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ANUNCIO de 20 de noviembre de 2024 por el que se somete a información pública el estudio de impacto ambiental del proyecto de mejora de regadío con cambio de cultivo herbáceo a olivar superintensivo con riego por goteo en el polígono 2, parcelas 6 y 3004, del término municipal de Navalvillar de Pela y promovido por Antonio Álvarez Cienfuegos. Expte.: IA24/1136.
DOE Número: 232
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 28 de noviembre de 2024
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: consejería de agricultura, ganadería y desarrollo sostenible
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Información pública.
Página Inicio: 61418
Página Fin: 61419
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se comunica al público en general que el estudio de impacto ambiental correspondiente al proyecto de mejora de regadío con cambio de cultivo herbáceo a olivar superintensivo con riego por goteo el polígono 2 parcelas 6, y 3004 del término municipal de Navalvillar de Pela y promovido por Antonio Álvarez Cienfuegos, podrá ser examinado, durante un plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, en la sede electrónica del órgano ambiental:
http://extremambiente.juntaex.es/Evaluación de Impacto Ambiental de Proyectos/Evaluación Ambiental Ordinaria/
Durante dicho plazo, las personas físicas o jurídicas podrán presentar las sugerencias y alegaciones que estimen pertinentes, en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o en cualquiera de los lugares indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas al Servicio de Prevención, Calidad Ambiental y Cambio Climático de la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible.
Dicho proyecto se encuentra sujeto a evaluación de impacto ambiental ordinaria al estar incluido en el anexo IV de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la comunidad Autónoma de Extremadura, y en el grupo 9, letra a) del anexo I del Real Decreto 445/2023, de 13 de junio, por el que se modifican los anexos I, II y III de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, según lo establecido.
El objeto del proyecto consiste en la mejora de riego con un cambio de cultivo de herbáceo a leñoso, concretamente a olivar superintensivo en 12,063 ha, donde se implantará un sistema de riego por goteo.
Se ubicará en el polígono 2 parcelas 6, y 3004 del paraje La Silleta , en el término municipal de Navalvillar de Pela, y las actuaciones consisten en lo siguiente:
— Establecimiento de la plantación de olivar, con trabajos de nivelación, subsolado, doble paso de grada y marqueo de líneas de cultivo y tuberías.
— Instalación de la red de riego por goteo, como es la red de tuberías y el cabezal de riego, además de las instalaciones auxiliares como reguladores de presión, equipos de filtrado y fertirrigación, ventosas, etc.
La superficie a regar mediante riego por goteo será de 12,063 ha, con una dotación de 2.613,30 m3/ha/año, donde las necesidades hídricas totales para la puesta en riego ascienden a 53.159,47 m3/año. El agua se extraerá a partir de unos hidrantes situados en dicha superficie, que toman agua del canal de las Dehesas.
El promotor del proyecto es Antonio Álvarez Cienfuegos.
El órgano competente para el otorgamiento de la concesión de aguas para riego es la Confederación Hidrográfica del Guadiana. Por otra parte, a la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, le corresponde la planificación de los recursos hidráulicos con interés agrario, dentro del ámbito de competencias propio de la Comunidad Autónoma. También las competencias derivadas de la aplicación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en relación con las actuaciones en materia de regadíos.
Es órgano competente para la formulación de la declaración de impacto ambiental relativo al proyecto la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1.d) del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Lo que se comunica a los efectos oportunos y para el general conocimiento.
Mérida, 20 de noviembre de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.

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