ORDEN de 30 de julio de 2024 por la que se aprueba el modelo normalizado de declaración responsable para las intervenciones de prospecciones arqueológicas definidas en el artículo 50.1, apartado a) de la Ley de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
La Comunidad Autónoma de Extremadura, de conformidad con el artículo 9.1.47 de su Estatuto de Autonomía de acuerdo con la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tiene competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico y cultural de interés para la Comunidad Autónoma.
El objeto de esta orden, como se infiere de su título, es aprobar un modelo normalizado de declaración responsable para las intervenciones de prospección arqueológica definidas en el artículo 50.1, apartado a) de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
En esta materia tuvieron gran incidencia tanto la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos como la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, ya que introdujeron determinadas medidas encaminadas a ahondar en la supresión de trámites administrativos.
Dicha normativa, en concreto el apartado 2 del artículo 52 de la Ley 2/1999, afecta al objeto esta orden, puesto que, en las intervenciones de prospecciones arqueológicas de carácter preventivo que no afecten a bienes de interés cultural, se sustituyó la autorización, actualmente existente, por una declaración responsable previa al inicio de la intervención en la que se realice una descripción de la actuación y se manifieste que la dirección de la actividad arqueológica cumple con los requisitos legales y reglamentarios previstos.
En ningún caso, esta declaración responsable exime de cumplir con los restantes deberes y obligaciones legales y reglamentarios referidos en los artículos 53.2 de Ley 2/1999, de 29 de marzo y 8, 9, 10 y 11 del Decreto 93/1997, de 1 de julio, por el que se regula la actividad arqueológica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Desde un punto de vista puramente formal, la nueva redacción dada al artículo 52.2 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, prevé que el modelo normalizado de dicha declaración responsable se establezca mediante orden del órgano con competencia en materia de patrimonio histórico; en este sentido, el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, modifica la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, entre estas Consejerías se encuentra la de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes, a la que corresponden las competencias en materia de patrimonio y promoción cultural, cuya estructura orgánica se establece en el Decreto 236/2023, de 12 de septiembre, contemplando entre sus órganos directivos a la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, a la que se le atribuyen las funciones de impulso, integración y desarrollo de las actividades de conservación, engrandecimiento, difusión y estímulo del patrimonio histórico y cultural de Extremadura.
De conformidad con cuanto antecede, la presente orden tiene como finalidad la de dar cumplimiento al mandato legal de facilitar la presentación de esta declaración responsable mediante la aprobación de su correspondiente modelo normalizado.
En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural, de 2 de julio de 2024, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92.1 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
DISPONGO:
Primero. Aprobar el modelo normalizado de declaración responsable para las intervenciones de prospección arqueológica de carácter preventivo que no afecte a bienes de interés cultural, adjunto como anexo a esta orden.
Segundo. Publicar la presente orden en el Diario Oficial de Extremadura.
Tercero. Esta orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Contra esta orden se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que se publique, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura; o bien se podrá impugnar directamente mediante recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución, de conformidad con los artículos 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejecutar cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 30 de julio de 2024.
La Consejera,
VICTORIA BAZAGA GAZAPO
ANEXO
DECLARACIÓN RESPONSABLE PARA LAS INTERVENCIONES DE PROSPECCIÓN ARQUEOLÓGICA DE CARÁCTER PREVENTIVO QUE NO AFECTE A BIENES DE INTERÉS CULTURAL
1. DATOS DEL/LA PROMOTOR/A Y, EN SU CASO, DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL
Apellidos y nombre/razón social/denominación: ____________________________________
DNI/NIE/NIF: _______________________
Apellidos y nombre de la persona representante/razón social/denominación: ______________________________________________________________
DNI/NIE/NIF: _________________________
Actúa en calidad de ________________________ acredita la representación legal __________
2. DATOS DEL/LA DIRECTOR/A DE LA INTERVENCIÓN DE PROSPECCIÓN ARQUEOLÓGICA.
Apellidos y nombre: _________________________________________________________
DNI/NIE:_______________________________________
Domicilio: _________________________________________________________________
Tipo de vía: ________ nombre de la vía: ______________________________________ número: ___ letra: __ km en la vía:___ bloque:___ portal:___ escalera:_____ planta:____ puerta:___
Entidad de población: _______ municipio: ______________________________ provincia: ______________
País:_________________ cód. postal:__________ teléfono fijo: _____________ teléfono móvil: ___________ correo electrónico:_____________________________
3. NOTIFICACIÓN.
3.1. LUGAR Y MEDIO DE NOTIFICACIÓN.
3.1.1. A cumplimentar por las personas NO OBLIGADAS a relacionarse electrónicamente con la Administración
Marque solo una opción.
