RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda n.º 1 del "Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, actual Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el estudio del estado de conservación del Desmán Ibérico (Galemys pyrenaicus), Lobo Ibérico (Canis lupus signatus), Topillo Nival (Chionomys nivalis) y Topillo de Cabrera (Microtus cabrerae), mediante el uso de herramientas de genética molecular como base de la gestión para la conservación de estas especies y su hábitat". Expediente: 2251999FR001.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 26 de julio de 2024, la Adenda n.º 1 del Convenio de Colaboración entre la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad, actual Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura y la Universidad de Extremadura para el estudio del estado de conservación del Desmán Ibérico (Galemys pyrenaicus), Lobo Ibérico (Canis lupus signatus), Topillo Nival (Chionomys nivalis) y Topillo de Cabrera (Microtus cabrerae), mediante el uso de herramientas de genética molecular como base de la gestión para la conservación de estas especies y su hábitat . Expediente: 2251999FR001, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 30 de julio de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA N.º 1 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD, ACTUAL CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE, DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA PARA EL ESTUDIO DEL ESTADO DE CONSERVACIÓN DEL DESMÁN IBÉRICO (Galemys pyrenaicus), LOBO IBÉRICO (Canis lupus signatus), TOPILLO NIVAL (Chionomys nivalis) Y TOPILLO DE CABRERA (Microtus cabrerae), MEDIANTE EL USO DE HERRAMIENTAS DE GENÉTICA MOLECULAR COMO BASE DE LA GESTIÓN PARA LA CONSERVACIÓN DE ESTAS ESPECIES Y SU HÁBITAT
EXPEDIENTE: 2251999FR001
26 de julio de 2024.
REUNIDOS
De una parte, Dña. María Concepción Montero Gómez, Secretaria General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible en virtud del Decreto 91/2023, de 28 de julio, por el que se dispone su nombramiento, y facultada para este acto por Resolución de la Excma. Sra. Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de fecha 2 de agosto de 2023, (DOE n.º 152, de 8 de agosto de 2023) dictada conforme a lo previsto en los artículos 72 y 73 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De otra parte, D. Pedro M. Fernández Salguero, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, con CIF Q0618001B y sede en Badajoz, avda. de Elvas, s/n., y en Cáceres, Plaza de los Caldereros, 1, nombrado por Decreto 166/2023, de 30 de diciembre (DOE n.º 9, de 13 de enero de 2023), con poderes suficientes, para la celebración de este acto, en virtud de lo establecido en el artículo 93 de los Estatutos de la citada Universidad, poderes que no le han sido derogados ni modificados.
Reconociéndose todas las partes, según intervienen, la capacidad legal necesaria y suficiente para la formalización de este acto,
EXPONEN
Primero. Con fecha 29 de julio de 2022, se firmó un convenio de colaboración para mejorar el conocimiento científico sobre el estado de conservación de cuatro especies amenazadas recogidas en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura (CREA) como base de la gestión para la conservación de estas especies y su hábitat.
En concreto, las especies objeto del presente convenio son las siguientes:
— Desmán ibérico (Galemys pyrenaicus), catalogado en peligro de extinción.
— Topillo nival (Chionomys nivalis), catalogado de interés especial.
— Topillo de Cabrera (Microtus cabrerae), catalogado de interés especial.
— Lobo ibérico (Canis lupus signatus), catalogado en peligro de extinción.
Segundo. Que en la cláusula octava. Vigencia del convenio, se dispone:
Octava. Vigencia del convenio.
La duración de este convenio se fija en dos años a partir de su firma. No obstante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes podrán acordar de mutuo acuerdo su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción mediante la firma de una adenda al mismo, la cual deberá suscribirse antes de la finalización del plazo de vigencia del convenio. En caso necesario, y de mutuo acuerdo en el seno de la Comisión de Seguimiento constituida según cláusula décima del presente convenio, y siempre de forma expresa, la ampliación de plazo de vigencia del convenio podrá llevar aparejada la ampliación de su presupuesto.
Tercero. En el apartado 4 del Anexo Técnico, se dispone:
