ANUNCIO de 8 de septiembre de 2024 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de "Modificación de características de una concesión de aguas para riego, consistente en el aumento de la superficie de riego en 739,5672 ha y plantación de cultivos herbáceos y leñosos con riego localizado, en los términos municipales de Casatejada, Saucedilla y Serrejón (Cáceres)". Expte.: IA22/0897.
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental del proyecto de Modificación de características de una concesión de aguas para riego, consistente en el aumento de la superficie de riego en 739,5672 ha y plantación de cultivos herbáceos y leñosos con riego localizado, en los términos municipales de Casatejada, Saucedilla y Serrejón (Cáceres) , podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/EvaluacióndeImpactoAmbientaldeProyectos/EvaluaciónAmbientalOrdinaria/
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido en el grupo I, letra b) del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y grupo 9, letra b), del mismo anexo IV, de la citada ley, Cualquier proyecto que suponga un cambio de uso del suelo en una superficie igual o superior a 100 ha .
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido en el grupo I, letra b) del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Proyectos de gestión o transformación de regadío con inclusión de proyectos de avenamientos de terrenos, cuando afecten a una superficie mayor a 100 ha o de 10 ha cuando se desarrollen en Espacios Naturales Protegidos, Red Natura 2000 y Áreas protegidas por instrumentos internacionales, según la regulación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y grupo 9, letra b), del mismo anexo IV, de la citada ley, Cualquier proyecto que suponga un cambio de uso del suelo en una superficie igual o superior a 100 ha .
El objetivo global del proyecto es la modificación de características de la concesión de aguas de la Comunidad de Regantes del Plan de Riegos de Valdecañas, consistente en la ampliación de la superficie regable, conservando el volumen de aguas otorgado para esta Comunidad (31,34 hm3). La citada modificación se tramita en el órgano de cuenca con número de expediente M-0076/2020 (380379/20).
Con ello, se pretende realizar plantaciones de cultivos herbáceos (maíz, tomate, soja y alfalfa) y leñosos (olivar, almendros y ciruelo) en un marco de plantación de 4 x 1,5 m con un sistema de riego localizado, junto con la transformación y mejora de regadío de varias parcelas, las cuales ascienden a una superficie catastral de 813,64 ha, de las cuales 739,5672 ha son aptas para la plantación (descontando zonas improductivas, edificaciones, terrenos con usos no aptos para plantación).
La superficie de actuación se localiza en diferentes parcelas del polígono 501 de los términos municipales de Casatejada y Saucedilla (Cáceres) y de los polígonos 5 y 8 del término municipal de Serrejón (Cáceres).
Una de las parcelas objeto de estudio se encuentra parcialmente dentro de la Red Natura 2000, en concreto dentro de la Zona de Especial Protección de Aves (ZEPA) Monfragüe y las Dehesas del Entorno (ES0000014) y de la Zona de Especial Conservación (ZEC): ZEC Monfragüe (ES4320077)
El agua necesaria para el riego partirá desde la toma de agrupación existente del embalse de Valdecañas (Río Tajo), que abastece los diferentes sectores desde el canal principal.
El volumen medio de agua consumido actualmente por la Comunidad de Regantes, según la Confederación Hidrográfica del Tajo, asciende a 12,397 hm3/año. Por otro lado, la ampliación de la superficie de riego pretendida requiere un volumen de agua de 4,695 hm3/año, lo que supone un volumen total para el riego de la Zona Regable de la Comunidad de Regantes del Plan de Riegos de Valdecañas de 17,092 hm3/año, por debajo del volumen otorgado para esta Comunidad en la concesión original.
La promotora del proyecto es la Comunidad de Regantes del Plan de Riego de Valdecañas.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Tajo. Por otra parte, a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
Asimismo, a la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, le corresponde autorizar el cambio de uso de suelo forestal a cultivos agrícolas en base al Decreto 57/2018, que los regula en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en aquellas superficies comprendidas en el presente proyecto que entren dentro del ámbito de aplicación del citado Decreto.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 8 de septiembre de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.