RESOLUCIÓN de 8 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del periodo de audiencia e información pública en relación con el borrador de anteproyecto de Ley de reconocimiento de la Universidad Internacional para el Desarrollo UNINDE.
DOE Número: 160
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 19 de agosto de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de educación, ciencia y formación profesional
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 41018
Página Fin: 41018
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo previsto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, una vez elaborado el texto del anteproyecto de Ley de reconocimiento de la Universidad Internacional para el Desarrollo UNINDE,
RESUELVO:
Primero. Acordar la apertura de un periodo de audiencia e información pública por un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica interesada pueda examinar el texto del anteproyecto de ley indicado y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas. El texto del referido proyecto, junto con la documentación del expediente, estará a disposición de los interesados en la siguiente dirección de internet: http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/c-ecfp.
Segundo. Las alegaciones o sugerencias podrán presentarse a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: transparencia.univer@juntaex.es.
Mérida, 8 de agosto de 2024. El Secretario General, Por Suplencia, el Director General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, (Resolución de 25 de agosto de 2023, de la Consejera, DOE n.º 166, de 29 de agosto de 2023). PEDRO ANTONIO PEREZ DURAN.