4. DETALLE, PLANIFICACIÓN Y COSTES DE LOS TRABAJOS A REALIZAR.
DESCRIPCIÓN
|
|
IMPORTE (€)
|
|
CERTIFICACIÓN (€)
|
|
|
|
|
|
Parcial2022
|
Parcial2023
|
Final2024
|
|
Estudio genético como herramienta de análisis de la biodiversidad local y conservación del lobo ibérico (canis lupus signatus) y tres especies de micromamíferos en Extremadura aplicado a la mejora de conocimiento previo del estado de la población del desmán ibérico (Galemys pyrenaicus), incorporando una primera aproximación a las poblaciones del topillo de cabrera (Microtus cabrerae) y del topillo nival (Chionomys nivalis)
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Desglose económico:
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1. Recursos materiales: equipos y material inventariable
|
|
1.515,00
|
|
1.515,00
|
|
0,00
|
|
0,00
|
2. Recursos materiales: material fungible
|
|
38.635,00
|
|
10.985,00
|
|
18.850,00
|
|
8.800,00
|
3. Servicios: mantenimiento/reparación de equipos/instalaciones
|
|
3.000,00
|
|
3.000,00
|
|
0,00
|
|
0,00
|
4. Recursos humanos
|
|
42.000,00
|
|
7.000,00
|
|
21.000,00
|
|
14.000,00
|
5. Viajes y dietas
|
|
6.850,00
|
|
1.500,00
|
|
3.150,00
|
|
2.200,00
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL
|
|
92.000,00
|
|
24.000,00
|
|
43.000,00
|
|
25.000,00
|
Cuarto. En la cláusula novena del convenio antes citado: Modificación, extinción y resolución, se dispone: El presente convenio podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre las partes. Se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto, o por incurrir en causa de resolución .
Quinto. Que ambas instituciones están interesadas en continuar colaborando en el desarrollo de las inversiones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura 2014-2022, fondos FEADER (Europa invierte en las zonas rurales), Eje P.4 Restaurar, preservar y mejorar los ecosistemas relacionados con la agricultura y la silvicultura . Medida 4.A Restaurar, preservar y mejorar la biodiversidad (incluido en las zonas Natura 2000 y en las zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas), los sistemas agrarios de alto valor natural, así como el estado de los paisajes europeos . Submedida 7.1. Elaboración, actualización de planes de protección y gestión de zonas de Red Natura 2000 y zonas de alto valor natural , conforme a la ficha de elegibilidad que se adjunta, en el marco de la normativa europea y nacional aplicable, en particular, el Reglamento (UE) n.º 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, el Reglamento (UE) n.º 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo de 17 de diciembre de 2013, el Reglamento Delegado (UE) n.º 807/2014 de la Comisión de 11 de marzo de 2014, el Reglamento de ejecución (UE) n.º 808/2014 de la Comisión de 17 de julio de 2014 y el Reglamento Delegado (UE) 2015/1367 de la Comisión de 4 de junio de 2015.
En el ámbito de la cooperación, colaboración y coordinación entre las distintas Administraciones Públicas, configurados en el artículo 54, en relación con el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como el artículo 46 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Extremadura, como principios rectores de la actuación entre las Administraciones Públicas y, de conformidad con lo establecido en los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015 citada y 49, 50 y 53 de la ley 1/2002, también citada, las partes intervinientes muestran su conformidad e interés en suscribir el presente convenio, en base con los siguientes,
ACUERDOS
Primero. Se modifica la cláusula octava. Vigencia del convenio, que queda redactada de la siguiente forma:
Octava. Vigencia del convenio.
La duración de este convenio se fija hasta el 29 de octubre de 2024.
Segundo. Se modifica el apartado 4 del Anexo Técnico, que queda redactado de la siguiente manera:
4. DETALLE, PLANIFICACIÓN Y COSTES DE LOS TRABAJOS A REALIZAR.
DESCRIPCIÓN
|
|
IMPORTE (€)
|
|
CERTIFICACIÓN (€)
|
|
|
|
|
|
Parcial2022
|
Parcial2023
|
Final2024
|
|
Estudio genético como herramienta de análisis de la biodiversidad local y conservación del lobo ibérico (canis lupus signatus) y tres especies de micromamíferos en Extremadura aplicado a la mejora de conocimiento previo del estado de la población del desmán ibérico (Galemys pyrenaicus), incorporando una primera aproximación a las poblaciones del topillo de cabrera (Microtus cabrerae) y del topillo nival (Chionomys nivalis)
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Desglose económico:
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
1. Recursos materiales: equipos y material inventariable
|
|
1.515,00
|
|
1.515,00
|
|
0,00
|
|
0,00
|
2. Recursos materiales: material fungible
|
|
38.635,00
|
|
10.985,00
|
|
18.850,00
|
|
8.957,40
|
3. Servicios: mantenimiento/reparación de equipos/instalaciones
|
|
3.000,00
|
|
3.000,00
|
|
0,00
|
|
10.000,00
|
4. Recursos humanos
|
|
42.000,00
|
|
7.000,00
|
|
21.000,00
|
|
6.042,60
|
5. Viajes y dietas
|
|
6.850,00
|
|
1.500,00
|
|
3.150,00
|
|
0,00
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
TOTAL
|
|
92.000,00
|
|
24.000,00
|
|
43.000,00
|
|
25.000,00
|
Tercero. Mantener el clausulado del convenio de colaboración suscrito el 29 de julio de 2022, salvo lo modificado en la presente adenda.
Y en testimonio de conformidad con lo expresado, firman la presente adenda primera al convenio de colaboración de 29 de julio de 2022, digitalmente y se comprometen a ejecutarlo.
El Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura,
Pedro M. Fernández Salguero
La Consejera de Agricultura, Ganadería y Desarrolllo Sostenible,
(Resolución 02/08/2023,DOE 152, de 08/08/20232),
María de la Concepción Montero Gómez