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Resolución de 4 de julio de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se avoca competencia en materia de contratación administrativa y se delega competencia en la misma materia.
DOE Número: 135
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 12 de julio de 2024
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
Organismo: servicio extremeño de salud
Rango: Resolución
Descriptores: Avocación. Delegación.
Página Inicio: 35223
Página Fin: 35224
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
El artículo 4.i) del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, atribuye al titular de la Dirección Gerencia la competencia para ejercer como órgano de contratación del Organismo Autónomo en los términos establecidos en la Ley de Salud de Extremadura y en la normativa general sobre contratación administrativa.
Mediante Resolución de 4 de septiembre de 2023 (DOE n.º 174, de 11 de septiembre), de la Dirección Gerencia, se delegan competencias en determinadas materias, incluyendo la delegación en las Gerencias de Área, en el ámbito territorial del ejercicio de sus funciones, de las competencias en relación con los contratos de suministros y servicios valor estimado sea inferior a 1.800.000,01 euros.
No obstante, razones de eficacia, celeridad y coordinación en el ejercicio de las competencias asignadas aconsejan avocar la competencia delegada en la persona titular de la Gerencia de Área de Plasencia en relación al contrato de suministro de un quirófano de paneles modulares para traumatología y sus salas asociadas, el suministro de lámparas quirúrgicas LED, mesa de operaciones móvil, brazo de anestesia, brazo para cirugía, endoscopia, y panel técnico de quirófano para el Hospital Virgen del Puerto de Plasencia , sin perjuicio del resto de las delegaciones en vigor en la materia. Razones de la misma índole aconsejan delegar dicha competencia en la persona titular de la Dirección General de Planificación Económica del Servicio Extremeño de Salud.
En virtud de cuanto antecede, y de conformidad con las facultades que me confieren los artículos 9 y 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como los artículos 72 a 74 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Avocar la competencia en materia de contratación administrativa en relación al contrato de suministro de un quirófano de paneles modulares para traumatología y sus salas asociadas, el suministro de lámparas quirúrgicas LED, mesa de operaciones móvil, brazo de anestesia, brazo para cirugía, endoscopia, y panel técnico de quirófano para el Hospital Virgen del Puerto de Plasencia , delegada en la persona titular de la Gerencia de Área de Plasencia en virtud de la Resolución de 4 de septiembre de 2023 (DOE n.º 174, de 11 de septiembre), de la Dirección Gerencia, por la que se delegan competencias en determinadas materias y sin perjuicio del resto de delegaciones efectuadas en la mencionada resolución.
Segundo. Delegar en la persona titular de la Dirección General de Planificación Económica la competencia en relación al contrato de suministro de un quirófano de paneles modulares para traumatología y sus salas asociadas, el suministro de lámparas quirúrgicas LED, mesa de operaciones móvil, brazo de anestesia, brazo para cirugía, endoscopia, y panel técnico de quirófano para el Hospital Virgen del Puerto de Plasencia , todo ello, sin perjuicio del resto de delegaciones efectuadas mediante Resolución de 4 de septiembre de 2023 (DOE n.º 174, de 11 de septiembre), de la Dirección Gerencia, por la que se delegan competencias en determinadas materias
La delegación de competencia contenida en la presente resolución podrá ser avocada por el órgano delegante, cuando circunstancias de índole técnica, económica, social, jurídica o territorial lo hagan conveniente.
Tercero. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación de competencias se considerarán dictadas por el órgano delegante e indicarán expresamente esta circunstancia, con las precisiones que se establecen en el artículo 73.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cuarto. La presente resolución surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 4 de julio de 2024.
El Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud,
JESÚS VILÉS PIRIS

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