ORDEN de 17 de diciembre de 2024 por la que se declaran de contratación centralizada los servicios de ciberseguridad de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como de aquellos organismos públicos y demás entidades dependientes o vinculadas a la misma que, a efectos de contratación pública, tengan la consideración de poder adjudicador.
TEXTO ORIGINAL
El marco normativo autonómico de los procedimientos de contratación centralizada se recoge en el Decreto 20/2023, de 15 de marzo, por el que se regula la contratación centralizada de obras, suministros y servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El referido decreto regula, a lo largo de su articulado, tanto los órganos competentes como los diferentes procedimientos en materia de contratación centralizada.
Asimismo, incorpora un anexo en el que se relacionan los bienes declarados de contratación centralizada, sin perjuicio de la competencia prevista de declarar nuevas categorías de obras, servicios o suministros de contratación centralizada, mediante orden de la persona titular de la Consejería con competencias en materia de hacienda, a propuesta del órgano directivo competente en materia de contratación centralizada.
En este sentido, la Dirección General de Digitalización de la Administración de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital ha remitido un informe en el que exponen los motivos para la inclusión de la ciberseguridad como nueva categoría de servicios declarados de adquisición centralizada, instando que sean declarados como tal, y delimitando los servicios que se verán afectados por dicha declaración.
A tales efectos, argumentan que la ciberseguridad se trata de un servicio crítico y voluminoso de gran relevancia en la actualidad ante el auge de los ciberataques a las Administraciones Públicas, y que afecta a la protección integral de los sistemas tecnológicos de la Junta de Extremadura y del sector público autonómico en su totalidad.
Dado su carácter transversal y necesario, aplicado a todas las Consejerías y entidades del sector público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y puesto que su consumo será generalizado para todos los poderes adjudicadores del ámbito de aplicación expuesto, tal y como se requiere en el apartado primero del artículo siete del Decreto 20/2023, se estima conveniente y ajustada a derecho la declaración de los servicios de ciberseguridad de contratación centralizada.
Dado su carácter transversal y necesario, aplicado a todas las Consejerías y entidades del sector público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y puesto que su consumo será generalizado para todos los poderes adjudicadores del ámbito de aplicación expuesto, tal y como se requiere en el apartado primero del artículo siete del Decreto 20/2023, se estima conveniente y ajustada a derecho la declaración de los servicios de ciberseguridad de contratación centralizada.
Visto todo lo anteriormente expuesto, y de conformidad con la competencia conferida a la Consejería de Hacienda y Administración Pública en virtud del artículo 7 del citado Decreto 20/2023,
DISPONGO
Único. Declarar de contratación centralizada los servicios de ciberseguridad, a los efectos de lo dispuesto en el Decreto 20/2023, de 15 de marzo, por el que se regula la contratación centralizada de obras, suministros y servicios en la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como aquellos organismos públicos y demás entidades dependientes o vinculadas a la misma que, a efectos de contratación pública, tengan la consideración de poder adjudicador.
Mérida, 17 de diciembre de 2024.
La Consejera,
Elena Manzano Silva