RESOLUCIÓN de 6 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Fundación Jóvenes y Deporte para el desarrollo de acciones de formación en protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia en el marco del deporte de Extremadura.
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 2 de agosto de 2024, el Convenio entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Fundación Jóvenes y Deporte para el desarrollo de acciones de formación en protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia en el marco del deporte de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 6 de agosto de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA FUNDACIÓN JÓVENES Y DEPORTE PARA EL DESARROLLO DE ACCIONES DE FORMACIÓN EN PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA EN EL MARCO DEL DEPORTE DE EXTREMADURA
2 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Sara García Espada, en nombre y representación de la Consejería de Salud y Servicios Sociales, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto de la Presidenta 21/2023, de 20 de julio, (DOE núm. 140, de 21 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que le atribuyen los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra parte, D.ª Sonia Bejarano Sánchez, en calidad de Directora Gerente de la Fundación Jóvenes y Deporte, de conformidad con el Decreto 156/2019, de 24 de septiembre, por el que se dispone su nombramiento como Directora Gerente de la Fundación Jóvenes y Deporte (DOE 188, 30 de septiembre de 2019) con facultades para firmar convenios en nombre de la Fundación, conforme al artículo 24 de los estatutos de la Fundación.
Ambas partes, en la calidad con que intervienen en este acto, se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse y otorgar el presente convenio, a cuyo efecto,
EXPONEN
Primero. La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (BOE núm. 134, de 5 de junio), en adelante LOPIVI, constituye el marco normativo e institucional para la puesta en marcha de políticas públicas especialmente focalizadas en la prevención y protección de los niños, niñas y adolescentes frente a las diferentes formas de violencia, mediante la asignación de responsabilidades específicas y una llamada a la articulación y coordinación entre las administraciones públicas a nivel nacional, autonómico y local.
El eje articulador del presente convenio es el artículo 5 de la LOPIVI, que declara que las administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán y garantizarán una formación especializada, inicial y continua en materia de derechos fundamentales de la infancia y la adolescencia a los y las profesionales que tengan un contacto habitual con las personas menores de edad.
El diseño de las actuaciones formativas a las que se refiere el citado artículo tendrá especialmente en cuenta la perspectiva de género, así como las necesidades específicas de las personas menores de edad con discapacidad, con un origen racial, étnico o nacional diverso, en situación de desventaja económica, personas menores de edad pertenecientes al colectivo LGTBI o con cualquier otra opción u orientación sexual y/o identidad de género y personas menores de edad no acompañadas.
El artículo 35 de la LOPIVI, recoge la necesidad de que todos los centros educativos donde cursen estudios personas menores de edad, independientemente de su titularidad, deberán tener un Coordinador o Coordinadora de bienestar y protección del alumnado, que actuará bajo la supervisión de la persona que ostente la dirección o titularidad del centro. Asimismo, la figura de coordinador de bienestar y protección tendrá como funciones, entre otras, la formación, detección e intervención en las situaciones en las que los niños, niñas y adolescentes deban ser protegidos, ejecutando tales funciones como personal cualificado en centros educativos en donde se desarrolla habitualmente la práctica del deporte y de actividad física.
En base a lo anterior, las acciones de formación objeto del presente convenio pasan por la formación de estos coordinadores de bienestar en el ámbito del deporte, siendo crucial por varias razones fundamentales que abarcan desde la protección y desarrollo integral de los menores hasta la mejora del ambiente deportivo y el cumplimiento de normativas legales y éticas.
La formación especializada permite a los coordinadores de bienestar conocer y aplicar adecuadamente los principios de protección de los derechos de los niños establecidos en convenciones internacionales, como la Convención sobre los Derechos del Niño de las Naciones Unidas. Esto garantiza que los menores estén protegidos contra cualquier forma de abuso, explotación o discriminación dentro del ámbito deportivo. Además, la formación de los coordinadores permitirá que estos se encuentren mejor equipados para identificar y mitigar riesgos asociados con el entorno deportivo, asegurando que se mantengan estándares de seguridad y salud. Esto incluye la prevención de lesiones, la promoción de una nutrición adecuada y la creación de un ambiente emocionalmente seguro y positivo para los jóvenes deportistas.
Dicha formación permite a los coordinadores estar al tanto de las leyes, regulaciones y estándares éticos relacionados con el bienestar infantil y el deporte. Esto asegura que las organizaciones deportivas cumplan con todas las normativas vigentes y actúen de manera ética y responsable. Además de su propia formación, los coordinadores pueden transmitir conocimientos y capacitar a entrenadores, padres y otros miembros del personal deportivo en prácticas de bienestar infantil. Esto crea una red de apoyo más amplia y consciente, que refuerza la protección y el desarrollo de los niños.
En definitiva, la formación de los coordinadores de bienestar en el ámbito del deporte es esencial para garantizar un entorno seguro, saludable y enriquecedor para los menores y jóvenes deportistas, proporcionando las herramientas y conocimientos necesarios para proteger sus derechos, promoviendo su desarrollo integral, y asegurando el cumplimiento de normativas y estándares éticos. Sin esta formación, se pone en riesgo el bienestar y el futuro de los niños en el deporte, y se compromete la integridad de las organizaciones deportivas.
Por otro lado, el artículo 48 de la citada LOPIVI regula las obligaciones que tienen las entidades que realizan de forma habitual actividades deportivas o de ocio con personas menores de edad, entre la cuales se encuentra:
Adoptar las medidas necesarias para que la práctica del deporte, de la actividad física, de la cultura y del ocio no sea un escenario de discriminación por edad, raza, discapacidad, orientación sexual, identidad sexual o expresión de género, o cualquier otra circunstancia personal o social, trabajando con los propios niños, niñas y adolescentes, así como con sus familias y profesionales, en el rechazo al uso de insultos y expresiones degradantes y discriminatorias.
Asimismo, además de la formación a la que se refiere el artículo 5 de la LOPIVI, quienes trabajen en las citadas entidades deberán recibir formación específica para atender adecuadamente las diferentes aptitudes y capacidades de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad para el fomento y el desarrollo del deporte inclusivo de estos.
Segundo. Que la Fundación Jóvenes y Deporte es una organización sin ánimo de lucro que tiene por objeto el fomento de la Actividad Física y el Deporte, con el protagonismo de la persona para que pueda desarrollarse libremente y garantizando la igualdad de oportunidades y la del respeto hacia la diversidad de las demás, favoreciendo la práctica y la difusión de la Actividad Física y el Deporte como herramienta para la inclusión, la reinserción social y de fomento de la solidaridad; la práctica deportiva como elemento fundamental del sistema educativo, saludable y de la calidad de vida; la participación y total integración en la sociedad de los colectivos excluidos o en riesgo de exclusión y de las personas con cualquier tipo de discapacidad; la promoción activa y participativa en el deporte como elemento determinante en la utilización del tiempo de ocio en la sociedad contemporánea y su implantación como factor corrector de desequilibrios sociales que contribuye a la igualdad entre la ciudadanía, de manera principal y preferente en la juventud, así como la difusión y proyección de la imagen de Extremadura y el fomento de nuestra Región como destino turístico deportivo.
