RESOLUCIÓN de 12 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU para el desarrollo del Programa de Internacionalización de la Pyme Innovadora (2I).
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 3 de julio de 2024, el Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU para el desarrollo del Programa de Internacionalización de la Pyme Innovadora (2I), de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 12 de agosto de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA DE CARÁCTER PLURIANUAL A FAVOR DE EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU PARA EL DESARROLLO DEL PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PYME INNOVADORA (2I)
Mérida, 3 de julio de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, D. Juan Andrés Moreno Martín, Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado por Decreto 93/2023, de 28 de julio (DOE núm. 146, de 31 de julio), actuando en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, (DOE extraordinario núm. 3, de 16 de septiembre), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo; y por Resolución de 10 de agosto de 2023, del Consejero, por la que se delegan en la Secretaría General competencias en diversas materias y delegación de firma (DOE núm.157, de 16 de agosto), autorizado para la suscripción del presente convenio mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en su sesión del día 11 de junio de 2024.
De otra parte, D. Miguel Ángel Mendiano Calle, con D.N.I. número 44****64W , en nombre y representación de la sociedad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU , con N.I.F. n.º B06253488 y domicilio en Avenida José Fernández López, n.º 4, 06800 Mérida, en su condición de Consejero Delegado, cargo para el que fue nombrado mediante Acuerdo del Consejo de Administración de 13 de septiembre de 2023, elevado a público mediante Escritura de elevación de Acuerdos Sociales otorgada en Mérida el 19 de septiembre de 2023, ante el notario de Mérida Don Gonzalo Fernández Pugnaire, bajo el n.º 1.282 de su protocolo, e inscrita en el Registro Mercantil de Badajoz, al tomo 618, Folio 114º, Hoja BA-7782, Inscripción 52ª.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN:
Primero. La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, en virtud del Decreto de la Presidenta 16/2023 de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140 de 21 de julio de 2023), y del Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la misma, ejerce, entre otras, las competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor; así como las competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las de sociedad de la información y telecomunicaciones. Así mismo ejercerá las de política tecnológica de carácter corporativo y administración electrónica.
A tenor de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 3 del Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería, en el ámbito de las atribuciones previstas en el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio le corresponde la gestión de las competencias en materia de política económica, comercio exterior e inversiones, comercio interior, promoción y defensa de la competencia, y unidad de mercado, así como estadística.
Concretamente, y como dispone el apartado 6 del mismo artículo 3, en materia de comercio exterior corresponde a la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio el desempeño de las siguientes funciones:
a) La representación institucional de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital en los estamentos relacionados con el comercio exterior.
b) El apoyo y acompañamiento de la empresa extremeña en la formulación y búsqueda de financiación de proyectos de cooperación interempresarial en el exterior.
c) El fomento de la internacionalización de la economía extremeña a través de la implementación de instrumentos apropiados de apoyo en favor de las empresas, incluyendo la formación de técnicos en comercio internacional.
d) La creación, sostenimiento y gestión de mecanismos destinados a contribuir a la internacionalización del tejido empresarial extremeño, mediante el apoyo al desarrollo de sus estructuras comerciales para la exportación y el fomento de la inversión productiva en el exterior, así como para la atracción de inversión directa exterior que pueda contribuir al desarrollo y consolidación del tejido productivo extremeño.
Segundo. La Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de concentración empresarial pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, impulsó un proceso de coordinación de todas las medidas de atención y apoyo a las empresas que realiza el sector público empresarial, con el objetivo final de lograr la atención integral al empresario ubicado en Extremadura, optimizando los servicios, evitando solapamientos y cubriendo vacíos de gestión, con austeridad y visión de futuro.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, filial del Grupo Extremadura Avante, según el artículo 2 de sus estatutos sociales, tiene como objeto el servicio a los empresarios y al resto de agentes económicos que contribuyan al desarrollo económico y social de Extremadura, y el acompañamiento a la Junta de Extremadura para la ejecución de su política empresarial. En particular, apoyará a la Junta de Extremadura en el cumplimiento de las políticas que se generen para el impulso del emprendimiento, el fomento de la comercialización e internacionalización de la economía regional, la promoción de la innovación como herramienta de competitividad empresarial y cualquier otra que sean necesarias para el apoyo y crecimiento del sector empresarial de la región. La Sociedad propiciará la participación y colaboración con el conjunto de agentes que en Extremadura están implicados en el desarrollo de la iniciativa emprendedora, creación de empleo, innovación e investigación científica y tecnológica, y fomento del comercio tanto a nivel nacional como internacional de los agentes que operan en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El artículo 5.1 de la Ley 20/2010, de 28 de diciembre, de Concentración Empresarial Pública en la Comunidad Autónoma de Extremadura, prevé los recursos necesarios para el cumplimiento de los fines de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, entre los que se encuentran, conforme a la letra i) del mencionado apartado 1, las subvenciones y transferencias de cualesquiera Administraciones Públicas e Instituciones .
Tercero. La Estrategia de Internacionalización de la Economía Extremeña constituye el marco general de apoyo al comercio exterior regional. Con el objetivo general de establecer un marco de apoyo eficaz, ágil y flexible para impulsar y consolidar la internacionalización de la empresa extremeña, se marcan una serie de objetivos específicos, entre los que se encuentra favorecer un entorno de competitividad para la empresa extremeña internacional. Dentro del eje de intervención Innovación e internacionalización figura el Programa de Internacionalización de la Pyme Innovadora (2I).
Dicho programa pretende capitalizar y explotar en la dirección de los mercados exteriores, los resultados de los proyectos y actividades innovadoras llevados a cabo por la empresa extremeña innovadora, las start-up y spin-off. Este enfoque encuentra su base en el alineamiento de la estrategia de innovación de una empresa (productos mejorados o nuevos productos) con la estrategia de acceso al mercado seleccionado (canal y posición, precio, marketing), incluyendo la protección de patentes y los acuerdos de explotación o de cesión, y otras consideraciones de interés en favor de la capacitación e impulso de la empresa.
Las empresas innovadoras tienen un claro recorrido internacional ya que pueden ofrecer en los mercados internacionales productos o servicios altamente diferenciados, resultado de sus actividades de investigación y desarrollo tecnológico. Sin embargo, los productos y servicios basados en el conocimiento y la innovación suelen experimentar una fase de introducción más larga hasta alcanzar y posicionarse en mercados maduros que ya cuentan con un marco regulatorio cierto. Necesitan, por tanto, de servicios de apoyo a la internacionalización que contemple sus peculiaridades para garantizar un exitoso acceso a nuevos mercados geográficos, así como para defender la propiedad industrial que es la fuente de su competitividad. Requieren el acompañamiento, asesoramiento y seguimiento durante el recorrido óptimo para desarrollar, mejorar, posicionar y consolidar el producto o servicio innovador en nuevos mercados, o frente a nuevos desafíos.
Cuarto. La Ley 1/2024, de 5 de febrero de 2024, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, en el Anexo del proyecto de gastos de la Sección 14 Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, dentro del servicio 14003 Secretaría General de Economía y Comercio y programa 341A, contempla una transferencia específica a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, para la ejecución del programa 2I, por importe de 60.000 euros para las anualidades 2024, 2025, 2026 y 2027.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias específicas, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas por los citadas entidades que forman parte del Sector Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública.
A su vez, según el apartado 3 del artículo 45 de la Ley 1/2024, regula que:
Las transferencias específicas, que podrán tener carácter plurianual siempre que resulte necesario en virtud de la naturaleza del proyecto a realizar .
La necesidad del carácter plurianual en virtud de la naturaleza del proyecto, se establece en el objeto específico del convenio así como en la definición de las actividades, dado que su ejecución se instaura en fases articuladas en una identificación, selección, elaboración de un diagnóstico, capacitación, así como diseño de hoja de ruta para una posterior ejecución de plazo superior al año.
Por tanto, la financiación de las actividades se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 140030000G/341A/44000 y código 20240052 denominada 2022_EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU: PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA INNOVADORA (2I), financiado con fondos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por importe global de 240.000,00 €, para la ejecución del programa 2I, por importe de 60.000 euros para las anualidades 2024, 2025, 2026 y 2027.
Quinto. Por lo expuesto, la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital considera de interés establecer un convenio de colaboración con Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SL, mediante la formalización de un convenio cuya finalidad es el desarrollo del programa 2I en el periodo 2024-2027.
