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RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y Fundecyt-PCTEX por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto "5071_Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura: Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales" en el ejercicio 2024.
DOE Número: 228
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: viernes, 22 de noviembre de 2024
Apartado: III OTRAS RESOLUCIONES
Organismo: consejería de presidencia, interior y diálogo social
Rango: RESOLUCIÓN
Descriptores: Convenios.
Página Inicio: 60224
Página Fin: 60267
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Habiéndose firmado el día 7 de octubre de 2024, el Convenio entre la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y Fundecyt-PCTEX por el que se formaliza una transferencia específica destinada a financiar la realización del Proyecto 5071_Fundecyt-Parque Científico y Tecnológico de Extremadura: Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales en el ejercicio 2024, de conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 217/2013, de 19 de noviembre, por el que se regula el Registro General de Convenios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
La publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Convenio que figura como anexo de la presente resolución.
Mérida, 19 de noviembre de 2024.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL Y FUNDECYT-PCTEX POR EL QUE SE FORMALIZA UNA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA DESTINADA A FINANCIAR LA REALIZACIÓN DEL PROYECTO 5071_FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES EN EL EJERCICIO 2024.
7 de octubre de 2024.
REUNIDOS:
De una parte, D. Juan Andrés Moreno Martín, Secretario General de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Decreto 93/2023, de 28 de julio (DOE. núm 146, de 31 de julio), en virtud de la delegación de firma establecida en la Resolución de 10 de agosto de 2023, del Consejero, sobre delegación de competencias en diversas materias y delegación de firma (DOE núm. 157, de 16 de agosto), y de conformidad con las competencias que le atribuyen los artículos 36 y 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra parte, D. José Luis Canito Lobo, actuando en representación de la entidad Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura con CIF G-06630644 y domicilio social en Avda. Elvas s/n 06071 Badajoz, en virtud de nombramiento del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de fecha 9 de febrero de 2022, y con las atribuciones contempladas en el artículo 31 de los estatutos de esta Fundación relacionados además en la referida escritura pública las facultades conferidas conforme al artículo 32 de los mismos estatutos y conforme al poder otorgado mediante escritura pública con fecha 16 de febrero de 2022, ante el Notario del Ilustre Colegio de Extremadura Don Timoteo Díez Gutiérrez, con el n.º 252 de su Protocolo.
Ambas partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua legitimidad y capacidad suficiente para obligarse mediante el presente convenio en los términos que en él se contienen y, al efecto,
EXPONEN:
Primero. Que el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, dispone en su artículo 2 que la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital ejercerá las competencias en materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la política empresarial, promoción de la empresa y apoyo al emprendedor; así como las competencias en materia de trabajo y políticas de empleo, las de sociedad de la información y telecomunicaciones. Así mismo ejercerá las de política tecnológica de carácter corporativo y administración electrónica .
A tenor de lo dispuesto en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, corresponde a la Dirección General de Digitalización Regional, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y la coordinación de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad, la promoción, coordinación y gobernanza de la Agenda Digital de Extremadura así como las competencias en materia de telecomunicaciones y conectividad y cohesión del territorio. En este sentido el Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, en su artículo 9, estable que corresponde a la Dirección General de Digitalización Regional, bajo la superior dirección de la persona titular de la Consejería y la coordinación de la Secretaría General de Transformación Digital y Ciberseguridad sobre políticas digitales corporativas y seguridad de la información, en el ámbito de las atribuciones que le confiere el artículo 59 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la programación, coordinación y gobernanza de la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura así como las competencias en materia de telecomunicaciones y conectividad que impulsen la cohesión del territorio .
Segundo. El Consejo de Ministros aprobó el 28 de marzo de 2023 la iniciativa RETECH IA, un programa dotado con una inversión de 258 millones de euros procedentes de los fondos europeos Next Generation del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para la puesta en marcha de 13 proyectos emblemáticos que abarcan a todas las comunidades autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.
El programa cuenta con financiación europea pero también con una aportación de 87 millones de euros de las comunidades autónomas. En total, RETECH IA está dotado con 345,8 millones de euros a distribuir entre sus trece proyectos emblemáticos:
Spain Living Lab (Misión IA). Creará un ecosistema de innovación abierto para desarrollar Inteligencia Artificial en el sector turístico. (Coordina Canarias y participan Baleares, Andalucía, Aragón, Navarra, Asturias y Castilla-La Mancha). Presupuesto total de 43,9 millones de euros.
Cadena de Valor en Inteligencia Artificial. Fomento del uso de la inteligencia artificial y la tecnología del dato en el tejido empresarial industrial. (Coordina País Vasco y participan la Comunidad de Madrid y Galicia). Presupuesto total de 55,6 millones de euros.
Red Territorial de Hubs de Inteligencia Artificial (Cadena de Valor). Creación de una red de generación de talento empresarial dedicado al ámbito de la Inteligencia Artificial, mediante formación y nuevos programas e itinerarios educativos para desarrollar productos, servicios y herramientas que ofrece la Inteligencia Artificial. (Coordina Cataluña y participan Comunidad Valenciana y Baleares). Presupuesto total de 38,7 millones de euros.
TechFabLab (Redes de Emprendimiento). Proporcionará oportunidades de asesoramiento y formación en empresas, identificación y potenciación de iniciativas de origen local de la mano de las mayores empresas de cada región. (Coordina La Rioja y participan Aragón, Navarra, Cantabria, Comunidad Valenciana y Cataluña). Presupuesto total de 42 millones de euros.
Plataforma Agroalimentaria en Red. Creación de una plataforma transversal de Inteligencia Artificial aplicada al sector agroalimentario para acelerar el proceso de transformación digital en el sector. Se establecerá un sistema interregional de negociación, comercialización y transparencia de los productos alimentarios y una recopilación exhaustiva de datos en el proceso productivo, de comercialización y consumo. (Coordina Castilla-La Mancha y participan Castilla y León, Extremadura y La Rioja). Presupuesto total de 27 millones de euros.
Infraestructura para Red Española de Blockchain. Construcción de una red tecnológica de ámbito nacional basada en la tecnología Blockchain, alineada con la infraestructura europea en este ámbito. (Coordina la Comunidad de Madrid y participan Asturias y Canarias). Presupuesto total de 18 millones de euros.
Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales. Desarrollará recreaciones virtuales basadas en el territorio, para hacer predicciones y simulaciones, mejorar la prestación y gestión de los servicios públicos. (Coordina La Rioja y participan Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia y Navarra). Presupuesto total de 23,7 millones de euros.
Proyecto Plan de Digitalización e Inteligencia Artificial del Patrimonio Prehistórico de Cantabria y Asturias. Combinación de tecnologías de digitalización y herramientas de inteligencia artificial para la optimización de la gestión del patrimonio prehistórico en España, abarcando la investigación, conservación y difusión. (Coordina Cantabria y participa Asturias). Presupuesto total de 12,9 millones de euros.
Redes de Emprendimiento Digital. Desarrollo y especialización del sector TIC en el emprendimiento digital para la aparición de soluciones disruptivas e innovadoras con capacidad tractora en cada territorio. (Coordina Andalucía y participan Madrid y Ceuta). Presupuesto total de 23,6 millones de euros.
Salud Digital Inteligente. Aceleración de la transformación digital en el ámbito de la robótica asistencial para conformar un espacio de datos que permita diseñar mejores productos y servicios por las empresas del sector de la salud con el fin de lograr medicina personalizada para cada paciente. (Coordina Murcia). Presupuesto total de 8 millones de euros.
RETECHFOR. Red Tecnológica y territorial para dotar al sector forestal de datos, el monitoreo forestal y reducción de desastres ambientales como palancas para el desarrollo de la Bioeconomía Forestal, mediante el desarrollo de servicios y productos para mejorar la coordinación de los agentes y la toma de decisiones en prevención, extinción y planes de restauración de desastres naturales. (Coordina Castilla y León y participa Canarias). Presupuesto total de 28,4 millones de euros.
Knowledge Heritage Network. Actuaciones innovadoras a nivel tecnológico relativas al patrimonio cultural mediante el desarrollo de una plataforma de captación de datos e interpretación, la creación o potenciación de una red de laboratorios inteligentes de patrimonio cultural. (Coordina Castilla y León y participan Aragón y Galicia). Presupuesto de 15,9 millones de euros.