Asimismo, la Fundación incluye entre sus fines fundacionales la realización de todo tipo de acciones formativas, de cualificación y perfeccionamiento, de cultura emprendedora, relacionadas con los ámbitos de actuación de la propia Fundación: Actividad Física y Deporte, Salud, Juventud, Inclusión, Integración Social, Inserción Laboral, Cooperación, Objetivos de Desarrollo Sostenible, Sanidad, Prevención, Educación, Igualdad, así como cualesquiera otros que se consideren oportunos por su Patronato y relacionado con los fines de la Fundación.
Tercero. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura en su redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, atribuye a nuestra Comunidad Autónoma, en su artículo 9.26, entre otras, la competencia exclusiva en las materias de infancia y juventud; protección y tutela de menores y acción social.
La Consejería de Salud y Servicios Sociales, de conformidad con lo establecido en Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ejercerá las competencias en materia de sanidad, dependencia y accesibilidad universal, así como las de infancia y familia, servicios sociales, migraciones, prestaciones sociales y las de consumo.
Que la Fundación Jóvenes y Deporte manifiesta su interés en cooperar con la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura en la puesta en marcha y ejecución de acciones formativas con la intención de sensibilizar y promocionar en el ámbito de los jóvenes y el deporte el conocimiento sobre la protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia, así como el buen trato a los menores y los jóvenes.
Con la firma del presente convenio se pretende promover la formación básica general de los profesionales del ámbito deportivo facilitándoles las claves para formarse y conocer una cultura del buen trato de niños , niñas y adolescentes, a través de la atención integral garantizando los derechos fundamentales en su integridad física, psíquica, psicológica y moral frente a cualquier forma de violencia.
En consecuencia y, para regular dicha colaboración, las instituciones firmantes suscriben el presente convenio, de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El presente Convenio establece un marco de colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura y la Fundación Jóvenes y Deporte para el desarrollo de acciones de formación en protección integral a la infancia y adolescencia frente a la violencia en el marco del deporte de Extremadura.
La programación, contenido y desarrollo de actividades formativas de interés general destinadas a profesionales del ámbito deportivo, con la finalidad de implementar una serie de contenidos o módulos básicos para el fomento y conocimiento de la prevención y la protección de niños, niñas y adolescentes en relación con lo establecido en la citada Ley Orgánica, se desarrolla en el Anexo I que se acompaña al presente convenio.
Segunda. Personas destinatarias del programa formativo.
Las acciones formativas del programa objeto del presente Convenio se dirigirán a aquellos/as profesionales que pertenezcan al ámbito del deporte, especialmente el personal que dirige y coordina programas de importante consideración en las diversas actividades o especialidades deportivas realizadas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, fomentando con dichas acciones principalmente el asentamiento en el entorno deportivo de una cultura del buen trato, así como el reconocimiento de la necesidad de reconocer las figuras esenciales de apoyo determinados para la protección a los menores en el ámbito deportivo, que se establecen en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Asimismo, irá dirigido a aquellos/as técnicos que pertenezcan a las Federaciones Deportivas, que necesitan ampliar sus conocimientos respecto fomento y conocimiento de la prevención y la protección de niños, niñas y adolescentes.
Tercera. Compromisos de las partes.
Por un lado, la Fundación Jóvenes y Deporte de la Junta de Extremadura se compromete a la realización de las siguientes actuaciones:
— Ceder el uso de sus instalaciones y material necesario para el desarrollo de las actividades formativas que se lleven a cabo en sus propias instalaciones, así como designar la persona responsable para la coordinación con los agentes técnicos designados por parte del Servicio de Adolescencia y Familias de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia de la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura.
— Designar las actividades de formación para profesionales del ámbito del deporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura que puedan desarrollarse en sus recursos, así como señalar el número máximo de participantes a distribuir en las diferentes actividades formativas acordadas, según disponibilidad horaria y efectivos disponibles para el desarrollo presencial de las actividades programadas, previa propuesta y aceptación por el Servicio de Adolescencia y Familias de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
— Aportar el personal necesario de acompañamiento, docencia, y supervisión para la implementación del contenido diseñado, así como para la realización de las actividades formativas programadas , acompañando al alumnado hasta el final de la jornada y gestionando toda la información referida a la propia ejecución.
— Designar al personal técnico de la Fundación encargado de evaluar el desarrollo de la ejecución del convenio en colaboración con el personal designado por la Consejería de Salud y Servicios Sociales, a través de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia.
Por otro lado, la Consejería de Salud y Servicios Sociales, asume las siguientes obligaciones:
— Cooperar con el personal designado por la Fundación Jóvenes y Deporte para el correcto desarrollo de las actividades formativas programas.
— Difundir las acciones formativas objeto del presente convenio entre los profesionales destinatarios que se indican en la cláusula segunda.
— Designar al personal técnico encargado de evaluar el desarrollo de la ejecución del convenio en colaboración con la Fundación Jóvenes y Deporte.
Ambas partes, se obligan a:
— Facilitarse recíprocamente la información que fuera necesaria para permitir que, en el ejercicio de sus respectivas competencias, se desarrolle una actuación coordinada.
- Asegurar el deber de confidencialidad de los datos personales de los y las participantes garantizando la especial protección de la que gozan los mismos.
Cuarta. Evaluación de las acciones formativas.
La evaluación de las actividades formativas detalladas en el Anexo I del presente convenio serán coordinadas de forma continua y a cargo de los técnicos de las partes firmantes encargados de desarrollar la ejecución del programa. El técnico de la Fundación Jóvenes y Deporte de la Junta de Extremadura será quien custodiará las evaluaciones realizadas a los asistentes y quien comparta la información referida a la ejecución de la prestación realizada que tenga relación con la formación a impartir.
Quinta. Comisión de Seguimiento.
Para facilitar y evaluar el cumplimiento de las acciones formativas, así como para realizar un seguimiento del presente convenio, se constituirá una comisión mixta de seguimiento integrada, como mínimo, por dos representantes de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia de la Consejería de Salud y Servicios Sociales y otros dos de la Fundación Jóvenes y Deporte. Su designación se establecerá desde sendos organismos.
La Comisión Mixta de Seguimiento, que se reunirá como mínimo una vez durante la vigencia del presente convenio, y celebrará las reuniones extraordinarias que se consideren necesarias a solicitud de cualquiera de sus integrantes, así mismo le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actuaciones y actividades ejecutadas en virtud del presente convenio, verificando su adecuada progresión y el alcance de los objetivos de la formación a desarrollar.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio.
