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ANUNCIO de 18 de julio de 2024 por el que se notifican requerimientos de subsanación de las solicitudes de liquidación de las ayudas acogidas al Decreto 15/2023, de 1 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común, y se efectúa la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023.
DOE Número: 145
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 26 de julio de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Sector vitivinícola. Notificaciones.
Página Inicio: 37308
Página Fin: 37309
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
El Decreto 15/2023, de 1 de marzo, establece las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones materiales e inmateriales en instalaciones de transformación y en infraestructuras vitivinícolas, así como en estructuras e instrumentos de comercialización, dentro de la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común y, efectúa la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2023 (DOE n.º 55, de 21 de marzo).
Este decreto, desarrolla la intervención en inversiones de la sección 2.ª del capítulo II del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Vitivinícola en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común (BOE n.º 257, de 26 de octubre).
Una vez examinadas las solicitudes de liquidación presentadas en la citada convocatoria que se relacionan en el anexo adjunto, y en virtud de lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requiere para que, en el plazo improrrogable de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a esta notificación, subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada en los término previstos en el artículo 21 de esta Ley.
Podrán acceder al texto íntegro de esta comunicación, con sus claves personalizadas, a través de la notificación individual en la plataforma LABOREO:
https://laboreo.juntaex.es/
La documentación subsanada, se presentará a través de los medios electrónicos de acuerdo al artículo 24.3 del Real Decreto 905/2022, de 25 de octubre y, a los artículos 6 y 13 del Decreto 15/2023, de 1 de marzo; conforme al artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.
Mérida, 18 de julio de 2024. El Jefe de Servicio de Ayuda a la Industria Agroalimentaria, JESÚS MIGUEL PÉREZ DURÁN.
ANEXO
NOMBRE NIF N.º EXPEDIENTE
BODEGAS TORIBIO, SL *****2132 ISV-23-001
S. COOP. NTRA. SRA. DE LA SOLEDAD *****9740 ISV-23-002
S. COOP. CORAZÓN DE JESÚS *****1795 ISV-23-003
S. COOP. DEL CAMPO NTRA. SRA. DE BELEN *****3734 ISV-23-004
S. COOP. SANTA MARÍA EGIPCIACA *****1076 ISV-23-005
PINTO CABALLERO, SLL *****5014 ISV-23-006
S. COOP. SAN ISIDRO DE VILLAFRANCA *****3206 ISV-23-007
S. COOP. NTRA. SRA. DE PERALES *****2355 ISV-23-009
BODEGAS ROMALE, SL *****1679 ISV-23-010
S. COOP. AGRIC. VIN. EXT. SAN JOSE *****3446 ISV-23-012
BODEGAS LOPEZ MORENAS, SL *****2547 ISV-23-013
S. COOP. AGRÍCOLA SANTA MARTA VIRGEN *****3404 ISV-23-014
VIÑA SANTA MARINA, SL *****1941 ISV-23-017
PARFOEX, SLU *****1968 ISV-23-018

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