Extracto de la XIII convocatoria pública de ayudas bajo la metodología Leader en la comarca Campo Arañuelo y su entorno para inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):773062
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es).
Primero. Objeto.
Este extracto tiene por objeto reflejar la convocatoria de la línea de ayudas a proyectos englobados en la Submedida 19.2, Apoyo para la realización de las operaciones conforme a la Estrategia de Desarrollo Local Participativo, actuación Inversiones en la creación y desarrollo de empresas y actividades no agrícolas en zonas rurales establecida en la Orden de 18 de noviembre de 2020 por la que se regula el sistema de ayudas bajo metodología Leader y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020 (DOE núm. 228 de 25 de noviembre de 2020) que fue aprobada por los órganos de decisión del Grupo de Acción Local y cuenta con la autorización de la persona titular órgano directivo con competencias en materia de desarrollo rural, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 28.6 de la citada Orden.
La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de actuación de la Asociación para el Desarrollo de la Comarca Campo Arañuelo y su entorno, de Extremadura: Almaraz, Belvís de Monroy, Bohonal de Ibor, Berrocalejo, Casatejada, El Gordo, Majadas de Tiétar, Mesas de Ibor, Millanes de la Mata, Navalmoral de la Mata, Peraleda de la Mata, Pueblonuevo de Miramontes, Rosalejo, Talayuela, Tiétar, Valdecañas, Valdehúncar.
El sistema de ayudas en el marco del eje Leader tiene como finalidad la aplicación de estrategias innovadoras mediante la metodología Leader, contribuyendo de esta manera al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.
Segundo. Personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas.
Tendrán la consideración de personas beneficiarias y/o destinatarias finales de las ayudas, las personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones tales como las comunidades de bienes y otras entidades a los que para cada una de las actuaciones previstas en la normativa reguladora de la ayuda se les reconozca tal condición.
En el caso de empresas tan solo podrán recibir las subvenciones objeto de la presente convocatoria aquellas que cumplan los requisitos establecidos por la Comisión para ser micro, pequeñas y medianas empresas conforme a la recomendación de la Comisión 2003/361/CE.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 18 de noviembre de 2020, por la que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología Leader y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020.
Cuarto. Cuantía.
Para la convocatoria de las ayudas indicada, se destinará un montante de 250.000€, que se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 120030000/G/314A/78000/FR14190200/20160174, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los presupuestos generales de la comunidad autónoma de Extremadura.
Se podrá subvencionar hasta el 75 % de la inversión auxiliable, con el límite máximo de 200.000€ por proyecto y tendrán la consideración de minimis.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes de ayudas será de 3 meses desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 3 de julio de 2024.
La Secretaria General,
MARÍA DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