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ANUNCIO de 18 de julio de 2024 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de instalación de horno crematorio en tanatorio, promovido por Virgen Nuestra Señora de la Soledad, SL, en el término municipal de Badajoz.
DOE Número: 145
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 26 de julio de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 37310
Página Fin: 37313
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de instalación de horno crematorio en tanatorio, promovido por Virgen Nuestra Señora de la Soledad, SL, en el término municipal de Badajoz, podrá ser examinada, durante 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en la sede electrónica, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los ciudadanos en este procedimiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la categoría 10.2 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a Crematorios , por lo tanto debe contar con AAU para ejercer la actividad.
Actividad:
El proyecto consiste en la instalación y puesta en funcionamiento de un crematorio de cadáveres humanos en un tanatorio.
Ubicación:
La instalación industrial se ubica en la calle Nevero Catorce, n.º 2, de Badajoz, con referencia catastral 3676518PD7037F0001IX. Las coordenadas UTM son X=673.529; Y=4.307.390; HUSO: 29; datum: ETRS89.
Capacidades y consumos:
Cremación con un solo cadáver por proceso y con un máximo de tres procesos por día. Depósito de gasóleo de 1.500 litros.
Infraestructuras e instalaciones.
DEPENDENCIA SUPERFICIE (m2)
DEPENDENCIAS EXISTENTES PLANTA BAJA
Sala de tanatopraxia 22,70
Vestuario 1 8,05
Vestuario 2 8,05
Sala de instalaciones 17,35
Porche 36,95
5 salas de vela idénticas con:
Túmulo (x5) 10,35
Baño (x5) 5,00
Vestuario (x5) 10,40
Sala (x5) 44,20
Antesala (x5) 37,15
Terraza (x5) 15,60
Patio de servicio 95,10
Hall 125,90
Almacén 10,15
Despacho 10,70
Cafetería 48,85
Cocina 8,50
Almacén 5,15
Aseo femenino 10,75
Aseo masculino 8,75
PRIMERA PLANTA
Salas tanatopraxia en bruto (x3) 105,30
Distribuidor 63,87
Pasillo 42,43
Almacén en bruto 14,62
Aseo 1 en bruto 12,18
Aseo 2 en bruto 18,61
Despacho 1 14,63
Despacho 2 20,89
Sala de juntas 24,80
ZONA A REFORMAR Distribuidor 32,70
Patio Cubierto 51,26
ZONA REFORMADA Vestíbulo 10,33
Sala de espera 6,77
Distribuidor 15,74
Crematorio 33,02
Equipos principales:
Horno IDETER H-2125-D3MV-CZ de 600 kWt.
Concentraciones máximas del entorno de las instalaciones:
Teniendo en cuenta las modelizaciones realizadas en función de la climatología, topografía y características de los focos y su entorno, se concluye que las concentraciones máximas del entorno de la instalación serán las siguientes.
Parámetro Concentración Concentraciónde fondo(2) Límite RD102/2011 ¿Cumple?
Partículas PM10 24 h 6,34 µg/m3 3,50 µg/m3 50 µg/m3 SI
Año civil 0,925 µg/m3 16,12 µg/m3 40 µg/m3 SI
Monóxido de carbono 8 h 14,90 µg/m3 0,25 µg/m3 10 mg/m3 SI
NOx 1h 44,90 µg/m3 12,00 µg/m3 200 µg/m3 SI
Año civil 5,55 µg/m3 9,00 µg/m3 40 µg/m3 SI
SO2 1h 29,90 µg/m3 3,10 µg/m3 350 µg/m3 SI
24 h 25,40 µg/m3 2,78 µg/m3 125 µg/m3 SI
Año Civil 3,70 µg/m3 2,60 µg/m3 20 µg/m3 SI
COT Año Civil 0,37 µg/m3 -(3) 5 µg/m3 SI
HCL Año Civil 0,925 µg/m3 -(3) 9 µg/m3 SI
PCDD+PCDF Año Civil 1,9*10-9 µg/m3-(4) -(3) 4*10-5 µg/m3OEHHA (5) SI
Hg 1 h 1,5*10-2 µg/m3 -(3) -(1) -(1)
Año Civil 1,9*10-3 µg/m3 -(3) -(1) -(1)
(1) No existe valor relativo a la mejora de la calidad del aire de este parámetro.
(2) Los datos de fondo han sido suministrados por la Red Extremeña de Protección e Investigación de la Calidad del aire (REPICA) de la estación de Badajoz y la consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
(3) La estación consultada no mide estos parámetros.
(4) La modelización de Dioxinas y Furanos se expresan en µg/m3 en el mapa de isolíneas en la modelización por lo que se aplica un factor de corrección de 10-6. En la modelización se obtiene un valor de 1,9*10-3 µg/m3, al aplicarle el factor e corrección el resultado es 1,9*10-9 µg/m3.
(5) OEHHA (California Office of environmental Health Hazard Assessment).
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 18 de julio de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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