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RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de prórroga del Convenio entre el Servicio Extremeño de Salud y el Instituto de Salud Carlos III, OA, MP, para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados de Salud basados en la Evidencia para el periodo 2025-2028.
DOE Número: 225
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: martes, 19 de noviembre de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de presidencia, interior y diálogo social
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 59568
Página Fin: 59571
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 8 de noviembre de 2024, la Adenda de prórroga del Convenio entre el Servicio Extremeño de Salud y el Instituto de Salud Carlos III, OA, MP, para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados de Salud basados en la Evidencia para el periodo 2025-2028, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la Adenda que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 13 de noviembre de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE EL SERVICIO EXTREMEÑO DE SALUD Y EL INSTITUTO DE SALUD CARLOS III, OA, MP, PARA EL MANTENIMIENTO DEL CENTRO ESPAÑOL PARA LOS CUIDADOS DE SALUD BASADOS EN LA EVIDENCIA PARA EL PERIODO 2025-2028.
Madrid, 8 de noviembre de 2024.
REUNIDOS
De una parte, Doña Marina Anunciación Pollán Santamaría, como Directora General del Instituto de Salud Carlos III, OA,MP (en adelante ISCIII), CIF: Q-2827015-E, organismo público de investigación adscrito al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, nombrada por Real Decreto 131/2024, de 30 de enero (BOE n.º 27, de 31 de enero de 2024), actuando en nombre y representación del mencionado Instituto, con domicilio en la calle Sinesio Delgado, número 6, Madrid y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 11 del Real Decreto 375/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba su Estatuto.
Y de otra parte, Doña Sara García Espada, en su calidad de Consejera de Salud y Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, nombrada por Decreto de la Presidenta 21/2023, de 20 de julio, actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud de la delegación otorgada por Decreto de la Presidenta 30/2023, de 16 de agosto (DOE número 164, de 25 de agosto de 2023), por el que se delega en la persona titular de la Consejería de Salud y Servicios Sociales la firma de los Convenios que suscriba la Comunidad Autónoma de Extremadura con el Estado, en el ámbito de las competencias que dicho departamento tiene atribuidas y autorizada para la firma de la presente Adenda por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el 29 de octubre de 2024.
Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen recíprocamente legitimidad y capacidad jurídica suficiente para la formalización de esta Adenda en los términos que en ella se contienen, y a tal efecto.
EXPONEN
Primero. El Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia (en adelante, CECBE), es un proyecto de investigación convenido con la Universidad de Adelaida y liderado por el Instituto de Salud Carlos III cuyo objeto es promocionar y apoyar las prácticas clínicas en enfermería basadas en la evidencia y desarrollar una estrategia de fomento y coordinación de la investigación en enfermería a nivel nacional.
Segundo. Que las partes firmaron el 24 de noviembre de 2021 el Convenio entre el Servicio Extremeño de Salud y el ISCIII para el mantenimiento del CECBE, registrado en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal el 25 de noviembre de 2021, y publicado en el BOE el 7 de diciembre de 2021.
Tercero. La cláusula séptima del Convenio establece la vigencia del mismo, y señala que [ ] finalizará el 31 de diciembre de 2024, pudiendo ser prorrogable por cuatro años adicionales, por acuerdo expreso de las partes. [ ] .
Con base en lo anterior, ambas partes han convenido la formalización de la presente Adenda de acuerdo con las siguientes cláusulas:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
El objeto de la presente Adenda es prorrogar la vigencia del Convenio, suscrito el 24 de noviembre de 2021, entre el Servicio Extremeño de Salud (SES) y el Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), OA, MP, para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados de Salud Basados en la Evidencia (CECBE), hasta el día 31 de diciembre de 2028.
Segunda. Financiación.
El presupuesto de esta Adenda, idéntico al establecido en la cláusula cuarta del Convenio que se prorroga, afecta únicamente a las anualidades en los siguientes términos:
Para el funcionamiento del CECBE, la contribución del ISCIII se valora en un total de 16.000 euros anuales independientemente del número de Comunidades Autónomas participantes. La contribución del ISCIII se realizará con cargo a los artículos presupuestarios: 22 (12.800 euros) y 23 (3.200 euros) del presupuesto anual de gastos del ISCIII, dependiendo de las disponibilidades presupuestarias. La aportación del ISCIII se realizará según lo requiera el desarrollo de las actividades para la realización del proyecto y no supone transferencia a ninguna de las Comunidades Autónomas participantes.
La Comunidad Autónoma de Extremadura, a través del Servicio Extremeño de Salud, aportará un total de 8.000 euros anuales, ascendiendo su contribución global a 32.000 euros para las anualidades 2025 a 2028, con cargo a la aplicación presupuestaria 3901.212B.22706, el importe se hará efectivo, previa nota de cargo del ISCIII, mediante un pago anual, siempre antes del 31 de diciembre de cada año en curso, en la cuenta corriente IBAN ES 4590000001200200009118 del Banco de España (Calle Alcalá, 50. 28014 Madrid).
Por tratarse de un expediente iniciado en el ejercicio anterior al de su ejecución, la aprobación de esta Adenda de prórroga de Convenio, estará sujeta a las limitaciones que se determinen en las normas presupuestarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y quedará sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivas de la prórroga del convenio en el ejercicio presupuestario de 2025 (Regla 69 de la Instrucción de contabilidad, modificada por resolución de 27 de julio de 2021 por la Intervención General).
El presupuesto económico de esta adenda será gestionado por el ISCIII, distribuyéndose en gastos de personal, gastos de formación, gestión y soporte del CECBE (45%), soporte para la formación e investigación, viajes y dietas (30%) y otros (25%), conforme las actividades descritas en la cláusula tercera del Convenio que se prorroga y con el visto bueno de la Comisión de Seguimiento.
Tercera. Mantenimiento de las cláusulas del convenio.
En todo lo no previsto en el presente documento seguirán plenamente vigentes y aplicables todas las demás cláusulas y disposiciones del Convenio objeto de esta prórroga, siendo las mismas igualmente de aplicación en cuanto fuere necesario al presente documento.
Cuarta. Eficacia de la Adenda.
La presente adenda se perfecciona el día de su última firma electrónica y surtirá efectos desde 1 de enero de 2025 y hasta el 31 de diciembre 2028, previa inscripción, en el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y será publicado en el plazo de diez días hábiles desde su formalización en el Boletín Oficial del Estado, sin perjuicio de su publicación facultativa en el boletín oficial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo convenido, ambas partes firman electrónicamente el presente documento.
PA, La Consejera de Salud y Servicios Sociales,
DÑA. SARA GARCÍA ESPADA
La Directora General del Instituto de Salud Carlos III,
DÑA. MARINA ANUNCIACIÓN POLLÁN SANTAMARÍA

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