Mediante el presente convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el 45.3 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, según el cual, deberá formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago ajustada al 2I Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
Sexto. Para estos fines, con fecha 11 de junio de 2024, el Consejo de Gobierno de Extremadura autorizó la firma del presente convenio por el que se formaliza una transferencia específica favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, para la ejecución del programa 2I, por importe de 240.000,00 euros, distribuidos en 60.000,00 euros para cada una de las anualidades 2024, 2025, 2026 y 2027 respectivamente.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS:
Primera. Objeto del convenio.
El presente convenio tiene como objeto formalizar la transferencia específica a Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU para el desarrollo del Programa de internacionalización de la empresa innovadora (2I) en el periodo 2024-2027, con el objetivo de promover la internacionalización de la empresa extremeña innovadora y de acercar a los mercados exteriores los productos y servicios surgidos de las actividades de I+D+i realizados en el seno del sistema de innovación de Extremadura.
Segunda. Objetivo específico. Definiciones y actividades.
Objetivo específico: El objetivo específico del programa 2I es dar soporte, acompañar y capacitar a un total de 20 pequeñas y medianas empresas extremeñas innovadoras en su recorrido de internacionalización, distribuidas en dos procedimientos, cada uno de ellos compuestos por 10 empresas, mediante la definición y ejecución, en el periodo de vigencia del convenio, de una hoja de ruta que combine las estrategias de mejora de la competitividad (productos y/o servicios mejorados o nuevos productos), innovación y acceso a mercados internacionales específicos, incluyendo no sólo los aspectos de índole comercial, sino también relacionado con las mejoras, adaptaciones y explotación de derechos necesarios en nuevos mercados u orientadas a oportunidades de interés.
A los efectos de lo previsto en el presente convenio, se entenderá por:
— Matriz de actividades: El conjunto de actividades, operaciones y tareas clasificadas con orden lógico.
— Actividad: El conjunto de operaciones que tiene objetivos y tareas similares. Tienen la consideración de actividades en el marco de este convenio las siguientes:
A1. Identificación y selección de empresas participantes y productos/servicios: consiste en el diseño, desarrollo y ejecución de acciones destinadas a la promoción del programa 2I y a la captación de participantes para el mismo.
A2. Elaboración de diagnóstico estratégico de internacionalización de la empresa, en base al servicio, producto o proceso innovador y establecimiento de la estrategia 2I de cada empresa.
A3. Capacitación del equipo de la empresa en comercialización internacional de productos y servicios innovadores
A4. Diseño y elaboración de hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
A5. Ejecución y seguimiento de la hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
A6. Acciones de difusión del programa de internacionalización de la empresa innovadora.
— Pequeña y mediana empresa innovadora con potencial internacional: aquella que cumpla los siguientes requisitos:
PYME según la definición recogida en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión.
Disponga de un equipo de trabajo con los perfiles requeridos para la ejecución del proyecto.
Produzca o esté en condiciones de lanzar al mercado productos y servicios potencialmente comercializables en el exterior.
Tenga, al menos, predefinido el modelo de negocio, producto mínimo viable y plan de empresa.
Desarrolle una actividad preferentemente en las áreas de las RIS3.
— Producto o servicio potencialmente comercializable: El resultado de las actividades de investigación y desarrollo tecnológico llevado a cabo por la PYME innovadora, cuyo grado de madurez tecnológica sea 7 o superior, según la escala UE TRL (Technological Readiness Levels):
TRL (Technology Readiness Levels) o Niveles de Madurez Tecnológica
TRL 1: Principios básicos observados y reportados.
TRL 2: Concepto y/o aplicación tecnológica formulada.
TRL 3: Función crítica analítica y experimental y/o prueba de concepto característica.
TRL 4: Validación de componente y/o disposición de estos en un entorno de laboratorio.
TRL 5: Validación de componente y/o disposición de estos en un entorno relevante.
TRL 6: Modelo de sistema o subsistema o demostración de prototipo en un entorno relevante.
TRL 7: Demostración de sistema o prototipo en un entorno real.
TRL 8: Sistema completo y certificado a través de pruebas y demostraciones.
TRL 9: Sistema aprobado con éxito en entorno real.
— Ficha de empresa preseleccionada: La ficha lógica de identificación de las capacidades de la pyme innovadora seleccionada. La ficha puede contener, entre otros, los siguientes ítems:
Datos de la empresa.
Capacidad Comercial.
Equipo Humano
Capacidad tecnológica e Industrial.
Retos en materia de innovación, comercialización e internacionalización.
Alianzas internacionales establecidas.
Desafíos detectados para la internacionalización.
— Hoja de ruta 2I: Conjunto de operaciones a ejecutar por la PYME innovadora seleccionada para desarrollar la estrategia establecida. La hoja de ruta contiene los contenidos comunes descritos en el Anexo I, Actividad A4, incluyendo un cronograma de las operaciones a ejecutar en el espacio temporal que alcanza el convenio, así como las que la empresa debería desarrollar de manera autónoma con posterioridad.
— Informe de actividad: Documento que recoge la descripción de las actividades ejecutadas en el marco del convenio, con detalle de las principales operaciones y tareas desarrolladas, así como los resultados alcanzados.
— Operación: Acción singularizada en un itinerario concreto. Cada operación tiene una serie de tareas asignadas, unos plazos de ejecución definidos y un presupuesto estimado.
— Herramientas de ejecución: Los servicios, recursos, medios y materiales que sean necesarios prestar, contratar o adquirir para llevar a cabo las actividades y operaciones del convenio.
— Evaluación y certificación: El método de medición del grado de aprovechamiento de las actividades, así como de la capacitación obtenida en las operaciones.
— Indicador global de ejecución: El indicador de producto o cumplimiento expresado por el cociente entre el número total de operaciones ejecutadas (valor ejecutado) y el número total de operaciones del programa por anualidad (valor de origen).
Tercera. Financiación.
1. La financiación de las actividades del convenio para el desarrollo del Programa de Internacionalización de la Pyme Innovadora (2I), se llevará a cabo a través de una transferencia específica de carácter plurianual, por un importe global para el período 2024-2026 de 240.000,00 €, con el siguiente desglose por anualidades:
Posición Presupuestaria
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IMPORTES POR ANUALIDADES
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---|
Aplicación presupuestaria
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Denominación
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Fuente de financiación
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2024
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2025
|
2026
|
2027
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---|
140030000G/341A/4400020240052
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2022-EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES SLU:PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA INNOVADORA
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CA
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60.000,00 €
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60.000,00 €
|
60.000,00 €
|
60.000,00 €
|
TOTAL
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240.000,00 €
|
Para ello, la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, recoge una transferencia específica, en el anexo de proyectos de gastos de la Sección 14 Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y en el servicio 14003 Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU denominada “EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU: PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA INNOVADORA.
Sin perjuicio de la cobertura prevista en la precitada Ley 1/2024, para financiar las actividades en la primera anualidad, los importes previstos para las anualidades 2025,2026 y 2027 estarán supeditados a la oportuna cobertura presupuestaria reflejada en la Ley de Presupuestos correspondiente.
2. El desglose por actividades es el siguiente:
PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PYME INNOVADORA
|
---|
ACTIVIDADES
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2024
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2025
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2026
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2027
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A1. Identificación y selección de empresas.
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7.333,31 €
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-
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6.000,00 €
|
-
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A2. Elaboración de diagnósticos estratégicos de la empresa.
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13.000,00 €
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-
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11.000,00 €
|
-
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A3. Capacitación en comercialización internacional productos innovadores.
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21.000,00 €
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8.000,00 €
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19.000,00 €
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8.000,00 €
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A4. Diseño y elaboración de hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
|
-
|
10.000,00 €
|
-
|
10.000,00 €
|
A5. Ejecución y seguimiento de la hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
|
-
|
20.000,00 €
|
-
|
20.000,00 €
|
A6. Acciones de difusión
|
7.000,00 €
|
2.000,00 €
|
4.000,00 €
|
2.000,00 €
|
TOTAL
|
48.333,31 €
|
40.000,00 €
|
40.000,00 €
|
40.000,00 €
|
3. La ejecución de las actividades por parte de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, que son financiadas con cargo a esta transferencia, no generará ingresos en ningún caso.