Ecosistema emprendedor para un territorio rural y marino inteligente(TriRuralTech). Puesta en marcha de una red de excelencia para el fomento del emprendimiento en el medio rural, con un espacio regional de datos rurales, una plataforma de inteligencia Big Data conectada a las plataformas locales y comarcales de gestión de servicios digitales. (Coordina Extremadura y participan Islas Baleares, Cantabria y Murcia). Presupuesto total de 7,6 millones de euros.
Tercero. Las Redes Territoriales de Especialización Tecnológica (RETECH) son una herramienta para hacer realidad la transformación digital en todo el territorio, aprovechando al máximo las potencialidades de cada región.
Su objetivo es lanzar proyectos territoriales de transformación digitalimpulsados de forma conjunta por varias regiones.
RETECH es una iniciativa lanzada por la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial en agosto de 2022 a través de una invitación pública. Los proyectos fueron aprobados en diciembre de 2022 con financiación de fondos europeos Next Generation EU del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España.
La iniciativa RETECH se alinea con dos de los principales objetivos específicos de la Agenda España Digital:
Liderar el cambio disruptivo de manera inclusiva y sostenible.
Focalizar los esfuerzos de digitalización en sectores económicos clave.
Se trata, por tanto, de una iniciativa emblemática que permitirá apoyar proyectos tractores, fomentando el intercambio de conocimiento y multiplicando las oportunidades de cada región.
Esto se logrará a través de redes nacionales que permitan maximizar el equilibrio territorial y la cohesión social.
Cuarto. Que la Junta de Extremadura, participa como beneficiaria en el proyecto Programa de aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales: RETECH, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia- Financiado por la Unión Europea- NextGeneration EU .
Quinto. Que la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura traza el camino para llevar a su ciudadanía y empresas a la era digital, avanzando rápidamente en el desarrollo de una Administración Pública ágil, centrada en el ciudadano y eficiente, dotando de infraestructura digital y conectividad a su vasto territorio rural, promoviendo el talento digital y la inclusión digital ciudadana, y estimulando un tejido empresarial competitivo, innovador y avanzado.
En línea con los programas políticos de la Década Digital 2030 y la Brújula Digital, la Estrategia de Transformación Digital de Extremadura (ETDE) se basa en cuatro ejes estratégicos:
1. Administración ágil, eficiente y proactiva (Digitalización de los servicios públicos)
2. Conectividad digital, territorio inteligente y ciberseguridad (Infraestructura digital segura y de alto rendimiento).
3. Hacia una sociedad digital (Habilidades digitales).
4. Construir una región competitiva e innovadora (Transformación digital de empresas).
Sexto. Que la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura (en adelante FUNDECYT- PCTEX) es una fundación del sector público de la Comunidad Autónoma de Extremadura que, dentro del sistema de Ciencia, Tecnología, Economía, Sociedad , tiene como objetivos, entre otros, los de promover proyectos de interés general en este campo, así como desarrollar, colaborar y coordinar, en su caso y a su encomienda, los programas que al efecto desarrollen la Junta de Extremadura, la Universidad de Extremadura, otras Administraciones e Instituciones Públicas extremeñas y las empresas privadas, para consolidar un sistema estable, sostenible, generador de empleo, bienestar y desarrollo competitivo.
Para el desarrollo de estos objetivos, FUNDECYT-PCTEX tiene, entre otros, los siguientes fines:
1. La Fundación tiene por objeto contribuir al aprovechamiento social y económico de la ciencia y la tecnología, el apoyo y promoción del desarrollo científico y tecnológico y su gestión, lograr un mejor aprovechamiento de la investigación y la innovación y estimular la participación de la sociedad civil movilizando sus recursos. Para la realización de estos fines la Fundación realizará actividades fundamentalmente, aunque sin ánimo exclusivo, en las siguientes áreas:
a. Intercambio de ciencia, tecnología y conocimiento.
b. Innovación empresarial y social y para el sector público.
c. Gestión de espacios de I+D e innovación, incluyendo los propios del Parque Científico y Tecnológico.
d. Gestión directa y apoyo en la gestión de proyectos nacionales y europeos.
e. Atracción, gestión y desarrollo del conocimiento y del talento.
f. Soporte al emprendimiento innovador basado en la ciencia, la tecnología y el conocimiento.
g. Colaboración nacional e internacional con todo tipo de instituciones y organizaciones para el desarrollo de actividades en las áreas mencionadas con anterioridad.
2. La enunciación de los citados fines no les otorga orden de prelación alguno.
Séptimo. Que, por lo expuesto, la actual Dirección General de Digitalización Regional, considera de interés establecer una colaboración con FUNDECYT-PCTEX para la ejecución y el desarrollo del Proyecto 5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES
Octavo. Que-la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, (DOE núm. 26 de 6 de febrero), en el anexo del proyecto de gastos de la Sección 14 Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital , en el servicio 14007 Dirección General de Digitalización Regional y en el programa 332A “Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” contempla una transferencia específica a favor de FUNDECYT-PCTEX, para la ejecución del proyecto “5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES“ por importe de 55.000 euros, financiados con fondos pertenecientes a los Mecanismos de Recuperación y Resiliencia.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley, se consideran transferencias específicas, las aportaciones dinerarias recogidas nominativamente en el Anexo del Proyecto de Gastos de esta ley con cargo a los capítulos de gasto IV o VII, destinadas a financiar la realización de actuaciones concretas por los citadas entidades que forman parte del Sector Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el marco de las funciones que tengan atribuidas, siempre que no resulten de una convocatoria pública.
Mediante el presente convenio se pretende formalizar la citada transferencia específica, conforme a lo dispuesto en el 45.3 de la Ley 1/2024, de 5 de febrero,según el cual, deberá formalizarse mediante convenio suscrito por el titular de la sección presupuestaria a la que se encuentren adscritos los créditos, con indicación del objeto de las actuaciones concretas a desarrollar; la forma de pago ajustada al Plan de Disposición de Fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005, el plazo; la forma de justificación, que deberá comprender la acreditación del coste del proyecto, del cumplimiento de su finalidad y las medidas que garanticen su trazabilidad; las acciones de seguimiento y control de las actuaciones; y las consecuencias de su incumplimiento, entre las que se incluirá, en todo caso, la devolución o compensación de las cantidades no justificadas.
Por todo ello, ambas partes, acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS:
Primera. Objeto y actuaciones a realizar en el ámbito del convenio.
El presente convenio tiene por objeto formalizar una transferencia específica para la ejecución del proyecto denominado aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales a través de la Fundación FUNDECYT- PCTEX. Las actuaciones a desarrollar en el marco del presente convenio serán las siguientes:
ACTUACIÓN 1. Gobernanza que consistirá en realizar todas las tareas relacionadas con la gobernanza y coordinación del proyecto, haciendo de interlocutor con el coordinador y cumpliendo con las siguientes responsabilidades:
Velar por el cumplimiento de los hitos y objetivos del proyecto.
Interactuar con los distintos organismos con los que tratar cualquier tema relacionado con la gestión y ejecución de este proyecto.
Valorar la situación del proyecto y eventuales riesgos tanto técnicos como administrativos u organizativos y plantear planes de trabajo concretos y mover su organización coordinada, rápida y eficazmente en la resolución de cualquier incidente relacionado con este proyecto.
Supervisar el avance del proyecto y la calidad de su desarrollo e informar, a la Junta de Extremadura, de forma diligente de cualquier incidencia incluyendo cambios en el organigrama, roles, incidencias del servicio, etc.
Canalizar y hacer fluir la comunicación entre y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al proyecto, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato, manteniendo en todo momento una adecuada coordinación entre las partes.
Trasladar las instrucciones que estime oportunas relacionadas con el objeto de este contrato y sobre el uso, normas y funcionamiento de las instalaciones o recursos que ponga a disposición del mismo.
Coordinar los trabajos que se realicen, desde Extremadura, con resto de activos a disposición del proyecto.
Apoyo en la elaboración de informes y documentación relacionada con la actuación RETECH.
Colaborar con los responsables de la DGDR en la coordinación del proyecto junto con los responsables del resto de CCAA participantes en el proyecto RETECH.
Realizar informe ejecutivo sobre la evolución de la ejecución del proyecto y resultados obtenidos.
ACTUACIÓN 2. Difusión y Formación que tendrá por objeto realizar todas las actuaciones diseñadas en el proyecto en materia de comunicación y formación, alineadas con la estrategia de información, comunicación y difusión diseñada, que permita:
Informar adecuadamente sobre el proyecto y sus avances al conjunto de la ciudadanía y a colectivos de especial interés,
Impulsar actuaciones de difusión a nivel regional, autonómica y nacional
Se trabajará también en coordinación con la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial para poder integrar periódicamente la información de la iniciativa y sus avances en la web de España Digital 2026.
Se realizarán 2 jornadas de difusión y presentación del proyecto, una más enfocada en presentar el Decreto de ayudas de gemelos Digitales y la otra en el centro demostrador
Se realizarán al menos 6 acciones formativas y demostrativas sobre gemelos digitales
Se realizará al menso 2 acciones de comunicación en ferias y congresos tecnológicos.
La ejecución de las actuacones por parte de FUNDECYT- PCTEX financiadas con cargo a esta transferencia no generará ingresos, en ningún caso.
Asimismo, FUNDECYT- PCTEX realizará las actuaciones los gastos en los términos establecidos en el anexo I del presente convenio.
Segunda. Financiación.
La financiación de las actividades a realizar derivadas de la ejecución del Proyecto 5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES por importe de cincuenta y cinco mil (55.000,00 €), se llevará a cabo a través de una transferencia específica contemplada en el anexo de proyecto de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, código de proyecto 20240245 en la aplicación presupuestaria 140070000G/332A/44000, proyecto de gasto 20240245, financiado con fondos provenientes del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia Europeo, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, en la medida en que han resultado incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (Next Generation EU).
Aplicación Presupuestaria Proyecto de gasto Denominación del Proyecto Código Fondo Importe 2024
140070000G/332A/44000 20240245 5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNVOCIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES MR05C13I01 55.000,00 €
Tercera. Obligaciones de las partes.
Con el interés común de impulsar el Proyecto ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES las partes contribuyen a su desarrollo poniendo en común los datos, los conocimientos y los elementos personales y materiales necesarios para su realización.
En concreto, del presente convenio se derivan las siguientes obligaciones para las partes:
A) Corresponde a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, desde la actual Dirección General de Digitalización Regional:
Coordinar la dirección del proyecto en su conjunto y aportar los recursos humanos y materiales para la correcta ejecución del mismo.
Aportar la información precisa para ayudar a establecer de forma clara los objetivos perseguidos.
Favorecer la coordinación de los diferentes agentes políticos, técnicos y sociales involucrados.
Favorecer la difusión y comunicación del convenio y las actuaciones que se desarrollen en el marco del mismo, entre las administraciones públicas y entidades públicas y privadas en el ámbito estatal e internacional, para lograr su participación activa en el desarrollo de las mismas.
Autorizar el registro de sus datos en una base de datos única, así como someterse a los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
Garantizar el pleno cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio do no significant harm - DNSH) y el etiquetado climático y digital.
Cumplir con la normativa europea y nacional que resulte aplicable y, en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con la normativa reguladora de las Ayudas de Estado e, igualmente, con el resto de normativa europea y nacional aplicable, en especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión.
B) Corresponde a FUNDECYT-PCTEX:
Acompañar a la Junta de Extremadura a través de la Dirección General de Digitalización Regional en trabajos relacionados con la ejecución del proyecto RETECH Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales. Desarrollará recreaciones virtuales basadas en el territorio, para hacer predicciones y simulaciones, mejorar la prestación y gestión de los servicios públicos. (Coordina La Rioja y participan Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia y Navarra).
Preparar documentos e informes para la dirección, gestión, seguimiento, evaluación y control del proyecto.
Apoyar al seguimiento y control técnico y económico de actuaciones a realizar así como la gestión de la información.
Apoyar administrativamente en particular, en la generación, recogida, tratamiento y análisis de la información necesaria para el seguimiento y coordinación del proyecto, en el cumplimiento de las obligaciones de información exigidas, así como en el soporte y asistencia a la elaboración de los informes de evaluación.
Asistir técnicamente en los foros, jornadas y conferencias o ruedas de prensa que se organicen en el contexto y ámbito del presente convenio.
Apoyar para la difusión de las actividades y resultados, en el contexto y ámbito del presente convenio.
Analizar y evaluar el resultado e impacto de los planes, proyectos y actuaciones y, en general, del estado de desarrollo de la estrategia de transformación digital, en el contexto y ámbito del presente convenio. Apoyando en la elaboración y cumplimiento de los documentos que a efectos de estrategias transversales sean requeridas a la Dirección General de Digitalización Regional.
Facilitar datos a otros organismos competentes en la materia.
Asesorar a técnicos y representantes del Ejecutivo regional en el impulso de iniciativas orientadas a la aplicación de las medidas de la estrategia de transformación digital.
Justificar los gastos imputables a la ejecución del convenio ante los organismos que participan en la financiación, siguiendo los criterios que se establezcan por la Comisión de Seguimiento.
Autorizar el registro de sus datos en una base de datos única, así como someterse a los controles llevados a cabo por los organismos europeos: Comisión Europea, Oficina de Lucha contra el Fraude, Tribunal de Cuentas Europeo y Fiscalía Europea.
Garantizar el pleno cumplimiento del principio de no causar un perjuicio significativo al medio ambiente (principio do no significant harm - DNSH) y el etiquetado climático y digital.
Cumplir con la normativa europea y nacional que resulte aplicable y, en particular, con las obligaciones que se derivan del cumplimiento del Reglamento del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, con la normativa reguladora de las Ayudas de Estado e, igualmente, con el resto de normativa europea y nacional aplicable, en especial, las medidas relativas a evitar fraude, corrupción, conflicto de intereses o doble financiación, en protección de los intereses financieros de la Unión.
Y, en general, gestionar las actuaciones que se atribuyan al Equipo técnico de la Oficina Técnica en virtud de las estipulaciones de este convenio y aquéllas que estime convenientes para la consecución de los objetivos perseguidos.
Cuarta. Ejecución del proyecto y plazo y forma de justificar la transferencia específica.
La fecha de finalización de la ejecución del proyecto será el 31 de diciembre de 2024, sin perjuicio de que a la transferencia específica que se formaliza mediante la suscripción de este convenio puedan imputarse los gastos derivados de tal ejecución en los que haya incurrido desde el 1 de abril de 2024.
Los pagos derivados de la ejecución de las anteriores actuaciones, así como la acreditación relativa a los mismos, deberán estar realizados y fechados con anterioridad al 28 de febrero de 2025.
El plazo y la forma de justificar la ejecución de las actuaciones deberá realizarse conforme a lo recogido en las instrucciones contenidas en el Anexo II del presente convenio.
La fecha límite para presentar la documentación justificativa será el 28 de febrero de 2025.
La entidad FEVAL-GESTIÓN DE SERVICIOS, S.L.U llevará una contabilidad y facturación pormenorizada y separada para esta transferencia específica a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
En todo caso dispondrá de un sistema de contabilidad analítica de las actuaciones realizadas a desarrollar en cumplimiento de lo establecido en el presente convenio.
Quinta. Pago de la transferencia específica.
1. El pago de esta transferencia específica se hará efectivo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108.1 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura y el artículo 3.1 del Decreto 105/2005, de 12 de abril, por el que se aprueba el Plan de disposición de fondos de la Tesorería de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2005. De esta forma:
Las transferencias nominativas se librarán con carácter general trimestralmente, por cuartas partes del crédito presupuestario correspondiente, para su abono dentro del primer mes de cada trimestre.
No obstante, las transferencias nominativas cuyo crédito presupuestario total no exceda de 300.000 euros podrán ejecutarse de una sola vez para su pago dentro de los treinta días siguientes a la fecha de contabilización de la correspondiente propuesta de pago .
En base a lo anterior, tratándose de una transferencia cuyo crédito presupuestario es menor de 300.000 euros, el pago de la misma se efectuará de una sola vez, el cual se realizará tras la firma del convenio.
Sexta. Incumplimiento y reintegro.
1. Serán causas de incumplimiento que conllevarán, previa audiencia de FUNDECYT- PCTEX, la devolución, en su caso, total o parcial de la transferencia específica y el reintegro a la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura de las cantidades percibidas con los intereses legales correspondientes, las siguientes:
a) No justificación, justificación insuficiente o justificación fuera de plazo de las actuaciones a ejecutar cada anualidad.
b) El falseamiento, la inexactitud o la omisión de los datos suministrados por FUNDECYT- PCTEX.
c) No adopción de las medidas de difusión y publicidad de la cláusula décima.
d) No realización de las actividades objeto de esta transferencia.
e) El incumplimiento de cualquiera de las restantes obligaciones establecidas en el presente convenio.
2. El grado de incumplimiento se determinará proporcionalmente al porcentaje que no se haya ejecutado o no se haya justificado correctamente. Se entenderá cumplido el objeto de la transferencia cuando alcance un grado de ejecución que sea al menos igual o superior al 50 % del importe total de la misma, procediendo el reintegro parcial, de las cantidades percibidas y no ejecutadas. En caso contrario, existirá incumplimiento total y procederá el reintegro total de las cantidades percibidas cuando el grado de ejecución mínimo resulte inferior al 50% de la cuantía total de la transferencia. Todo ello sin perjuicio de la exigencia del interés de demora previsto en el artículo 24 de la Ley 5/2007, de 19 de abril, de Hacienda Pública de Extremadura.
3. El procedimiento de reintegro, cuando proceda en virtud del incumplimiento antes dicho, o a consecuencia de la emisión del informe de control financiero emitido por la Intervención General de la Junta de Extremadura, se iniciará de oficio por la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de reintegro será de 12 meses desde la fecha del acuerdo de iniciacio. Transcurrido el plazo para resolver sin que haya sido notificada resolución expresa, se producirá la caducidad del procedimiento, sin perjuicio de continuar las actuaciones hasta su terminación y sin que se considere interrumpida la prescripción por las actuaciones realizadas hasta la finalización del citado plazo.
La resolución del procedimiento de reintegro pondrá fin a la vía administrativa.
De no reintegrarse las cantidades que se determinen en periodo voluntario, se acudirá a la vía ejecutiva.
Séptima. Derechos de propiedad intelectual y publicaciones.
En materia de derechos de propiedad intelectual que se deriven del presente convenio, se estará a lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia, entendiendo que la proporción en estos derechos, que son el resultado unitario de una obra de colaboración, es igual para todas partes. A estos efectos, la difusión o publicación de los resultados de los trabajos, cualquiera que sea el medio que se utilice para ella, hará constar las instituciones que lo han hecho posible, así como los autores de dichos trabajos. Todo ello bajo la licencia Creative Commons.
Octava. Modificación del convenio.
El presente convenio podrá ser modificado por acuerdo unánime y expreso entre las partes, mediante suscripción del oportuno acuerdo de modificación, que se incorporará como adenda al convenio, formalizado con anterioridad a la expiración del plazo de duración de este.
Novena. Comisión de Seguimiento.
Con el fin de facilitar la coordinación y el desarrollo del presente convenio se constituirá una Comisión de Seguimiento, que estará formada por dos representantes de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y dos representantes de FUNDECYT- PCTEX designados por quienes suscriben el presente convenio.
Esta Comisión se regirá en cuanto a su constitución, funcionamiento y adopción de acuerdos por la normativa vigente en materia de órganos colegiados contenida en la sección 3, Capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La Presidencia de la Comisión de Seguimiento corresponde a uno de los representantes de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital de la Junta de Extremadura, ostentando voto de calidad en caso de empate. El ejercicio de las funciones de secretario de la Comisión de Seguimiento corresponderá a uno de los representantes de FUNDECYT- PCTEX.
La Comisión de Seguimiento establecerá las directrices básicas de organización y funcionamiento del presente convenio.
A la Comisión de Seguimiento le corresponden, entre otras, las siguientes funciones:
Realizar el seguimiento de la actuación.
Aclarar y resolver cuantas dudas y controversias pudieran surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio,
Recabar la información que sea razonable para el seguimiento de la actuación tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y organizativos, debiendo garantizar FUNDECYT- PCTEX la disponibilidad de la información.
Décima. Eficacia, duración y resolución.
La eficacia del presente convenio será desde la fecha de su firma por ambas partes hasta el 31 de diciembre de 2024. No obstante, se podrán imputar gastos derivados de la ejecución del proyecto desde el 1 de abril de 2024, tal como se recoge en la cláusula cuarta.
Serán causas de resolución del presente convenio:
— El vencimiento del plazo de eficacia.
— El acuerdo de las partes, formalizado por escrito.
— La imposibilidad sobrevenida del cumplimiento de las actividades descritas.
— La denuncia del convenio instada por una de las partes ante el incumplimiento de la otra, de acuerdo con los términos establecidos en el presente documento. En este caso, la parte cumplidora notificará a la otra el incumplimiento, concediendo un plazo de 15 días para subsanarlo y, en caso negativo, se dará por finalizado y extinguido el convenio.
— Falta o insuficiencia de crédito.
En cualquier caso, su resolución anticipada no afectará a las actividades en curso que deberán ser realizadas hasta su completa finalización.
Undécima. Información y publicidad.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU , junto al logotipo del PRTR, disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado y, en la Resolución de 28 de febrero de 2020, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional, adaptándolo a la nueva estructura de departamentos ministeriales de la Administración General del Estado.
El artículo 34 del citado reglamento establece las medidas de información, comunicación y publicidad, en particular, indica que los perceptores de fondos de la Unión Europea harán mención del origen de la financiación y velarán por darle visibilidad, incluyendo el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU . En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo el beneficiario, se deberá reconocer el apoyo del fondo en la operación mostrando el emblema de la Unión Europea.
En consecuencia, en las actuaciones ejecutadas en el marco de los Componentes 12,13,14 y 16 del PRTR y financiada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2023, se incluirá el logo de la Unión Europea y del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y se establecerá un mecanismo de identificación de las facturas o documentos originales del gasto (mediante sello, troquel u otro medio similar) de forma que figure su condición de gasto financiado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y por la Unión Europea- NextGenerationEU .
Decimosegunda. Régimen Jurídico y resolución de controversias.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, quedando excluido del ámbito de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6, y formalizándose al amparo de lo dispuesto en el artículo 45 de la citada Ley 6/2022, de 30 de diciembre, y por lo tanto todas las cuestiones que se puedan plantear en orden a su cumplimiento, interpretación, resolución y efectos, deberán resolverse de mutuo acuerdo entre las partes, mediante diálogo y negociación en el seno de la Comisión de Seguimiento establecida en la cláusula octava del presente convenio.
Asimismo, estará sujeto a lo dispuesto en el Capítulo VI, del Título Preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman el presente convenio por duplicado ejemplar y a un solo efecto en la fecha y lugar mencionados en el encabezamiento.
El Director Gerente de la Fundación Fundecyt Parque Científico y Tecnológico de Extremadura,
José Luis Canito Lobo
El Consejero de Economía, Empleo y Transformación Digital,PA, Resolución de 10 de agosto de 2023,(DOE núm. 157, de 16 de agosto),El Secretario General,
Juan Andrés Moreno Martín
ANEXO I
MEMORIA DE LAS ACTUACIONES AFECTAS AL PROYECTO Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales .
Para el desarrollo del proyecto se realizarán las actuaciones que a continuación se describen, para la anualidad 2024.
1. ACTUACIONES.
1.1. ACTUACIÓN 1. Gobernanza a través de esta actuación se ejecutarán todas las tareas relacionadas con la gobernanza y coordinación del proyecto, haciendo de interlocutor con el coordinador y cumpliendo con las siguientes responsabilidades:
Velar por el cumplimiento de los hitos y objetivos del proyecto.
Interactuar con los distintos organismos con los que tratar cualquier tema relacionado con la gestión y ejecución de este proyecto.
Valorar la situación del proyecto y eventuales riesgos tanto técnicos como administrativos u organizativos y plantear planes de trabajo concretos y mover su organización coordinada, rápida y eficazmente en la resolución de cualquier incidente relacionado con este proyecto.
Supervisar el avance del proyecto y la calidad de su desarrollo e informar, a la Junta de Extremadura, de forma diligente de cualquier incidencia incluyendo cambios en el organigrama, roles, incidencias del servicio, etc.
Canalizar y hacer fluir la comunicación entre y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al proyecto, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato, manteniendo en todo momento una adecuada coordinación entre las partes.
Trasladar las instrucciones que estime oportunas relacionadas con el objeto de este contrato y sobre el uso, normas y funcionamiento de las instalaciones o recursos que ponga a disposición del mismo.
Coordinar los trabajos que se realicen, desde Extremadura, con resto de activos a disposición del proyecto.
Apoyo en la elaboración de informes y documentación relacionada con la actuación RETECH.
Colaborar con los responsables de la DGDR en la coordinación del proyecto junto con los responsables del resto de CCAA participantes en el proyecto RETECH.
Realizar informe ejecutivo sobre la evolución de la ejecución del proyecto y resultados obtenidos.
Entregables:
Memoria técnica de las reuniones mantenidas.
Informe de los trabajos realizados.
1.2 ACTUACIÓN 2. Formación y difusión. Con esta actuación se llevarán a cabo todas las actuaciones diseñadas en el proyecto en materia de comunicación y formación, alineadas con la estrategia de información, comunicación y difusión diseñada, que permita:
Informar adecuadamente sobre el proyecto y sus avances al conjunto de la ciudadanía y a colectivos de especial interés.
Impulsar actuaciones de difusión a nivel regional, autonómica y nacional.
5 Se trabajará también en coordinación con la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial para poder integrar periódicamente la información de la iniciativa y sus avances en la web de España Digital 2026.
Se realizarán 2 jornadas de difusión y presentación del proyecto, una más enfocada en presentar el Decreto de ayudas de gemelos Digitales y la otra en el centro demostrador.
Se realizarán al menos 6 acciones formativas y demostrativas sobre gemelos digitales.
Se realizará al menso 2 acciones de comunicación en ferias y congresos tecnológicos.
Entregables:
Memoria técnica de las reuniones de comunicación y formación mantenidas.
Informe de las acciones de comunicación realizadas.
Diseño de las acciones formativas.
Informe de las acciones formativas realizadas.
2. PRESUPUESTO ECONÓMICO.
2.1. El presupuesto económico de las actuaciones indicadas se muestra en la siguiente tabla:
ACTUACIONES 2024 CONCEPTOS IMPORTES IVA TOTAL
ACTUACIÓN 1. Gobernanza
Subcontratación 2.892,56€ 607,44€ 3500,00€
Personal 22.000,00€ 0,00€ 22.000,00€
Viajes 826,45€ 173,55€ 1.000,00€
TOTAL ACTIVIDAD 1 25.719,01€ 780,99€ 26.500,00€
ACTUACIÓN 2. Comunicación y formación
Subcontratación 11.994,68€ 2.518,88€ 14.513,56€
Personal 12.986,44€ 0,00€ 12.986,44€
Viajes 826,45€ 173,55€ 1.000,00€
TOTAL ACTIVIDAD 2 25.807,57€ 2.692,43€ 28.500,00€
TOTAL PRESUPUEST0 51.525,58€ 3.473,42€ 55.000,00€
2.2. Presupuesto por actividad.
ActUACIONES 2024 Gastos Personal Viajes Subcontratación TOTAL
ACTUACIÓN 1 22.000,00€ 1.000,00€ 3.500,00€ 26.500,00€
ACTUACIÓN 2 12.986,44€ 1.000,00€ 14.513,56€ 28.500,00€
TOTAL 34.986,44€ 2.000,00€ 18.013,56€ 55.000,00€
2.3. Método de cálculo de los gastos de personal presupuestados.
De conformidad con el III Convenio Colectivo de FUNDECYT- PCTEX en el que se recogen las distintas categorías profesionales (detalladas en el apartado Perfiles profesionales ), la distribución del coste de personal asociado al presente convenio se refleja en la siguiente tabla, detallando el porcentaje de imputación previsto de cada técnico:
Perfil profesional % Imputación Importe €
Tec. Nivel 1 11,23 % 7.673,84€
Tec. Nivel 2 17,68 % 8.793,17€
Tec. Nivel 2 10,00 % 4.962,87€
Tec. Nivel 2 11,00 % 5.857,87€
Tec. Nivel 1 14,00% 7.698,69€
TOTAL 34.986,44 €
3. PERFILES PROFESIONALES.
Para la ejecución de dichas actividades FUNDECYT-PCTEX cuenta con los siguientes perfiles profesionales según el I Convenio Colectivo de FUNDECYT-PCTEX:
3.1.Técnico nivel 1: Por su especialización tienen participación en procesos y/o proyectos, realizando tareas técnicas de complejidad y cualificación, para conseguir los objetivos de una unidad, participando en la elaboración de propuestas o nuevas iniciativas. Desempeñan sus funciones con un grado variable de responsabilidad, autonomía, iniciativa, capacidad de trabajo en equipo, donde la supervisión sobre sus resultados o el seguimiento de actividades, procede de puestos de dirección, jefatura de unidad o área, según el caso. Para el acceso a este Grupo se exigirá como mínimo estar en posesión de una Titulación Universitaria, o experiencia profesional demostrable que le habilite para el desempeño de la función.
3.2. Técnico nivel 2: Puesto con un grado medio complejidad, autonomía, iniciativa y responsabilidad, que desarrollan tareas de soporte y apoyo, para conseguir los objetivos de una unidad, o dentro de procesos y/o proyectos; aquellas que se desarrollan bajo mayor supervisión con instrucciones precisas y concretas relativas a procedimientos operativos, capacidad de trabajo en equipo, donde la supervisión de las tareas procede de puestos de dirección-gerencia, jefatura de unidad o área, según el caso. Para el acceso a este grupo se exigirá como mínimo estar en posesión de una Formación Profesional de Grado Superior o experiencia profesional demostrable que le habilite para el desempeño de la función.
4. Cronograma de ejecución de las actuaciones.
El período estimado de ejecución de las actuaciones indicadas se muestra en la siguiente tabla:
ACTIVIDADES PROYECTO Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales PERÍODO DE EJECUCIÓN 2024
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
ACTIVIDAD 1 Gobernanza
Memoria técnica de las reuniones mantenidas.
Informe de los trabajos realizados
ACTUACIÓN 2. Formación y difusión
Memoria técnica de las reuniones de comunicación y formación mantenidas.
Informe de las acciones de comunicación realizadas.
Diseño de las acciones formativas.
ANEXO II
INSTRUCCIONES PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA TRANSFERENCIA ESPECÍFICA
La Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, (DOE núm. 26 de 6 de febrero), en el anexo del proyecto de gastos de la Sección 14 Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital , en el servicio 14007 Dirección General de Digitalización Regional y en el programa 332A “Tecnologías de la Información y las Comunicaciones” contempla una transferencia específica a favor de FUNDECYT-PCTEX, para la ejecución del proyecto “5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES“ por importe de 55.000 euros, financiados con fondos pertenecientes a los Mecanismos de Recuperación y Resiliencia.
La ejecución de las actuaciones cotempladas en el presente convenio deberá realizarse en el período comprendido entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2024.
Los gastos y pagos derivados de la ejecución de las anteriores actuaciones deberán estar realizados y fechados con anterioridad al 28 de febrero de 2025.
En virtud de lo anteriormente expuesto, y con el objeto de proporcionar una mayor evidencia, seguimiento y verificación de la cuenta justificativa, cuya documentación debe ser objeto del necesario análisis y auditoría por la Administración Regional y siendo, asimismo, preciso concretar aspectos tales como el modo de presentación de dicha cuenta justificativa, la memoria de actividades, las actuaciones, eventos o congresos, los recursos humanos y materiales, cuantificados económicamente, la documentación en ficheros electrónicos y el cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad, de la Junta de Extremadura, se establecen las presentes instrucciones de pautas que, con precisión y sistematización, serán de obligado cumplimiento para la entidad.
Primero. Justificación de los gastos y pagos realizados por la entidad.
FUNDECYT- PCTEX llevará una contabilidad y facturación pormenorizada. Las cuentas y justificaciones deberán estar soportadas, como mínimo, en registros contables separados o códigos contables específicos que faciliten la justificación y control de estos fondos.
Asimismo, deberán conservar los expedientes de contratación y los justificantes de gastos y pagos conforme se establece en las presentes instrucciones, que estarán a disposición de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital, de los órganos de fiscalización, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control.
Todos los documentos justificativos relacionados con el proyecto cofinanciado mediante Fondos procedentes de los Mecanismos de Recuperación y Resiliencia, se conservarán en el nivel adecuado durante un plazo de cinco años a partir del 31 de diciembre del año en que se efectúe el último pago a FUNDECYT-PCTEX.
1. DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA A PRESENTAR POR FUNDECYT-PCTEX.
Para la justificación de los gastos y pagos realizados, en lugar de la documentación en soporte original, se deberá presentar la siguiente:
A) Memoria económica y certificados:
La memoria económica, firmada por el representante legal de FUNDECYT-PCTEX, donde se especifiquen los gastos realizados y los pagos asociados, incluidos los pagos a la Tesorería de la Seguridad Social y los realizados a la Agencia Estatal de Administración Tributaria, ordenados conforme a la naturaleza del gasto. Dicha memoria, se remitirá a la Dirección General de Digitalización Regional, en formato papel y en fichero electrónico.
Dicha memoria económica contendrá un certificado del representante legal de la entidad, y un cuadro resumen de la cuenta justificativa, entendida como operación de pago, con identificación de los gastos según su naturaleza conforme al modelo de certificado y la TABLA 1: CUADRO RESUMEN DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA, del presente anexo.
Adicionalmente al cuadro resumen, y después de éste, se relacionarán los gastos y pagos de forma pormenorizada, conforme a la TABLA 2: RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO.
Referente al personal imputado a la transferencia, se aportará certificado en el que se haga constar que el personal imputado a esta transferencia es el personal necesario para la realización de las actuaciones contempladas en la misma conforme a la TABLA 3 PORCENTAJE DE DEDICACIÓN DEL PERSONAL IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA. Del mismo modo, para dejar evidencia suficiente del coste de personal, se aportarán los documentos acreditativos del trabajo realizado individualizado por cada trabajador imputado a la transferencia, firmado por el trabajador y el responsable del área, conforme a la TABLA 4: PARTES DE TRABAJO DEL PERSONAL IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
En relación a la liquidación de dietas y desplazamientos se deberá especificar con claridad y precisión el objeto o realización de la actividad que motivan el gasto, conforme a la TABLA 5: DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
En los costes del personal que desarrolle sus funciones en varios proyectos/actividades, se deberá especificar las tareas realizadas y el tiempo dedicado a las mismas, así como el criterio para su correcta imputación al programa, proporcionando evidencias relativas a la dedicación efectiva.
Los costes de personal serán imputables siempre y cuando las personas desempeñen un papel directo y clave en el proyecto.
En el caso de contratar personal nuevo para la prestación de sus servicios en esta transferencia específica se realizará bajo los principios de objetividad, transparencia, igualdad de oportunidades y no discriminación y se ajustará a lo establecido en la normativa laboral vigente.
Asimismo, deberán aportase los contratos laborales de todos los trabajadores que dedique su jornada al Proyecto financiado con Fondos procedentes de los Mecanismos de Recuperación y Resiliencia.
Cuando se realicen indemnizaciones por finalización del servicio contratado, por renuncia o despido del empleado, éstas no tienen naturaleza de gastos de personal, dado que estos gastos no responden a la ejecución de las actuaciones objeto de la operación y no son gastos que se genere por trabajo efectivo desempeñado por los empleados.
B) Memoria técnica:
Contendrá la descripción pormenorizada de las actuaciones realizadas junto con el desglose por actividades y tareas, sus costes y eventos realizados, los objetivos que se persiguen con cada uno, listado de ponentes y empresas participantes, junto con el dossier fotográfico que incluya la publicidad de cada uno de ellos.
Todo ello sin perjuicio de la documentación original que pudiera requerir el órgano gestor en el momento de la justificación para aclaración de la misma.
2. FORMALIDADES QUE DEBE CUMPLIR LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA.
2.1. Formas de pagos.
Los pagos deberán acreditarse mediante justificante bancario de la transferencia o el movimiento bancario efectuado a favor del proveedor con el detalle del concepto, y la cantidad abonada.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), deberán desglosar los pagos efectuados donde pueda identificarse el gasto en cuestión. Dicho desglose deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el importe reflejado en el pago agrupado).
2.2. Gastos de personal.
Los gastos en salarios se realizarán de acuerdo con la normativa en materia de cotizaciones a la Seguridad Social, de conformidad con los grupos de cotización que correspondan y de retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Se consideran costes de personal imputables los costes brutos de empleo del personal del beneficiario. Estos gastos incluyen:
a) Los sueldos y salarios fijados en un contrato de trabajo, en una decisión de nombramiento ( acuerdo laboral ) o en la ley, que tengan relación con las responsabilidades especificadas en la descripción del puesto de trabajo correspondiente;
b) y otros gastos soportados directamente por el empleador como cotizaciones sociales, aportaciones a planes de pensiones, retenciones del IRPF a la Agencia Tributaria, así como otras prestaciones en favor de los trabajadores que sean obligatorias en virtud de ley o convenio o habituales atendiendo a los usos del sector y siempre que no sean recuperables. Los costes de los viajes, indemnizaciones o dietas no tienen naturaleza de gastos de personal, sin perjuicio de que puedan ser subvencionables.
2.3. Facturas.
Los gastos se deben justificar con facturas oficiales, así como documentos de contabilidad y apoyo con valor probatorio equivalente. En todo caso las facturas deberán cumplir lo establecido en el artículo 6 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se regulan las obligaciones de facturación.
Una vez realizado el servicio o entregado el suministro o la obra correspondiente, para que la factura emitida pueda ser conformada por el responsable de la entidad ha de reunir siempre los siguientes requisitos:
Ha de ser emitida a favor de la entidad que ha contratado el servicio, suministro o la obra.
El N.I.F. de la entidad contratante.
El nombre de la empresa y N.I.F.
Fecha.
Número de factura.
Identificación del objeto de la factura claramente asociado a la actividad de que se trate.
Detalle de si el I.V.A. está incluido o fraccionado.
Cada factura ha de ser original y antes de proceder a conformarla ha de comprobarse que el importe de la misma es correcto.
Se establecerá un mecanismo de identificación de las facturas o documentos originales del gasto (mediante sello, troquel u otro medio similar) de forma que figure su condición de gasto financiado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y por la Unión Europea- NextGenerationEU .
2.4. Gastos de viaje y estancia.
Se abonarán los gastos de viaje y estancia, del personal adscrito al proyecto, en casos excepcionales y debidamente justificados del personal que desempeñe un papel de apoyo, y los gastos de las empresas que participen en las actividades del proyecto. En este caso se llevarán las listas de asistencia que formarán parte de la documentación justificativa.
La documentación acreditativa será la siguiente:
Hoja de gastos de viaje y estancia y hoja de liquidación de gastos de viaje y estancia
Billetes de avión, tren, autobús.
Tarjetas de embarque.
Documentación que acredite cálculo del kilometraje.
Factura de agencia de viajes y prueba de pago (en este caso deberá especificarse el número de persona y días de estancia, así como los conceptos objeto del gasto. Es imprescindible que junto a la factura se custodie por la Entidad los documentos que acrediten la realidad de los servicios, tales como certificado de estancia en hotel, tarjetas de embarque, billetes, etc).
Factura hotel y prueba de pago.
En su caso recibos del transporte local.
Listado de firmas de participantes en el caso de reuniones, conferencias, seminarios, en los gastos se imputen al proyecto.
2.5. Trabajos realizados por otras empresas.
En caso de que se contrate un servicio externo, ya se sea un servicio o un suministro, se deberá aportar la factura original que deberá incluir el concepto imputado corresponde a la transferencia otorgada y el justificante bancario que acredite su pago.
Cuando el coste de los servicios y suministros contratados sea igual o superior a 3.000 euros, salvo que solo pueda ser prestado por un único empresario, en cuyo caso se justificará dicho extremo en informe motivado que se incorporará el expediente, se necesitará consultar al menos a tres empresas que puedan ejecutar el contrato, utilizando para ello medios telemáticos, conforme a los establecido en el artículo 20.1 de la Ley 12/2018 de 26 de diciembre, de contratación pública socialmente responsable de Extremadura.
Segundo. Justificación de las operaciones de anticipo o prepago
A toda operación pagada con carácter de anticipo o prepago, en el momento que se justifique por la entidad, es necesario implementarle una información adicional de todos los gastos que dan soporte a dicho pago, con objeto de posibilitar su certificación. Esta información hay que suministrarla al Programa mediante incorporación de un fichero en hoja de cálculo.
Tercero. Cumplimiento de los requisitos de identificación, información y publicidad de la Junta de Extremadura.
La Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital deberá aparecer en todos los soportes publicitarios de las actividades que se realicen con los fondos de esta transferencia específica y se deberán cumplir las prescripciones sobre identificación, información y publicidad de las inversiones realizadas por la Junta de Extremadura, recogidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura.
De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, deberá exhibirse de forma correcta y destacada el emblema de la UE con una declaración de financiación adecuada que diga financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU , junto al logotipo del PRTR, disponible en el link https://planderecuperacion.gob.es/identidad-visual.
Las actuaciones de comunicación, convocatoria, publicidad, resolución y notificación derivadas de la aportación del Estado a este programa cumplirán los requisitos de publicidad, según los cuales en todas las actuaciones que se deriven de los instrumentos contractuales o convencionales realizados con cualquier persona física o jurídica, pública o privada, se insertará la imagen institucional, que ha de incluir siempre el Escudo de España y la denominación del Ministerio, tal como se establece en el Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen institucional y se regula la producción documental y el material impreso de la Administración General del Estado y, en la Resolución de 28 de febrero de 2020, por la que se actualiza el Manual de Imagen Institucional, adaptándolo a la nueva estructura de departamentos ministeriales de la Administración General del Estado.
El artículo 34 del citado reglamento establece las medidas de información, comunicación y publicidad, en particular, indica que los perceptores de fondos de la Unión Europea harán mención del origen de la financiación y velarán por darle visibilidad, incluyendo el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que indique financiado por la Unión Europea-NextGenerationEU . En todas las medidas de información y comunicación que lleve a cabo el beneficiario, se deberá reconocer el apoyo del fondo en la operación mostrando el emblema de la Unión Europea.
En consecuencia, en las actuaciones ejecutadas en el marco de los Componentes 12,13,14 y 16 del PRTR y financiada por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado de 2023, se incluirá el logo de la Unión Europea y del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, y se establecerá un mecanismo de identificación de las facturas o documentos originales del gasto (mediante sello, troquel u otro medio similar) de forma que figure su condición de gasto financiado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y por la Unión Europea- NextGenerationEU .
CERTIFICADO
DATOS IDENTIFICATIVOS DE LA EMPRESA:
Empresa: NIF:
Transferencia Específica:
D........................ con DNI ……….. y actuando en calidad de representante legal de FUNDECYT-PCTEX., .con C.I.F...........
CERTIFICO:
Que los gastos pagados imputables a la ejecución de las actuaciones y actividades financiadas mediante la Transferencia especifica para la ejecución del proyecto Aceleración de ecosistemas de emprendimiento e innovación basados en Gemelos Digitales corresponden a gastos exclusivos de la misma, cuyo importe asciende a la cantidad de €.
Que los gastos y pagos efectuados responden a la naturaleza y finalidad para la que se otorgó la transferencia.
Que los gastos y pagos realizados son exactos y los soportes documentales quedan custodiados por la empresa en el departamento, a disposición de las comprobaciones que procedan.
TABLA 1. CUADRO RESUMEN DE LA CUENTA JUSTIFICATIVA
D........................ con DNI ……….. y actuando en calidad de (representante legal) de FUNDECYT-PCTEX., con C.I.F................ certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital al amparo del convenio para la financiación del Proyecto 5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES por importe de………..... euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho convenio. Según indica la siguiente tabla:
AÑO ACTUACIONES CONCEPTO BREVE DESCRIPCIÓN DEL CONCEPTO COSTE IMPUTADO EN €
Actuación 1.
Actuación 2.
TOTAL
En, a de de
TABLA 2. RELACIÓN DE FACTURAS IMPUTADAS Y JUSTIFICANTES DE PAGO (DESGLOSAR POR ACTUACIONES Y CONCEPTOS)
D........................ con DNI ……….. y actuando en calidad de representante legal de FUNDECYT-PCTEX, con C.I.F................ certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital al amparo del convenio para la financiación del proyecto 5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES por importe de………..... euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho convenio. Las facturas imputadas y los justificantes de pago de dicha transferencia son los que se indican a continuación:
DATOS DE LAS FACTURAS Y JUSTIFICANTES DE PAGOS IMPUTADOS
N.º ORDEN ACTIVIDAD IMPUTADA FECHA FACTURA N.º FACTURA PROVEEDOR C.I.F. PROVEEDOR CONCEPTO IMPORTE BASE FACTURA IMPORTE (IVA INCLUIDO) IMPORTE IMPUTADO FORMA DE PAGO(*) FECHA VALOR PAGO
1
2
3
TOTAL
(*) Transferencia bancaria, adeudo por domiciliación, etc. En caso de cheque o pagaré se deberá identificar el número.
Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de FUNDECYT-PCTEX
TABLA 3. GASTOS DE PERSONAL DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA.
D........................ con DNI ……….. y actuando en calidad de (representante legal) de FUNDECYT-PCTEX, con C.I.F................ certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital al amparo del convenio para la financiación del proyecto 5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES por importe de………..... euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho convenio respecto de la anualidad 2023. el porcentaje de dedicación del personal afecto al proyecto y el gasto que se imputan al mismo, son los que se indican a continuación:
NOMBRE DE LA PERSONA TRABAJADORA MES % dedicación Gastos totales de personal Gastos de personal imputados al proyecto
(*) Transferencia bancaria, adeudo por domiciliación, etc. En caso de cheque o pagaré se deberá identificar el número.
Todos los pagos realizados en dicha transferecia específica se han abonado desde las cuentas bancarias FUNDECYT-PCTEX
En, a de de
Fdo.
(Nombre y apellidos del representante legal y sello de la empresa)
TABLA 4. PARTES DE TRABAJO DEL PERSONAL IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA
Referencia Transferencia
Nombre del Trabajador
Trimestre DD/MM/AA-DD/MM/AA
Día/Mes Horas Trabajadas en la Trasferencia Actuación Descripción de Tareas
Horas Trabajadas en el Proyecto Coste/Hora: Total Euros
Actuación 1
Actuación 2
Actuación 3
Total
Firma del Trabajador Firma del Responsable
Fecha: Fecha:
Cálculo del Coste/Hora Cálculo por actuaciones
Coste Empresa trabajador Actuación 1
Horas de Trabajo Actuación 2 Total EUR:
Coste/Hora Actuación 3
En, a de de
Fdo.
(Nombre y apellidos del representante legal y sello de la empresa)
TABLA 5. DIETAS Y DESPLAZAMIENTOS DE CADA TRABAJADOR IMPUTADO A LA TRANSFERENCIA
D........................ con DNI ……….. y actuando en calidad de representante legal de Extremadura FUNDECYT-PCTEX, con C.I.F................ certifica que la transferencia específica recibida de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital al amparo del convenio para la realización del proyecto 5071 FUNDECYT-PARQUE CIENTÍFICO Y TECNOLÓGICO DE EXTREMADURA: ACELERACIÓN DE ECOSISTEMAS DE EMPRENDIMIENTO E INNOVACIÓN BASADOS EN GEMELOS DIGITALES por importe de………..... euros, se ha destinado a la realización de las actuaciones referidas en dicho convenio. Los gastos en dietas y desplazamientos imputados a la transferencia son los que se indican a continuación:
N.º ORDEN FECHA NOMBRE Y APELLIDOS NIF ACTIVIDADIMPUTADA IMPORTE TOTAL GRADO DE IMPUTACIÓN (%) TOTAL IMPUTADO (*)
1
2
3
TOTAL
Todos los pagos realizados en dicha transferencia específica se han abonado desde las cuentas bancarias de FUNDECYT-PCTEX.
