7 de agosto de 2023).
De otra parte, D.ª Raquel del Puerto Carrasco, en su condición de Vicepresidenta Primera y Diputada Delegada del Área de Cooperación Municipal, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 34. b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y habilitada para la firma en sustitución del Presidente mediante Decreto de fecha 18 de junio de 2024.
Y de otra parte, D.ª Ana Belén Fernández González, Alcaldesa del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, en virtud de las facultades que le confiere el artículo 21.b) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
La celebración del presente convenio ha sido autorizada por la Diputación de Badajoz mediante Decreto de 18 de junio de 2024 y por Acuerdo de la Junta del Gobierno Local del Ayuntamiento de Villanueva de la Serena en su sesión del día 20 de junio de 2024, así como, por Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 26 de junio de 2024.
Las partes intervienen en la representación y con las facultades que sus respectivos cargos les confieren, reconociéndose mutuamente capacidad y legitimación para obligarse y convenir, y al efecto
EXPONEN
Primero. Que el 30 de junio de 2017 se suscribió el convenio de colaboración entre la Junta de Extremadura, la Diputación de Badajoz y el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena para la gestión, uso, mantenimiento y conservación del Palacio de Congresos y Exposiciones de Villanueva de la Serena.
Con fecha de 18 de julio de 2022 se publica en el Diario Oficial de Extremadura (num.137) Adenda de Prórroga al Convenio Interadministrativo entre la Junta de Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena para la gestión, uso, mantenimiento y conservación del Palacio de Congresos de Villanueva de la Serena, la cual se firmó con fecha de 30 de junio de 2022 y cuya vigencia se extendería desde el 1 de julio de 2022 hasta 1 de julio de 2024, en la misma las partes intervinientes se comprometían a continuar desarrollando las actuaciones previstas en el Convenio de 30 de junio de 2017 y se dirigían a dar continuidad al objeto de dicho convenio.
Segundo. Que en la cláusula décima de dicho convenio, las partes firmantes acordaron que el convenio surtiría efectos desde el día siguiente a la formalización del mismo, es decir 1 de julio de 2017, estableciéndose una vigencia de cinco años. No obstante, se añade que transcurrido el plazo inicial los firmantes del convenio podrán acordar prorrogar el mismo por periodos no superiores a la mitad del plazo inicial, hasta un máximo de diez años adicionales .
Tercero. Que con el fin de dar continuidad a la prestación del objeto de dicho convenio, las partes firmantes estiman necesario continuar con dicha colaboración, e iniciar el expediente de prórroga por un período de dos años en reunión de la Comisión de seguimiento del convenio, el día 17 de junio de 2024, formalizando una adenda de prórroga con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Las partes firmantes acuerdan la prórroga por dos años y un día del convenio de colaboración interadministrativo suscrito el día 30 de junio de 2017 entre la Junta de Extremadura, la Diputación de Badajoz y el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena para la gestión, uso, mantenimiento y conservación del Palacio de Congresos y Exposiciones de Villanueva de la Serena.
Por lo tanto, mediante la firma de la presente adenda, los efectos de este convenio de colaboración se extenderán desde el día 2 de julio de 2024 hasta 2 de julio de 2026.
Segunda. Las partes intervinientes se comprometen a continuar desarrollando las actuaciones previstas en la estipulación primera, dirigidas a dar continuidad al objeto del convenio de colaboración, de acuerdo con los derechos y obligaciones suscritos en la cláusula cuarta, quinta y sexta de dicho convenio, que se entenderán vigentes hasta la finalización de la prórroga establecida en la presente adenda.
Tercera. La Junta de Extremadura, la Diputación Provincial de Badajoz y el Ayuntamiento de Villanueva de la Serena, realizarán la misma aportación económica anual, a los gastos derivados del funcionamiento, conservación, mejora y otros necesarios del inmueble que consta en el convenio en el Anexo II, por un importe máximo anual de 95.000 euros, sin perjuicio de que este importe pueda variar en función de los resultados derivados de la memoria económica anual, respecto al funcionamiento de las instalaciones que en cualquier caso será la misma para las tres Administraciones.
La aportación de la Junta de Extremadura se realizará con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se materializará a través de la formalización del correspondiente instrumento conforme a la normativa aplicable en materia de subvenciones.
Cuarta. Cualquier referencia contenida en el convenio suscrito el 30 de junio de 2017 del que esta adenda trae causa, a la Secretaría General de la Presidencia de la Junta de Extremadura, se entenderá hecha a la Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes en virtud del Decreto 236/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
En prueba de conformidad, y para que conste a los efectos oportunos, las partes firman electrónicamente este documento.
El Secretario General,
PD, Resolución de 2/08/23,de la Consejera(DOE n.º 151, de 7 de agosto,)
José Luis Gil Soto
La Vicepresidenta Primera y Diputada Delegada del Área de Cooperación Municipal,
La Diputación Provincial de Badajoz,
Raquel Del Puerto Carrasco
La Alcaldesa,
El Ayuntamiento de Villanueva de la Serena,
Ana Belén Fernández González

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