Cuarta. Recursos humanos adscritos al convenio
1. Para la ejecución de las actividades del programa de internacionalización de la empresa innovadora, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU cuenta con medios materiales y técnicos suficientes para dar cobertura a las necesidades generales de las mismas, sin perjuicio de aquellos costes que se generan por la especial naturaleza de cada actividad en concreto, y que forman parte del objeto de la propia transferencia.
Se estiman los siguientes recursos humanos:
1 técnico a dedicación parcial. (826 horas)
PERSONAL IMPUTADO
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HORAS AÑO
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COSTE MENSUAL
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COSTE ANUAL
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---|
1 TÉCNICO
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826
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1.666,67 €
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20.000,00 €
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Se tendrán en cuenta los gastos por dietas y desplazamientos del trabajador imputado a la transferencia, así como otros gastos generales necesarios para el desempeño de las funciones del técnico.
2. Las relaciones laborales del técnico adscrito al convenio estarán comprendidas en el ámbito de aplicación del II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente o aquel que lo sustituya (en adelante, Convenio Colectivo Extremadura Avante) (Resolución de 18 de julio de 2018, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del II Convenio Colectivo para la empresa Extremadura Avante, SLU y sus sociedades filiales participadas mayoritariamente directa o indirectamente ) (DOE n.º 148, de 31 de julio de 2018), y en todo lo no previsto en el citado Convenio Colectivo, se estará a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores y demás disposiciones legales o reglamentarias que resultasen de aplicación.
Las actividades serán ejecutadas por personal técnico de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, adscrito al convenio, que no tendrán ninguna vinculación laboral con la Junta de Extremadura.
3. Se podrán contratar servicios externos necesarios para la ejecución de las actuaciones previstas, conforme a las instrucciones internas de contratación de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, y en cumplimiento de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Quinta. Obligaciones de las partes.
1. Mediante la firma de este convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU desarrollará el Programa para la Innovación e Internacionalización 2I, con arreglo al detalle de actividades y operaciones que figura en el Anexo I, observando para ello las instrucciones de justificación que figuran en el Anexo II.
2. La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital realizará las funciones de coordinación, organización y gestión integral, así como la supervisión y verificación de las actividades que en el ámbito del presente convenio sean desarrolladas por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Sexta. Ejecución del proyecto y forma de justificar las transferencias específicas.
Las actividades que financiar con cargo a esta transferencia específica deberán ser ejecutadas y abonadas entre el 1 de junio de 2024 y el 31 de diciembre de 2027 ambos incluidos.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pyme, SLU, ejecutará las actividades mencionadas en la cláusula segunda siguiendo el desglose de operaciones y costes que se detallan en el Anexo I e informará sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad que figuran también en dicho anexo.
No obstante lo anterior, podrán producirse desviaciones en los importes de cada una de las actividades y/u operaciones previstas para la realización de las mismas, limitadas siempre por el importe máximo previsto para cada anualidad. Sin perjuicio de lo anterior, se podrán celebrar adendas al presente convenio para modificar el contenido del mismo.
A estos efectos, no se entiende necesaria la formalización de adenda para el supuesto contemplado en párrafo anterior, cuando las posibles variaciones no superen el 20% del presupuesto entre cada una de las actividades. Todo ello respecto del importe previsto para cada anualidad y siempre que previamente sea acordado por la Comisión de Seguimiento.
3. La justificación de los gastos deberá realizarse conforme a las instrucciones indicadas en el anexo II del presente convenio y las medidas que garanticen su trazabilidad recogidas en el mismo (Cuadro resumen de actividades, Relación de facturas imputadas y justificantes de pago, Gastos de personal de cada trabajador imputado a la transferencia, Dietas y desplazamientos de cada trabajador imputado a la transferencia y Memoria del coste final).
4. Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actividades realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
Con respecto a la forma de justificación de los medios humanos asignados a las actividades del convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU establecerá un sistema de control cabal y trazable, permitiendo monitorizar el número de horas del técnico efectivamente imputables.
Asimismo, deberá conservar los expedientes y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las instrucciones indicadas en el anexo II del presente convenio, que estarán a disposición de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, de los órganos de fiscalización y control financiero durante un plazo de cinco años desde la finalización de la vigencia del convenio
Séptima. Pago y forma de justificación de las aportaciones dinerarias.
1. Esta transferencia específica tendrá una duración plurianual y los pagos de las mismas no se ajustarán a lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura ni a los plazos previstos en el artículo 3.2 c) del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005.
Los abonos correspondientes a cada una de las anualidades se efectuarán conforme a los siguientes criterios:
a) El primer 25% de la primera anualidad se abonará tras la firma del convenio.
b) Si a la firma del presente convenio o de las sucesivas adendas hubiera transcurrido más de un trimestre de la anualidad que proceda, podrá acumularse para su abono las cuantías siguientes, el 50% del importe de la anualidad si ha transcurrido al menos un trimestre, el 75% del importe de la anualidad si han transcurrido al menos dos trimestres, y el 100% del importe de la anualidad si han transcurrido al menos tres trimestres.
c) Para proceder al abono del primer 25% del importe correspondiente a la segunda anualidad, deberá haberse justificado previamente el 100%, o el porcentaje que resultará en función del grado de ejecución, de la anualidad anterior.
d) Cuando se aporte justificación correspondiente al primer 25% del importe de la transferencia específica, se procederá al abono del segundo 25% del importe total.
e) Cuando se aporte justificación de hasta el 50% del importe de la transferencia específica, se procederá al abono del tercer 25% del importe total.
f) Cuando se aporte justificación correspondiente de hasta el 75% del importe de la transferencia específica, se procederá al abono del último 25% del importe total.
En todo caso, las justificaciones a presentar por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a efectos de proceder al abono de los últimos anticipos de cada anualidad, deben presentarse antes del 10 de diciembre de cada año. No obstante, por motivos debidamente justificados y siempre que sea acordado por la Comisión de Seguimiento, se podrá ampliar este plazo hasta el 20 de diciembre de cada año.
2. Los últimos gastos pendientes de justificar se deberán presentar antes del día 31 de marzo del año siguiente al de la anualidad a justificar, conforme a las instrucciones que se adjunta como Anexo II de este convenio.
3. No obstante, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU podrá renunciar, siempre que esté suficientemente motivado, a los pagos que no se hayan realizado por parte de la Junta de Extremadura, mediante escrito dirigido al órgano gestor, manifestando que no va a ejecutar gasto por el importe anual de la transferencia, al que se acompañará una certificación del representante legal de la misma en la que conste el porcentaje máximo que va a ser ejecutado.
El centro gestor procederá a la anulación de los saldos de los compromisos de gastos correspondientes para esa anualidad. Presentada dicha renuncia, cualquier porcentaje de gasto realizado que supere al comunicado al centro gestor, será por cuenta Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Octava. Incumplimiento y reintegro.
1. Serán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU, la devolución, en su caso, total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas, más los intereses legales correspondientes, las siguientes:
a) No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actuaciones a ejecutar cada anualidad.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU.
c) La no adopción de las medidas de difusión y publicidad prevista en la cláusula décima.
d) La no realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) El incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio, así como las instrucciones del Anexo II.
2. El grado de incumplimiento se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se haya ejecutado o no se haya justificado correctamente conforme el Anexo II, requiriéndose que se ejecute al menos un 60% del importe de la transferencia para entender cumplido el objeto de ésta. Cuando el grado de ejecución sea inferior a este porcentaje, existirá incumplimiento total y dará lugar a la devolución íntegra de las cantidades percibidas del importe total de la transferencia para la anualidad correspondiente.
Igualmente, se considerará que el objeto específico del convenio ha sido incumplido, dando lugar al reintegro total de las cantidades percibidas más los intereses de demora, cuando el valor del indicador de ejecución o el de resultado no alcance el porcentaje de 80% y 50%, respectivamente.
No obstante lo anterior, si por circunstancias excepcionales no pudieran ser alcanzados los porcentajes anteriores, dichas circunstancias serán evaluadas en el seno de la Comisión de Seguimiento quien, previo informe justificativo, podrá fijar un porcentaje de ejecución mínima, que no podrá ser nunca inferior al 40% del importe de la transferencia y del 60% del valor anual del indicador global de ejecución.
3. Cuando la cantidad justificada sea inferior a la aportación económica percibida, el centro gestor solicitará mediante escrito, la devolución a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura indicando el importe no justificado. De no proceder a la devolución de la cantidad señalada antes de 10 días hábiles, se iniciará el procedimiento de reintegro con la exigencia del interés de legal correspondiente desde el momento del pago de la transferencia hasta la fecha en la que se ha acordado la procedencia del reintegro.
