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RESOLUCIÓN de 9 de agosto de 2024, de la Dirección General del Ente Público Extremeño de Servicios Educativos Complementarios, por la que se resuelve el primer libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2024/2025.
DOE Número: 160
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 19 de agosto de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de educación, ciencia y formación profesional
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Educación.
Página Inicio: 40976
Página Fin: 41000
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Orden de 16 de mayo de 2024, por la que se regula el libramiento de fondos para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de Segundo Ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2024/2025 (DOE núm. 107, de 4 de junio de 2024), y en uso de las competencias que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Realizar un libramiento de fondos para para la dotación de libros de texto y de material escolar y didáctico a los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura que impartan enseñanzas de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Educación Especial, para el curso escolar 2024/2025, por un total de cinco millones trescientos ochenta y nueve mil doscientos euros con sesenta y siete céntimos de euro (5.389.200,67 €), los cuales se distribuirán de la siguiente forma:
Para material escolar y didáctico (Educación Infantil): Doscientos sesenta y un mil cuatrocientos ochenta euros (261.480,00 €), imputándose al ejercicio 2024, centro gestor 130090000, posición presupuestaria G/222G/22900, fondo CAG000001.
Para libros de texto: Cinco millones ciento veintisiete mil setecientos veinte euros con sesenta y siete céntimos de euro (5.127.720,67 €), de los cuales:
Un millón novecientos noventa y cuatro mil doscientos cuarenta y seis euros (1.994.246,00 €) se imputarán al ejercicio 2024, centro gestor 130090000, posición presupuestaria G/222G/22900 y fondo TE22001001.
Tres millones ciento treinta y tres mil cuatrocientos setenta y cuatro euros con sesenta y siete céntimos de euro (3.133.474,67 €) se imputarán al ejercicio 2024, centro gestor 130090000, posición presupuestaria G/222G/22900 y fondo CAG000001.
Segundo. Se trata de un primer acto de libramiento.
Contra la presente resolución, que es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse por los interesados, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación, tal y como disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. O bien podrá interponerse, directamente, en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, el correspondiente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Mérida. Todo ello, sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otro recurso que estimen procedente
Mérida, 9 de agosto de 2024.
(PD, Resolución de la Presidenta de 25/08/2023, DOE núm. 168,de 31 de agosto),
EDUCARDO VILLAVERDE TORRECILLA

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