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Modificación del Extracto de la Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria para 2024 de las ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña, y Anuncio de terminación del plazo de vigencia de dicha convocatoria, a efectos de presentación de solicitudes.
DOE Número: 143
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 24 de julio de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de economía, empleo y transformación digital
Rango: Modificación
Descriptores: Comercio. Ayudas.
Página Inicio: 36867
Página Fin: 36868
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):726202
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura, número 219 de fecha 15 de noviembre de 2023, Extracto de la Resolución de 30 de octubre de 2023, de la Secretaría General, por la que se realiza la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 de las Ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior , cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(http://www.infosubvenciones.gob.es).
El resuelvo cuarto de la citada Resolución de 30 de octubre de 2023, establece que la vigencia de la convocatoria a efectos de presentación de solicitudes se inicia a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura y finalizará el 30 de septiembre de 2024, o en su caso hasta el agotamiento del crédito presupuestario. De producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se declarará terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio del Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es y en el Portal de subvenciones
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Dado el incremento de solicitudes y la importancia que el apoyo a la internacionalización de la empresa extremeña tiene en la mejora de la competitividad y con la finalidad de poder atender el mayor número de solicitudes posibles hasta el 30 de septiembre de 2024, se amplió el crédito para estas ayudas, mediante Resolución del Secretario General de Economía, Empleo y Transformación Digital, incrementándose el mismo en 100.000 euros y, el correspondiente anuncio de modificación del extracto y ampliación, fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura en fecha 9 de julio de 2024.
El artículo 29.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que en las convocatorias se determinarán las aplicaciones, proyectos presupuestarios y las cuantías estimadas previstas inicialmente para el periodo de vigencia de la convocatoria. Asimismo, de producirse el agotamiento del crédito presupuestario, y no procederse a efectuar las modificaciones correspondientes, se deberá proceder a declarar terminado el plazo de vigencia de la convocatoria mediante anuncio del órgano competente para la aprobación de la convocatoria a que se refiere el párrafo primero del artículo 23.1, el cual será objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de subvenciones, con la consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.
Por su parte, debe tenerse en cuenta que la estimación de las solicitudes de ayudas hasta ahora presentadas conllevaría el agotamiento del crédito vinculado en la convocatoria, y procedería declarar finalizado el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas a la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior.
En atención a todo lo expuesto, teniendo en cuenta que el importe de las ayudas solicitadas y que se encuentran en estado de tramitación en la unidad administrativa correspondiente, agota los créditos presupuestarios establecidos en el resuelvo noveno de la Resolución de 30 de octubre de 2023, tras su oportuna ampliación, se procede a anunciar la terminación del plazo de vigencia de la convocatoria de ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior, a efectos de presentación de solicitudes de las ayudas, correspondientes al ejercicio 2024, y a modificar el extracto de la convocatoria en su resuelvo sexto, que se refiere al plazo de presentación de solicitudes, que quedaría de la siguiente forma:
El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior finaliza el día de la publicación de esta modificación del extracto y anuncio en el Diario Oficial de Extremadura. No se admitirán a trámite las solicitudes que se presenten con posterioridad.
Mérida, 19 de julio de 2024.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN

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