4. De no reintegrarse voluntariamente las cantidades que se determinen, se acudirá a la vía ejecutiva.
Novena. Comisión de Seguimiento.
1. Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y dos representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU designados por quienes suscriben el presente convenio.
2. El régimen jurídico de esta Comisión de Seguimiento será el establecido en la Sección 3ª, Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
3. La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a uno de los representantes de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.
4. La Comisión de Seguimiento tendrá entre otras las siguientes funciones:
a) Realizar el seguimiento de las actividades y operaciones ejecutadas en virtud de la presente transferencia, verificando su adecuada progresión hacia los objetivos establecidos anualmente.
b) Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio.
d) Informar sobre la posibilidad de renunciar, prevista en la cláusula séptima del presente convenio.
e) Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de las actividades tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU la disponibilidad de la información.
f) Establecer las normas internas de funcionamiento de la Comisión de Seguimiento, en concordancia con los Estatutos y normativa reguladora de las instituciones firmantes.
g) Elevar a los órganos superiores respectivos de las propuestas, informes o decisiones que exijan aprobación de los mismos.
h) Establecer nuevos porcentajes de ejecución mínima motivados por causas excepcionales.
i) Seleccionar las empresas participantes en el programa, tras la evaluación de las empresas preseleccionadas.
j) Cualesquiera otras conducentes al logro de los objetivos propuestos.
5. En el primer trimestre del año 2025 y sucesivos, la Comisión realizará una evaluación de las actividades ejecutadas en el ejercicio anterior, a la luz de los valores constatados de los indicadores de producto, y propondrá, si fuera preciso, los cambios que se estimen convenientes para una mejor ejecución del programa.
6. La Comisión se reunirá con la periodicidad que se acuerde, inicialmente con carácter semestral y en su caso, a instancia de cualquiera de las entidades que suscriben el presente convenio, debiendo comunicarlo a la otra parte con una antelación mínima de diez días, mediante escrito que contendrá el lugar, la fecha y los asuntos a tratar. Dichas reuniones podrán tener lugar en las instalaciones de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en las oficinas de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU. Dicha Comisión se constituirá dentro de los 30 días siguientes a la firma del presente convenio. Los acuerdos de la comisión se adoptarán por mayoría de votos, disponiendo el presidente de voto de calidad en caso de empate en las votaciones.
La Comisión de Seguimiento podrá también celebrar sus reuniones por vía telemática. A tales fines, el Secretario de la Comisión dispondrá de los medios necesarios y apropiados y organizará la celebración de las reuniones a distancia.
Décima. Eficacia y duración.
La eficacia del presente convenio se extiende desde su firma y estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2027, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 de la cláusula sexta.
Excepto acuerdo entre las partes, la finalización de los efectos del presente convenio no supondrá la extinción de las acciones que se estuvieran ejecutando a su amparo, debiéndose finalizar a plena satisfacción de la Junta de Extremadura. Asimismo, cualquiera de las partes podrá, en todo momento, formular denuncia escrita ante la otra con una antelación mínima de tres meses a la fecha en que desee dar por finalizado el presente convenio, sin perjuicio de lo recogido en el párrafo anterior sobre la terminación completa de las actividades que estén en ejecución.
Décimoprimera. Causas de resolución y efectos de la misma.
Serán causas de resolución del presente convenio:
a) El vencimiento del plazo de eficacia.
b) El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
c) La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
d) La denuncia del convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. En este caso, la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el convenio.
e) Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán ser realizadas hasta su completa finalización.
Decimosegunda. Modificación del convenio
Será necesario recurrir a la modificación del convenio mediante una adenda, para autorizar las siguientes variaciones:
— Ampliación o disminución del presupuesto global para el ejercicio o del presupuesto para todo el convenio.
— Modificación de las actividades previstas, por importe superior al 20% del presupuesto en este convenio conforme a lo dispuesto en la cláusula sexta.
Cualquier otra modificación del convenio que se realice con posterioridad a la suscripción del mismo deberá contar con la aprobación de la Comisión Mixta de seguimiento y requerirá el acuerdo de ambas partes.
Decimotercera. Publicidad.
La identificación de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica, de conformidad con las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en la correspondiente normativa.
Deberán cumplirse los requisitos establecidos en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura.
Decimocuarta. Régimen jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la citada LEY 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 (DOE n.º 26 de martes, 6 de febrero de 2024) y por lo tanto todas las cuestiones que se puedan plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, deberán resolverse de mutuo acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula octava del presente convenio.
Asimismo, estará sujeto a lo dispuesto en el Capítulo VI, del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad, las partes firman este convenio en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
El Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital,
P.A. Resolución de 10 de agosto de 2023 (DOE n.º 157, de 16 de agosto),
El Secretario General,
Juan Andrés Moreno Martín
El Consejero Delegado de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU
Miguel Ángel Mendiano Calle
ANEXO I
SERVICIOS REQUERIDOS Y ACTIVIDADES A REALIZAR
Uno. Transferencia específica
La cuantía total del presente convenio asciende a 240.000,00 euros, de carácter plurianual, con un importe de 60.000,00 euros en cada una de las anualidades 2024, 2025, 2026 y 2027.
El coste de las actividades previstas será imputado a la partida presupuestaria contenida en el Programa Comercio de calidad y artesanía extremeña con las siguientes clasificación y código de aplicación presupuestaria:
140030000G/341A/44000, código 20240052, denominada EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU: PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA EMPRESA INNOVADORA.
Dos. Actividades a realizar y métodos de realización.
Las actividades contenidas en el Programa de Internacionalización de la Pyme Innovadora (2I) objeto de esta transferencia persiguen los objetivos particulares que se enuncian a continuación y serán ejecutados siguiendo los métodos que se describen:
A1. Identificación y selección de empresas participantes y productos/servicios.
Descripción: Consiste en el diseño, desarrollo y ejecución de acciones dirigidas a la a la captación de posibles participantes para el mismo, así como a recabar información de cara a valorar su participación en el proyecto.
Beneficiarios y requisitos a cumplir: Podrán participar cuantas empresas estén interesadas en recibir información sobre el programa, no existiendo requisitos previos de asistencia.
Método de ejecución: Las acciones de identificación y sensibilización de empresas serán organizadas y ejecutadas por el personal de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU adscrito al convenio, así como a través de servicios externos.
a) Acciones de selección de empresas participantes: Se llevarán a cabo dos preselecciones de 15 empresas en cada uno de los procedimientos, una preselección en la anualidad 2024 y otra en la anualidad 2026. Se prevé la realización de contactos bajo cualquier tipo de formato, presencial, virtual o telefónico, de carácter individual o grupal, con el objetivo de transmitir el alcance del programa y recoger datos que permitan valorar la participación de cada empresa. Para la selección previa de las empresas participantes se tendrán en cuenta los requisitos descritos en la cláusula segunda del presente convenio, referidos a los criterios para consideración de pequeña y mediana empresa innovadora con potencial internacional que cuente con un producto o servicio potencialmente comercializable. Los datos recabados serán volcados en la denominada ficha de empresa preseleccionada.
b) Acciones y jornadas de información: La información sobre el programa 2I, los requisitos para poder optar al mismo, así como la solicitud y plazos de inscripción se implementará mediante la elaboración de piezas y anuncios informativos. Éstos, así como las convocatorias y cualquier otra información relacionada con el programa serán publicados en la web de www.extremaduraavante.es y en campañas de comunicación a través de redes sociales. Adicionalmente, en su caso, también serán objeto de publicación en las páginas web www.juntaex.es; www.extremaduraexporta.com, y www.extremaduraempresarial.juntaex.es/, así como en los canales informativos de la Universidad de Extremadura, Ayuntamientos, Diputaciones Provinciales, MIRE y asociaciones empresariales.
Asimismo, se prevé la asistencia a eventos, foros y certámenes con participación de empresas innovadoras para difundir el programa.
c) Sensibilización: se prevé la realización de distintas jornadas informativas a desarrollar ante asociaciones empresariales y colectivos profesionales relacionadas con comercio exterior. Las jornadas se podrán realizar tanto en formato presencial como virtual.
