RESOLUCIÓN de 25 de noviembre de 2024, de la Consejera, por la que se conceden los Premios Extremeños al Voluntariado 2024.
TEXTO ORIGINAL
El Decreto 131/2022, de 26 de octubre, por el que se regulan los Premios Extremeños al Voluntariado (DOE núm. 210, de 2 de noviembre), tiene como objetivo reconocer y galardonar a las personas físicas o jurídicas que participen, desarrollen o se hayan distinguido en los programas de voluntariado en el marco del desarrollo y consolidación de los derechos sociales, económicos, culturales, ambientales, y demás establecidos en el artículo 10 de la Ley 12/2019, de 11 de octubre, del Voluntariado de Extremadura.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1.3 del citado decreto, el día 4 de octubre de 2024 se publica en el Diario Oficial de Extremadura la Orden de 26 de septiembre de 2024 por la que se convocan los Premios Extremeños al Voluntariado 2024.
Realizada la selección de premiados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Orden de 26 de septiembre de 2024, vista la propuesta de 22 de noviembre de 2024 de la Comisión de Valoración, de concesión de los premios, y conforme a la misma, esta Consejería de Salud y Servicios Sociales en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 131/2022, de 26 de octubre, y con base en el artículo 5.3 de la citada orden de convocatoria,
RESUELVE:
Primero. La concesión del Premio Extremeño al Voluntariado 2024, en su modalidad individual, a D.ª María Ángeles Blázquez Agudo, por su contribución a la solidaridad con las personas más vulnerables en Extremadura a través del voluntariado, durante más de 50 años.
Segundo. La concesión del Premio Extremeño al Voluntariado 2024, en su modalidad colectiva, a la Cruz Roja Extremadura, por su trayectoria de compromiso social y humano con las personas y colectivos más vulnerables, a través del voluntariado.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Salud y Servicios Sociales, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en la forma y plazos previstos en Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Mérida, 25 de noviembre de 2024.
La Consejera de Salud y Servicio Sociales,
SARA GARCÍA ESPADA