RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se publica la parte dispositiva de la Resolución de 4 de julio de 2024, de la Consejera, por la que se modifica la autorización administrativa, por ampliación de enseñanzas, del centro docente privado de Formación Profesional "CDS Formación Profesional y Deportiva", en Badajoz.
TEXTO ORIGINAL
Instruido el expediente iniciado a instancias de la representación de la titularidad, solicitando la modificación de la autorización administrativa concedida al centro docente privado de Formación Profesional CDS Formación Profesional y Deportiva de Badajoz, por ampliación de enseñanzas, a tenor de lo previsto en el artículo 14.4 en relación con lo dispuesto en el artículo 7.3 del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, por el que se establecen normas sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, que preceptúa la publicación de la parte dispositiva de la resolución por la que se modifica la autorización administrativa de un centro, procede por la presente dar cumplimiento a dicho mandato con la publicación de la parte dispositiva de la Resolución de 4 de julio de 2024, de la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, del siguiente tenor literal:
Primero. Conceder la modificación de la autorización administrativa al centro docente privado de Formación Profesional CDS Formación Profesional y Deportiva de Badajoz, por ampliación de enseñanzas.
La situación resultante en el Centro, tras la presente modificación de la autorización, es la siguiente:
Denominación genérica: Centro docente privado de Formación Profesional.
Denominación específica: CDS Formación Profesional y Deportiva.
Titular del centro: CDS Formación Profesional y Deportiva, SLL.
Domicilio: c/ Avda. Luis Movilla, n.º 16.
CP: 06011.
Localidad: Badajoz.
Código: 06012504.
Enseñanzas a impartir: Ciclos Formativos de Grado Superior. Régimen Presencial.
Técnico Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva , Capacidad: cuatro unidades: dos en turno matutino y DOS unidades en turno vespertino (30 puestos escolares por unidad).
Técnico Superior en Educación Infantil , Capacidad: dos unidades en turno matutino (20 puestos escolares por unidad).
Técnico Superior en Acondicionamiento Físico , Capacidad: dos unidades en turno vespertino (30 puestos escolares por unidad).
Técnico Superior en Dietética , Capacidad: dos unidades en turno matutino (30 puestos escolares por unidad).
Técnico Superior en Marketing y Publicidad , Capacidad: dos unidades en turno vespertino (20 puestos escolares por unidad).
Denominación genérica: Centro docente privado de Formación Profesional.
Denominación específica: CDS Formación Profesional y Deportiva.
Titular del centro: CDS Formación Profesional y Deportiva, SLL.
Domicilio: Avda. Luis Movilla, n.º 16.
CP: 06011.
Localidad: Badajoz.
Código: 06012504.
Enseñanzas a impartir: Ciclos Formativos de Grado Superior. Régimen a distancia, en modalidad On-line.
Educación Infantil , Capacidad: Cuatro unidades (80 puestos escolares por unidad).
Enseñanza y Animación Sociodeportiva Capacidad: Dos unidades (60 puestos escolares por unidad), en los módulos:
1137 Planificación de la animación sociodeportiva.
1145 Formación y orientación laboral.
1146 Empresa e iniciativa emprendedora.
9301 Ex Inglés I.
9302 Ex Inglés II.
Dietética , Capacidad: Dos unidades (80 puestos escolares por unidad).
Denominación genérica: Centro docente privado de Formación Profesional.
Denominación específica: CDS Formación Profesional y Deportiva.
Titular del centro: CDS Formación Profesional y Deportiva, SLL.
Domicilio: Avda. Luis Movilla, n.º 16.
CP: 06011.
Localidad: Badajoz.
Código: 06012504
Enseñanzas a impartir: Ciclos Formativos de Grado Medio.
Técnico en Guía en el Medio Natural y de Tiempo Libre Capacidad: DOS unidades en turno matutino (30 puestos escolares por unidad).
Técnico Cuidados Auxiliares de Enfermería Capacidad: CUATRO unidades: DOS en turno matutino y DOS unidades en turno vespertino (30 puestos escolares por unidad).
Denominación genérica: Centro docente privado de Formación Profesional.
Denominación específica: CDS Formación Profesional y Deportiva.
Titular del centro: CDS Formación Profesional y Deportiva, SLL.
Domicilio: Avda. Luis Movilla, n.º 16.
CP: 06011.
