ANUNCIO de 27 de agosto de 2024 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto "Crematorio en tanatorio" promovido por Tanatorio Almendralejo, SA, en el término municipal de Almendralejo.
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto Crematorio en tanatorio , promovido por Tanatorio Almendralejo, SA, en el término municipal de Almendralejo (Badajoz), podrá ser examinada, durante 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en la sede electrónica, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, la solicitud de AAU ha sido remitida por esta Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente ayuntamiento, al cual se le ha solicitado que promueva la participación de los ciudadanos en este procedimiento.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en la categoría 10.2 del anexo II de la Ley 16/2015, de 23 de abril, relativa a Crematorios , por lo tanto debe contar con AAU para ejercer la actividad.
Actividad:
El proyecto consiste en la instalación y puesta en funcionamiento de un crematorio de cadáveres humanos en un tanatorio.
Ubicación:
La instalación industrial se ubica en la calle Mecánica, n.º 2 de Almendralejo (Badajoz), con referencia catastral 5361902QC2856S0001SW. Las coordenadas UTM son X=725.280; Y=4.285.822; HUSO: 29; datum: ETRS89.
Capacidades y consumos:
Cremación con un solo cadáver por proceso y con un máximo de tres procesos por día. Depósito de gasóleo de 1.500 litros.
Infraestructuras e instalaciones del tanatorio existente.
Dependencia
|
Superficie (m2)
|
---|
Salón 1
|
160,17
|
Capilla
|
110,93
|
Comedor
|
15,44
|
Oficina
|
21,95
|
Aseo masculino
|
8,71
|
Aseo femenino
|
8,68
|
Sala 1
|
43,32
|
Túmulo 1
|
9,51
|
Sala 2
|
30,77
|
Túmulo 2
|
6,83
|
Comedor 2
|
12,22
|
Aseo 2
|
5,59
|
Sala 3
|
29,59
|
Túmulo 3
|
6,83
|
Comedor 3
|
12,22
|
Aseo 3
|
5,82
|
Pasillo
|
49,53
|
Exposición funeraria
|
43,46
|
Aseo privado 1
|
8,90
|
Aseo privado 2
|
9,85
|
Sala de caldera
|
5,54
|
Zona de descanso
|
9,02
|
Sacristía
|
5,56
|
Cuarto de la limpieza
|
6,18
|
Sala de manipulación-tanatopraxia
|
29,52
|
Aseo sala manipulación
|
3,46
|
Garaje
|
60,75
|
Porche perimetral garaje (50%)
|
9,14
|
Porche perimetral salón (50%)
|
23,92
|
Total
|
753,41
|
Instalaciones e infraestructuras de la ampliación para crematorio
Dependencia
|
Superficie (m2)
|
---|
Vestíbulo
|
10,82
|
Comedor 1
|
16,67
|
Almacén
|
7,96
|
Sala de despedidas
|
23,33
|
Vestíbulo entrada cremación
|
6,61
|
Garaje 2
|
34,43
|
Sala de cremado
|
46,92
|
Porche perimetral (50%)
|
22,43
|
Total
|
169,17
|
Equipos principales:
Horno IDETER H-2125-N3M2-CZ de 600 kWt.
Concentraciones máximas del entorno de las instalaciones:
Teniendo en cuenta las modelizaciones realizadas en función de la climatología, topografía y características de los focos y su entorno, se concluye que las concentraciones máximas del entorno de la instalación serán las siguientes.
Parámetros
|
Concentración máxima de emisión
|
Concentraciónde fondo (Estación Mérida)
|
ValoresObsevados+modelo
|
Límite RD102/2011
|
¿Cumple?
|
---|
NO2/NOX
|
1 h
|
7,52 µg/m3
|
|
|
200 µg/m3
|
SI
|
NO2/NOX
|
Año civil
|
0,15 µg/m3
|
9 µg/m3
|
9,15 µg/m3
|
40 µg/m3
|
SI
|
NOX
|
Año civil
|
0,19 µg/m3
|
|
|
30 mg/m3
|
SI
|
SO2
|
1h
|
4,32 µg/m3
|
|
|
350 µg/m3
|
SI
|
SO2
|
24 h
|
1,27 µg/m3
|
|
|
125 µg/m3
|
SI
|
SO2
|
Año civil
|
0,13 µg/m3
|
1,3 µg/m3
|
1,426 µg/m3
|
20 µg/m3
|
SI
|
PM10 (TSP)
|
24 h
|
0,19 µg/m3
|
|
|
50 µg/m3
|
SI
|
PM10 (TSP)
|
Año Civil
|
0,03 µg/m3
|
14,97 µg/m3
|
15,002 µg/m3
|
40 µg/m3
|
SI
|
CO (máximo horario)
|
8 h
|
0,002 mg/m3
|
1,5 µg/m3
|
1,502 µg/m3
|
10 mg/m3
|
SI
|
COV
|
Año civil
|
0,01 µg/m3
|
|
|
5 µg/m3
|
SI
|
HCL
|
1 h
|
0,63 µg/m3
|
|
|
300 µg/m3
|
SI
|
HCL
|
24 h
|
0,16 µg/m3
|
|
|
50 µg/m3
|
SI
|
Hg
|
Año Civil
|
0,006 µg/m3
|
|
|
1 µg/m3 (*)
|
SI
|
DIOXINAS Y FURANOS
|
Año Civil
|
0,063 pg/m3
|
|
|
0,1 pg/m3 (*)
|
SI
|
(*) Valor de referencia establecido en la Guía de Calidad del Aire para Europa de la OMS.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración autonómica, de las entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspondiente convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención Ambiental de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 27 de agosto de 2024. El Director General de Sostenibilidad. El Secretario General de Desarrollo Sostenible, Coordinación y Planificación Hídrica, PS (Resolución de 17 de agosto de 2023, DOE n.º 162, de 23 de agosto) VÍCTOR GERARDO DEL MORAL AGÚNDEZ.