Extracto del Decreto 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras del Programa para el fomento y consolidación del empleo en la economía social, en el ámbito de la Comunidad de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria, de las subvenciones para el Programa I: "Creación de empleo mediante la incorporación de socios de trabajo o socios trabajadores".
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif).: 796304
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la orden, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.infosubvenciones.es ) y en el presente Diario Oficial de Extremadura
(https://doe.juntaex.es ).
Primero. Objeto.
Subvenciones dirigidas a la creación de empleo mediante la incorporación de socios de trabajo o socios trabajadores.
Segundo. Beneficiarias.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas del Programa I:
a) Las sociedades cooperativas, tanto ordinarias como especiales, calificadas como tales e inscritas en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura, excepto las cooperativas de crédito y las de seguros.
b) Las sociedades laborales calificadas como tales e inscritas en el Registro de Sociedades Laborales de Extremadura y en el Registro Mercantil correspondiente.
Tercero. Bases reguladoras.
Decreto 123/2024, de 24 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento y consolidación el empleo en la economía social en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas de los programas I, II, III y IV para el período 2024-2025.
Cuarto. Financiación y cuantías de la subvención.
El volumen total de crédito para el Programa I para los ejercicios 2024 y 2025, con cargo al siguiente código presupuestario, se detalla a continuación:
— 20050386 Fomento del Empleo en el ámbito de la Economía Social , financiado por Fondos Propios de la Comunidad Autónoma de Extremadura por un importe de 1.000.000,00 euros de los que 200.000,00 euros corresponden al ejercicio 2024 y el resto, es decir, 800.000,00 euros, corresponden al ejercicio 2025, aplicación presupuestaria 140130000/G/242A/47000/ CAG0000001/20050386.
En cuanto a las cuantías de las ayudas, éstas se modulan en función de los colectivos en los que se encuadren las personas causantes de las ayudas, variando desde 9.000,00 euros hasta 12.000,00 euros.
Además, se contempla una subvención adicional de 10 %, cuando en la entidad beneficiaria concurra la Cláusula de Responsabilidad Social y/o tenga implantado un Plan de Igualdad de Género, cuando la entidad beneficiaria sea una cooperativa resultante de un nuevo proceso de integración cooperativa, en cualquiera de sus modalidades o cuando se trate de mujeres víctimas de violencia de género.
Asimismo, una subvención adicional de hasta 1.000,00 euros por gastos imputables en sociedades de nueva creación o en procesos de integración cooperativa.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Para el Programa I, en el periodo de vigencia de la convocatoria, la subvención deberá solicitarse a partir de la fecha de alta o variación de datos, durante el mes en el que se produce el alta o la variación de datos en Seguridad Social de las personas socias o trabajadoras contratadas cuyos puestos se subvencionan, y los cinco meses naturales siguientes a aquél en que se produce tal alta o variación.
La convocatoria tiene una vigencia de un año y se inicia el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, junto al presente extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos.
La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de la información sobre el procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general electrónico, dentro de la ficha correspondiente al trámite, accesible a través del siguiente enlace directo.
https://www.juntaex.es/w/0704024 .
Mérida, 30 de septiembre de 2024.
PD, Resolución 14/09/2023,(DOE núm. 180 de 19/09/2023),
El Secretario general del SEXPE,
NICOLÁS MACÍAS MANZANEDO