Consensuar posibles cambios no sustanciales del contenido de las acciones de formación que se relacionan en el Anexo I y emitir informe técnico sobre el acuerdo adoptado. Dichos cambios no sustanciales no supondrán en ningún caso la modificación del presente convenio.
c) Proponer cuantas mejoras se consideren necesarias para su aplicación, incluido el diseño de nuevas acciones que se consideren imprescindibles para dar respuestas a situaciones fortuitas, así como proponer y acordar las estrategias para su promoción, desarrollo, difusión y utilización de resultados.
Su régimen de funcionamiento y toma de decisiones se ajustará a lo establecido en la Sección 3.ª, del Capítulo II, del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Sexta. Aportación económica.
El coste íntegro de las actividades de formación a desarrollar en el marco del presente convenio asciende a un total de 19.480,26 €.
Para cumplir el objeto del presente convenio, desde la Consejería de Salud y Servicios Sociales, a través de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, se aportará la cantidad total de 14.153,50 € con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, siendo el Centro gestor: 110030000, Posición presupuestaria: G/252B/44000, Fuente de financiación: TE25004008 y Código de Proyecto: 20230156.
Los 5.326,76 € restantes, hasta los 19.480,26 €, los aportará la Fundación Jóvenes y Deporte con fondos propios.
Séptima. Plazo y forma de justificación y control de las actuaciones a realizar por cada una de las partes.
Como requisitos previos para proceder al pago, la Fundación Jóvenes y Deporte deberá:
— Acreditar hallarse al corriente en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en la forma que se establezca reglamentariamente, y sin perjuicio de la normativa que sea aplicable a efectos de la presentación telemática de solicitudes y comunicaciones dirigidas a la Administración y sus organismos o entidades de derecho público.
— Acreditar no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura que podrá ser comprobada de oficio en los términos que reglamentariamente se determinen.
7.1. Forma de pago y justificación económica de los gastos previstos en el Anexo II y Anexo III.
Los gastos financiados por el presente convenio serán abonados por la Consejería de Salud y Servicios Sociales a través de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia trimestralmente, previa presentación por la Fundación Jóvenes y de Deporte en el Servicio de Adolescencia y Familias dentro del mes siguiente a la finalización del citado trimestre, la documentación que a continuación se relaciona:
1. Certificado de Ingresos, Gastos y Pagos, suscrito por las personas que ostentan la responsabilidad en materia económica-presupuestaria y la representación legal de la Fundación Jóvenes y Deporte. Respecto a los gastos y pagos, el certificado deberá contener las sumas parciales por conceptos y la suma total del gasto y pago que se justifica. El importe del gasto justificado deberá ser coincidente con los pagos que se acreditan. En el caso de que la Fundación Jóvenes y Deporte no haya tenido ingresos en el periodo que se certifique, se consignará esta partida con importe cero.
2. Facturas y documentos justificativos del gasto y pago realizado. Se aportarán copias de aquellos gastos y pagos certificados.
Las facturas y/o documentos justificativos del gasto irán acompañados del documento acreditativo del pago.
La justificación de los gastos y pagos de personal se realizará mediante la presentación de las nóminas, RLC, RNT, Modelo 111 y los documentos que justifiquen el abono de estas obligaciones.
3. Relación detallada y ordenada de los gastos pagados, en fichero formato hoja de cálculo.
Con independencia de la documentación que debe ser presentada en formato original Certificado de Ingresos, gastos y pagos- la justificación se realizará mediante la cumplimentación de un fichero hoja de cálculo proporcionado desde el Servicio de Adolescencia y Familias, al que se vincularán las copias de las facturas y documentos justificativos del gasto y del pago realizado. Dicho fichero se aportará en soporte de almacenamiento de datos tipo pendrive o similar que contenga la recopilación de dichos archivos.
4. Certificado acreditativo de haber incluido en su contabilidad el/los ingreso/s parciales de la aportación económica, con destino a la finalidad para la que se concedió. Se presentará en el plazo de 15 días desde que la entidad haya recibido los pagos parciales de dicha aportación, correspondientes al trimestre justificado.
Los abonos de los gastos financiados por el presente convenio se realizarán, previa comprobación por parte de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia de la documentación presentada por la Fundación Jóvenes y Deporte, mediante el certificado de Ingresos Gastos y pagos o, en su caso, por el importe resultante de la comprobación realizada, si ésta detectara gastos y pagos no admisibles.
La justificación correspondiente a la anualidad 2024 se presentará por periodos trimestrales a partir de la firma del presente convenio, dentro del mes siguiente a la finalización de cada trimestre.
En todo caso, la justificación del último periodo (octubre-diciembre) de 2024 deberá ser presentada antes del 31 de marzo de 2025.
La acreditación del ingreso de las retenciones del IRPF correspondientes a la mensualidad de diciembre de 2024, debido al calendario establecido por la Administración gestora, podrá ser presentado dentro de los 10 días siguientes a su ingreso.
En base al artículo 52.2.a) de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, si de la liquidación resultara que el importe de las actuaciones ejecutadas por parte de la Fundación Jóvenes y Deporte fuera inferior a los fondos que la misma hubiera recibido de la Junta de Extremadura para financiar la ejecución del Convenio suscrito, deberá reintegrar el exceso que corresponda, en el plazo máximo de un mes desde que se hubiera aprobado la liquidación.
7.2. Justificación de las actuaciones.
La Fundación Jóvenes y Deporte, presentará al Servicio de Adolescencia y Familias de la Secretaría General de Servicios Sociales, Inclusión, Infancia y Familia, como justificación de la realización de las actividades previstas en el presente convenio en el Anexo I, una memoria justificativa y explicativa firmada por su representante legal, con el contenido de la evaluación llevada a cabo en los términos que especifica en la cláusula cuarta del presente convenio y con los criterios que se detallan en el apartado 12 del Anexo I.
Con independencia de la obligatoriedad de cumplimentar la memoria expresada anteriormente, la Fundación Jóvenes y Deporte deberá cumplimentar un fichero que contenga los datos tanto de las actividades formativas realizadas como las que no hayan podido realizarse, indicando en este último caso la causa que lo motivó. Este fichero se remitirá al Servicio de Adolescencia y Familias, contemplando las actividades prestadas cada trimestre.
Octava. Confidencialidad, protección de datos y tratamiento de datos de carácter personal.
Las partes firmantes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE del 6 de diciembre de 2018), así como las previstas en el Reglamento 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.
En aquellos casos en que la práctica o ejecución del programa realizado genere un producto susceptible de propiedad intelectual, salvo acuerdo particular entre las diferentes partes, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente y corresponderán, en exclusiva, a la Junta de Extremadura.