Localidad: Badajoz.
Código: 06012504
Enseñanzas a impartir: Ciclos Formativos de Grado Medio: Régimen a distancia, en modalidad On-line.
Técnico Cuidados Auxiliares de Enfermería Capacidad: Cuatro unidades (80 puestos escolares por unidad).
Denominación genérica: Red de centros privada autorizada de Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial.
Denominación específica: CDS Formación Profesional y Deportiva .
Titular del centro: CDS Formación Profesional y Deportiva, SLL.
Domicilio: Avda. Luis Movilla, n.º 16.
CP: 06011.
Localidad: Badajoz.
Código: 06012504.
Enseñanzas a impartir de Régimen Especial: Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial conducentes a las titulaciones de Técnico Deportivo en Fútbol, Fútbol Sala, Baloncesto, Balonmano, Atletismo, Vela con Aparejo Fijo e Hípica de Salto, Doma y Concurso Completo y las titulaciones de Técnico Deportivo Superior en Fútbol, Fútbol Sala, Baloncesto, Balonmano, Atletismo, Vela con Aparejo Fijo e Hípica de Salto, Doma y Concurso Completo y Judo y Defensa Personal.
Modalidad de enseñanza: Presencial y Semipresencial (conforme al Real Decreto que establece el título correspondiente)
Capacidad del centro:
Técnico Deportivo en las especialidades de:
— Fútbol- Capacidad: 2 unidades.
— Fútbol Sala - Capacidad: 2 unidades.
— Baloncesto - Capacidad: 2 unidades.
— Balonmano- Capacidad: 2 unidades.
— Atletismo - Capacidad: 2 unidades.
— Vela con aparejo fijo- Capacidad: 2 unidades.
— Hípica de Salto, Doma y Concurso Completo- Capacidad: 2 unidades.
— Judo y Defensa Personal- Capacidad: 2 unidades.
— Salvamento y Socorrismo- Capacidad: 2 unidades.
Técnico Deportivo Superior en las especialidades de:
— Fútbol- Capacidad: 1 unidad.
— Fútbol Sala -Capacidad: 1 unidad.
— Baloncesto - Capacidad: 1 unidad.
— Balonmano- Capacidad: 1 unidad.
— Atletismo -Capacidad: 1 unidad.
— Vela con aparejo fijo- Capacidad: 1 unidad.
— Hípica de Salto, Doma y Concurso Completo- Capacidad :1 unidad.
— Judo y Defensa Personal- Capacidad: 1 unidad.
Segundo. De conformidad con el artículo 82.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, no se considera necesario cumplimentar el trámite de vista y audiencia, al no figurar en el procedimiento ni ser tenidos en cuenta otros hechos y alegaciones, que las aducidas por el interesado.
Tercero. La presente modificación de la autorización anterior para impartir enseñanzas en nueva modalidad surtirá efectos para el curso académico 2024/2025. El centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala esta Resolución. Asimismo, la eficacia de la Resolución queda condicionada a la obligación de obtener los permisos o autorizaciones que hayan de ser otorgados por otros organismos competentes.
Cuarto. El personal que imparta docencia en las nuevas enseñanzas autorizadas deberá reunir los requisitos sobre titulación que establece la normativa educativa. La titularidad del centro remitirá a la Delegación Provincial de Educación en Badajoz, en el supuesto de poner en funcionamiento las unidades, una relación del personal del que dispondrá desde el momento de inicio de su actividad, con indicación de sus titulaciones respectivas, para su debida aprobación por la Delegación Provincial previo informe de la Inspección de Educación.
Quinto. La presente modificación de la autorización administrativa no surtirá efecto hasta que el centro presente ante la Delegación Provincial de Educación correspondiente la documentación administrativa y pedagógica exigida por la legislación vigente, y acredite disponer de los recursos materiales y el equipamiento requeridos por la normativa aplicable
Sexto. De la presente resolución se dará traslado al Registro de Centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura, según lo dispuesto en el Decreto 86/2005, de 12 de abril, por la que se crea y regula el citado Registro.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, el interesado podrá interponer potestativamente, recurso de reposición ante la Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, podrá interponer directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime oportuno .
Mérida, 5 de julio de 2024.
La Secretaria General de Educación y Formación Profesional,
MARÍA DEL PILAR PÉREZ GARCÍA