ANUNCIO de 19 de agosto de 2024 por el que se somete a información pública la solicitud de la modificación sustancial de la autorización ambiental unificada de la industria alimentaria de Frutícola Castillo, SL, ubicada en el término municipal de Don Benito. Expte.: AAU24/091.
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura se comunica al público en general que la solicitud de la modificación sustancial de la autorización ambiental unificada (AAU) de la industria alimentaria de Frutícola Castillo, SL, ubicada en el término municipal de Don Benito (Badajoz), podrá ser examinada, durante el plazo de veinte días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de la avda. Valhondo, s/n., de Mérida, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención y Calidad Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
La industria alimentaria de Frutícola Castillo, SL, ubicada en el término municipal de Don Benito (Badajoz), contempla una actividad industrial incluida en la siguiente categoría 3.2.b) del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, relativa a instalaciones para tratamiento y transformación, diferente al mero envasado, de las siguientes materias primas, tratadas o no previamente, destinadas a la fabricación de productos alimenticios o piensos a partir de materia prima vegetal, sea fresca, congelada, conservada, precocinada, deshidratada o completamente elaborada, de una capacidad de producción de productos acabados igual o inferior a 300 toneladas por día o 600 toneladas por día en caso de que la instalación funcione durante un periodo no superior a 90 días consecutivos en un año cualquiera, y superior a 20 toneladas por día .
Los datos más relevantes del proyecto son:
Actividad.
La industria alimentaria de Frutícola Castillo, SL, ubicada en el término municipal de Don Benito (Badajoz), cuenta con autorización ambiental unificada otorgada por la Dirección General de Medio Ambiente, mediante Resolución de 25 de julio de 2014, publicada en el DOE n.º 160, de 20 de agosto de 2014.
La modificación proyectada consiste en una fábrica de aceite de oliva (almazara) con una capacidad de producción diaria de 57,6 t/d de aceite de oliva, siendo la capacidad de procesado de la líneas de molturación de 16.000 kg/h.
El proceso productivo tiene las siguientes fases: recolección; transporte a fábrica; recepción y pesado; almacenamiento en tolva enterrada de recepción; cinta transportadora; despalilladoras; lavadoras; tolvas pulmón con separación de aceitunas del suelo y del vuelo; tolva de espera a molino; molino; termobatido; separación de fases en el decanter integral de funcionamiento a 2 fases (1.º Centrifugación); limpieza de aceite en centrífuga vertical; repaso de alperujo en continuo; almacenamiento temporal de alperujos; almacenamiento de aceite; envasado, etiquetado y expedición.
Ubicación.
La actividad se ubica en el complejo industrial, se proyecta en el polígono 26, parcela 216 de Don Benito (Badajoz). Las coordenadas UTM referidas a la Zona 29 ETRS89 son las siguientes: X ETRS89 Huso H29. X= 776797.88. Y= 4325063.26.
Las infraestructuras que se proyecta para la fábrica de aceite (almazara) es una nave con las siguientes dependencias:
Dependencia
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Superficie Útil (m2)
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Superficie Construida (m2)
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Cartonaje
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109,62
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Distribuidor
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36,89
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Envasado
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148,24
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Laboratorio
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15,49
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Oficina
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15,49
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Producto terminado
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109,62
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Sala de Caldera
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44,58
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Sala de cuadros eléctricos
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34,65
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Sala de máquinas
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253,33
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Sala de silos
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346,96
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Servicio 1
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13,20
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Servicio 2
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15,47
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Total Superficies
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1.143,63
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1.196,51
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La maquinaria y equipos que se proyectan son los siguientes:
— Instalación para la producción continua de aceite.
— 6 depósitos de almacenamiento de aceite, 4 de 83.000 l y 2 de 32.000 l.
— Patio de recepción de aceitunas.
— Línea de limpieza, despalillado, lavado y pesaje.
— Molino.
— Centrífuga.
— Filtro de aceite.
— Envasadora de aceite.
— Medidor de riqueza de grasa.
Es órgano competente para la modificación de la autorización ambiental unificada la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 19 de agosto de 2024. El Director General de Sostenibilidad, PS, El Director General de Agricultura y Ganadería (Resolución de 17 de agosto de 2023, DOE n.º 162, de 23 de agosto), JOSÉ MANUEL BENÍTEZ MEDINA.