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RESOLUCIÓN de 5 de agosto de 2024, de la Dirección Gerencia, por la que se modifica puntualmente la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de los Servicios Centrales del Organismo Autónomo.
DOE Número: 156
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 12 de agosto de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: servicio extremeño de salud
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Relaciones de puestos de trabajo.
Página Inicio: 40390
Página Fin: 40392
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TEXTO ORIGINAL
Las relaciones de puestos de trabajo (RPT) constituyen el instrumento técnico normalizado a través de los cuales las Administraciones Públicas ordenan, planifican, racionalizan y determinan la dotación de los recursos humanos de los que disponen para cumplir con la prestación de los servicios encomendados. Mediante ellas se precisan también los requisitos exigidos para el desempeño de cada puesto, así como sus características.
El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece en su artículo 74 que las Administraciones Públicas estructuran su organización a través de relaciones de puestos de trabajo y otros instrumentos organizativos similares que comprenderán, al menos, la denominación de los puestos, los grupos de clasificación profesional, los cuerpos o escalas, en su caso, a que estén adscritos, los sistemas de provisión y las retribuciones complementarias. Dichos instrumentos serán públicos.
En este mismo sentido, la Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura dispone en su artículo 33 que las relaciones de puestos de trabajo son el principal instrumento técnico mediante el cual las Administraciones Públicas ordenan sus puestos de trabajo, de acuerdo con los criterios de eficacia, eficiencia y racionalidad organizativa, debiéndose realizar a través de dichas relaciones la creación, modificación y supresión de puestos de trabajo.
El Decreto 37/2006, de 21 de febrero, por el que se regulan los instrumentos de ordenación de personal del Servicio Extremeño de Salud y la estructura de la plantilla de personal estatutario, en su artículo 7 atribuye a la Dirección Gerencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.l) de los Estatutos del Servicio Extremeño de Salud, la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo, así como sus modificaciones.
Mediante Resolución de 15 de mayo de 2015, de la Dirección Gerencia (DOE. n.º 94, de 19 de mayo), se aprobó la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de los Servicios Centrales del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud.
La presente modificación va dirigida a modificar las características de requisito de un puesto singularizado denominado de Jefe/a de Sección de Gestión Económica , dependiente de la Subdirección de Planificación Económica, en el sentido cambiar el requisito de experiencia de 2 años en Gestión Económica por el de 2 años en Gestión Administrativa.
De este modo, la presente modificación de la relación de puestos de trabajo va a hacer posible, en primer lugar, la cobertura inmediata del puesto implicado en la misma, que deben ser ocupados sin demora, de modo que el personal asignado cumpla el requisito para su desempeño y adecuar sus características a los cometidos y funciones que actualmente realizan.
Resulta asimismo de aplicación el artículo 3 del Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que se establecen criterios a seguir para la elaboración, modificación o actualización de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, en cuanto a lo que se refiere al contenido de las mismas.
En su virtud, esta Dirección Gerencia en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 4, apartado l) de los Estatutos del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud, aprobados por el Decreto 221/2008, de 24 de octubre (DOE n.º 210, de 30 de octubre) y una vez realizados todos los trámites exigidos por la normativa en vigor.
RESUELVE:
Primero. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal funcionario.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal funcionario de los Servicios Centrales del Organismo Autónomo, Servicio Extremeño de Salud, según figura en el anexo para modificación del puesto de trabajo que en el mismo se incluye.
Segundo. Efectos.
La presente resolución surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 5 de agosto de 2024.
(Resolución de 22/08/2022 DOE n.º 166 de 29/08),
El Director Gerente,
FÉLIX MIRANDA ÁLVAREZ

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