RESOLUCIÓN de 30 de octubre de 2024, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la ejecución de la sentencia n.º 159/2024, dictada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de Plasencia, en el procedimiento ordinario n.º 603/2023.
TEXTO ORIGINAL
Tras la correspondiente tramitación judicial ha devenido firme y ejecutable la sentencia n.º 159/2024, de 11 de abril de 2024, dictada por el Juzgado de lo Social n.º 3 de Plasencia recaída en el procedimiento ordinario n.º 603/2023 promovido por D.ª Gema Garrido Garrido contra la Resolución de 6 de septiembre de 2023, dictada por la Consejería de Hacienda y Administración Pública, por la que se desestima su solicitud de reincorporación a la bolsa de trabajo de Ordenanza en la misma posición que ocupaba a fecha de 12 de noviembre de 2020, en aplicación del Decreto-ley 6/2020, de 17 de abril.
El artículo 40.1 del Decreto 1/2022, de 12 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de la Abogacía General de la Junta de Extremadura, de su Cuerpo de Letrados y de la Comisión Jurídica de Extremadura, establece que Corresponde la ejecución material de sentencias firmes, así como su ejecución provisional en los casos que legalmente proceda, al órgano que en el momento de la ejecución resulte competente por razón de la materia sobre la que el litigio haya versado .
Al objeto de cumplir con lo dispuesto en el fallo de la sentencia y de conformidad con lo establecido en los artículos 8 y siguientes del Decreto 59/1991, de 23 de julio, que regula la tramitación administrativa en la ejecución de resoluciones judiciales, esta Consejería de Hacienda y Administración Pública, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 3 del Decreto 4/1990, de 23 de enero, sobre atribución de competencias en materia de personal,
RESUELVE:
Primero. Ejecutar el fallo de la sentencia firme n.º 159/2024, de 11 de abril de 2024, del Juzgado de lo Social n.º 3 de Plasencia, recaída en el procedimiento ordinario n.º 603/2023, siendo del tenor literal siguiente:
Estimando íntegramente la demanda presentada por D.ª Gema Garrido Garrido frente a la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, se debe condenar y se condena a la demandada a:
1. Revocar y dejar sin efecto la Resolución de fecha 6 de septiembre de 2023 (justificante de salida 11 de septiembre de 2023), dictada por la Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura, que desestimaba la solicitud presentada por Doña Gema Garrido Garrido, solicitando reincorporación a la bolsa de trabajo Ordenanza en la misma posición que ocupaba al ser contratada el 12/11/2020, por ser la referida Resolución contraria a derecho, con los efectos legales que ello conlleva.
2. Admitir la solicitud presentada por la actora y dictar resolución en la que se declare el derecho de D.ª Gema Garrido Garrido a reincorporarse en bolsa de trabajo de Ordenanza , Grupo V, personal laboral, en la misma posición que ocupaba al ser contratada el 12/11/2020, en aplicación del Decreto Ley 6/2020, de 17 de abril, con la consecuente reincorporación efectiva.
Asimismo, se debe condenar y se condena a la parte demandada a estar y a pasar por la declaración favorable a las pretensiones de la parte actora, con las consecuencias legales a ella inherentes .
Segundo. En ejecución de lo anterior se procede a la reincorporación de D.ª Gema Garrido Garrido en la lista de espera en la Categoría de Ordenanza en la misma posición que ocupaba en el momento de su cese.
Mérida, 30 de octubre de 2024.
El Director General de Función Pública,
PD, Resolución de 10 de agosto de 2023(DOE n.º 156, de 14 de agosto),
La Consejera de Hacienda y Administración Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO