ANUNCIO de 27 de junio de 2024 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental de un proyecto de construcción de una balsa de almacenamiento de aguas pluviales con destino a riego de 14,10 ha de viñedo, en la finca "Maricara", a ubicar en la parcela 104, del polígono 14, del término municipal de Nogales (Badajoz). Expte.: IA23/0369.
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental del proyecto de construcción de una balsa de almacenamiento de aguas pluviales con destino a riego de 14,10 ha de viñedo, en la finca Maricara , a ubicar en la parcela 104, del polígono 14, del término municipal de Nogales (Badajoz), podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/EvaluacióndeImpactoAmbientaldeProyectos/EvaluaciónAmbientalOrdinaria/
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido dentro del grupo I, letra b) del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
Las actividades proyectadas consisten en la construcción de una balsa de almacenamiento de aguas pluviales con destino a riego de 14,10 ha de viñedo. Estas actividades serían las siguientes:
— Movimiento de tierras; la actuación exige el acondicionamiento del terreno repartiendo la capa superficial obtenida de la excavación de la balsa. Es importante recordar en este punto que la plantación está ya establecida. El resto de tierras de la capa sub superficial serán cedidas a empresas de obras de la zona. El volumen total de tierra a mover es de 12505 m3.
— Balsa de acumulación; Se trata de una balsa impermeabilizada a ejecutar de capacidad de almacenamiento de 6.998,11 m3. La balsa tendrá forma rectangular, con dimensiones 78,50 x 35,40 x 4,50 m, taludes 2H:1V.
— Instalación de riego; el agua necesaria procederá única y exclusivamente de la almacenada en la balsa de recogida de aguas pluviales a ejecutar. Para el riego de la finca se emplea un sistema de riego localizado por goteo.
A continuación, la parcela para la que se solicita la puesta en riego, pertenecientes al término municipal de Nogales, indicando que está ubicada en Zona Red Natura 2000 (ZEPA Llanos y Complejo Lagunar de la Albuera):
POLÍGONO
|
PARCELA
|
SUP. RIEGO (ha)
|
ZEPA
|
---|
14
|
104
|
14,10
|
SÍ
|
El promotor del proyecto es Francisco Javier Marín Mayo.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 27 de junio de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.