Operaciones específicas de la actividad: Esta actividad contempla las siguientes operaciones:
Nº de Jornadas (JS)
|
---|
Año
|
Nº de JS
|
IMPORTE
|
---|
2024
|
6
|
7.333,31 €
|
2025
|
-
|
-
|
2026
|
5
|
6.000,00 €
|
2027
|
-
|
-
|
A2. Elaboración de diagnóstico estratégico de internacionalización de la empresa, en base al servicio, producto o proceso innovador y establecimiento de la estrategia 2I de cada empresa.
Descripción: Esta actividad consiste en el diseño, desarrollo y ejecución de acciones dirigidas a analizar las capacidades del proyecto innovador tanto internas como externas, así como a definir sus objetivos, y las estrategias para alcanzar estos objetivos en un entorno internacional.
Beneficiarios y requisitos a cumplir: Podrán participar las 10 empresas seleccionadas de la preselección de la actividad anterior.
Método de ejecución: La acción de elaboración del diagnóstico estratégico de internacionalización será organizada y ejecutada por el personal de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU adscrito al convenio, así como a través de servicios externos especialistas en materia de comercio internacional y de desarrollo de negocios innovadores. La elaboración del diagnóstico estratégico se llevará a cabo en las anualidades 2024 y 2026.
Como resultado de la realización del diagnóstico de innovación e internacionalización, se pretende que las empresas obtengan los inputs necesarios para la realización de una hoja de ruta de internacionalización de la I+D+i que les permita:
Potenciar sus ventajas competitivas en el mercado en que opera.
Conocer y explotar las oportunidades del entorno internacional.
Orientar sus actividades de I+D+i al logro de los objetivos empresariales de internacionalización.
Optimizar y rentabilizar los recursos invertidos en I+D+i.
En el marco de definición del diagnóstico estratégico de internacional, se considera primordial la realización de las operaciones:
Análisis y definición de la estrategia empresarial, alineando las estrategias de innovación e internacionalización, estableciendo los retos tecnológicos, las capacitaciones y recursos necesarios, y los objetivos de internacionalización. Resulta fundamental identificar la propuesta de valor en el entorno tecnológico y comercial actual.
Fundamentalmente esta acción se desarrollará a través de la ejecución de contactos y reuniones tanto individuales como con los equipos de la empresa, bajo cualquier formato, incluyendo visitas y llamadas.
Análisis e identificación de mercados objetivo con potencial para la comercialización de la oferta innovadora de la empresa.
Esta operación se llevará a cabo de forma prioritaria a través de investigaciones, consultas e incluso experiencias tutorizadas a eventos o foros internacionales con el objetivo de analizar e investigar mercados internacionales y confirmar el potencial del proyecto en ellos.
El diagnóstico resultante contendrá información relativa a la información obtenida en el análisis realizado en materia de: selección de mercados objetivo, análisis de segmentos de cliente, definición de la estrategia de entrada, identificación de eventos promocionales, análisis de la potencialidad exportadora de los propios productos en consonancia con la capacidad productiva, grado de necesidad y motivación exportadora, así como necesidades de capacitación de los RRHH implicados en el proyecto.
Dentro de esta actividad se definen las siguientes operaciones:
Servicios de diagnósticos: (SD)
|
---|
Año
|
Nº de SD
|
IMPORTE
|
---|
2024
|
10
|
13.000,00 €
|
2025
|
-
|
-
|
2026
|
10
|
11.000,00€
|
2027
|
-
|
-
|
A3. Capacitación del equipo de la empresa implicado en materia de comercialización internacional de productos y servicios innovadores.
Capacitación para la internacionalización de la empresa innovadora compuesto por formación y asesoramiento con contenido adaptado a cada participante, además de contenidos comunes y/o sectoriales en función de las necesidades de las empresas participantes.
Descripción: Esta actividad tiene como objetivo capacitar y mejorar las habilidades del equipo de comercialización de la empresa participante en temas relacionados con la internacionalización de proyectos innovadores. Se pretende acompañar a los participantes en el proceso completo de acceso a mercados internacionales, a través de formación especializada, adaptada a sus necesidades de capacitación.
De cara a aumentar su potencial de crecimiento en mercados internacionales, minimizando errores y acortando el retorno de inversiones, se considera fundamental que los recursos humanos implicados cuenten con los conocimientos y habilidades necesarios para ejecutar de forma autónoma un plan de acción internacional en un entorno de proyectos innovadores.
Se plantea la ejecución de actividades formativas a medida de las necesidades del proyecto participante, con una metodología flexible para que, de manera tutorizada, se adquieran los conocimientos necesarios para la internacionalización del proyecto. En la capacitación será fundamental una aplicación práctica y realista, favoreciendo además el networking entre participantes y de éstos con otros proyectos o experiencias similares.
Beneficiarios y requisitos a cumplir: Empresas seleccionadas al Programa 2I.
Método de ejecución: El itinerario de capacitación en materia de comercialización internacional de productos y servicios innovadores se estructurará en dos fases diferenciadas y progresivas:
— Primera fase: formación transversal, común a todos los participantes, en la que se abordarán contenidos globales en materia de internacionalización de proyectos innovadores, con una metodología grupal. La duración de la primera fase comprenderá hasta un 50% de las horas previstas de dedicación por empresa.
Contenidos fase transversal: protección de la innovación; fiscalidad en la innovación; normativa; coolhunting; inversores y agentes claves; entidades y eventos de referencia; adaptación; alianzas; papel de la UE en la internacionalización de la i+d+i; vigilancia estratégica; selección de Mercados o desarrollo del Modelo de Negocio en proyectos de base tecnológica e innovadora, entre otros.
— Segunda fase: formación específica, individualizada, adaptada a las necesidades formativas específicas expresadas por parte de cada empresa participante, de cara a mejorar su capacitación en materias relacionadas con sus necesidades concretas de internacionalización en función de su sector de actividad y mercado al que dirija sus productos o servicios. Comprenderá, al menos, un 50% de las horas previstas de dedicación por empresa.
Contenidos fase específica: los contenidos formativos de la fase específica se adaptarán a las necesidades concretas de capacitación expresadas por parte de cada empresa participante, en materias relacionadas con la comunicación, plan de marketing internacional, acceso a mercados, entre otros.
Dicha capacitación tendrá las siguientes características:
— Nº de alumnos: 10.
— Carga horaria: Se prevé una carga horaria de la formación teórica en torno a 30 horas por empresa/alumno participante en el programa.
— Metodología: Mixta (individual y grupal), bajo formatos tanto virtuales como presenciales.
Los participantes estarán tutorizados por el personal de Extremadura Avante Servicios Avanzado a Pymes, SLU, quién velará por el buen funcionamiento de la formación, definirá las actuaciones y tareas a realizar, ofrecerá asesoramiento y formación de manera continuada revisando el cumplimiento de los objetivos.
Dentro de esta actividad se pueden definir las siguientes operaciones:
Capacitación Internacionalización I+D+i
|
---|
Año
|
Nº de cursos
|
IMPORTE
|
---|
2024
|
2
|
21.000,00€
|
2025
|
1
|
8.000,00€
|
2026
|
2
|
19.000,00€
|
2027
|
1
|
8.000,00€
|
A4. Diseño y elaboración de hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
Descripción: Esta actividad tiene como objetivo la elaboración de la hoja de ruta estratégica para cada empresa participante. Este documento debe describir de forma exhaustiva las acciones a acometer, de tal forma que acompañe y guie a los participantes en su proceso de acceso a mercados internacionales y que abarque desde la identificación de oportunidades, hasta la ejecución de estrategias específicas de acceso.
Beneficiarios y requisitos que cumplir: Empresas adheridas al Programa 2I.
Método de ejecución: la actividad de diseño y elaboración de la hoja de ruta estratégica de internacionalización aunará acciones de asesoramiento y formación, en la que se tratarán aspectos concretos de los proyectos innovadores participantes, en función de los mercados a los que se dirige y sobre todo de sus recursos y objetivos a alcanzar.
Esta actividad se ejecutará una vez elaborado el diagnóstico estratégico de internacionalización de la empresa. La hoja de ruta estratégica abordará, entre otros, los siguientes aspectos:
— Análisis de mercados y selección de destinos en base al diagnóstico previo realizado en A2.
— Definición de objetivos estratégicos.
— Investigación de mercado y competidores, así como del entorno innovador: cumplimiento de normativas, estrategias de distribución y logística, etc.
