RESOLUCIÓN de 4 de febrero de 1993, de la Comisión de Urbanismo de Extremadura, por la que se aprueba definitivamente la modificación del Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano de Aldeacentenera.
TEXTO ORIGINAL
Asunto: Modificación de Delimitación de Suelo Urbano de Aldeacentenera.
La Comisión de Urbanismo de Extremadura, en sesión de 4 de febrero de 1993, examinando el expediente de referencia, adoptó la resolución siguiente:
Resultando: Que el Ayuntamiento de Aldeacentenera, en sesión plenaria de fecha 18 de febrero de 1992 aprobó inicialmente la Modificación del Proyecto de DSU epigrafiada.
Resultando: Que sometida la citada modificación a información pública durante un mes, no se produjeron alegaciones a la misma.
Resultando: Que el Pleno del Ayuntamiento en sesión plenaria de 25 de junio de 1992 aprobó provisionalmente la modificación epigrafiada.
Considerando: que las competencias en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo han sido transferidas del Estado a esta Comunidad Autónoma, por virtud de lo dispuesto en el Real Decreto 2912/79 de 21-12, y asignadas a la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Medio Ambiente por Decreto de 10-7-86 (DOE n.º 60 de 22-7-86).
Considerando: que la Comisión de Urbanismo de Extremadura es competente para conocer el asunto, según lo dispuesto en Decreto 136/89.
Considerando: que las modificaciones de cualquiera de los elementos de los planes, proyectos, programas, normas y ordenanzas, se sujetarán a las mismas disposiciones enunciadas para su formación (artículo 161 del Reglamento de Planeamiento).
Considerando: que en su tramitación se ha seguido el procedimiento previsto en los Arts. 153 y 136 a 139 Reglamento de Planeamiento.
En su virtud, vistos los preceptos legales reseñados y demás de general aplicación, y a la vista de los informes técnico y jurídico emitidos por el Servicio de Urbanismo,
ACUERDA:
Aprobar definitivamente la modificación del Proyecto de DSU de Aldeacentenera , consistente en la ampliación del Suelo Urbano .
Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante esta misma Comisión de Urbanismo de Extremadura, en el plazo de un mes desde su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
V.º B.ºEl Presidente,
Eduardo de Orduña Puebla
El Secretario,
RAFAEL FERRERA CLARAMONT