Corrección de errores de la Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma.
DOE Número: 15
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 22 de enero de 2024
Apartado: II AUTORIDADES Y PERSONAL
Subapartado: 1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
Organismo: consejería de educación, ciencia y formación profesional
Rango: Corrección
Descriptores: Delegación de competencias. Delegación de firma.
Página Inicio: 4336
Página Fin: 4337
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
Advertido error en la Resolución de 10 de enero de 2024, de la Secretaría General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma, publicada en el Diario Oficial de Extremadura número 9, de 12 de enero de 2024, se procede a su oportuna rectificación:
— En la página 2043, apartado sexto,
Donde dice:
d) Las competencias atribuidas en los apartados g) y h) del artículo 7 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal, respecto del personal docente no universitario, a excepción de los cursos de selección, formación y perfeccionamiento que organice la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, cuya competencia se delega en la Secretaría General de Educación y Formación Profesional .
Debe decir:
d) Las competencias atribuidas en los apartados g), h) e i) del artículo 7 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal, respecto del personal docente no universitario, a excepción de los cursos de selección, formación y perfeccionamiento que organice la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, cuya competencia se delega en la Secretaría General de Educación y Formación Profesional .
— En la página 2045,
Donde dice:
Duodécimo. Delegar en la Dirección General de Personal Docente, en la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, en la Dirección General de Universidad y en la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación la firma de la autorización de las liquidaciones de indemnizaciones por razón del servicio de asistencias relativas a órganos colegiados de carácter permanente o tribunales de procesos selectivos de personal y asimilados en el ámbito de competencia de cada uno de dichos órganos .
Duodécimo. Delegar en la Dirección General de Personal Docente, en la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, en la Dirección General de Universidad y en la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación la firma de la autorización de las liquidaciones de indemnizaciones por razón del servicio de asistencias relativas a órganos colegiados de carácter permanente o tribunales de procesos selectivos de personal y asimilados en el ámbito de competencia de cada uno de dichos órganos .
Debe decir:
Duodécimo. Delegar en la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, en la Dirección General de Personal Docente, en la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, en la Dirección General de Universidad y en la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación la firma de la autorización de las liquidaciones de indemnizaciones por razón del servicio de asistencias relativas a órganos colegiados de carácter permanente o tribunales de procesos selectivos de personal y asimilados en el ámbito de competencia de cada uno de dichos órganos .
Mérida, 16 de enero de 2024.
El Secretario General,
FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL