Junta de Extremadura

Página Web del Diario Oficial de Extremadura

Ultimos Diarios Oficiales

AVISO: La traducción a portugués deriva de un proceso automático con carácter informativo.

Logo DOE
Logo DOE

RESOLUCIÓN de 27 de agosto de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga del Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo del Proyecto "Extremadura Acompaña: Estrategia de Posvención del Suicidio en la Comunidad Autónoma de Extremadura".
DOE Número: 171
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 03 de septiembre de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de presidencia, interior y diálogo social
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 42606
Página Fin: 42609
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 23 de agosto de 2024, la Adenda de prórroga del Convenio de Colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo del Proyecto Extremadura Acompaña: Estrategia de Posvención del Suicidio en la Comunidad Autónoma de Extremadura , de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 27 de agosto de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Y LA FUNDACIÓN PARA LA FORMACIÓN E INVESTIGACIÓN DE LOS PROFESIONALES DE LA SALUD DE EXTREMADURA PARA EL DESARROLLO DEL PROYECTO EXTREMADURA ACOMPAÑA: Estrategia de posvención del suicidio en la Comunidad Autónoma de Extremadura
23 de agosto de 2024.
REUNIDOS
De una parte, el Sr. D. Jesús Vilés Piris, en nombre y representación del Servicio Extremeño de Salud, en adelante SES, en su calidad de Director Gerente de dicho Organismo, cargo para el que fue nombrado por Decreto 148/2023, de 2 de agosto, (DOE ordinario n.º 149, de 03 de agosto de 2023), actuando en el ejercicio de la competencia atribuida en el artículo 4.d) del anexo I del Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo del SES.
Y de otra parte, el Sr. D. José Luis González Sánchez, actuando en nombre y representación de la Fundación para la Formación e Investigación de los Profesionales de la Salud de Extremadura (en adelante FundeSalud), con NIF G-06427728, en su calidad de Director Gerente de la misma, nombrado por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de fecha 24 de Octubre de 2023, según escritura pública de fecha 06 de noviembre de 2023, otorgada ante el Notario de Mérida D. Gonzalo Fernández Pugnaire, incorporada a su protocolo con el número 1549.
Ambas partes intervienen en ejercicio de las facultades que les otorgan sus cargos y, reconociéndose mutuamente capacidad, competencia y legitimación para la suscripción del presente negocio jurídico.
EXPONEN
I. El Servicio Extremeño de Salud y FundeSalud suscribieron, con fecha 12 de diciembre de 2023, un convenio de colaboración para el desarrollo del proyecto Extremadura Acompaña: Estrategia de posvención del suicidio en la Comunidad Autónoma de Extremadura .
II. El Convenio regula la colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y FundeSalud para la implementación la línea de actuación: Extremadura Acompaña con el fin de diseñar, implementar, difundir y hacer el seguimiento de la Estrategia de Posvención del suicidio en la Red de Salud Mental de Extremadura (RSMEx) del Servicio Extremeño de Salud (SES).
III. La firma del convenio supone la creación de un equipo de trabajo dirigido por la Subdirección de Salud Mental y Programas Asistenciales del SES para planificar, coordinar y supervisar los trabajos a realizar; la realización de un análisis de situación de Extremadura respecto del duelo por suicidio; el diseño e impartición de un plan formativo en modalidad mixta (presencial y online) de 150 horas de duración para los profesionales de las distintas categorías (Psiquiatría, Psicología Clínica, Enfermería Especialista y Trabajo Social) de la Red de Salud Mental; y la supervisión y asesoramiento para la puesta en marcha, en su caso, de un GAM de duelo por suicidio en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
IV. La cláusula Quinta del convenio establece: El presente convenio entrará en vigor en la fecha de su firma y expirará el 31 de diciembre de 2024 .
V. Según lo previsto en el artículo 49, de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción .
VI. Teniendo en cuenta todo lo expuesto, es voluntad de las partes ampliar el plazo de vigencia del convenio hasta el 30 de septiembre de 2025, conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la presente adenda es la prórroga del Convenio de colaboración entre el Servicio Extremeño de Salud y la Fundación para la formación e investigación de los profesionales de la Salud de Extremadura para el desarrollo del Proyecto Extremadura Acompaña: Estrategia de posvención del suicidio en la Comunidad Autónoma de Extremadura
Segunda. Financiación y régimen económico.
Esta Adenda no requiere presupuesto adicional.
Tercera. Eficacia de la Adenda.
La presente Adenda producirá efectos desde el día 31 de diciembre de 2024, hasta el día 30 de septiembre de 2025.
Cuarta. Mantenimiento de las cláusulas del convenio.
Las partes establecen expresamente que serán de aplicación a esta Adenda todos los compromisos de las mismas regulados en el Convenio de 12 de diciembre de 2023 en todos sus extremos.
Y en prueba de conformidad con todo lo establecido en la presente Adenda al Convenio, ambas partes lo firman electrónicamente.
Director Gerente de FundeSalud,
José Luis González Sánchez
Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud,
Jesús Vilés Piris

Otras Opciones

2024 © Junta de Extremadura. Todos los derechos reservados Icono Normativa ELI Icono Icono RSS RSS Icono Accesibilidad Icono Mapa del sitio Icono Aviso Legal