Las partes se obligan a guardar secreto respecto de los datos, tanto de carácter personal como profesional, a los que tuvieran acceso y vinculados a la participación en las actividades propuestas en el marco del presente convenio y recogidos en los anexos, obligación que subsistirá aún después de finalizar la vigencia del presente convenio, y establecerán las medidas técnicas y organizativas necesarias que garanticen la seguridad e integridad de los datos de carácter personal, evitando su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado conforme a los requisitos establecidos en la normativa citada previamente.
Las finalidades legítimas del tratamiento de los datos de carácter personal son la gestión administrativa, contable y fiscal de la ejecución de las actividades de formación a desarrollar en el marco del presente convenio.
Los datos de carácter personal proporcionados por la entidad podrán ser comunicados en los escritos y en los documentos anejos a éstos a los Juzgados y Tribunales o, en su caso, Administraciones Públicas.
La entidad tiene los derechos reconocidos en el Reglamento General de Protección de Datos a acceder, rectificar y suprimir los datos, solicitar la portabilidad de los mismos, oponerse al tratamiento y solicitar la limitación de éste.
Así, tiene derecho a acceder a sus datos personales y a obtener una copia de los datos personales objeto del tratamiento, a actualizarlos, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines para los que fueron recogidos. En determinadas circunstancias previstas en el artículo 18 RGPD, la entidad podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, en cuyo caso únicamente los conservaremos para el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
Novena. Modificación, resolución y extinción.
1. El presente convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones objeto del mismo, o por incurrir en alguna de las siguientes causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio.
b) Acuerdo unánime de las partes firmantes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cualquiera de las partes firmantes.
En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de dos meses las obligaciones o compromisos que se consideren incompletos. Este requerimiento será comunicado a la comisión mixta de seguimiento del convenio.
Si transcurrido el plazo indicado al requerimiento persiste el incumplimiento, la parte que lo remitió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio. No se prevé indemnización por los perjuicios causados.
d) Por denuncia expresa de una de las partes, con una antelación mínima de tres meses.
2. Los términos del presente convenio podrán ser modificados previo acuerdo unánime entre las partes suscriptoras antes de la finalización del plazo de duración del mismo, en el seno de la comisión de seguimiento, a través de la correspondiente adenda, pudiéndose sustituir las actividades propuestas por otras de análoga naturaleza, siempre que no suponga un incremento del coste de las actividades formativas a desarrollar.
3. De acuerdo con el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso de ejecución, las partes, a propuesta de la comisión mixta de seguimiento, podrán acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización, transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas en los términos establecidos en esa misma ley.
Décima. Medidas de difusión.
Cualquier difusión que se realice del contenido del presente convenio, así como de las actuaciones incluidas en el mismo, requerirá de la autorización de las partes firmantes que lo suscriben, debiendo figurar siempre, en el medio de difusión que se utilice, los logotipos oficiales vigentes de las partes firmantes.
Décimoprimera. Vigencia.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el presente convenio se perfecciona por la prestación del consentimiento de las partes a través de sus firmas, teniendo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, sin posibilidad de prórroga.
En el supuesto en el que las partes intervinientes firmaran el convenio en días distintos, se tomará como fecha del convenio aquella que sea posterior en el tiempo.
Décimosegunda. Naturaleza jurídica y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, se firma al amparo de lo dispuesto en el artículo 47.2.a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y se encuentra excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de conformidad con lo dispuesto en su artículo 6.2.
De conformidad con la naturaleza del convenio, el mismo estará sujeto a lo dispuesto en el capítulo VI, del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Como consecuencia de la naturaleza administrativa señalada, las controversias que pudieran surgir sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán entre las partes agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso extrajudicial. En su defecto, serán competentes para conocer las cuestiones litigiosas los órganos del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente Convenio.
La Consejera de Salud y Servicios,
D.ª Sara García Espada
La Directora Gerente de la Fundación Jóvenes y Deporte,
D.ª Sonia Bejarano Sánchez
ANEXO I
ACCIONES DE FORMACIÓN EN PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA EN EL MARCO DEL DEPORTE DE EXTREMADURA.
ÍNDICE:
— DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA.
— DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA FORMATIVO.
— OBJETIVOS DEL PROGRAMA.
OBJETIVOS GENERALES.
— DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO A IMPLEMENTAR EN LAS ACCIONES FORMATIVAS.
— METODOLOGÍA.
— PERFIL DE LOS PROFESIONALES DESIGNADOS POR LA FJYD PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA.
— RECURSOS MATERIALES.
— CRONOGRAMA.
— PROFESORADO ESPECIALIZADO PARA LA FORMACIÓN.
— EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS ACCIONES FORMATIVAS.
1. DENOMINACIÓN DEL PROGRAMA.
Programa para la Formación Inicial en protección Integral a la Infancia y a la Adolescencia frente a la Violencia en el marco del deporte de Extremadura.
2. DESCRIPCIÓN DEL PROGRAMA FORMATIVO.
La violencia infantil en el ámbito deportivo es un problema importante y capital que afecta el desarrollo integral de los niños y niñas que participan en actividades deportivas. Este programa formativo está diseñado para educar y capacitar a personal gestor y técnico relacionado con el mundo del deporte, entrenadores, colegios profesionales y otros profesionales involucrados en el deporte infantil sobre cómo identificar, prevenir y abordar la violencia infantil.
Se pretende sensibilizar y formar adecuadamente a profesionales del entorno deportivo para que conozcan los procedimientos adecuados para intervenir y reportar casos de violencia infantil, promocionando los entornos seguros y la creación de un ambiente deportivo saludable para todos los niños y niñas.
3. OBJETIVOS DEL PROGRAMA.
Se pretende sensibilizar a todos los participantes sobre la existencia y las consecuencias de la violencia infantil en el deporte, así como proporcionar herramientas y estrategias para prevenir la violencia infantil en entornos deportivos.
3.1. OBJETIVOS GENERALES.
— Dotar de herramientas básicas de trabajo a aquellas personas profesionales del ámbito del deporte de Extremadura que trabajan con personas menores de edad en el desarrollo de sus competencias profesionales.
— Capacitar a través de cursos de formación a los profesionales del entorno del deporte para la atención a la infancia y la adolescencia en el ámbito de la prevención, la protección, la ejecución de medidas de protección, la promoción de derechos y la participación de la infancia.
— Impartir los conocimientos básicos necesarios aplicados al ámbito del deporte en Extremadura para la protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, así como para atender adecuadamente las diferentes aptitudes y capacidades de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.
— Diseñar, implementar y evaluar una actividad formativa inicial que pueda ser replicada en sucesivas ediciones futuras, con la intención de mantener una línea base formativa para las figuras responsables del bienestar de la infancia en el ámbito deportivo.
4. DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO A IMPLEMENTAR EN LAS ACCIONESFORMATIVAS.
Los contenidos se distribuirán a través de 4 Módulos didácticos, todos enfocados a recibir una formación básica en la prevención y la protección de la violencia en la infancia, con su específica carga horaria:
Módulo
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Contenidos
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Carga Horaria
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1. Conceptos Básicos sobre la Infancia y la adolescencia:
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- Aproximación a la infancia y adolescencia (concepto de niña, niño y adolescente, variables biológicas, psicológicas y socioambientales).- Desarrollo evolutivo de la infancia (desarrollo biológico y psicológico).- Cambios en el proceso de socialización (entorno familiar, escolar, de iguales).- Las necesidades de la infancia y la adolescencia.
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3 horas
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2. Los derechos de la Infancia y la adolescencia:
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- La Convención de los Derechos del Niño, 1989.- La Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio de protección integral a la infancia y a la adolescencia frente a la violencia. -El interés superior del niño.- La aplicación práctica de los derechos de la niña, niño o adolescente.
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3 horas
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3. Violencia contra la infancia y la adolescencia:
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- Concepto de violencia y abuso.- El impacto de la violencia en la infancia.- Factores de vulnerabilidad.- Claves para el abordaje de situaciones de violencia contra la infancia.
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3 horas
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4. Protección y buen trato a la infancia y la adolescencia en el deporte:
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- Riesgos y medidas preventivas en centros, instalaciones, actividades y eventos deportivos.- Política de protección a la infancia y adolescencia.- Protocolo de actuación y resolución de casos.- Guía de recomendaciones prácticas.- La figura del delegado o delegada de protección.- Nociones básicas sobre perspectiva de género, atención a la diversidad y deporte inclusivo para atender adecuadamente las diferentes aptitudes y capacidades de los niños, niñas y adolescentes con discapacidad.
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10 horas
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5. Red de Recursos.
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- Red de recursos de las diferentes administraciones públicas relacionados con la prevención y protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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1 hora
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TOTAL
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20 horas.
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5. METODOLOGÍA.
La metodología para en el proceso de la puesta en marcha y ejecución del programa será el siguiente:
— En 2024 se implementarán tres ediciones del curso de formación inicial en protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia en el marco del deporte de Extremadura.
— El alumnado potencial podrá elegir en qué edición del curso se inscribe en función de su disponibilidad y necesidad, ya que se establecerán diferentes sedes, fechas y horarios para las sesiones presenciales y telemáticas en modalidad en directo/online, al objeto de que se pueda compatibilizar la realización de la actividad formativa con otras obligaciones laborales, formativas y/o personales.
Se elaborarán y publicarán en la página web de la Fundación Jóvenes y Deporte las bases y apartados importantes de la convocatoria de formación inicial en protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia en el marco del deporte de Extremadura, recogiendo toda la información necesaria:
Objetivos.
Contenidos.
Metodología.
Planificación temporal.
Inscripciones.
Plazas ofertadas y criterios de selección.
Evaluación y certificación.
Cada acción formativa constará con un mínimo de 25 alumnas y alumnos inscritos para que se celebre, estableciendo un límite máximo de 100 personas por curso.
La metodología se orientará a:
La realización de una sesión presencial con una duración de 3 horas.
El apoyo a través de modalidad de formación semipresencial:
Sesiones telemáticas offline, con un total de 11 horas.
2 sesiones telemáticas en modalidad en directo /online, con una carga de 6 horas.
— Plataforma de formación telemática para las sesiones en directo/online.
— Diferentes sedes, fechas y horarios para la sesión presencial.
— Distintas fechas y horarios para las sesiones telemáticas en directo/online.
— Guía didáctica de apoyo.
— Proceso de enseñanza-aprendizaje-evaluación activo y participativo.
— Formación continua.
— Actividades de evaluación de cada módulo formativo y evaluación final.
— Tutorías.
6. PERFILES PROFESIONALES DEL ÁMBITO DEPORTIVO EN EXTREMADURA DESIGNADOS A POR LA FJYD PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA.
— Personal gestor y técnico del ámbito del deporte en la Comunidad Autónoma de Extremadura:
Dirección General de Jóvenes y Deportes.
Centro Nacional de Tecnificación Deportiva Ciudad Deportiva de Cáceres.
Instalaciones deportivas propias: Pabellón Multiusos Ciudad de Cáceres , Centro Internacional de Innovación Deportiva en el Medio Natural El Anillo , Pabellón Escuela de Plasencia y Centro de Remo y Piragüismo de Alange.
Fundación Jóvenes y Deporte:
Personal técnico del programa El Ejercicio te Cuida .
Personal técnico del programa Dinamización Deportiva .
Personal gestor y técnico deportivo municipal de aquellas localidades en las que no se desarrolla el programa de Dinamización Deportiva.
Personal gestor y técnico de las Federaciones Deportivas Extremeñas.
Personal gestor y técnico de Entidades Deportivas de Extremadura.
Personas colegiadas del Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de Extremadura.
Personal gestor y técnico de Centros Deportivos de Extremadura.
7. ESTIMACIÓN DE POTENCIAL ALUMNADO EN FUNCIÓN DE LOS PERFILES PROFESIONALES DESTINATARIOS.
ENTIDAD / PROGRAMA
|
PERFIL PROFESIONAL
|
ESTIMACIÓNDEALUMNADO DESTINATARIO
|
---|
Dirección General de Jóvenes y Deportes
|
Personal gestor y técnico de la Dirección General de Jóvenes y Deportes
|
32
|
Personal gestor y técnico del Centro Nacional de Tecnificación Deportiva Ciudad Deportiva de Cáceres
|
60
|
Personal gestor y técnico de las instalaciones deportivas propias: Pabellón Multiusos Ciudad de Cáceres , Centro Internacional de Innovación Deportiva en el Medio Natural El Anillo , Pabellón Escuela de Plasencia y Centro de Remo y Piragüismo de Alange
|
24
|
Fundación Jóvenes y Deporte
|
Personal gestor y técnico de la Fundación Jóvenes y Deporte
|
12
|
Personal técnico del programa El Ejercicio te Cuida
|
28
|
Dinamización Deportiva
|
Personal técnico del programa Dinamización Deportiva
|
152 (361 municipios de los 388 de Extremadura)
|
Ayuntamientos
|
Personal gestor y técnico deportivo municipal de aquellas localidades en las que no se desarrolla el programa de Dinamización Deportiva
|
27 municipios
|
Federaciones Deportivas
|
Personal gestor y técnico de las Federaciones Deportivas Extremeñas
|
49 federaciones
|
Entidades Deportivas
|
Personal gestor y técnico de las Entidades Deportivas de Extremadura
|
5.234 entidades
|
Colegios Profesionales
|
Personas colegiadas del Colegio Oficial de Licenciados en Educación Física y en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de Extremadura
|
392
|
Centros Deportivos
|
Personal gestor y técnico de Centros Deportivos de Extremadura
|
-
|
8. UBICACIONES.
Las ubicaciones para la realización de la formación inicial en protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia en el marco del deporte en Extremadura serán las localidades de:
— Plasencia.