En, a de de
Fdo.
(Nombre y apellidos del representante legal y sello de la empresa)
A continuación, se relacionan como anexos el desglose de gastos en dietas y desplazamientos imputados a la trasferencia, previamente relacionados:
FECHA:NOMBRE YAPELLIDOS:NIF:TRANFERENCIA ESPECÍFICA: DEPARTAMENTO:UNIDAD:GRADO IMPUTACIÓN:
GASTOS LIQUIDACION IMPORTE
FECHA ORIGEN DESTINO CONCEPTO FINALIDAD Km (Vehículo propio) IMPORTE GASTO KILOMETRAJE(0.24 €Km) IMPORTE DEL GASTO INCURRIDO
subtotal
Importe exento
Importe sujeto a retención
En, a de de
Fdo.
(Nombre y apellidos del representante legal y sello de la empresa)
ANEXO III
DECLARACIONES RESPONSABLES EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA
A. DECLARACIÓN DE AUSENCIA DE CONFLICTO DE INTERÉS
Expediente:
Subvención:
Al objeto de garantizar la imparcialidad en el procedimiento de subvención arriba referenciado, el/los abajo firmante/s, como participante/s en el proceso de preparación y tramitación del expediente, declara/declaran:
Primero.
Estar informado/s de lo siguiente:
1. Que el artículo 61.3 Conflicto de intereses , del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio (Reglamento financiero de la UE) establece que existirá conflicto de intereses cuando el ejercicio imparcial y objetivo de las funciones se vea comprometido por razones familiares, afectivas, de afinidad política o nacional, de interés económico o por cualquier motivo directo o indirecto de interés personal .
2. Que el artículo 64 Lucha contra la corrupción y prevención de los conflictos de intereses de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, define el conflicto de interés como cualquier situación en la que el personal al servicio del órgano de contratación, que además participe en el desarrollo del procedimiento de licitación o pueda influir en el resultado del mismo, tenga directa o indirectamente un interés financiero, económico o personal que pudiera parecer que compromete su imparcialidad e independencia en el contexto del procedimiento de licitación .
3. Que el apartado 3 de la Disposición Adicional centésima décima segunda de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2023, establece que El análisis sistemático y automatizado del riesgo de conflicto de interés resulta de aplicación a los empleados públicos y resto de personal al servicio de entidades decisoras, ejecutoras e instrumentales que participen, de forma individual o mediante su pertenencia a órganos colegiados, en los procedimientos descritos de adjudicación de contratos o de concesión de subvenciones .
4. Que el apartado 4 de la citada disposición adicional centésima décima segunda establece que:
— A través de la herramienta informática se analizarán las posibles relaciones familiares o vinculaciones societarias, directas o indirectas, en las que se pueda dar un interés personal o económico susceptible de provocar un conflicto de interés, entre las personas a las que se refiere el apartado anterior y los participantes en cada procedimiento .
— Para la identificación de las relaciones o vinculaciones la herramienta contendrá, entre otros, los datos de titularidad real de las personas jurídicas a las que se refiere el artículo 22.2.d).iii) del Reglamento (UE) 241/2021, de 12 febrero, obrantes en las bases de datos de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y los obtenidos a través de los convenios suscritos con los Colegios de Notarios y Registradores .
Segundo.
Que, en el momento de la firma de esta declaración y a la luz de la información obrante en su poder, no se encuentra/n incurso/s en ninguna situación que pueda calificarse de conflicto de interés, en los términos previstos en el apartado cuatro de la disposición adicional centésima décima segunda, que pueda afectar al procedimiento de licitación/concesión de subvenciones.
Tercero.
Que se compromete/n a poner en conocimiento del órgano de contratación/comisión de evaluación, sin dilación, cualquier situación de conflicto de interés que pudiera conocer y producirse en cualquier momento del procedimiento en curso.
Cuarto.
Que conoce que una declaración de ausencia de conflicto de interés que se demuestre que sea falsa, acarreará las consecuencias disciplinarias/administrativas/ judiciales que establezca la normativa de aplicación.
Firmado:
D/Dña.:
Nombre y apellidos y firma
En , a de de 20
B. Declaración de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)
Expediente:
Subvención:
D./Dña , con NIF y domicilio en .
Actuando en nombre y representación de la entidad , con NIF y domicilio en , en calidad de representante legal, como entidad beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR que participa en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 13 Impulso a la Pyme , DECLARA conocer la normativa que es de aplicación, en particular las siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
1. La letra d) del apartado 2: recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos siguientes:
i. El nombre del perceptor final de los fondos;
ii. El nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;
iii. Los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva (UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
iv. Una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión .
2. Apartado 3: Los datos personales mencionados en el apartado 2, letra d), del presente artículo solo serán tratados por los Estados miembros y por la Comisión a los efectos y duración de la correspondiente auditoría de la aprobación de la gestión presupuestaria y de los procedimientos de control relacionados con la utilización de los fondos relacionados con la aplicación de los acuerdos a que se refieren los artículos 15, apartado 2, y 23, apartado 1. En el marco del procedimiento de aprobación de la gestión de la Comisión, de conformidad con el artículo 319 del TFUE, el Mecanismo estará sujeto a la presentación de informes en el marco de la información financiera y de rendición de cuentas integrada a que se refiere el artículo 247 del Reglamento Financiero y, en particular, por separado, en el informe anual de gestión y rendimiento .
Conforme al marco jurídico expuesto, manifiesta acceder a la cesión y tratamiento de los datos con los fines expresamente relacionados en los artículos citados.
Firmado:
D/Dña.:
Nombre y apellidos y firma
En , a de de 20
C. Declaración de compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el Plan de recuperación, transformación y resiliencia (PRTR)
Expediente:
Subvención:
D./Dña , con NIF y domicilio en .
Actuando en nombre y representación de la entidad , con NIF y domicilio en , en calidad de representante legal, como entidad beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR que participa en el desarrollo de actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 13 Impulso a la Pyme , MANIFIESTA:
A. Prevención, detección y corrección del fraude, la corrupción y los conflictos de intereses:
— Que se compromete con los estándares más exigentes en relación con el cumplimiento de detectar el fraude, la corrupción y los conflictos de interés, comunicando en su caso a las autoridades que proceda los incumplimientos observados.
B. Principio de no causar un perjuicio significativo a algunos de los objetivos medioambientales del PRTR:
— Que las actuaciones solicitadas no ocasionan un perjuicio significativo a los siguientes objetivos medioambientales, según el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles mediante la implantación de un sistema de clasificación (o taxonomía ) de las actividades económicas medioambientalmente sostenibles.
(Mitigación del cambio climático., Adaptación al cambio climático, Uso sostenible y protección de los recursos hídricos y marinos, Economía circular, incluidos la prevención y el reciclado de residuos, Prevención y control de la contaminación a la atmósfera, el agua o el suelo y Protección y restauración de la biodiversidad y los ecosistemas).
— Que las actuaciones se adecúan a las características y condiciones fijadas en el Componente 13 Impulso a la Pyme , del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
— Que las actuaciones solicitadas cumplirán la normativa medioambiental vigente que resulte de aplicación.
— Que las actuaciones solicitadas no están excluidas para su financiación por el Plan al no cumplir el principio DNSH, conforme a la Guía técnica sobre la aplicación del principio de no causar un perjuicio significativo en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (2021/C 58/01)30, a la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo, relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España y a su correspondiente Anexo.
— Que las actuaciones solicitadas no causan efectos directos sobre el medioambiente, ni efectos indirectos primarios en todo su ciclo de vida, entendiendo como tales aquéllos que pudieran materializarse tras su finalización, una vez realizada la actuación.
— Que, en caso de incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en la presente declaración, se procederá a devolver las cantidades percibidas y el interés de demora correspondiente.

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