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ANUNCIO de 12 de septiembre de 2024 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de prórroga del aprovechamiento del recurso de la Sección C) de Minas "Consuelo 2" n.º 06C11870-20, en el término municipal de Campanario (Badajoz). Expte.: IA21/1160.
DOE Número: 184
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 20 de septiembre de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 44290
Página Fin: 44291
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental del proyecto prórroga del aprovechamiento del recurso de la Sección C) de Minas Consuelo 2 n.º 06C11870-20 en el término municipal de Campanario (Badajoz) podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/EvaluacióndeImpactoAmbientaldeProyectos/EvaluaciónAmbientalOrdinaria/
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido en el grupo 2 apartado a) del anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El objeto del proyecto consiste en la continuidad de la explotación minera a cielo abierto de granito mediante el arranque por medio de la perforación con banqueador, corte con hilo diamantado y/o voladura y carga mediante la utilización de pala cargadora. El método de explotación consistirá, en una bajada del terreno de unos 12 m, generando unos 3 bancos de altura variable (unos 4 metros de media cada uno) en ambos frentes de explotación.
La explotación continuará realizándose sobre los dos frentes existentes y dispondrá, además de los dos frentes citados, dos escombreras y una zona de acopio de bloque, todos ellos ubicados en el polígono 18 parcela 42 del término municipal de Campanario (Badajoz).
La superficie en el frente 1 será de 10.600 m2, y, en el frente 2, de 3.600 m2, obteniendo un total de 14.200 m2, de lo cual resultaría un volumen de material de 108.450 m3.
Las escombreras ocuparán unas superficies de 6.600 m2 y 3.700 m2, sus alturas serán de 15 m y 9 m, albergarán unos volúmenes de 35.000 m3 y 18.500 m3, respectivamente.
El acceso se realizará desde la carretera EX-104 entre la localidad de Campanario y Castuera, a unos 2 kilómetros y medio aproximadamente desde Campanario, parte un camino en la margen derecha que tras recorrer unos 600 m se llega hasta la explotación.
La ejecución del aprovechamiento, incluida la restauración final se llevará a cabo durante un período de 30 años.
El promotor del proyecto es Agustín Tena Tena.
El órgano sustantivo competente para aprobar el proyecto de explotación actualizado de recursos de la Sección C), así como autorizar el plan de restauración, y la ampliación del recurso, es la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo en el artículo 7.1 Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Así mismo, la declaración de impacto ambiental producirá en sus propios términos los efectos de la calificación rústica, acreditando la idoneidad urbanística de los bienes inmuebles sobre los que pretende implantarse la actividad, por disponerlo así el artículo 71.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 12 de septiembre de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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