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ANUNCIO de 16 de julio de 2024 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de destrucción de papel en las instalaciones de Aprosuba 3 Inclusión Laboral, SL, promovido por Aprosuba 3 Inclusión Laboral, SL, en el término municipal de Badajoz.
DOE Número: 181
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 17 de septiembre de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 43903
Página Fin: 43906
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) del proyecto de destrucción de papel en las instalaciones de Aprosuba 3 Inclusión Laboral, SL, promovido por Aprosuba 3 Inclusión Laboral, SL, en el término municipal de Badajoz, podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, previa cita solicitada a través del correo electrónico exp.sostenibilidad@juntaex.es.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en el artículo 7.1.e) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en particular en las categorías 9.1 y 9.6 del anexo II, relativas a Instalaciones para la valorización o eliminación, en lugares distintos de los vertederos, de residuos de todo tipo, no incluidas en el anexo I y a Instalaciones de gestión de residuos no peligrosos y de residuos peligrosos no incluidas en el anexo I, mediante almacenamiento de éstos, con carácter previo a su valorización o a su eliminación, excepto los puntos limpios respectivamente.
Actividad:
La actividad que se va a desarrollar consiste en la destrucción de papel confidencial según normativa europea y clasificación de papel no confidencial, distinguiéndolo entre papel de color y blanco.
Ubicación:
La actividad se encuentra ubicada en el pk 79+500 de la N-523, sobre la margen izquierda en el sentido Badajoz Cáceres, en el término municipal de Badajoz.
Esta parcela tiene las siguientes características:
Referencia catastral 06900A76500022 - Polígono: 765. Parcela: 22.
Clasificada como suelo urbano y rústico (DS diseminados).
Uso: Agrario y cultural.
Superficie catastral parcela: 19.596 m2.
Superficie construida: 2.562 m2.
Coordenadas GPS: Datum: ETRS-89. Huso UTM: 29.
Coord. X: 679.403.
Coord. Y: 4.311.152.
Acceso:
Se accede a la explotación desde la carretera N-523, a la altura del kilómetro 79+500.
Capacidades y consumos:
Capacidad procesado y destrucción: 66 Tn/año.
Los residuos gestionados y generados por la actividad son los siguientes:
Residuos gestionados por la actividad:
RESIDUO CÓDIGO LER
Residuos procedentes de la clasificación de papel y cartón destinados al reciclado 03.03.08
Residuos peligrosos generados por la actividad:
RESIDUO CÓDIGO LER
Residuos de tóner de impresión que contienen sustancias peligrosas 08.03.17*
Residuos no peligrosos generados por la actividad:
RESIDUO CÓDIGO LER
Lodos fosa sépticas 20.03.04
Papel y cartón 20.01.01
Mezclas de residuos asimilables a municipales 20.03.01
Equipos principales:
Destructora 6340 C.
Destructora 6040 C.
Cinta transportadora.
El proyecto se encuentra sometido al procedimiento de evaluación de impacto ambiental simplificada, al encontrarse incluido en el grupo 9.b del anexo II de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, relativo a Instalaciones de eliminación o valorización de residuos no incluidas en el anexo I, excepto la eliminación o valorización de residuos propios no peligrosos en el lugar de producción .
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración autonómica, de las entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspondiente convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático, de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 16 de julio de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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