RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2024, de la SecretarÃa General, por la que se modifica la Resolución de 25 de septiembre de 2023 por la que se delega la competencia y la firma en diversas materias.
TEXTO ORIGINAL
Mediante el Decreto 235/2023, de 12 de septiembre, se establece la estructura orgánica de la ConsejerÃa de Salud y Servicios Sociales y se modifica el Decreto 221/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, incluyendo en su estructura a la SecretarÃa General bajo la superior dirección de su titular.
Atendiendo a razones de eficacia, celeridad y coordinación en la gestión administrativa, mediante Resolución de 25 de septiembre de 2023, publicada en el Diario Oficial de Extremadura núm. 189, de 2 de octubre, se delegaron en diversas materias, determinadas competencias en las personas titulares de los órganos directivos de la ConsejerÃa, asà como la firma en las personas titulares de las Jefaturas de los Servicios Territoriales de Badajoz y Cáceres.
Siendo necesario, atendiendo a criterios de eficacia y agilidad administrativa, modificar o delegar nuevas competencias, entre ellas la competencia para resolver la concesión de ayudas a la natalidad, resulta procedente modificar la citada Resolución de 25 de septiembre de 2023, de esta SecretarÃa General.
Por lo expuesto, al amparo de lo establecido en el artÃculo 72 y 76 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y de conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 9 y 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen JurÃdico del Sector Público, y en el ejercicio de las facultades que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Modificar la Resolución de 25 de septiembre de 2023, de la SecretarÃa General, por la que se delega la competencia y la firma en determinadas materias, en los siguientes términos:
Uno. El párrafo primero del apartado a) del resuelvo primero, queda redactado como sigue:
a) Resolver la concesión de subvenciones cuya tramitación corresponda al órgano directivo correspondiente por razón de la materia, incluida la concesión de las subvenciones de forma directa, sin convocatoria previa, en los supuestos del artÃculo 22.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, excepto las ayudas a la natalidad .
Dos. Se añade un nuevo apartado en el resuelvo quinto que queda redactado como sigue:
4. En materia de subvenciones, la firma de las resoluciones de ayudas a la natalidad, asà como de las posibles revocaciones, reintegros, sancionadores y renuncias que se deriven de éstas, incluyendo la gestión del presupuesto en todas sus fases .
Segundo. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de esta delegación se considerarán dictadas por el órgano delegante e indicarán expresamente esta circunstancia, con las precisiones que se establecen en el artÃculo 76.2 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Tercero. La presente resolución surtirá efectos el mismo dÃa de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 30 de septiembre de 2024.
La Secretaria General,
M.ª PILAR NOGALES PEROGIL