Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Universidad de Extremadura, para la medición de radón en centros de trabajo del ámbito preventivo de Administración General de la Junta de Extremadura.
DOE Número: 169
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 30 de agosto de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de presidencia, interior y diálogo social
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 42217
Página Fin: 42222
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 26 de agosto de 2024, la Adenda de prórroga del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Universidad de Extremadura, para la medición de radón en centros de trabajo del ámbito preventivo de Administración General de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 27 de agosto de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y LA UNIVERSIDAD DE EXTREMADURA, PARA LA MEDICIÓN DE RADÓN EN CENTROS DE TRABAJO DEL ÁMBITO PREVENTIVO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA
26 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, D.ª Elena Manzano Silva, Consejera de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, en el ejercicio de las competencias que, en materia de Prevención de Riesgos Laborales de la Junta de Extremadura le confiere el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 21 de julio de 2023).
Y de otra, D. Pedro M. Fernández Salguero, Rector Magnífico de la Universidad de Extremadura, nombrado por Decreto 166/2022, de 30 de diciembre (DOE núm. 9, de 13 de enero de 2023), en virtud de las competencias que le atribuyen los Estatutos de la Universidad de Extremadura, aprobados por Decreto 65/2003, de 8 de mayo.
EXPONEN
Primero. Con fecha 5 de septiembre de 2022, se suscribió el Convenio para la medición de radón en centros de trabajo del ámbito preventivo de Administración General de la Junta de Extremadura, entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Universidad de Extremadura.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en su Cláusula décima, el Convenio surtirá efecto durante el plazo de un año desde el momento de su firma. El Convenio podrá prorrogarse, al máximo de cuatro años adicionales a su extinción, por acuerdo expreso de las partes con anterioridad al término de su eficacia para la terminación de la ejecución de las mediciones y estudios, en cuyo caso se formalizará la correspondiente segunda Adenda, en la que se especificarán las actuaciones, obligaciones y aportaciones de ambas partes a realizar al amparo de esta.
Tercero. Próxima a finalizar la vigencia de la primera Adenda del convenio suscrito, ambas partes están interesadas en prorrogarlo por un año más, en los términos que se recogen en el Convenio inicial y las modificaciones introducidas en las Cláusulas tercera, octava y novena que figuran en esta prórroga.
Por todo lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir la segunda prórroga del referido convenio conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera. El Convenio de colaboración, entre la Consejería de Hacienda y Administración Pública y la Universidad de Extremadura, para la medición de radón en centros de trabajo del ámbito preventivo de Administración General de la Junta de Extremadura, se prorroga en las condiciones establecidas en el convenio inicial junto a las modificaciones que figuran en las Cláusulas de segunda, tercera y cuarta de este documento, por un período de un año, extendiendo su vigencia desde el 5 de septiembre de 2024 hasta el 4 de septiembre de 2025.
Segunda. Modificación de la Cláusula tercera en los siguientes términos.
La responsabilidad del desarrollo del proyecto, por parte de la UEX, será de la Profesora Dra. María del Pilar Rubio Montero, con DNI ***3108**, según lo establecido en la cláusula séptima sobre la Comisión de Coordinación, Seguimiento y Evaluación. Y quien tendrá como interlocutor válido, por parte del Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales, a la persona titular de la Jefatura de Servicio.
Tercera. Modificación de la Cláusula octava en los siguientes términos.
La Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, a través del Servicio de Salud y Prevención de Riesgos Laborales perteneciente a la Dirección General de Función Pública, aportará los medios personales necesarios para llevar a cabo la labor de dirección de los trabajos de muestreo, análisis y estudio del Radón y colaborará, de forma permanente con los profesionales de la UEX, en la realización de los estudios y análisis objeto de este convenio.
La UEX, a través del GERN, aportará igualmente los medios personales necesarios para llevar a cabo dichos estudios, así como los medios materiales necesarios para la consecución del objeto del presente convenio.
Además, siendo mayor la aportación de medios realizada por la UEX, la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura realizará una aportación económica que permita equilibrar las aportaciones de ambas partes, compensando, en parte, los mayores costes asumidos por esta última, derivados tanto de la aportación de medios personales como materiales para la consecución de los objetivos de ambas partes, que constituyen el objeto de este Convenio.
El importe de dicha aportación será de 7768,75 euros, según se detalla en la Memoria Económica que figura como Anexo I de este Convenio. Dicha compensación se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 100070000 G/114A/64100 y al Fondo CAG0000001 y proyecto de gasto 20220288 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024, por importe de 1031,25 euros y 6737,50 euros con cargo a la misma aplicación y proyecto de gastos de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2025.