____OPTO por que las notificaciones que proceda practicar se efectúen en papel en el lugar que se indica:
Tipo de vía:______ nombre de la vía:_______________________ número:_____ letra:___ km en la vía:____ bloque:______ portal:____ escalera:______ planta:____ puerta:_____ municipio:__________________ entidad de población:______________ provincia:________________ país:______________ cód. postal:____________
_____OPTO por que las notificaciones que proceda practicar se efectúen por medios electrónicos.
(Indique un correo electrónico y, opcionalmente, un número de teléfono móvil donde informar sobre las notificaciones practicadas).
Correo electrónico: ____________________________ N.º teléfono móvil: ______________
3.1.2 A cumplimentar por las personas OBLIGADAS a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Las notificaciones que proceda practicar se efectuarán por medios electrónicos a través del sistema de notificaciones de la Administración de la Junta de Extremadura y se tramitará su alta en caso de no estarlo (1).
Indique un correo electrónico y, opcionalmente, un número de teléfono móvil donde informar sobre las notificaciones practicadas en el sistema de notificaciones.
Correo electrónico: ______________________________ N.º teléfono móvil: _____________
(1) Debe acceder al sistema de notificaciones con su certificado electrónico u otros medios de identificación electrónica. Puede encontrar más información sobre los requisitos necesarios para el uso del sistema y el acceso a las notificaciones en la dirección: https://sede.gobex.es/SEDE/
4. UBICACIÓN DE LA INTERVENCIÓN.
LOCALIZACIÓN EN SUELO URBANO
Tipo de vía: ______ nombre de la vía: ______________________________________ número: ___ letra: ___ km en la vía: ____ bloque: ____ portal: ___ escalera: ___ planta: ___ puerta: ___ entidad de población: ____________ municipio: ______________ provincia: ___________ país: ________________ cód. postal:___________ referencia catastral: ______________
LOCALIZACIÓN EN SUELO RÚSTICO
Lugar: ____________________________________________________________________
Referencias catastrales (1): ____________________________________________________
Observaciones ________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
(1) En suelo rústico, se debe indicar las referencias catastrales de todas las fincas que vayan a estar afectadas por la actuación.
5. DESCRIPCIÓN DE LAS RAZONES, LAS CIRCUNSTANCIAS, LA OBRA O ACTUACIÓN QUE MOTIVA LA INTERVENCIÓN ARQUEOLÓGICA (Artículo. 52.3, apartado a), de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, del patrimonio histórico y cultural de Extremadura): _________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Se adjuntan o quedan a disposición de la administración:
— Caracterización y delimitación cartográfica del ámbito de la actividad arqueológica.
— Planos y secciones correspondientes al proyecto de obra.
6. PRESUPUESTO DETALLADO DE EJECUCIÓN MATERIAL DE LA INTERVENCIÓN ARQUEOLÓGICA:
____________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________
Presupuesto total (IVA incluido)________________________________________________€
7. DECLARACIONES.
DECLARO, bajo mi expresa responsabilidad:
— Que la intervención de prospección arqueológica será dirigida por la persona propuesta con competencia y experiencia en la materia para la que se solicita la intervención. Así mismo declara que dicha persona cumple los requisitos establecidos a tal efecto en el artículo 52.7 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, del Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, conforme con la modificación practicada por la Ley 5/2022, en adelante Ley 2/1999, y en el artículo 3 del Decreto 93/1997, de 1 de julio, por el que se regula la actividad arqueológica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en adelante Decreto 93/1997.
— Que no dará comienzo la prospección arqueológica hasta comprobar que la dirección de la intervención ha entregado o tiene a disposición de la administración la documentación que, en su caso, se exige en el artículo 52.3 de la Ley 2/1999, y en el artículo 4 del Decreto 93/1997, y hasta que no haya realizado de forma fehaciente la comunicación de inicio al órgano con competencia en materia de patrimonio histórico, de conformidad con el artículo 8.2, apartado b), del referido decreto.
— Que cumplirá con las obligaciones que le impone el artículo 53.1 de la Ley 2/1999, en concreto, la de comunicar al órgano con competencia en materia de Patrimonio Histórico, cualquier descubrimiento o incidencia que se produzca, así como facilitar las labores de inspección y controles técnicos que procediera llevar a cabo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.11 del mismo texto legal y artículo 14 del Decreto 93/1997.