— Mérida.
— Zafra
9. MATERIALES DESTINADOS AL PROGRAMA.
El material necesario para la impartición de las sesiones formativas en las distintas sedes será facilitado por la Fundación Jóvenes y Deporte, así como las sedes en donde se realicen las acciones de formación.
10. CRONOGRAMA.
El calendario de impartición de las sesiones formativas en las distintas sedes será el siguiente:
Edición 1 Mérida:
— Apertura de inscripciones: lunes, 2 de septiembre de 2024.
— Inicio del curso: lunes, 16 de septiembre de 2024.
— Sesión 1 en directo/online: martes, 17 de septiembre de 2024. Horario: de 17 a 20 h.
— Sesión presencial (Mérida): martes, 24 de septiembre de 2024. Horario: de 17 a 20 h.
— Sesión 2 en directo/online: martes, 1 de octubre de 2024. Horario: de 17 a 20 h.
— Finalización del curso: martes, 8 de octubre de 2024.
Edición 2 Plasencia:
— Apertura de inscripciones: lunes, 2 de septiembre de 2024.
— Inicio del curso: martes, 15 de octubre de 2024.
— Sesión 1 en directo/online: miércoles, 16 de octubre de 2024. Horario: de 10 a 13 h.
— Sesión presencial (Plasencia): miércoles, 23 de octubre de 2024. Horario: de 10 a 13 h.
— Sesión 2 en directo/online: miércoles, 30 de octubre de 2024. Horario: de 10 a 13 h.
— Finalización del curso: miércoles, 6 de noviembre de 2024.
Edición 3 Zafra:
— Apertura de inscripciones: lunes, 2 de septiembre de 2024.
— Inicio del curso: miércoles, 13 de noviembre de 2024.
— Sesión 1 en directo/online: jueves, 14 de noviembre de 2024. Horario: de 16:30 a 19:30 h.
— Sesión presencial (Zafra): jueves, 21 de noviembre de 2024. Horario: de 16:30 a 19:30 h.
— Sesión 2 en directo/online: jueves, 28 de noviembre de 2024. Horario: de 16:30 a 19:30 h.
— Finalización del curso: jueves, 5 de diciembre de 2024.
11. PROFESORADO ESPECIALIZADO PARA LA FORMACIÓN.
La formación inicial en protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia en el marco del deporte de Extremadura será impartida por profesorado cualificado y con experiencia contrastada en los diferentes contenidos a impartir y procedente de entidades especializadas, previa coordinación, consenso y validación por parte de las Consejerías de Salud y Servicios Sociales y de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, en este caso, a través de la Fundación Jóvenes y Deporte.
Los contenidos de cada actividad formativa serán impartidos por dos docentes en base a los siguientes perfiles profesionales:
— 1 docente con Licenciatura / Grado en Psicología.
— 1 docente con Diplomatura / Grado en Educación Social o Diplomatura / Grado en Trabajo Social.
En ambos casos, deberán tener formación y/o experiencia formativa en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
RECURSOS HUMANOS COMPLEMENTARIOS.
— Coordinación: una persona con experiencia en la coordinación de actividades formativas.
Personal de apoyo logístico e intermediación: una persona con experiencia en la gestión de actividades formativa.
12. EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE LAS ACCIONES FORMATIVAS.
La evaluación del curso se llevará a cabo teniendo en cuenta los dos criterios que se relacionan a continuación:
— Asistencia:
El alumnado deberá asistir, al menos, el 80% de la carga horaria total de las sesiones presenciales y en la modalidad en directo/online del curso.
— Actividades de evaluación:
Cada módulo formativo tendrá una actividad de evaluación que se realizará de manera telemática tras la finalización del módulo en cuestión.
Tras la finalización de todos los módulos, se planteará una actividad de evaluación final que también se realizará telemáticamente.
El alumnado deberá realizar y superar la actividad de evaluación de todos los módulos formativos, así como la evaluación final.
A todo el alumnado que supere los criterios de evaluación anteriormente expuestos se le expedirá un certificado de asistencia y aprovechamiento en formato digital, expedido por las Consejerías de Salud y Servicios Sociales y de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, así como por la Fundación Jóvenes y Deporte.
ANEXO II
GASTOS A FINANCIAR POR LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
Para el desarrollo del presente convenio, durante el periodo de vigencia del mismo, se realizarán tres actividades formativas cuyos gastos serán financiados por la Consejería de Salud y Servicios Sociales y la Fundación Jóvenes y Deporte. Para ello los gastos se dividirán en Gastos de Personal , Gastos de Dietas y Desplazamientos y “Otros Gastos Directos” complementarios para la ejecución de las actividades formativas.
Por cada una de las actividades formativas se tendrán esta serie de consideraciones:
1) Gastos de Personal.
En las tablas adjuntas a este anexo se establecen una serie de categorías profesionales acordes a la actividad formativa con un coste de 2.191 euros cada una con los siguientes perfiles:
Profesionales
|
Jornada laboral total
|
---|
1 Coordinador/a (Persona con experiencia en coordinación de actividades formativas)
|
20 horas
|
1 Docente presencial (Licenciatura/Grado en Psicología, Diplomatura/Grado en Educación Social o Trabajo Social con experiencia formativa en L.O. 8/2021 de 4 de junio)
|
3 horas
|
1 Docente para tutorización de las sesiones telemáticas con Licenciatura/Grado en Psicología con experiencia formativa en L.O. 8/2021 de 4 de junio.
|
8 horas
|
1 Docente para tutorización de las sesiones telemáticas con Diplomatura/Grado en Educación Social o Trabajo Social con experiencia formativa en L.O. 8/2021 de 4 de junio.
|
9 horas
|
1 Persona con experiencia en la gestión de actividades formativas
|
3 horas
|
2) Gastos de Dietas y Desplazamiento.
Las retribuciones por este concepto se establecen en las tablas adjuntas que se presupuesta en 531 euros.
3) Otros Gastos Directos.
En las retribuciones por este concepto se incluyen manuales, instalaciones, recursos, seguros y coffee-break establecidos en las tablas adjuntas con un presupuesto total de 3.462,50 euros.
PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA EN EL ÁMBITO DEL DEPORTE DE EXTREMADURA FORMACIÓN INICIAL
|
---|
GASTOS A FINANCIAR POR LA CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
|
GASTOS ACTIVIDAD FORMATIVA 1
|
|
COSTE UNITARIO
|
CANTIDAD
|
COSTE TOTAL
|
GASTOS DE PERSONAL
|
Coordinación de la actividad formativa:1 persona con experiencia en la coordinación de actividades formativas
|
20,00 €
|
20 horas
|
400,00
|
Docencia / Profesorado de la sesión presencial de la actividad formativa:1 docente con Licenciatura / Grado en Psicología, Diplomatura / Grado en Educación Social o Diplomatura / Grado en Trabajo Social y con formación y/o experiencia formativa en la Ley Orgánica 8/202¡, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
|
67,00 €
|
3 horas
|
201,00
|
Docencia / Profesorado y tutorización / mentoría de las sesiones telemáticas de la actividad formativa:1 docente con Licenciatura / Grado en Psicología y con formación y/o experiencia formativa en la Ley Orgánica 8/202¡, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
|
90,00 €
|
8 horas
|
720,00
|
Docencia / Profesorado y tutorización / mentoría de las sesiones telemáticas de la actividad formativa:1 docente con Diplomatura / Grado en Educación Social o Diplomatura / Grado en Trabajo Social y con formación y/o experiencia formativa en la Ley Orgánica 8/202¡, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
|
90,00 €
|
9 horas
|
810,00
|
Personal de apoyo logístico e intermediación:1 persona con experiencia en la gestión de actividades formativas
|
20,00 €
|
3 horas
|
60,00
|
GASTOS TOTALES DE PERSONAL DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 1
|
2.191,00 €
|
GASTOS DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS
|
|
Desplazamientos del personal de coordinación, profesorado y personal de apoyo logístico e intermediación
|
0,22 €
|
1050 km.
|
231,00 €
|
Dietas del personal de coordinación, profesorado y personal de apoyo logístico e intermediación
|
100,00 €
|
3 profesionales
|
300,00 €
|
GASTOS TOTALES DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 1
|
531,00 €
|
OTROS GASTOS DIRECTOS
|
Elaboración de manuales de contenidos y documentación complementaria
|
2.000,00 €
|
1
|
2.000,00 €
|
Instalación y recursos necesarios para la sesión presencial (alquiler de la instalación, recursos audiovisuales, limpieza, consumos, etc.)
|
200,00 €
|
3 horas
|
600,00 €
|
Seguros de responsabilidad civil y accidentes para la sesión presencial
|
300,00 €
|
1
|
300,00 €
|
Coffee - break para asistentes a la sesión presencial de la actividad formativa
|
7,50 €
|
75
|
562,50 €
|
GASTOS TOTALES DE OTROS GASTOS DIRECTOS DE LA ACTIVIDADFORMATIVA 1
|
3.462,50 €
|
GASTOS TOTALES DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 1
|
6.184,50 €
|
GASTOS ACTIVIDAD FORMATIVA 2
|
---|
|
COSTE UNITARIO
|
CANTIDAD
|
COSTE TOTAL
|
GASTOS DE PERSONAL
|
Coordinación de la actividad formativa:1 persona con experiencia en la coordinación de actividades formativas
|
10,00
|
20 horas
|
200,00 €
|
Docencia / Profesorado de la sesión presencial de la actividad formativa:1 docente con Licenciatura / Grado en Psicología, Diplomatura / Grado en Educación Social o Diplomatura / Grado en Trabajo Social y con formación y/o experiencia formativa en la Ley Orgánica 8/202¡, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
|
67,00 €
|
3 horas
|
201,00 €
|
Docencia / Profesorado y tutorización / mentoría de las sesiones telemáticas de la actividad formativa:1 docente con Licenciatura / Grado en Psicología y con formación y/o experiencia formativa en la Ley Orgánica 8/202¡, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
|
90,00 €
|
8 horas
|
720,00 €
|
Docencia / Profesorado y tutorización / mentoría de las sesiones telemáticas de la actividad formativa:1 docente con Diplomatura / Grado en Educación Social o Diplomatura / Grado en Trabajo Social y con formación y/o experiencia formativa en la Ley Orgánica 8/202¡, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
|
90,00 €
|
9 horas
|
810,00 €
|
Personal de apoyo logístico e intermediación:1 persona con experiencia en la gestión de actividades formativas
|
20,00 €
|
3 horas
|
60,00 €
|
GASTOS TOTALES DE PERSONAL DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 2
|
1.991,00 €
|
GASTOS DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS
|
Desplazamientos del personal de coordinación, profesorado y personal de apoyo logístico e intermediación
|
0,22 €
|
1050 km.
|
231,00 €
|
Dietas del personal de coordinación, profesorado y personal de apoyo logístico e intermediación
|
100,00 €
|
3 profesionales
|
300,00 €
|
GASTOS TOTALES DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE LA ACTIVIDADFORMATIVA 2
|
531,00 €
|
OTROS GASTOS DIRECTOS
|
Instalación y recursos necesarios para la sesión presencial (alquiler de la instalación, recursos audiovisuales, limpieza, consumos, etc.)
|
200,00 €
|
3 horas
|
600,00 €
|
Seguros de responsabilidad civil y accidentes para la sesión presencial
|
300,00 €
|
1
|
300,00 €
|
Coffee - break para asistentes a la sesión presencial de la actividad formativa
|
7,50 €
|
75
|
562,50 €
|
GASTOS TOTALES DE OTROS GASTOS DIRECTOS DE LA ACTIVIDADFORMATIVA 2
|
1.462,50 €
|
GASTOS TOTALES DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 2
|
3.984,50 €
|
GASTOS ACTIVIDAD FORMATIVA 3
|
---|
|
COSTE UNITARIO
|
CANTIDAD
|
COSTE TOTAL
|
GASTOS DE PERSONAL
|
Coordinación de la actividad formativa:1 persona con experiencia en la coordinación de actividades formativas
|
10,00 €
|
20 horas
|
200,00 €
|
Docencia / Profesorado de la sesión presencial de la actividad formativa:1 docente con Licenciatura / Grado en Psicología, Diplomatura / Grado en Educación Social o Diplomatura / Grado en Trabajo Social y con formación y/o experiencia formativa en la Ley Orgánica 8/202¡, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
|
67,00 €
|
3 horas
|
201,00 €
|
Docencia / Profesorado y tutorización / mentoría de las sesiones telemáticas de la actividad formativa:1 docente con Licenciatura / Grado en Psicología y con formación y/o experiencia formativa en la Ley Orgánica 8/202¡, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
|
90,00 €
|
8 horas
|
720,00 €
|
Docencia / Profesorado y tutorización / mentoría de las sesiones telemáticas de la actividad formativa:1 docente con Diplomatura / Grado en Educación Social o Diplomatura / Grado en Trabajo Social y con formación y/o experiencia formativa en la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI).
|
90,00 €
|
9 horas
|
810,00 €
|
Personal de apoyo logístico e intermediación:1 persona con experiencia en la gestión de actividades formativas
|
20,00 €
|
3 horas
|
60,00 €
|
GASTOS TOTALES DE PERSONAL DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 3
|
1.991,00 €
|
GASTOS DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS
|
|
Desplazamientos del personal de coordinación, profesorado y personal de apoyo logístico e intermediación
|
0,22 €
|
1050 km.