— Desarrollo de estrategia de marketing y ventas para entrada al mercado: comunicación y alineación de estrategia omnicanal. Definición de acciones concretas de acceso.
— Cronograma e hitos
— Monitoreo y adaptación.
Dentro de esta actividad se definen las siguientes operaciones:
Servicios de diseño y elaboración HR
|
---|
Año
|
Nº de acciones
|
IMPORTE
|
---|
2024
|
-
|
-
|
2025
|
10
|
10.000,00€
|
2026
|
-
|
-
|
2027
|
10
|
10.000,00€
|
A5. Ejecución y seguimiento de la hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
Descripción: Esta actividad tiene como objetivo facilitar y acompañar en el desarrollo de la hoja de ruta estratégica elaborada en la fase previa para cada empresa. Se pretende poner en práctica las acciones incluidas en la hoja de ruta por parte de cada empresa con el objetivo de maximizar su beneficio empresarial y acelerar el proceso de innovación e internacionalización en la ejecución, una vez ha sido consensuada y aceptada por su parte.
Beneficiarios y requisitos a cumplir: Empresas adheridas al Programa 2I que hayan elaborada la hoja de ruta estratégica de la actividad anterior.
Método de ejecución: Esta actividad podrá llevarse a cabo a través de una combinación de metodologías (presencial, on-line, virtual síncrona, mixta), estando entre las posibles acciones: visitas a ferias internacionales, congresos o eventos de referencia, visitas a experiencias o testimonios de éxito, reuniones en destino con potenciales clientes, partners o inversores, entre otros. La modalidad preferencial para este tipo de operaciones será la individual, si bien podrá existir algún caso que, por el mercado o casuística, se requiera realizar la operación de manera grupal. En cualquier caso, todas las operaciones estarán tutorizadas por personal técnico de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes SLU.
Las acciones anteriormente enumeradas se concretarán en apoyos para la empresa participante en desplazamientos, alojamiento, soporte logístico y técnico en destino, o acceso a eventos de carácter internacional, entre otros.
Dentro de esta actividad se pueden definir las siguientes operaciones:
Ejecución de la Hoja de Ruta
|
---|
Año
|
N.º de acciones ejecutadas
|
IMPORTE
|
---|
2024
|
-
|
-
|
2025
|
5
|
20.000,00 €
|
2026
|
-
|
-
|
2027
|
5
|
20.000,00 €
|
A6. Acciones de difusión (AD).
Descripción: Aquellas relacionadas con el diseño y construcción de imagen de marca del programa para ejercer de forma adecuada en los diferentes medios acciones publicitarias; que propicie la identificación del programa entre el público objetivo, en sintonía con los objetivos perseguidos por el mismo.
Las acciones de difusión pueden realizarse tanto en medios convencionales (prensa escrita, radio y televisión y soportes publicitarios), como en medios digitales. Pueden tratarse de campañas u operaciones puntuales. Pueden ser ejecutadas en forma de operaciones genéricas, o como soporte a operaciones de otras actividades de los programas.
Beneficiarios y requisitos que cumplir: Son beneficiarios las empresas extremeñas que participan en el programa objeto de las acciones de difusión.
Método de ejecución: Esta actividad se llevará de modo transversal en todas la anualidades del convenio, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU contratará con terceros los espacios y servicios necesarios para la ejecución de las operaciones de esta actividad. Asimismo, se encargará de la coordinación, supervisión y seguimiento de los servicios contratados.
También podrán desarrollarse acciones promocionales y de difusión en medios tanto físicos como virtuales, como campañas en redes sociales, inserciones publicitarias, o elementos físicos de promoción, anuncios publicitarios publicados en la web de www.extremaduraavante.es, en su caso, en www.extremaduraexporta.com, y en las redes sociales.
Las operaciones previstas por anualidad son las siguientes:
Acciones de difusión
|
---|
Año
|
Nº
|
IMPORTE
|
---|
2024
|
3
|
7.000 €
|
2025
|
1
|
2.000 €
|
2026
|
2
|
4.000 €
|
2027
|
1
|
2.000 €
|
Tres. Recursos humanos adscritos al convenio.
1. Para la ejecución de las actividades del programa de internacionalización de la empresa innovadora, Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU cuenta con medios materiales y técnicos suficientes para dar cobertura a las necesidades generales de las mismas, sin perjuicio de aquellos costes que se generan por la especial naturaleza de cada actividad en concreto y que forman parte del objeto de la propia transferencia.
Se estiman los siguientes recursos humanos:
1 técnico a dedicación parcial. (826 horas)
PERSONAL IMPUTADO
|
HORAS AÑO
|
COSTE MENSUAL
|
COSTE ANUAL
|
---|
1 TÉCNICO
|
826
|
1.666,67 €
|
20.000,00 €
|
Las actividades serán ejecutadas por personal técnico de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, adscrito al convenio, que no tendrán ninguna vinculación laboral con la Junta de Extremadura.
2. Los medios humanos que Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, asignará al presente convenio responderán al siguiente perfil profesional:
Perfil: Técnico con titulación universitaria con experiencia en internacionalización, perteneciente al Grupo I, nivel de experiencia IV, como mínimo.
PERFIL
|
---|
Técnico con titulación universitaria con experiencia en internacionalización y conocimiento sobre empresas innovadoras pertenecientes al tejido empresarial extremeño.
|
Técnico del Grupo I, nivel de experiencia VI, como mínimo.
|
3. Las principales funciones a desempeñar por el personal imputado a la actividad, entre otras, serán:
— Desarrollar las acciones necesarias para poner en marcha el programa internacionalización de la empresa innovadora.
— Desarrollar las acciones necesarias para la ejecución de las distintas actividades
— Recabar información sobre el perfil innovador de las empresas.
— Tutorización formativa de los participantes.
— Seguimiento de las acciones a realizar por parte de las empresas.
— Orientar al participante para la elaboración de los distintos entregables y pruebas evaluables.
— Organizar las actividades formativas complementarias de las distintas actividades.
Cuatro. Entregables e indicadores
N.º Entregable
|
Título del Entregable
|
Actividad
|
---|
1
|
Fichas de empresas preseleccionadas.
|
1. Identificación y selección de empresas participantes y productos/servicios.
|
2
|
Informes de diagnóstico de internacionalización.
|
2. Elaboración de diagnóstico estratégico de internacionalización de la empresa, en base al servicio, producto o proceso innovador y establecimiento de la estrategia 2I de cada empresa.
|
3
|
lnforme de actividad de capacitación.
|
3. Capacitación del equipo de la empresa en comercialización internacional de productos y servicios innovadores.
|
4
|
Hojas de ruta estratégica.
|
4. Diseño y elaboración de hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
|
5
|
lnforme de actividad de ejecución de la hoja de ruta estratégica.
|
5. Ejecución y seguimiento de la hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
|
6
|
Informe sobre acciones de difusión ejecutadas
|
6. Acciones de difusión del programa de internacionalización de la empresa innovadora
|
Indicadores de ejecución.
Indicador de producto
|
2024
|
2025
|
2026
|
2027
|
---|
VO
|
VEM
|
VO
|
VEM
|
VO
|
VEM
|
VO
|
VEM
|
---|
Nº de operaciones
|
21
|
16
|
18
|
14
|
19
|
15
|
18
|
14
|
Indicadores de resultados.
Actividad
|
Indicador
|
2024
|
2025
|
2026
|
2027
|
---|
A1
|
N.º de empresas con potencial para ser seleccionadas para el programa.
|
15
|
-
|
15
|
-
|
A2
|
Nº de empresas seleccionadas
|
10
|
-
|
10
|
-
|
A3
|
N.º de participantes en capacitación.
|
10
|
10
|
10
|
10
|
A4
|
N.º de hojas de ruta elaboradas.
|
-
|
10
|
-
|
10
|
A5
|
N.º de hojas de ruta ejecutadas
|
-
|
10
|
-
|
10
|
A6
|
Nº de empresas impactadas
|
60
|
30
|
60
|
30
|
Cinco. Cronograma de ejecución de las actividades del programa.
