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ANUNCIO de 5 de agosto de 2024 por el que se da publicidad de las beneficiarias de las subvenciones concedidas en el ejercicio 2024 al amparo de la Resolución de 7 de diciembre de 2023 (DOE n.º 248, de 29 de diciembre), de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2024, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
DOE Número: 158
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 14 de agosto de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Ganadería. Ayudas.
Página Inicio: 40660
Página Fin: 40662
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
La Resolución de 7 de diciembre de 2023, tiene por objeto efectuar en la Comunidad Autónoma de Extremadura la convocatoria correspondiente al ejercicio 2024 de las ayudas establecidas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas, modificado por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo y Real Decreto 663/2023 de 18 de julio.
Estas ayudas, en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, están destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas contenidas en el anexo I Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo y se actualiza el Programa Nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.
Las asociaciones beneficiarias de estas ayudas, así como los requisitos que deben cumplir, vienen detallados en el apartado segundo de la citada Resolución. En el apartado tercero se detallan las actividades subvencionables: creación o mantenimiento de libros genealógicos y desarrollo del programa de cría.
La cuantía y compatibilidad de la ayuda queda establecida en el artículo 7 del Real Decreto 1625/2011
El apartado sexto de la citada resolución indica que las subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputa, beneficiarias, cantidades concedidas y finalidades de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Portal electrónico de la Junta de Extremadura, conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y, se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a los efectos de la publicidad en los términos previstos en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
El apartado sexto de la citada resolución indica que las subvenciones concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura y en la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura, dentro del Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, con indicación de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputa, beneficiarias, cantidades concedidas y finalidades de la subvención, conforme a lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el Portal electrónico de la Junta de Extremadura, conforme al artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y, se remitirán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones a los efectos de la publicidad en los términos previstos en el artículo 20.8.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
En cumplimiento de lo anteriormente expuesto, se procede a publicar en el listado anexo la relación de asociaciones indicando la ayuda concedida a cada una y cuya finalidad es subvencionar la creación o mantenimiento de libros genealógicos y desarrollo del programa de cría para el ejercicio 2024 por un importe total de sesenta y nueve mil, cuarenta y ocho euros (69.048,00 €) financiadas con cargo a la posición presupuestaria 120020000 G/312B/78000 TE31002005 20070044.
Mérida, 5 de agosto de 2024. El Jefe de Servicio de Producción Agrícola y Ganadera, PS, El Jefe de Sección de Ordenación de Sectores Agrarios, Instrucción 6/2016, EMILIO GONZÁLEZ BORNAY.
ANEXO
SOLICITANTE NIF AYUDA CONCEDIDA
Asociación Extremeña de Criadores de Caprino de Raza Verata G0631**** 25.599,00 €
Asociación Nacional de Criadores de Ganado Vacuno de Raza Blanca Cacereña G0626**** 18.143,00 €
Asociación de Criadores de Caprino de Raza Retinta G0640**** 4.537,00 €
Asociación de Criadores de Gallinas de Raza Extremeña Azul G0659**** 20.769,00 €

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