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RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 78/2024, de 19 de junio, dictada por el Juzgado Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, en el procedimiento abreviado n.º 152/2023.
DOE Número: 146
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 29 de julio de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de educación, ciencia y formación profesional
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Sentencias. Ejecución.
Página Inicio: 37796
Página Fin: 37797
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
En el procedimiento abreviado n.º 152/2023, seguido en el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida, a instancias de D.ª Paloma Gómez Romero contra la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto el 22 de febrero de 2023 frente al Acuerdo de reconocimiento de un sexenio de 16 de febrero de 2023.
Contra la mentada sentencia, que es firme, no cabe interponer recurso alguno, por lo que procede su ejecución.
El artículo 40.1 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, establece: Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado .
El artículo 9.1 del Decreto 59/1991, de 23 de julio, por el que se regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, establece que el órgano competente realizará las actuaciones necesarias para llevar a cabo la ejecución de la resolución judicial, dictando la correspondiente resolución en orden al cumplimiento de la sentencia.
Asimismo, el artículo 9.3 del mencionado decreto establece que se entenderá suficiente a efectos de su publicación, la inserción en el Diario Oficial de Extremadura que contenga al menos los datos del demandante y demandado, el número de autos y el contenido del fallo, con expresión de la firmeza de la sentencia o resolución judicial.
Por tanto, y en uso de las atribuciones conferidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Único. Proceder a la ejecución de la sentencia n.º 78/2024, de 19 de junio de 2024, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º 1 de Mérida en el procedimiento abreviado 152/2023, siendo el tenor literal del fallo el siguiente:
Que debo estimar y estimo parcialmente el recurso contencioso-administrativo presentado por la Procuradora Sra. Romero Arroba, obrando en nombre y representación de Doña Paloma Gómez Romero, contra la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto el 22 de febrero de 2023 frente al Acuerdo de reconocimiento de un sexenio de 16 de febrero de 2023, por entender que debe reconocer el efecto económico del mismo desde el mes siguiente a su perfeccionamiento, desestimación presunta constatada a través del certificado de silencio administrativo dictado en fecha 7 de julio de 2023; y, en consecuencia, debo anular y anulo dicha resolución por estimarla no conforme a derecho, si bien únicamente en cuanto a la fecha de efectos económicos que verifica la resolución de 16 de febrero de 2023, debiendo fijarse la misma en diciembre de 2021, condenando por tanto a la administración al abono de las cantidades no percibidas por la actora por tal concepto con los intereses legalmente aplicables, cuantía que habrá de determinarse en ejecución de sentencia, en su caso.
Todo ello, sin hacer especial pronunciamiento en materia de costas, debiendo cada parte satisfacer las causadas a su instancia y las comunes por mitad .
Mérida, 19 de julio de 2024.
El Director General de Personal Docente,
DAVID MORENO REGO

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