Actividad
|
Contenido
|
Tareas
|
Estimación temporal
|
---|
A1
|
Fichas de empresas preseleccionadas.
|
A1. Identificación y selección de empresas participantes y productos/servicios.
|
M1-M3M20-M24
|
A2
|
Informes de diagnóstico y recomendaciones.
|
A2. Elaboración de diagnóstico estratégico de internacionalización de la empresa, en base al servicio, producto o proceso innovador y establecimiento de la estrategia 2I de cada empresa.
|
M4-M7M25-M28
|
A3
|
Informe de actividad de capacitación.
|
A3. Capacitación del equipo de la empresa implicado en materia de comercialización internacional de productos y servicios innovadores.
|
M5-M9M28-M33
|
A4
|
Hojas de ruta estratégica.
|
A4. Diseño y elaboración de hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
|
M10-M13M34-M37
|
A5
|
Informe de actividad de ejecución Estratégica.
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A5. Ejecución y seguimiento de la hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
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M14-M19M38-M43
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A6
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Informe de acciones de difusión
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A6. Acciones de difusión del programa de internacionalización de la empresa innovadora
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M1-M19M20-M43
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Seis. Presupuesto.
El presupuesto de las actividades por anualidad, incluyendo los costes de personal necesarios para su ejecución, se detalla en la siguiente tabla:
PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PYME INNOVADORA
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ACTIVIDADES
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2024
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2025
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2026
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2027
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A1. Identificación y selección de empresas.
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7.333,31 €
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-
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6.000,00 €
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-
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A2. Elaboración de diagnósticos estratégicos de la empresa.
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13.000,00 €
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-
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11.000,00 €
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-
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A3. Capacitación en comercialización internacional productos innovadores.
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21.000,00 €
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8.000,00 €
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19.000,00 €
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8.000,00 €
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A4. Diseño y elaboración de hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
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-
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10.000,00 €
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-
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10.000,00 €
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A5. Ejecución y seguimiento de la hoja de ruta estratégica de internacionalización de la empresa innovadora.
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-
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20.000,00 €
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-
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20.000,00 €
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A6. Acciones de difusión
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7.000,00 €
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2.000,00 €
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4.000,00 €
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2.000,00 €
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Subtotal
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40.000,00 €
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40.000,00 €
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40.000,00 €
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40.000,00 €
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RECURSOS HUMANOS
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2024
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2025
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2026
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2027
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Técnico
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11.666,69 €*
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20.000,00 €
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20.000,00 €
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20.000,00 €
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TOTAL
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60.000,00 €
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60.000,00 €
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60.000,00 €
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60.000,00 €
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*Se corresponde con 7 meses de ejecución.
ANEXO II
INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA
Con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional; siendo preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, memoria de actividades y detalle de las operaciones, que implica el desglose pormenorizado de los recursos humanos y materiales, cuantificados económicamente, el suministro de documentación en ficheros electrónicos y el cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad, se establecen, a tales efectos, las presentes instrucciones que reflejan las pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento para Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Primera. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU llevará una contabilidad y facturación pormenorizada de los gastos incurridos. Las cuentas y justificaciones deberán estar soportadas, como mínimo, en registros contables separados o códigos contables específicos que faciliten la justificación y control de estos fondos.
Asimismo, deberán conservar los expedientes de contratación y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las presentes instrucciones, que estarán a disposición de la Consejería Economía, Empleo y Transformación Digital de los órganos de fiscalización, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Toda la documentación original acreditativa de los gastos y pagos realizados (contratos, facturas, justificantes de pago y demás documentación que resulte exigible de conformidad con la normativa aplicable), será recabada y custodiada por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
1. Documentación justificativa a presentar por Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU.
Para la justificación de los gastos y pagos realizados, en lugar de la documentación en soporte original, se deberá presentar la siguiente documentación:
a) Memoria económica y certificados:
La memoria económica, firmada y sellada en todas sus hojas por el representante legal de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, donde se especifiquen los gastos realizados y los pagos asociados, incluidos los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social y los realizados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ordenados conforme a la naturaleza del gasto. Dicha memoria, se remitirá a la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio, en fichero electrónico.
La memoria económica contendrá un certificado del representante legal de la entidad de acuerdo con el Anexo 1, acompañado del Anexo 2: CUADRO RESUMEN DE ACTUACIONES DE LA TRANSFERENCIA, entendida como operación de pago, con identificación de los gastos según su naturaleza conforme al modelo de certificado.
Adicionalmente al cuadro resumen, y después de éste, se relacionarán los gastos y pagos de forma pormenorizada, conforme al ANEXO 3: RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO.
Referente al personal imputado a la transferencia, se justificará mediante certificado conforme al ANEXO 4: GASTOS DE PERSONAL IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA. Del mismo modo, para dejar evidencia suficiente del coste de personal, se aportarán los documentos acreditativos del trabajo realizado individualizado por cada trabajador imputado a la transferencia, firmado por el trabajador y el responsable del área, conforme al ANEXO 5: PARTES DE TRABAJO DEL PERSONAL IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
Con relación a la liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad y precisión el objeto o realización de la actividad que motivan el gasto, conforme al ANEXO 6: DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
En los costes del personal que desarrolle sus funciones en varios proyectos/actividades, se deberá especificar las tareas realizadas y el tiempo dedicado a las mismas, así como el criterio para su correcta imputación al programa 2I, proporcionando evidencias relativas a la dedicación efectiva.
b) Memoria técnica:
Contendrá la descripción pormenorizada de las actividades realizadas con desglose de las operaciones ejecutadas (reuniones, eventos, foros, jornadas, misiones, etc.), así como los objetivos perseguidos en cada una de estas, acompañada de la información documental y gráfica producida. Todo ello sin perjuicio de la documentación original que pudiera requerir el órgano gestor en el momento de la justificación para aclaración de esta.
La fecha límite para presentar la memoria técnica será el 31 de marzo de cada anualidad, tal y como se establece en la cláusula quinta del convenio.
2. Formas de pago.
Los pagos se realizarán por alguna de las modalidades que se indican a continuación:
— Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
— Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del documento de gasto.
— Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido efectivamente pagada.
— Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
— Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento de gasto.
— Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado, sellado por la autoridad bancaria. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), deberán desglosar los pagos efectuados donde pueda identificarse el gasto en cuestión. Dicho desglose deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el importe reflejado en el pago agrupado).
Los gastos salariales se realizarán de acuerdo con la normativa en materia de cotizaciones a la Seguridad Social, de conformidad con los grupos de cotización que correspondan y de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Facturas.
Los gastos se deben justificar con facturas oficiales, así como documentos de contabilidad y apoyo con valor probatorio equivalente. En todo caso las facturas deberán cumplir lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Una vez realizado el servicio o entregado el suministro o la obra correspondiente, para que la factura emitida pueda ser conformada por el responsable de la entidad ha de reunir siempre los siguientes requisitos:
— Ha de ser emitida a favor de la entidad que ha contratado el servicio, suministro o la obra.
— Ha de ser original y contener las siguientes indicaciones:
El N.I.F. de la entidad contratante.
El nombre de la empresa y N.I.F.
Fecha.
Número de factura.
Identificación del objeto de la factura claramente asociado a la actividad de que se trate
Detalle de si el I.V.A. está incluido o fraccionado.
— Gastos de viaje y estancia: La documentación acreditativa de gastos de viaje y estancia del personal adscrito al proyecto será la siguiente:
Hoja de gastos de viaje y estancia y hoja de liquidación de gastos de viaje y estancia.
Billetes de avión, tren, autobús.
Tarjetas de embarque.
Documentación que acredite cálculo del kilometraje.
Factura de agencia de viajes y prueba de pago (en este caso deberá especificarse el número de persona y días de estancia, así como los conceptos objeto del gasto. Es imprescindible que junto a la factura se custodie por la entidad los documentos que acrediten la realidad de los servicios, tales como certificado de estancia en hotel, tarjetas de embarque, billetes, etc.)
Factura de hotel y prueba de pago.
Recibos de transporte local, en su caso.
Trabajos realizados por otras empresas: si se contratase un servicio externo, se solicitará fotocopia de las facturas, en cuyo original deberá incluirse que el concepto imputado corresponde a la transferencia otorgada y el justificante bancario que acredite su pago o identificación de la persona que haya recibido el dinero en efectivo. En el caso de que el importe del servicio externo supere los 15.000 euros, deberán presentarse memoria explicativa del procedimiento de licitación seguido y motivar su adjudicación.
