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Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la modificación del gasto por aumento del crédito previsto en la Resolución de la Secretaría General de 8 de agosto de 2023, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de subvenciones destinadas a la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
DOE Número: 212
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: miércoles, 30 de octubre de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de infraestructuras, transporte y vivienda
Rango: Modificación
Descriptores: Transportes. Subvenciones.
Página Inicio: 56883
Página Fin: 56886
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif).:714194
BDNS(Identif).:714195
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/714194).
BDNS (Identif).:714194
BDNS (Identif).:714195
BDNS (Identif).:714196
BDNS (Identif).:714197
BDNS (Identif).:714198
Con fecha 1 de septiembre de 2023, se publicó, en el número 169 del Diario Oficial de Extremadura, la Resolución de 8 de agosto de 2023, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de subvenciones destinadas a la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En la misma fecha de 1 de septiembre de 2023, se publica, igualmente, en el Diario Oficial de Extremadura, el Extracto de la Resolución de 8 de agosto de 2023, en cuyo apartado cuarto (Cuantía), se expresa lo siguiente:
1. Los créditos presupuestarios que servirán para atender la disposición de gastos y el reconocimiento de obligaciones que se generen en la presente convocatoria como consecuencia de la concesión de las subvenciones, serán los consignados, con cargo a los fondos de la Comunidad Autónoma, para el proyecto de gasto 20210489 y fondo MR01C01I01, con imputación a la aplicación presupuestaria G/353C/77000, en la cuantía total máxima de 6.163.042,44 euros, que resulta de la siguiente distribución de anualidades:
Ejercicio 2023. 1.848.912,73 euros (resolución de solicitudes presentadas desde la eficacia de la convocatoria hasta el día 30 de noviembre de 2023, incluido).
Ejercicio 2024. 4.314.129,71 euros (resolución de solicitudes presentadas desde el día 1 de diciembre de 2023 hasta el día 30 de abril de 2024, a.i)..
2. Considerando los criterios establecidos en el apartado 4 del artículo 7 del Real Decreto 983/2021, el crédito de la convocatoria (6.163.042,44 euros) queda distribuido de la siguiente forma entre las actuaciones subvencionables:
Actividad 1: Achatarramiento .......................................................... 2.773.360,00 euros.
Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono .... 3.081.530,44 euros.
Actividad 3: Retrofit o modificación de la forma de propulsión de vehículos .............. 20.000,00 euros.
Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos...........287.152,00 euros.
Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias....... 1.000,00 euros.
3. Las cuantías individualizadas de la ayuda, respecto de cada una de las actuaciones subvencionables, se ajustará a lo previsto en el anexo I del Real Decreto 983/2021 .
Avanzado el ejercicio contable, es necesario efectuar un análisis del estado de los créditos disponibles con el fin de dotar de mayores recursos económicos la convocatoria aprobada en 2023, cuya eficacia actualmente se extiende a la tramitación de las solicitudes de ayudas presentadas con anterioridad al día 30 de abril de 2024, fecha en la que finaliza el plazo de vigencia del programa de ayudas iniciado con la publicación del Real Decreto 983/2021, de 16 de noviembre, y a partir de la cual no serán admitidas más solicitudes.
Constando en la convocatoria una estimación crediticia total de 6.163.042,44 euros para todo el año 2024, la realidad de los datos recabados en cuanto a solicitudes pendientes de tramitación hasta la aprobación de la presente modificación y las líneas de actuación subvencionable más demandadas (actividades 1 y 2), sitúan las necesidades de gasto público en un importe adicional de 1.243.397 euros (1.234.497,50 + 8.899,50) para dar cobertura a la atención y reconocimiento de derechos derivados de las solicitudes pendientes de resolución presentadas en tiempo y forma.
El crédito adicional total mencionado incrementará la dotación presupuestaria prevista en la convocatoria, en la actual cuantía de 6.163.042,44 euros, para atender el incremento de gasto estimado en la cantidad de 1.243.397 euros, resultando un total de 7.406.439,44 euros.
Por todo ello, al amparo del apartado décimo de la convocatoria, que contiene la previsión de que la cuantía establecida pueda aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias, se ha tramitado la modificación del gasto por incremento del crédito inicial y simultánea redistribución y reasignación de crédito entre la tipología de actuaciones subvencionables, constando informe favorable de la Intervención, procediendo la modificación del Extracto de la convocatoria publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 169 de 1 de septiembre de 2023.
Asimismo, y de conformidad con los apartados 3 y 4 del artículo 39 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, es preceptiva la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponda la aprobación de la convocatoria en el que se recojan las variaciones que puedan producirse respecto a las aplicaciones o proyectos presupuestarios, o cuantías previstas inicialmente en las convocatorias abiertas por concesión directa.
En virtud de lo referido, deben hacerse públicos la modificación del Extracto y el Anuncio por el que se da publicidad a la modificación del gasto por aumento del crédito previsto en la Resolución de la Secretaria General de 8 de agosto de 2023, por la que se aprueba la convocatoria pública de concesión directa de subvenciones destinadas a la transformación de flotas de transporte de viajeros y mercancías de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, así como de empresas que realicen transporte privado complementario, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, y simultánea redistribución y reasignación de crédito entre la tipología de actuaciones subvencionables, con el siguiente reparto de crédito:
Los créditos presupuestarios que servirán para atender la disposición de gastos y el reconocimiento de obligaciones que se generen en la presente convocatoria como consecuencia de la concesión de las subvenciones, serán los consignados, con cargo a los fondos de la Comunidad Autónoma, para el proyecto de gasto 20210489 y fondo MR01C01I01, con imputación a la aplicación presupuestaria G/353C/77000, en la cuantía total máxima de 7.406.439,44 euros, que resulta de la siguiente distribución de anualidades:
Ejercicio 2023. 1.848.912,73 euros (resolución de solicitudes presentadas desde la eficacia de la convocatoria hasta el día 30 de noviembre de 2023, incluido).
Ejercicio 2024. 4.314.129,71 euros (resolución de solicitudes presentadas desde el día 1 de diciembre de 2023 hasta el día 30 de abril de 2024, a.i)..
Ejercicio 2025. 1.243.397,00 euros (resolución de solicitudes pendientes).
2. Considerando los criterios establecidos en el apartado 4 del artículo 7 del Real Decreto 983/2021, el crédito de la convocatoria (7.406.439,44 euros) queda distribuido de la siguiente forma entre las actuaciones subvencionables:
Actividad 1: Achatarramiento ................................................................ 3.528.816,40 euros.
Actividad 2: Adquisición de vehículos de energías alternativas bajas en carbono .... 3.818.535,20 euros.
Actividad 3: Retrofit o modificación de la forma de propulsión de vehículos .......................0,00 euros.
Actividad 4: Implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos.............59.087,84 euros.
Actividad 5: Adquisición de semirremolques para autopistas ferroviarias ............0,00 euros.
Mérida, 11 de octubre de 2024.
La Secretaria General,
Laura Castell Vivas

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