Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la redistribución del crédito asignado al Programa de incentivos 1: adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, convocado mediante el Decreto 124/2021, de 27 de octubre, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo en Extremadura (Programa MOVES III).
TEXTO ORIGINAL
BDNS(Identif.): 597216
BDNS(Identif.): 597217
El Decreto 124/2021, de 27 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria, fue publicado en el Diario Oficial de Extremadura n.º 232 de 2 de diciembre de 2021, modificado por el Decreto 117/2022, de 14 de septiembre y el Decreto 22/2024, de 12 de marzo, desarrollando las bases y convocando las líneas de ayudas cuyas bases reguladoras quedaron establecidas mediante el Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 14 de abril de 2021 donde se aprobó la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica (Programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, modificado por el Real Decreto 36/2023, de 24 de enero, Real Decreto 406/2023, de 29 de mayo, Real Decreto 821/2023, de 14 de noviembre y el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura n.º 232 de 2 diciembre de 2021, el extracto del Programa I. Adquisición de vehículo eléctricos, de la convocatoria del Decreto 124/2021, de 27 de octubre, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index ) con la identificación: 597216 y 597217.
El punto noveno de la disposición adicional única del Decreto 124/2021, de 27 de octubre, donde se recoge la convocatoria, establece que la financiación de las ayudas será mediante fondos transferidos del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Europeo, en la medida en que han resultado incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Next Generation EU). Asimismo, se establece que la financiación del Programa de incentivos 1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, se realiza con el Proyecto de gasto 20210407 P.I. - 1: Programa para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos , con la siguiente distribución:
Posición Presupuestaria:180020000/G/333A/70100. Anualidades: 2022, 2023, 2024, 2025.
Cuantías: 60.515,00; 302.574,00; 181.544,00; 60.515,00. Totales: 605.148,00.
Posición Presupuestaria: 180020000/G/333A/74500. Anualidades: 2022, 2023, 2024, 2025.
Cuantías: 30.257,00; 151.287,00; 90.772,00; 30.257,00. Totales: 302.573,00.
Posición Presupuestaria: 180020000/G/333A/76000. Anualidades: 2022, 2023, 2024, 2025.
Cuantías: 121.029,00; 605.147,00; 363.088,00; 121.029,00. Totales: 1.210.293,00.
Posición Presupuestaria: 180020000/G/333A/76100. Anualidades: 2022, 2023, 2024, 2025.
Cuantías: 30.257,00; 151.287,00; 90.772,00; 30.257,00. Totales: 302.573,00.
Posición Presupuestaria: 180020000/G/333A/76200. Anualidades: 2022, 2023, 2024, 2025.
Cuantías: 60.515,00; 302.574,00; 181.544,00; 60.515,00. Totales: 605.148,00.
Posición Presupuestaria: 180020000/G/333A/77000. Anualidades: 2022, 2023, 2024, 2025.
Cuantías: 90.772,00; 453.860,00; 272.316,00, 90.772,00. Totales: 907.720,00.
*PJyOE: 84.772,00; 23.860,00; 248.316,00; 90.772,00. Totales: 847.720,00.
*Autónomos: 6.000,00; 30.000,00; 24.000,00; 0,00. Totales: 60.000,00.
Posición Presupuestaria: 180020000/G/333A/78900. Anualidades: 2022, 2023, 2024, 2025.
Cuantías: 211.802,00; 1.059.008,00; 635.405,00; 211.802,00. Totales 2.118.017,00.
Notas.:
* Personas jurídicas y otras entidades con actividad en Extremadura sujetas a Reglamento (UE) 651/2014 de Comisión Europea.
** Profesionales autónomos sujetos al Reglamento (UE) de minimis.
Estableciéndose también en citada disposición que ... Los créditos iniciales asignados en la presente convocatoria a cada aplicación presupuestaria dentro de un mismo proyecto podrán ser reasignados en cualquier momento por el órgano instructor, tanto entre artículos como entre conceptos y ejercicios presupuestarios, con la finalidad de atender a las solicitudes que reúnan los requisitos en plazo y siempre que exista crédito presupuestario para ello. Para el aumento de hasta un 20 por ciento de los créditos presupuestarios imputados o para una distribución distinta entre los proyectos y posiciones presupuestarias recogidas en la presente convocatoria de ayudas, se estará en lo dispuesto en los artículos 23.2.h) y 39.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo .
En virtud de lo anterior, el 10 de julio de 2023 y el 30 de enero de 2024 se publicaron en el Diario Oficial de Extremadura la modificación del extracto y anuncio por el que se da publicidad a la modificación de la distribución de créditos correspondientes al Programa de Incentivos. 1: Adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible, convocado mediante el Decreto 124/2021, de 27 de octubre, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para actuaciones de apoyo a la movilidad eléctrica (programa MOVES III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europea, quedando finalmente los créditos del proyecto de gasto 20210407 P.I.-1:Programa para el fomento de adquisición de vehículos eléctricos de la siguiente forma:
Posición Presupuestaria:180020000/G/333A/70000. Anualidades: 2023, 2024, 2025.