ANEXO 1
CERTIFICADO DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES
(Justificación N.º)
D. con DNI n.º, actuando en representación de la entidad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU certifica:
— Que los gastos indicados en el Anexo de actuaciones se corresponden con las actividades recogidas en el convenio de la aportación económica a favor de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para financiar la realización del Programa para la innovación e internacionalización (2I) para las anualidades 2024-2027.
— Que la relación de los importes que se detallan en el documento Anexo V de actuaciones, firmado por el representante legal de la entidad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, se encuentran efectivamente pagados y que los documentos necesarios para llevar a cabo de forma adecuada las distintas actuaciones a que se refieren dichos importes se encuentran en poder de la entidad Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, a disposición de la Consejería, así como de los órganos de fiscalización y control financiero.
Y para que así conste, firmo el presente certificado;
En Mérida, a XX de XX de 202X
El/La representante legal de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU
Fdo.:
ANEXO 2
CUADRO RESUMEN DE ACTUACIONES DE LA TRANSFERENCIA
D........................ con DNI ……….. y actuando en calidad de (representante legal) y D……………… con DNI… (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital al amparo del convenio PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PYME INNOVADORA, ha sido destinada a la realización de las actividades fijadas para la anualidad 2024-2027. Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTIVIDAD
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COSTE TOTAL
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1ª JUSTIFICACIÓN
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2ª JUSTIFICACIÓN
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3ª JUSTIFICACIÓN
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4º JUSTIFICACIÓN
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Actividad 1.
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Actividad 2.
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Actividad 3.
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Actividad 4.
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Actividad 5.
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TOTAL
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En , a de de.
Fdo.
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Fdo.
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Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda)
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(Nombre/s y apellidos del/los auditor interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
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ANEXO 3
RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO (DESGLOSAR POR ACTUACIONES Y CONCEPTOS)
D........................ con DNI ……….. , actuando en calidad de (representante legal) de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU Servicios Avanzados a la Pyme, S.L.U., y D……………… con DNI…………….. (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifican que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital al amparo del convenio PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PYME INNOVADORA, ha sido destinada a la realización de las actividades fijadas para la anualidad 202... Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
DATOS DE LAS FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGOS IMPUTADOS
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Nº ORDEN
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FECHA FACTURA
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Nº FACTURA
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PROVEEDOR
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C.I.F. PROVEEDOR
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CONCEPTO DESGLOSADO DE FACTURA
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IMPORTE IMPUTADO
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FORMA DE PAGO(*)
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ENTIDAD BANCARIA ORIGEN PAGO
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Nº CUENTA ORIGEN PAGO
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ENTIDAD BANCARIA DESTINO PAGO
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Nº CUENTA DESTINO PAGO
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TITULAR CUENTA DESTINO PAGO
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FECHA VALOR PAGO
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TOTAL
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(*) Transferencia bancaria, adeudo por domiciliación, etc. En caso de cheque o pagaré se deberá identificar el número.
Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU SERVICIO AVANZADOS A PYMES, SLU.
En, a de de.
Fdo.
|
Fdo
|
Nombre/s y apellidos del/los representantes/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda)
|
(Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
|
ANEXO 4
GASTOS DE PERSONAL DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
D........................ con DNI ……….. , actuando en calidad de (representante legal) de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU Servicios Avanzados a la Pyme, S.L.U., y D……………… con DNI…………….. (auditor-interventor o persona que fiscalice gastos) certifican que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital al amparo del convenio PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PYME INNOVADORA, ha sido destinada a la realización de las actividades fijadas para la anualidad 202... Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTIVIDAD:
Nº Orden
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Nombre y Apellidos
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NIF
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Grupo Cotización
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Grupo Profesional
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Función
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Mes
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Importe Bruto
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P.P. Paga Extra
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Coste Seguridad Social
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Total
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Grado Imputación (%)
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TOTAL IMPUTADO
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Forma pago (*)
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Nº Cta. origen Pago (Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU)
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Nº Cta. Destino del trabajador
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FECHA VALOR PAGO
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(*) Transferencia bancaria, adeudo por domiciliación, etc. En caso de cheque o pagaré se deberá identificar el número.
Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU SERVICIO AVANZADOS A PYMES, SLU.
En , a de de.
Fdo.
|
Fdo.
|
Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda)
|
(Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
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ANEXO 5
DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA
D........................ con DNI ……….., actuando en calidad de (representante legal) de Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, con C.I.F................ certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital al amparo del presente convenio PROGRAMA DE INTERNACIONALIZACIÓN DE LA PYME INNOVADORA ha sido destinada a la realización de las actividades fijadas para la anualidad 20.... Los gastos imputados y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
ACTIVIDAD:
FECHA
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NOMBRE Y APELLIDOS
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NIF
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IMPORTE TOTAL
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GRADO DE IMPUTACIÓN (%)
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TOTAL IMPUTADO
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OPERACIÓN:
Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de EXTREMADURA AVANTE SERVICIOS AVANZADOS A PYMES, SLU SERVICIO AVANZADOS A PYMES, SLU.
En , a de de.
Fdo.
(Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda)
A continuación, se relacionan como anexos el desglose de gastos en dietas y desplazamientos imputados a la trasferencia, previamente relacionados:
FECHA: NOMBRE Y APELLIDOS: NIF: TRANFERENCIA ESPECÍFICA:
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DEPARTAMENTO: UNIDAD: GRADO IMPUTACIÓN:
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GASTOS
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LIQUIDACION IMPORTE
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FECHA
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ORIGEN
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DESTINO
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CONCEPTO
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FINALIDAD
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Km (Vehículo propio)
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IMPORTE GASTO KILOMETRAJE (0.24 €Km)
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IMPORTE DEL GASTO INCURRIDO
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subtotal
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Importe exento
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Importe sujeto a retención
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|
|
En , a de de.
Fdo.
|
Fdo.
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Nombre/s y apellidos del/los representante/s legal/es y sello de la empresa o de la entidad, según proceda)
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(Nombre/s y apellidos del/los auditor-interventor o persona que fiscalice gastos de la entidad, según proceda)
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ANEXO III
Para la transferencia específica recogida en el presente convenio Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU Servicios Avanzados a la Pyme, S.L.U, está obligada a cumplir con todos los requisitos específicos que se enumeran en este documento:
a. Mantener un sistema de contabilidad diferenciado para todas las transacciones relacionadas con las actuaciones, contando, al menos con una codificación contable adecuada que permita identificar claramente dichas transacciones y su trazabilidad.
b. Conservar la documentación original, incluidos los documentos electrónicos, justificativos de la actuación realizada y la aplicación de los créditos recibidos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
c. Aplicar las medidas de análisis del riesgo y prevención del fraude propuestas por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
d. Los beneficiarios deberán cumplir lo establecido en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas por la Junta de Extremadura y lo dispuesto en materia de publicidad en el Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de junio de 2021, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura, así como las normas financieras para dichos Fondos y para el Fondo de Asilo, Migración e Integración, el Fondo de Seguridad Interior y el Instrumento de Apoyo Financiero a la Gestión de Fronteras y la Política de Visados.
e. Utilizar el sistema de registro y almacenamiento de datos de cada operación propuesto por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y garantizar que esos datos se recojan, registren y almacenen en dicho sistema.
El beneficiario deberá informar sobre el nivel de logro de los indicadores de productividad al mismo tiempo que justifica gastos para ser declarados en solicitudes de reembolso.
f. Registrar la información relativa a todas las actuaciones y a cada una de las personas sobre las que se ha actuado en el repositorio común que, a tal efecto, la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital ponga a disposición de los beneficiarios, en la forma que en cada momento señale dicha Autoridad, con el fin de poder medir el resultado real de las actuaciones y su impacto. En el cumplimiento de esta obligación deberá respetarse en todo caso lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
g. Aceptar su inclusión en una lista pública de operaciones, que será objeto de publicación electrónica o por otros medios.
h. Someterse a cualesquiera otras actuaciones de comprobación y control financiero que realice la Junta de Extremadura, así como, el Tribunal de Cuentas, aportando para ello cuanta información le sea requerida.
i. Colaborar con la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital en la elaboración de los informes de ejecución anual y final correspondientes.
j. Garantizar que se dispondrá de datos de los destinatarios últimos de las actuaciones a nivel de microdato, así como que se podrá realizar un adecuado seguimiento del cumplimiento de los indicadores de resultados.
k. Cumplir con los requisitos que en materia de igualdad de oportunidades, medio ambiente e innovación social se establezcan en las normativas vigentes.