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ANUNCIO de 4 de septiembre de 2024 por el que se somete a información pública la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada de la planta siderúrgica, cuya titular es AG Siderúrgica Balboa, SA, en el término municipal de Jerez de los Caballeros.
DOE Número: 185
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: lunes, 23 de septiembre de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 44485
Página Fin: 44487
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento a los artículos 10 del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, y a los artículos 15.5 del Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo de la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre, se comunica al público en general que la solicitud de modificación sustancial de la autorización ambiental integrada (AAI) del proyecto de modificación de la autorización de vertido de la planta siderúrgica, cuya titular es AG Siderúrgica Balboa, SA, en el término municipal de Jerez de los Caballeros (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad (DGS) de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en el Módulo 2 planta 2.ª del Edificio III Milenio ubicado en la avda. Valhondo, s/n., de Mérida (Badajoz).
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13.1 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de la Junta de Extremadura.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 11.3 de la Ley 16/2015, la AAI precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Real Decreto Legislativo 1/2016:
Las actividades desarrolladas en la instalación están incluidas en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. En particular, están incluidas en las siguientes categorías de su anejo I: 2.2, relativa a Instalaciones para la producción de fundición o de aceros brutos (fusión primaria o secundaria), incluidas las correspondientes instalaciones de fundición continua de una capacidad de más de 2,5 toneladas por hora ; 2.3.a), relativa a Instalaciones para la transformación de metales ferrosos, concretamente para laminado en caliente con una capacidad superior a 20 toneladas de acero bruto por hora ; 2.3.c), relativa a “Instalaciones para la trasformación de metales ferrosos, concretamente para la aplicación de capas de protección de metal fundido con una capacidad de tratamiento de más de 2 toneladas de acero bruto por hora”; 2.6, relativa a “Instalaciones para el tratamiento de superficie de metales y materiales plásticos por procedimiento electrolítico o químico, cuando el volumen de las cubetas o de las líneas completas destinadas al tratamiento empleadas sea superior a 30 m3”.
Las actividades desarrolladas en la instalación están incluidas en el ámbito de aplicación del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. En particular, están incluidas en las siguientes categorías de su anejo I: 2.2, relativa a Instalaciones para la producción de fundición o de aceros brutos (fusión primaria o secundaria), incluidas las correspondientes instalaciones de fundición continua de una capacidad de más de 2,5 toneladas por hora ; 2.3.a), relativa a Instalaciones para la transformación de metales ferrosos, concretamente para laminado en caliente con una capacidad superior a 20 toneladas de acero bruto por hora ; 2.3.c), relativa a “Instalaciones para la trasformación de metales ferrosos, concretamente para la aplicación de capas de protección de metal fundido con una capacidad de tratamiento de más de 2 toneladas de acero bruto por hora”; 2.6, relativa a “Instalaciones para el tratamiento de superficie de metales y materiales plásticos por procedimiento electrolítico o químico, cuando el volumen de las cubetas o de las líneas completas destinadas al tratamiento empleadas sea superior a 30 m3”.
Actividad:
Producción de acero y laminación de acero; recepción, tratamiento, segregación y clasificación de residuos metálicos; galvanización y pintado de bovinas de acero; decapado, la laminación en frío y el recocido de acero laminado en caliente; fabricación de mallas electrosoldadas mediante soldadura eléctrica.
La planta siderúrgica de AG Siderúrgica Balboa, SA, de Jerez de los Caballeros cuenta con autorización ambiental integrada otorgada mediante Resolución de 19 de diciembre de 2017, de la Dirección General de Medio Ambiente. Esta AAI se publicó en el DOE n.º 245, de 26 de diciembre de 2017.
Ubicación:
Polígono SI 7 de Jerez de los Caballeros (Badajoz). Coordenadas geográficas: X = 699.680, Y = 4.243.788; huso 29; datum ETRS89.
Proyecto de modificación sustancial:
El proyecto de modificación sustancial consiste en la modificación de la autorización de vertido a dominio público hidráulico.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración Autonómica, de las Entidades que integran la Administración Local que hayan suscrito el correspondiente Convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible. Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 4 de septiembre de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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