La compensación económica será abonada de la siguiente forma (los tanto por ciento son datos aproximados):
— Un primer pago, del 13,274 % del importe, esto es 1031,25 euros, previsto para el 15 diciembre de 2024.
— Un segundo pago, del 86,726 % del importe, esto es 6737,50 euros, previsto para el 15 Mayo de 2025.
Todo ello sin perjuicio de las posibles prórrogas que puedan suscribirse, según se indica en la Cláusula décima.
La forma de pago se hará mediante la presentación de certificaciones, de acuerdo con el progreso de los trabajos para la realización del Convenio, según el calendario indicado en esta misma cláusula y en el Anexo I, Memoria Económica. El pago se efectuará mediante transferencia a la cuenta corriente que se indique en las certificaciones presentadas por la Universidad de Extremadura.
Cuarta. Modificación de la Cláusula Novena en los siguientes términos.
La justificación económica se llevará a cabo mediante la presentación de certificaciones que contendrán los trabajos realizados y entregados por la Universidad de Extremadura cuando se hayan realizado respectivamente el 13,274% y el 100% de las actividades previstas, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Segunda. En concreto, la primera certificación, correspondiente al 13,274%, se presentará a finales de noviembre de 2024; la segunda certificación, correspondiente al 86,726 %, se presentará a finales de abril de 2025.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas partes firman el presente documento en la fecha indicada en la firma digital
El Rector de la Universidad,
Pedro María Fernández Salguero
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
MARÍA ELENA MANZANO SILVA
ANEXO I
Memoria Económica:
Aportación económica, correspondiente al coste estimado de la mayor aportación de medios por la Universidad de Extremadura:
Primer pago del 13,274 % del importe previsto para el 15 de Diciembre de 2024. Se realizarán un tipo de medición:
— Se realizarán medidas con detectores pasivos CR-39 a razón de 41,25 €. Los CR-39 son dosímetros basados en detectores pasivos de trazas nucleares de estado sólido (SSNTD), en concreto dosímetros con elemento radiosensitivo a base de una lámina de policarbonato (polialildiglicolcarbonato PADC o CR39), en el interior de una cámara de difusión de reducido tamaño que solo permite el paso del gas radón. Tras el periodo de exposición, los detectores CR-39 son revelados en el sistema Radobath unit S/N 169 y posteriormente analizados en el sistema Radometer unit S/N 1195 (Norma ISO 11665-4:2012). Incluyendo el informe de ensayo con la determinación de la concentración de radón (Bq/m3) durante el periodo de medida (3 meses).
Siendo 25 medidores pasivos CR-39 a razón de 41.25 € unidad = 1.031,25 €.
Total, del Primer pago = 1.031,25 €.de los medidores pasivos CR-39.
Segundo pago del 86,726 % del importe previsto para el 15 de Mayo de 2025. Se realizarán dos tipos de mediciones:
— Se realizarán medidas con detectores pasivos CR-39 a razón de 41,25 €. Los CR-39 son dosímetros basados en detectores pasivos de trazas nucleares de estado sólido (SSNTD), en concreto dosímetros con elemento radiosensitivo a base de una lámina de policarbonato (polialildiglicolcarbonato PADC o CR39), en el interior de una cámara de difusión de reducido tamaño que solo permite el paso del gas radón. Tras el periodo de exposición, los detectores CR-39 son revelados en el sistema Radobath unit S/N 169 y posteriormente analizados en el sistema Radometer unit S/N 1195 (Norma ISO 11665-4:2012). Incluyendo el informe de ensayo con la determinación de la concentración de radón (Bq/m3) durante el periodo de medida (3 meses).
Siendo 150 medidores pasivos CR-39 a razón de 41.25 € unidad = 6.187,50 €.
— Se realizarán medidas con monitor en Continuo a razón de 25 € por día, para obtener registros con resolución temporal, lo que permite obtener la concentración de radón integrada para periodos concretos previamente programados (según el tipo, cada 10 minutos, cada hora, cada tres horas, etc.) durante el tiempo total que dure la medida (desde pocas horas hasta años) (Norma ISO 11665-5:2012). Incluyendo el informe de ensayo con la determinación del tiempo.
22 días de medidas con Monitor en Continuo a razón de 25 € por día = 550 €.
Total, del Segundo pago = 6.187,50 € de los medidores pasivos CR-39 + 550 € mediciones en continuo = 6.737,5 €.
TOTAL ……………..7.768,75 €.

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal