MODIFICACIÓN del Extracto de la convocatoria de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, contenida en el Decreto por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria. Programa 2. Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.
DOE Número: 192
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 02 de octubre de 2024
Apartado: I DISPOSICIONES GENERALES
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: MODIFICACIÓN
Descriptores: Eficiencia energética. Subvenciones.
Página Inicio: 46250
Página Fin: 46251
Otros formatos:
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 597218
BDNS(Identif.): 597220
Mediante el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, se aprobaron por el Estado las bases reguladoras para la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, publicado en el BOE número 89, de 14 de abril de 2021. Posteriormente la Junta de Extremadura, a través del Decreto 124/2021, de 27 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria desarrolló las bases estatales y convocó las ayudas en Extremadura, siendo publicado dicho decreto en el DOE n.º 232, de 2 de diciembre de 2021.
En la misma fecha y de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó el extracto del programa de incentivos 2 de la convocatoria incluida en la disposición adicional del Decreto 124/2021 citado; cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/597218_https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/597220).
Mediante el Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre, publicado en el BOE. número 273, de 15 de noviembre de 2023, se amplió la vigencia de los programas de incentivos a la movilidad eléctrica, hasta el 31 de julio de 2024, y posteriormente mediante Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, se modifica el artículo 4.1 del Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, a fin de ampliar la vigencia de los programas de incentivos a la movilidad eléctrica, hasta el 31 de diciembre de 2024.
Como consecuencia de lo anterior, se procede a modificar el apartado quinto del Extracto de la de la convocatoria de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III), Programa 2. Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, quedando redactado en los siguientes términos:
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura, y concluirá el 31 de diciembre de 2024, salvo que con anterioridad se hubiera agotado el crédito de la convocatoria, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 12 del decreto de bases reguladoras, en cuanto a lista de reserva provisional
Mérida, 25 de septiembre de 2024.
La Secretaria General,
M.ª DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