Corrección de errores del Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas para la concesión de becas de viaje a personas jóvenes extremeñas destinadas a fomentar el conocimiento de la Unión Europea, para el ejercicio 2024.
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.):733880
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/733880)
Advertidos errores en el Extracto de la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan becas de viaje para personas jóvenes extremeñas destinadas a fomentar el conocimiento de la Unión Europea, para el ejercicio 2024, publicada en el DOE n.º 9, de 12 de enero de 2024, se procede a su oportuna rectificación.
Primero. En la página 2130, en el apartado segundo. Objeto ,
Donde dice:
Las becas de viaje tienen por finalidad apoyar y facilitar la realización de un plan de viaje en tren por los distintos sistemas ferroviarios nacionales que aceptan el billete Interrail, por parte de las personas beneficiarias integradas en un grupo de viaje, para fomentar entre las personas jóvenes extremeñas el conocimiento de los pueblos, los territorios y las instituciones de la Unión Europea .
Debe decir:
Las becas de viaje tienen por finalidad apoyar y facilitar la realización de un plan de viaje en tren por los distintos sistemas ferroviarios nacionales que aceptan el billete Interrail, por parte de las personas beneficiarias integradas en un grupo de viaje, para fomentar entre las personas jóvenes extremeñas el conocimiento de los pueblos, los territorios y las instituciones de la Unión Europea, a realizar en las fechas comprendidas entre el 1 de julio y el 15 de septiembre de 2024 .
Segundo. En la página 2130, en el apartado cuarto. Cuantía ,
Donde dice:
1. La financiación por parte de la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social de la Junta de Extremadura de estas ayudas tendrá un importe total de treinta y cinco mil euros (35.000,00 €) que se imputará con cargo a la posición presupuestaria G/252C/48000, Sección 22 Servicio 0040000 y Proyecto 20040017 Investigación Desarrollo Regional En El Marco Europeo para la anualidad 2024. La beca de viaje consistirá, para cada una de las personas beneficiarias, en un importe económico igual para todas ellas, que será determinado en esta convocatoria como la suma de los siguientes conceptos:
a) El importe destinado a la adquisición de un pase de viaje Interrail.
Dado que la oferta anual de Interrail tiene carácter variable, esta convocatoria determinará cuál ha de ser el Pase de Viaje Interrail mínimo que habrán de adquirir las personas que resulten beneficiarias de la Beca. En consecuencia, la convocatoria especificará la modalidad del pase de viaje Interrail mínimo, que no podrá tener una duración inferior a 15 días ni superior a 30, siempre de acuerdo con la oferta anual de Interrail, y sujeto a las disponibilidades presupuestarias.
b) El importe destinado para la contratación de un seguro de viaje, cuyo coste estará en dependencia de las coberturas que determine esta convocatoria, que, como mínimo, serán las de asistencia en viaje (incluyendo repatriación), accidentes colectivos y responsabilidad civil.
c) El importe destinado a contribuir a los gastos que se deriven de la realización del Plan de Viaje ( bolsa de viaje ), que se establece en la cantidad de 300,00 euros.
2. El importe unitario de la Beca de Viaje no podrá superar, en ningún caso, los 1.200 euros .
Debe decir:
1. La financiación por parte de la Consejería de Presidencia, Interior y Dialogo Social de la Junta de Extremadura de estas ayudas tendrá un importe total de treinta y cinco mil euros (35.000,00 €) que se imputará con cargo a la posición presupuestaria G/252C/48000, Sección 22 Servicio 0040000 y Proyecto 20040017 Investigación Desarrollo Regional En El Marco Europeo para la anualidad 2024. La beca de viaje consistirá, para cada una de las personas beneficiarias, en un importe económico igual para todas ellas, que será determinado en esta convocatoria como la suma de los siguientes conceptos:
a) El importe destinado a la adquisición de un pase de viaje Interrail.
Dado que la oferta anual de Interrail tiene carácter variable, el Pase de Viaje Interrail mínimo que habrán de adquirir las personas que resulten beneficiarias de la Beca en la presente convocatoria será el Global Pass Joven, en su modalidad Pase Continuo, de 15 días de manera continua, cuyo coste se estima en 357,00 euros. Cualquier pase de viaje Interrail de importe inferior no se considerará subvencionable.
b) El importe destinado para la contratación de un seguro de viaje, con las coberturas mínimas que para la presente convocatoria son las que se indican a continuación, y cuyo coste se estima en 55,30 euros.
Cada uno de los beneficiarios de la beca de viaje habrá de contratar un seguro de viaje que, para poder ser considerado subvencionable, habrá de incluir las siguientes coberturas:
RIESGO
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VIAJE INTERRAIL 2024
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COBERTURAS
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CAPITALES ASEGURADOS
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ASISTENCIA EN VIAJE
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Gastos médicos por enfermedad o accidente, farmacéuticos, quirúrgicos, de hospitalización y ambulancias
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18.000 euros
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Gastos de repatriación o transporte sanitario de heridos o enfermos
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Ilimitado
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Repatriación y transporte de fallecidos
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Ilimitado
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Desplazamiento de un acompañante por hospitalización
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Ilimitado
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Estancia de un acompañante por hospitalización
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1.200 euros
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Regreso del asegurado por fallecimiento de un familiar
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Ilimitado
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Búsqueda, localización y envío de equipaje en caso de robo, perdida o demora
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Ilimitado
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Asistencia legal
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2.500 euros
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ACCIDENTES COLECTIVOS
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Fallecimiento por accidente
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60.000 euros
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Invalidez permanente según baremo
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60.000 euros
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RESPONSABILIDAD CIVIL
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Límite de indemnización
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60.000 euros
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Otras condiciones:
— Sin franquicia.
— País y zona geográfica cubiertos: Territorio Schengen.
— Duración: 15 días consecutivos.
— Asistencia Covid 19.
c) El importe destinado a contribuir a los gastos que se deriven de la realización del Plan de Viaje ( bolsa de viaje ), que se establece en la cantidad de 300,00 euros.
2. El importe unitario de la Beca de Viaje queda determinado para la presente convocatoria en 712,30 euros .
Mérida, 26 de enero de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL