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ANUNCIO de 18 de enero de 2024 por el que se pone a disposición del público la información relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada del proyecto de explotación porcina de cebo en régimen intensivo, solicitado por Pablo Romero Sánchez, en el término municipal de Zalamea de la Serena.
DOE Número: 21
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 30 de enero de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 5666
Página Fin: 5669
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Para dar cumplimiento al artículo 16, punto 5, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, se comunica al público en general que la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU), del proyecto de explotación porcina de cebo en régimen intensivo, solicitado por Pablo Romero Sánchez, en el término municipal de Zalamea de la Serena (Badajoz), podrá ser examinada, durante 20 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, en las dependencias de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, avenida Valhondo, s/n., Módulo II, 2.ª planta de Mérida.
Por otra parte, simultáneamente al periodo de información pública, la solicitud de AAU será remitida por la Dirección General de Sostenibilidad al correspondiente Ayuntamiento, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo 16, punto 6, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el órgano competente para la resolución de la presente solicitud es la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Esta figura administrativa autoriza y condiciona la ejecución y puesta en funcionamiento de la actividad desde el punto de vista ambiental. Conforme al artículo 14.3 de la Ley 16/2015, la AAU precederá, en su caso, a las demás autorizaciones sectoriales o licencias que sean obligatorias, entre otras, a las autorizaciones sustantivas de las industrias y a las licencias urbanísticas.
Los datos generales del proyecto son:
Categoría Ley 16/2015:
Categoría 1.2. del anexo II, relativa a instalaciones ganaderas, no incluidas en el anexo I, destinadas a la cría de ganado porcino, incluyendo jabalíes, que dispongan de más de 350 emplazamientos o animales autorizados para cerdos de cría y/o 50 emplazamientos o animales para cerdas reproductoras .
Actividad:
El proyecto consiste en la legalización y ampliación de una explotación porcina en régimen intensivo para una capacidad de 857 plazas de cebo.
Ubicación:
La explotación porcina se ubica en la parcela 7 del polígono 28 del término municipal de Zalamea de la Serena (Badajoz), en el paraje denominado Rincón porquero. La finca cuenta con una superficie de 13,9072 hectáreas.
Infraestructuras, instalaciones y equipos principales:
La explotación dispondrá de las naves que se resumen a continuación:
- Nave de secuestro I de 293,13 m2. Las dimensiones son de 25,00 x 11,73 metros.
- Nave de secuestro II de 180,96 m2. Las dimensiones son de 17,40 x 10,40 metros.
- Nave de secuestro III de 15,35 m2. Las dimensiones son de 9,30 x 1,65 metros.
- Nave de secuestro IV de 43,50 m2. Las dimensiones son de 14,50 x 3,00 metros.
- Nave de secuestro V de 52,08 m2. Las dimensiones son de 8,40 x 6,20 metros.
- Nave de secuestro VI o Lazareto de 23,16 m2. Las dimensiones son de 9,65 x 2,40 metros.
- Nave de secuestro VII de 200,00 m2. Las dimensiones son de 20,00 x 10,00 metros.
- Nave de secuestro VIII de 164,00 m2. Las dimensiones son de 20,00 x 8,20 metros.
- Nave de secuestro XIX de 65,70 m2. Las dimensiones son de 9,00 x 7,30 metros.
Sistemas de almacenamiento de purines: La instalación dispondrá las siguientes balsas impermeabilizadas para el almacenamiento de purines y aguas de limpieza de las instalaciones:
- Balsa de purines I de 44,84 m3. Las dimensiones son de 7,95 x 4,70 x 1,20 metros.
- Balsa de purines II de 73,06 m3. Las dimensiones son de 8,35 x 5,00 x 1,75 metros.
- Balsa de purines III de 43,09 m3. Las dimensiones son de 6,65 x 3,60 x 1,80 metros.
- Balsa de purines IV de 74,34 m3. Las dimensiones son de 7,00 x 5,90 x 1,80 metros.
Estercoleros:
- Estercolero I de 17,75 m3. Las dimensiones son de 4,35 x 3,40 x 1,20 metros.
- Estercolero II de 17,34 m3. Las dimensiones son de 4,25 x 3,40 x 1,20 metros.
Corrales de manejo:
- Corral de manejo I de 91,77 m2. Las dimensiones son de 13,30 x 6,90 metros.
- Corral de manejo II de 160,40 m2. Las dimensiones son de 20,00 x 8,02 metros.
- Corral de manejo III de 1.020,00 m2. Las dimensiones son de 51,00 x 20,00 metros.
Naves relacionadas con la actividad ganadera:
- Nave agraria I de 144,00 m2. Las dimensiones son de 18,00 x 8,00 metros.
- Nave agraria II de 162,00 m2. Las dimensiones son de 18,00 x 9,00 metros.
- Nave agraria III de 108,00 m2. Las dimensiones son de 18,00 x 6,00 metros.
- Nave agraria IV de 220,00 m2. Las dimensiones son de 20,00 x 10,00 metros.
- Nave agraria V de 31,50 m2. Las dimensiones son de 8,90 x 4,20 metros.
- Nave agraria VI de 40,00 m2. Las dimensiones son de 10,00 x 4,00 metros.
- Nave agraria VII de 3,20 m2. Las dimensiones son de 2,00 x 1,60 metros.
- Nave agraria VIII de 33,60 m2. Las dimensiones son de 8,00 x 4,20 metros.
- Vivienda de 104,04 m2. Las dimensiones son de 10,20 x 10,20 metros.
- Porche delantero de 20,40 m2. Las dimensiones son de 10,20 x 2,00 metros.
- Porche trasero de 20,40 m2. Las dimensiones son de 10,20 x 2,00 metros.
- Abrevadero de 21,71 m3. Las dimensiones son de 4,85 x 3,75 x 1,20 metros.
Vestuario/aseo.
Zona de almacenamiento de cadáveres.
Pediluvios.
Vado.
Depósitos de agua y silos de alimentos.
Las personas físicas o jurídicas podrán presentar sus sugerencias y alegaciones, durante el plazo indicado en el párrafo primero de este anuncio, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (oficinas que realicen función de registro de cualesquiera órgano o unidad administrativa de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y sus organismos públicos vinculados o dependientes, incluidas las Oficinas de Respuesta Personalizada y los Centros de Atención Administrativa, de los órganos de la Administración General del Estado, de los órganos de cualquier otra Administración autonómica, de las entidades que integran la Administración local que hayan suscrito el correspondiente convenio con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura para actuar como registro concertado, a través del Registro Telemático de la Junta de Extremadura, en las oficinas de Correos, de acuerdo con su normativa específica, en las representaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en el extranjero, conforme a su normativa o en cualquier otro órgano que indique una norma específica), o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Mérida, 18 de enero de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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