CORRECCIÓN de errores de la Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se modifica la Resolución de 20 de marzo de 2024, por la que se establecen los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2024-2025.
TEXTO ORIGINAL
Advertido error en la Resolución de 23 de julio de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se modifica la Resolución de 20 de marzo de 2024, por la que se establecen los periodos y días hábiles de caza para la temporada 2024/2025; publicada en el Diario Oficial de Extremadura n.º 145, de 26 de julio, se procede a efectuar la oportuna rectificación:
En la página 37292, en el apartado puesto fijo debe incluirse la siguiente corrección:
Donde dice:
Paloma bravía (incl. Prórroga) .
Paloma (torcaz y zurita incl. prórroga) .
Zorzal común*** (incl. prórroga) .
Zorzal alirrojo, charlo y real *** (incl. Prórroga) .
Debe decir:
Paloma bravía (incl. Prórroga)** .
Paloma (torcaz y zurita incl. prórroga)** .
Zorzal común***(incl. prórroga)** .
Zorzal alirrojo, charlo y real *** (incl. Prórroga)** .
En la página 37292, en las notas al pie de página debe incluirse la siguiente corrección:
Donde dice:
(**) Cotos intensivos podrán cazar durante los periodos hábiles establecidos todos los días .
Debe decir:
(**) Cotos intensivos podrán cazar durante los periodos hábiles establecidos todos los días. En el caso de zorzales y paloma torcaz el cupo será de 60 ej. x pers. /día .
Se incluye el anexo con la corrección realizada, para una mayor seguridad jurídica.
Mérida, 2 de agosto de 2024.
El Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca,
RICARDO ROMERO PASCUA
ANEXO
PERIODOS Y DÍAS HÁBILES DE CAZA PARA LA TEMPORADA 2024/2025