RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se declaran, en concreto, de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Soterramiento de un tramo de la LAMT-3015-01-"Industria" de la ST "Plasencia", de 13,2 kV, entre los apoyos 5016 y 5019 de la misma, e instalación de un nuevo centro de reparto en la ctra. de Trujillo de Plasencia (Cáceres)". Término municipal: Plasencia. Expte.: AT-9581.
TEXTO ORIGINAL
Visto el expediente correspondiente al procedimiento por el que se declara, en concreto, de utilidad pública el proyecto denominado Soterramiento de un tramo de la LAMT-3015-01- Industria de la ST “Plasencia , de 13,2 kV, entre los apoyos 5016 y 5019 de la misma, e instalación de un nuevo centro de reparto en ctra. de Trujillo de Plasencia (Cáceres)”, iniciado a solicitud de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU (citada en adelante también como “la Empresa”), con domicilio en c/ Periodista Sánchez Asensio, 1, de Cáceres, se emite la presente resolución de conformidad con lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, en el título VII, capítulo V, del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en el Decreto 221/2012, de 9 de noviembre, sobre determinación de los medios de publicación de anuncios de información pública y resoluciones y de los órganos competentes para la resolución de determinados procedimientos administrativos en los sectores energético y de hidrocarburos, teniendo en cuenta los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 9 de febrero de 2024, i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, presentó la solicitud indicada en el encabezamiento de la presente resolución, obteniéndose resultado favorable en la comprobación de la misma y de su documentación adjunta.
Segundo. De conformidad con lo establecido en la legislación vigente, se realizaron los trámites indicados a continuación:
— Información pública del proyecto, por el plazo legalmente establecido, siendo realizadas publicaciones en los siguientes medios:
Diario Oficial de Extremadura: 01/04/2024.
Boletín Oficial del Estado: 05/04/2024.
Boletín Oficial de la Provincia de Cáceres: 09/04/2024.
Periódico HOY: 12/04/2024.
Tablón de edictos del Ayuntamiento del municipio afectado. 09/04/2024.
— Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general, al objeto de que, en relación con bienes y derechos a su cargo afectados por el proyecto, emitieran informes sobre la solicitud de declaración de utilidad pública.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar lo siguiente:
— Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
— La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general.
Cuarto. Las instalaciones objeto de la presente resolución tienen otorgada autorización administrativa previa mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera.
Quinto. Las instalaciones objeto de la presente Resolución tienen otorgada autorización administrativa de construcción mediante Resolución del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera.
FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio, correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la función ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta función ejecutiva es realizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio), correspondiendo el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con arreglo a las referencias competenciales recogidas en el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 145, de 28 de julio), y en el Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y se modifica el citado Decreto 77/2023 (DOE Extraordinario n.º 3, de 16 de septiembre), siendo competencia de este Servicio la resolución del procedimiento, conforme a lo dispuesto en el Decreto 221/2012, de 9 de noviembre (DOE n.º 221, de 15 de noviembre).
Segundo. La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, determina que la construcción, puesta en funcionamiento, y modificación de las instalaciones de generación, transporte y distribución de energía eléctrica están sometidas, con carácter previo, al régimen de autorizaciones establecido en el artículo 53 de la Ley indicada y en sus disposiciones de desarrollo. Así mismo declara de utilidad pública las instalaciones de generación, transporte y distribución de electricidad, a efectos de expropiación forzosa y servidumbre de paso sobre bienes y derechos necesarios para establecerlas, si bien establece la condición de que las empresas titulares de las instalaciones deberán solicitarla de forma expresa, como así ha sido en el presente caso.
De conformidad con lo establecido en el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, una vez concluidos los trámites correspondientes, y analizadas las alegaciones y manifestaciones que se hubieran recibido durante la instrucción del procedimiento, así como los pronunciamientos, alegaciones, informes, condicionados y documentos preceptivos obrantes en el mismo emitidos por otras Administraciones Públicas, organismos y empresas de servicio público o de servicios de interés general, el órgano sustantivo emitirá la resolución pertinente, en la que se solventarán las problemáticas o discrepancias surgidas con motivo de las alegaciones presentadas o discrepancias puestas de manifiesto en el procedimiento que no hubieran quedado solventadas con anterioridad al trámite de resolución.
En el presente caso no han sido presentadas alegaciones, y la Empresa ha aceptado los condicionados de Administraciones Públicas y entidades afectadas.
Por todo ello, teniendo en cuenta que han sido llevados a afecto los trámites preceptivos en la legislación vigente, y considerando lo expuesto en los antecedentes de hecho y en los fundamentos de derecho este Servicio,
RESUELVE:
Conceder a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, reconocimiento en concreto de la utilidad pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado Soterramiento de un tramo de la LAMT-3015-01- Industria de la ST “Plasencia , de 13,2 kV, entre los apoyos 5016 y 5019 de la misma, e instalación de un nuevo centro de reparto en la ctra. de Trujillo de Plasencia (Cáceres)”, cuyos datos esenciales son los indicados seguidamente:
Cinco nuevas líneas subterráneas de media tensión.
— LSMT-L1 entre CT Intramuros n.º 140305420 y CT Polígono MPal n.º 140305930). Longitud: 0,432 km.
— LSMT-L2 entre nuevo CRT proyectado y empalmes a realizar con la LSMT existente que baja del apoyo 1001 de la L- Industrial (a desmontar), junto al mismo, y que actualmente alimenta al CT Polígono MPal n.º 140305930). Longitud: 0,115 km.
— LSMT-L3 entre nuevo CRT proyectado y entronque aéreo-subterráneo apoyo 2013 de la L- Industrial . Longitud: 0,072 km.
— LSMT-L4 entre nuevo CRT proyectado y CT Cultivos y Ganados n.º 140305120. Longitud: 0,152 km.
— LSMT-5 entre CT Cultivos y Ganados y apoyo particular existente a mantener para empalmar con la LSMT que alimenta actualmente al CT cliente Derecho 3 n.º 140350500. Longitud: 0,033 km.
— LSMT-6 entre CT Cultivos y Ganados y entronque aéreo-subterráneo apoyo 5019 de la L- Industrial . Longitud: 0,157 km.
— Longitud total: 0,961 km.
— Longitud de zanja total: 0,856 km.
— Tipo de línea: Subterránea en simple circuito.
— Tensión de servicio: 13,20 kV.
— Tipo de conductor: HEPRZ1 12/20 kV 3x(1x240) mm².
— Emplazamiento de la línea: Terreno municipal en la calle Adelardo López de Yerda (camino Viejo de Serradilla) y carretera de Trujillo (EX-208) y en terrenos privados (Ref. Catastral 7132621QE4373A) según RBD y planos adjuntos, en la localidad de Plasencia.
Nuevo centro de reparto (CRT) prefabricado proyectado.
— Tipo de CT: de superficie en edificio prefabricado (EP-2).
— n.º de transformadores: 2.
— Potencia de cada trafo: 630 kVA. Potencia total: 1.260 kVA.
— Relación de transformación: 20.000/400 V. 630/24/20 - B2-K-PE.
— Conjunto de celdas telemandadas, con 3 posiciones de línea y 1 posición de protección con fusibles (3L+1P).
— Cuadro de baja tensión de 8 salidas.
— Emplazamiento: En terreno privado (Ref. catastral 7126122QE4372E) en la carretera de Trujillo (EX 208).
Otras actuaciones:
— Cambio de celdas en el CT Cultivos y Ganados 2L1P, por un nuevo conjunto de celdas 3L+1P telemandadas.
— Dos nuevas líneas subterráneas de BT, desde posiciones del nuevo cuadro de BT a instalar en el CT Polígono MPal n.º 140305930 hasta CPM de los clientes particulares afectados CT cliente Inconex y CT cliente “Frinesa”, con una longitud total de 0,330 km (LSBT1: 0,066 km, y LSBT2: 0,264 km) y conductor del tipo XZ1(S) 0,6/1 kV 3x240 + 1x150 Al.
— Nuevo CBT de 8 salidas en CT Polígono MPal .
— Desmontaje del tramo de la LAMT Industrial entre los apoyos 5016 y 5019 de la misma en una longitud total de 0,666 km, así como los apoyos intermedios existentes en dicho tramo 5016, 5017, 9002, 5020, 2012, 2013, 1001 y 1002.
La declaración de utilidad pública se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con sus instalaciones auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización, sin la cual no podrán ser ejecutadas.
La Empresa tendrá en cuenta, para realizar la ejecución de las instalaciones, el cumplimiento de los condicionados que hayan sido establecidos por Administraciones Públicas, organismos, empresas de servicio público o empresas de servicios de interés general.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de bienes o de adquisición de derechos afectados, e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.
El incumplimiento de las condiciones recogidas en esta resolución, por la declaración inexacta de los datos suministrados o por cualquier otra causa que desvirtúe el objeto de la misma, podrá suponer su revocación, previa instrucción del correspondiente procedimiento.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, en un plazo no superior a un mes, conforme a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cáceres, 18 de noviembre de 2024.
El Jefe del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera,
JUAN FRANCISCO LEMUS PRIETO