— Que es conocedor de que el incumplimiento durante la ejecución material de la intervención arqueológica de prospección, de cualquier precepto legal o reglamentario relativo al patrimonio histórico, así como de las restantes obligaciones de la dirección de la intervención arqueológica contempladas en el artículo 53.2 de Ley 2/1999, y en los artículos 8, 9, 10 y 11 del Decreto 93/1997, podrá conllevar la suspensión inmediata de los trabajos con los efectos previstos en el artículo 52.11 del mismo texto legal y artículo 15 del mismo texto reglamentario.
— Que la persona propuesta para la prospección arqueológica cumple con los requisitos establecidos en la normativa vigente para iniciar y desarrollar la intervención, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de sus obligaciones durante el periodo de tiempo inherente a dicho reconocimiento o ejercicio.
— Que es conocedor de que la presente declaración responsable no le exime de la obligación de obtener las demás autorizaciones o licencias necesarias en aplicación de la legislación urbanística, laboral o cualquier otra de carácter sectorial, así como del cumplimiento de cualquier otro requisito exigible por la legislación vigente.
— Que son ciertos cuantos datos figuran en la presente declaración.
— Que soy conocedor de que la falsedad de dichos datos, cuando los mismos no se ajusten a la presente declaración responsable, o se considere, fundadamente, que las actuaciones profesionales no alcanzan el nivel adecuado, podrá conllevar la suspensión inmediata de la intervención arqueológica, así como la suspensión o revocación de la autorización concedida o declaración responsable presentada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.11 de la Ley 2/1999, y en el artículo 15 del Decreto 93/1997, sin perjuicio de la exigencia de cualquier otro tipo de responsabilidad en que se haya podido incurrir.
— Que soy conocedor de las consecuencias sancionadoras que conlleva el incumplimiento de la presente declaración responsable, así como la realización de cualquier obra o actuación incumpliendo las medidas correctoras o recomendaciones técnicas que hubiese formulado el órgano con competencia en materia de Patrimonio Histórico, al valorar las intervenciones sujetas a esta responsable declaración, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 92.2, apartado h) y 94, de la Ley 2/1999.
8. LUGAR, FECHA Y FIRMA
En _________________ a ____ de ______________ de _________
(La persona solicitante / representante) Fdo.:______________________________________
ILMO./A. DIRECTOR/A GENERAL DE BIBLIOTECAS ARCHIVOS Y PATRIMONIO CULTURAL
INFORMACIÓN BÁSICA SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Nombre del tratamiento:
Autorización de intervención arqueológica de prospección.
Fines del Tratamiento:
Recopilación y utilización para el procedimiento.
Responsable del Tratamiento:
Titular de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
Avda. Valhondo, s/n., Edif. III Milenio, mód. 6, pl. 4.ª, 06800 Mérida.
Teléfono: 924007042.
Correo electrónico: dgbap@juntaex.es
Delegado de Protección de Datos: dpd@juntaex.es
Licitud del Tratamiento:
RGPD: 6.1.c) el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.
Base Jurídica:
Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura.
Plazo de Conservación:
Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.
Categoría de Datos:
Datos identificativos (NIF, dirección, teléfono, nombre y apellidos, firma/huellas, firma electrónica, correo electrónico).
Datos académicos y de formación (formación, titulaciones, experiencia profesional).
Datos profesionales y de empleo (profesión, puesto de trabajo).
Categoría de Interesados:
No aplica.
Destinatarios:
Los datos podrán ser transferidos a otros organismos u órganos de la Administración Pública sin precisar el previo consentimiento del interesado, cuando así lo prevea una norma de Derecho de la Unión Europea o una Ley, que determine las cesiones que procedan como consecuencia del cumplimiento de la obligación legal.
Transferencias Internacionales:
No están previstas transferencias internacionales de datos.
Encargados del tratamiento:
No aplica.
Medidas Técnicas y Organizativas de Seguridad (Artículo 32.1 RGPD):
Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el anexo II (medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica y que se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de Privacidad y Seguridad de la Información de la ACAEX.
INSTRUCCIONES PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DEL FORMULARIO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
Datos Identificativos de personas extranjeras: Se utilizarán los campos provincia, municipio y entidad de población como sustitutivas de las denominaciones utilizadas en los países de residencia.
Todos los campos del formulario son de cumplimentación obligatoria.
1. DATOS DEL/LA PROMOTOR/A Y, EN SU CASO, DE LA REPRESENTACIÓN LEGAL.
Se recogerán en este campo los datos del/la promotor/a (o su representante) de la obra o actuación que genere la intervención arqueológica y suscribe la declaración responsable.
La persona o entidad solicitante deberá cumplimentar los datos identificativos que aquí se requieren.
Los datos relativos a la persona representante serán de obligatoria cumplimentación en el supuesto de ser estas quienes presenten el escrito. En estos supuestos habrá de indicar a su vez en calidad de qué se ostenta la representación, por ejemplo, en caso de representante legal: padre, madre, tutor/a, etc.
La representación se entenderá acreditada en los casos en que así figure en el certificado digital empleado para la presentación y firma del formulario, o bien adjuntando el documento válido en derecho que así lo acredite.
2. DATOS DEL/LA DIRECTOR/A DE LA PROSPECCIÓN ARQUEOLÓGICA.
En este apartado deben incluirse los datos de la persona física que ejercerá la dirección de la intervención de prospección arqueológica.
3. LUGAR Y MEDIO DE NOTIFICACIÓN.
Para las personas NO OBLIGADAS a relacionarse electrónicamente con la Administración, (apartado 3.1.1) será necesario elegir una de las dos opciones de notificación que se ofrecen.
— En el supuesto de haber optado por la notificación en papel, será obligatorio cumplimentar los datos relativos al lugar de notificación. Asimismo, es conveniente cumplimentar los datos relativos a correo electrónico y, opcionalmente, número de teléfono móvil para poder recibir los avisos de puesta a disposición de la notificación electrónica que se efectuará, en cualquier caso, y a la que podrá acceder voluntariamente. De no facilitar dichos datos no recibirá el correspondiente aviso. En el caso de que desee modificarlos deberá dirigirse al órgano gestor del procedimiento.
— En el supuesto de haber optado por relacionarse electrónicamente con la Administración, los datos de correo electrónico y, opcionalmente, número de teléfono móvil que nos proporciona, son necesarios para poder recibir el aviso de puesta a disposición de la notificación electrónica. Esta notificación se efectuará, en cualquier caso, independientemente de que se hayan cumplimentado los mismos. En el caso de que desee modificarlos deberá dirigirse al órgano gestor del procedimiento.
— Si desea modificar el medio a través del que recibir la notificación, deberá dirigirse al órgano gestor del procedimiento.
Para el caso de personas OBLIGADAS a relacionarse electrónicamente con la Administración, (apartado 3.1.2), los datos de correo electrónico y, opcionalmente, número de teléfono móvil que nos proporciona, son necesarios para poder efectuar el aviso de puesta a disposición de la notificación electrónica. Esta notificación se efectuará, en cualquier caso, independientemente de que se hayan cumplimentado los mismos. En el caso de que desee modificarlos deberá dirigirse al órgano gestor del procedimiento.
4. UBICACIÓN DE LA INTERVENCIÓN.
Se rellenarán solo los datos que correspondan a suelo urbano, si fuere procedente, o a suelo rústico.
5. DESCRIPCIÓN DE LA ACTUACIÓN QUE GENERA LA INTERVENCIÓN ARQUEOLÓGICA.
En este apartado se recogerá la descripción de la actuación que debe acompañar la declaración responsable, de conformidad al artículo 52.2 de la Ley 2/1999, de 29 de marzo, de Patrimonio Histórico y Cultural de Extremadura, donde se dispone que: La realización de la prospección arqueológica definida en artículo 50.1, apartado a), siempre que se trate de intervención arqueológica de carácter preventivo que no afecte a bienes de interés cultural, estará sujeta, con carácter previo a su inicio, a declaración responsable en la que se realice una descripción de la actuación y en la que se manifieste que la dirección de la actividad arqueológica cumple con los requisitos legales y reglamentarios previstos. En ningún caso, esta declaración responsable eximirá de cumplir con las restantes obligaciones legales y reglamentarias referidas al desarrollo de la actividad arqueológica y a la comunicación sobre los resultados de la misma al órgano con competencia en materia de Patrimonio Cultural .
EXPLICACIÓN DEL PROYECTO DE OBRAS O ACTUACIÓN QUE GENERA LA INTERVENCIÓN.
En este campo se realizará una sucinta descripción de la naturaleza y características básicas de la obra o actuación, tales como el tipo y objeto de la obra o actuación (obra particular, obra civil de infraestructuras o servicios,..), la norma urbanística aplicable, requisitos de protección, .
SE ADJUNTA.
— La delimitación cartográfica del ámbito del proyecto y/o de la intervención arqueológica de prospección se presentará aparte, georreferenciada en el SRE ETRS89. Esta planimetría deberá ser entregada en digital (formato vectorial *.dwg *.shp *.dxf).
6. PRESUPUESTO DETALLADO DE EJECUCIÓN MATERIAL DE LA INTERVENCIÓN ARQUEOLÓGICA.
En este apartado se incluirá el presupuesto total de ejecución material de la intervención arqueológica.
7. LUGAR, FECHA Y FIRMA.
La persona declarante que suscribe debe coincidir con la persona o representante legal que figure en el apartado 1 del formulario.