|
231,00 €
|
Dietas del personal de coordinación, profesorado y personal de apoyo logístico e intermediación
|
100,00 €
|
3 profesionales
|
300,00 €
|
GASTOS TOTALES DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 3
|
531,00 €
|
OTROS GASTOS DIRECTOS
|
Instalación y recursos necesarios para la sesión presencial (alquiler de la instalación, recursos audiovisuales, limpieza, consumos, etc.)
|
200,00 €
|
3 horas
|
600,00 €
|
Seguros de responsabilidad civil y accidentes para la sesión presencial
|
300,00 €
|
1
|
300,00 €
|
Coffee - break para asistentes a la sesión presencial de la actividad formativa
|
7,50 €
|
75
|
562,50 €
|
GASTOS TOTALES DE OTROS GASTOS DIRECTOS DE LA ACTIVIDADFORMATIVA 3
|
1.462,50 €
|
GASTOS TOTALES DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 3
|
3.984,50 €
|
GASTOS TOTALES DE LAS TRES ACTIVIDADES FORMATIVAS
|
14.153,50 €
|
ANEXO III
APORTACIÓN ECONÓMICA REALIZADA POR LA FUNDACIÓN JÓVENES Y DEPORTE
Dentro de las tres actividades formativas los gastos financiados por la Fundación Jóvenes y Deporte se dividirán en Gastos de Personal , Gastos de Dietas y Desplazamientos y “Otros Gastos Directos” complementarios para la ejecución de las actividades formativas.
Por cada una de las actividades formativas se tendrán esta serie de consideraciones:
1) Gastos de Personal.
En las tablas adjuntas a este anexo se establecen una serie de categorías profesionales acordes a la actividad formativa con un coste de 1.559,20 euros para cada actividad con los siguientes perfiles:
Profesionales
|
Jornada laboral total
|
---|
Personal técnico de formación
|
35 horas
|
Personal técnico de comunicación
|
15 horas
|
Personal técnico jurídico
|
10 horas
|
Personal técnico administrativo
|
10 horas
|
2) Gastos de Dietas y Desplazamiento.
Las retribuciones por este concepto se establecen en las tablas adjuntas a este anexo, correspondiente al personal de la Fundación Jóvenes y Deporte y que se presupuesta:
— 135,30 euros para la actividad formativa ¡.
— 139,70 euros para la actividad formativa 2.
— 244,20 euros para la actividad formativa 3.
3) Otros Gastos Directos.
PROTECCIÓN INTEGRAL A LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA FRENTE A LA VIOLENCIA EN EL ÁMBITO DEL DEPORTE DE EXTREMADURA
|
---|
GASTOS ACTIVIDAD FORMATIVA 1
|
|
COSTE UNITARIO
|
CANTIDAD
|
COSTE TOTAL
|
GASTOS DE PERSONAL
|
|
|
|
Personal técnico de formación
|
21,96 €
|
35 horas
|
768,60 €
|
Personal técnico de comunicación
|
21,96 €
|
15 horas
|
329,40 €
|
Personal técnico jurídico
|
24,16 €
|
10 horas
|
241,60 €
|
Personal técnico administrativo
|
21,96 €
|
10 horas
|
219,60 €
|
GASTOS TOTALES DE PERSONAL DE LA ACTIVIDADFORMATIVA 1
|
1.559,20 €
|
GASTOS DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS
|
Desplazamientos del personal de la Fundación Jóvenes y Deporte
|
0,22 €
|
615 km.
|
135,30 €
|
GASTOS TOTALES DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE LAACTIVIDAD FORMATIVA 1
|
135,30 €
|
OTROS GASTOS DIRECTOS
|
Plataforma Zoom para la impartición de las sesiones telemáticas en directo de la actividad formativa
|
43,32 €
|
3 meses
|
129,96 €
|
GASTOS TOTALES DE OTROS GASTOS DIRECTOS DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 1
|
129,96 €
|
GASTOS TOTALES DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 1
|
1.824,46 €
|
GASTOS ACTIVIDAD FORMATIVA 2
|
---|
|
COSTE UNITARIO
|
CANTIDAD
|
COSTE TOTAL
|
GASTOS DE PERSONAL
|
Personal técnico de formación
|
21,96 €
|
35 horas
|
768,60 €
|
Personal técnico de comunicación
|
21,96 €
|
15 horas
|
329,40 €
|
Personal técnico jurídico
|
24,16 €
|
10 horas
|
241,60 €
|
Personal técnico administrativo
|
21,96 €
|
10 horas
|
219,60 €
|
GASTOS TOTALES DE PERSONAL DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 2
|
1.559,20 €
|
GASTOS DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS
|
Desplazamientos del personal de la Fundación Jóvenes y Deporte
|
0,22 €
|
635 km.
|
139,70 €
|
GASTOS TOTALES DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 2
|
139,70 €
|
OTROS GASTOS DIRECTOS
|
Plataforma Zoom para la impartición de las sesiones telemáticas en directo de la actividad formativa
|
43,32 €
|
0
|
0,00 €
|
GASTOS TOTALES DE OTROS GASTOS DIRECTOS DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 2
|
0,00 €
|
GASTOS TOTALES DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 2
|
1.698,90 €
|
GASTOS ACTIVIDAD FORMATIVA 3
|
---|
|
COSTE UNITARIO
|
CANTIDAD
|
COSTE TOTAL
|
GASTOS DE PERSONAL
|
Personal técnico de formación
|
21,96 €
|
35 horas
|
768,60 €
|
Personal técnico de comunicación
|
21,96 €
|
15 horas
|
329,40 €
|
Personal técnico jurídico
|
24,16 €
|
10 horas
|
241,60 €
|
Personal técnico administrativo
|
21,96 €
|
10 horas
|
219,60 €
|
OTROS GASTOS DIRECTOS
|
Plataforma Zoom para la impartición de las sesiones telemáticas en directo de la actividad formativa
|
43,32 €
|
0
|
0,00 €
|
GASTOS TOTALES DE PERSONAL DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 3
|
1.559,20 €
|
GASTOS DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS
|
Desplazamientos del personal de la Fundación Jóvenes y Deporte
|
0,22 €
|
1110 km.
|
244,20 €
|
GASTOS TOTALES DE DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 3
|
244,20 €
|
GASTOS TOTALES DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA 3
|
1.803,40 €
|
GASTOS TOTALES DE LAS TRES ACTIVIDADES FORMATIVAS
|
5.326,76 €
|
GASTOS TOTALES DE OTROS GASTOS DIRECTOS DE LAACTIVIDAD FORMATIVA 3
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