RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2024, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del trámite de consulta, audiencia e información pública en relación con el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria.
TEXTO ORIGINAL
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 40 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, en los que se establece la posibilidad que tienen las personas de participar en la elaboración de disposiciones de carácter general, y con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, una vez elaborado el proyecto de Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de ayudas a la implantación de sistemas de riego que promuevan el uso eficiente del agua y la energía en las explotaciones agrarias de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria, afectando el contenido de la norma proyectada a los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y aconsejándolo la naturaleza de la disposición, procede acordar su sometimiento a trámite de audiencia e información pública, con la finalidad de que cualquier persona o entidad interesada pueda examinar el texto del proyecto y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas.
Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 24.1 del Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo, de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (DOE núm. 45, de 8 de marzo), esta Secretaría General,
RESUELVE:
Primero. Acordar la apertura de un periodo de trámites de consulta, audiencia e información pública por un plazo de siete días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del proyecto de decreto en el Portal de Transparencia y en el Diario Oficial de Extremadura, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el proyecto de decreto indicado y formular las alegaciones o sugerencias que estime oportunas, por cualquiera de los medios admitidos por la normativa reguladora del procedimiento administrativo común o a través de la siguiente dirección de correo electrónico: rjuridico.gfmr@juntaex.es
Segundo. El horario y lugar de exposición del citado proyecto de decreto a que se refiere este anuncio será, durante los días señalados, de 10:00 a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Infraestructuras Rurales, Patrimonio y Tauromaquia de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, avenida Luis Ramallo, s/n., de Mérida (Badajoz).
Además, para dar cumplimiento al artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el que se establece la posibilidad que tienen los ciudadanos de participar en el procedimientos de elaboración de las normas con rango de ley y reglamentos, se pone a disposición de la opinión pública y de los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma la información relacionada con los siguientes aspectos:
a) Los problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa:
De acuerdo con la Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre por la que se establece un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas resulta imprescindible realizar una planificación hidrológica que permita conseguir el buen estado y la adecuada protección del dominio público hidráulico y de las aguas, la satisfacción de las demandas de agua, incrementando las disponibilidades del recurso, protegiendo su calidad, economizando su empleo y racionalizando sus usos en armonía con el medio ambiente y los demás recursos naturales.
Siendo conscientes desde la Junta de Extremadura de la importancia del agua como recurso estratégico para mejorar la orientación al mercado y aumentar la competitividad de las explotaciones agrícolas, a corto y largo plazo, prestando una mayor atención a la investigación, la tecnología y la digitalización, se hace necesario seguir apostando por la consolidación y el desarrollo de nuestros regadíos.
b) La necesidad y la oportunidad de la aprobación:
Por Decisión de Ejecución de la Comisión, de 31 de agosto de 2022, C (2022) 6017, se aprueba el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027 de España. En el citado Plan se establecen los detalles de las intervenciones o medidas de la nueva PAC. Con posterioridad la Comisión ha aprobado dos modificaciones al Plan Estratégico, la primera con fecha el 30 de agosto de 2023, y la segunda con fecha 30 de agosto de 2024, versión actualmente en vigor.
Para el periodo 2023-2027, las ayudas a la implantación de sistemas de riego se incluyen en la Intervención 6841.2 Ayudas a inversiones en modernización y/o mejora de explotaciones agrarias , dentro del Plan Estratégico de la PAC 2023-2027. Estas ayudas están sujetas al cumplimento de las condiciones establecidas en el artículo 74 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola común (planes estratégicos de la PAC), financiada con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.º 1305/2013 y (UE) n.º 1307/2013.
El regadío es un motor para el desarrollo económico de las zonas rurales, impulsando una agricultura productiva, sostenible, generadora de empleo y de valor añadido, que mejora su eficiencia y responde a una planificación sostenible desde el punto de vista social, territorial y ambiental. Por ese motivo, se considera una medida adecuada de la política demográfica de la Junta de Extremadura en la lucha contra la despoblación en el medio rural.
De acuerdo con lo anterior, resulta necesario adoptar las bases reguladoras de esta intervención de acuerdo con el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, posibilitando así la publicación de la convocatoria de estas ayudas.
c) Los objetivos de la norma:
Estas bases reguladoras tienen como objetivo contribuir a la mejora de los resultados económicos de las explotaciones y facilitar la reestructuración y modernización de las mismas. En particular, promover la realización de obras, instalaciones y cambios en los métodos o sistemas de riego que mejoren la eficiencia en el uso del agua o fomenten el ahorro de energía en las explotaciones agrarias de regadío, así como la puesta en riego de explotaciones de secano mediante la implantación de sistemas de riego que propicien la economía del agua con el fin de mejorar la viabilidad económica de las explotaciones.
d) Las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras:
No se han encontrado otras posibles alternativas.
Asimismo, el proyecto de decreto estará a disposición de los ciudadanos en el Portal de Transparencia, en la siguiente dirección electrónica:
http://gobiernoabierto.juntaex.es/transparencia/web/c-gfmr
Mérida, 13 de diciembre de 2024. La Secretaria General, ISABEL GUTIÉRREZ DE LA BARREDA MENA.