Cuantías: 363.089,00; 153.544,00; 60.515,00. Totales: 577.148,00.
Posición Presupuestaria:180020000/G/333A/70000* .Anualidades:2023,2024,2025.
Cuantías:0,00; 28.000,00; 0,00. Totales: 28.000,00.
Posición Presupuestaria: 180020000/G/333A/73200. Anualidades: 2023, 2024, 2025.
Cuantías:181.544,00; 90.772,00; 30.257,00. Totales:302.573,00.
Posición Presupuestaria:180020000/G/333A/76000. Anualidades: 2023, 2024, 2025.
Cuantías: 1.270.809,00; 635.404,00; 211.801,00. Totales: 2.118.014,00.
Posición Presupuestaria:180020000/G/333A/77000. Anualidades: 2023, 2024, 2025.
Cuantías: 544.632,00; 272.316,00; 90.772,00. Totales: 907.720,00.
*PJyOE: 508.632,00; 248.316,00; 90.772,00. Totales: 847.720,00.
**Autónomos:36.000,00; 24.000,00; 0,00. Totales: 60.000,00.
Posición Presupuestaria: 180020000/G/333A/78000. Anualidades: 2023, 2024, 2025.
Cuantías: 1.058.730,00; 1.001.966,12; 57.320,88. Totales: 2.118.017,00.
Notas.:
* Personas jurídicas y otras entidades con actividad en Extremadura sujetas a Reglamento (UE) 651/2014 de Comisión Europea.
** Profesionales autónomos sujetos al Reglamento (UE) de minimis.
El Programa de Incentivos 1 cuenta con un elevado número de expedientes instruidos por el órgano instructor. Así, teniendo en cuenta que la concesión de las ayudas pendientes y el plazo de justificación correspondiente será en las anualidades 2024 y 2025 es preciso realizar una redistribución de los créditos previstos en la convocatoria entre posiciones presupuestarias y anualidades para atender las solicitudes de ayuda presentadas.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 39.3 y 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos de la convocatoria o una distribución distinta entre los proyectos y aplicaciones presupuestarias recogidos en la misma, exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de un anuncio del órgano al que le corresponda la aprobación de la convocatoria, en el que se recoja como quedarían los créditos totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
Por ello, y en virtud de lo recogido en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio), la competencia para acordar la distribución referida corresponde a la Secretaria General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible al ostentar ésta las competencias en materia de industria, energía y minas.
En virtud de cuanto antecede, para los ejercicios 2024 y 2025, teniendo en consideración los créditos de la convocatoria y la ejecución de la anualidad 2023 por un importe de 532.790 euros, se procede a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la modificación del extracto y anuncio para dar publicidad a la redistribución de crédito asignado al programa de incentivos 1, prevista en el punto noveno de la disposición adicional única del Decreto 124/2021, de 27 de octubre, siendo su desglose el siguiente:
Posición Presupuestaria: 120110000/G/333A/70000. Anualidades: 2024, 2025.
Cuantías: 0,00; 35.000,00. Totales: 35.000,00.
Posición Presupuestaria: 120110000/G/333A/70000*. Anualidades: 2024, 2025.
Cuantías :28.000,00; 0,00. Totales: 28.000,00.
Posición Presupuestaria: 120110000/G/333A/73200. Anualidades: 2024,2025.
Cuantías: 0,00; 2.900,00. Totales:2.900,00.
Posición Presupuestaria:120110000/G/333A/76000. Anualidades: 2024,2025.
Cuantías: 28.000,00; 100.000,00. Totales: 128.000,00.
Posición Presupuestaria:120110000/G/333A/77000. Anualidades: 2024, 2025.
Cuantías: 274.650,00; 950.000,00. Totales: 1.224.650,00.
*PJyOE: 243.300,00; 150.000,00. Totales: 393.300,00.
**Autónomos: 31.350,00; 800.000,00. Totales: 831.350,00.
Posición Presupuestaria: 120110000/G/333A/78000. Anualidades: 2024, 2025.
Cuantías: 1.557.790,00; 2.542.342,00. Totales: 4.100.132,00.
Notas.:
* Personas jurídicas y otras entidades con actividad en Extremadura sujetas a Reglamento (UE) 651/2014 de Comisión Europea.
** Profesionales autónomos sujetos al Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.
Mérida, 18 de octubre de 2024.
La Secretaria General,
M.ª DE LA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