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ANUNCIO de 16 de diciembre de 2024 por el que se da publicidad a la ampliación del crédito asignado al Decreto 286/2023, de 19 de diciembre, de fomento de la contratación de seguros agrarios combinados y convocatoria para la anualidad 2024.
DOE Número: 1
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 01 de enero de 1970
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Seguros agrarios.
Página Inicio: 64615
Página Fin: 64616
Otros formatos:
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TEXTO ORIGINAL
Con fecha 27 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número 246, el Decreto 286/2023, de 19 de diciembre, de fomento de la contratación de seguros agrarios combinados y convocatoria para la anualidad 2024. Línea de ayudas al fomento de la contratación de seguros agrarios, convocando ayudas por importe de 10.500.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/47000 CAG0000001, proyecto 20000250.
Para esta convocatoria de ayudas se han presentado solicitudes por un importe superior a la cuantía de la convocatoria resultando, por tanto, insuficiente el crédito señalado para atender las solicitudes presentadas.
EL artículo 17 del Decreto 286/2023, de 19 de diciembre, establece que la cuantía inicial podrá aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias y ello porque se trata de una subvención directa regulada por el artículo 31.1 de la Ley 6/2.011, de 23 de marzo, cuyo otorgamiento o cuantía viene impuesto por una norma de rango legal y se establece que se regirá por dicha norma y las demás de específica aplicación, y supletoriamente por lo dispuesto en la Ley 6/2011. Por ello, resulta aplicable lo establecido para las ampliaciones de crédito en el capítulo II, título II de la Ley 6/2011 y en el artículo 29.3. de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, al establecer el carácter ampliable de los créditos en función de las disponibilidades presupuestarias.
Dado que el importe del crédito disponible es insuficiente para atender las solicitudes presentadas y pendientes de resolver y existiendo disponibilidades presupuestarias que permiten aumentar el crédito de la convocatoria, resulta necesario ampliar el crédito de la misma, incorporándose crédito consignado en el proyecto de gastos 20000250 y aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/47000, fuente financiación CAG0000001 de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, por importe de 392.000 €, a los 10.500.000 € de la convocatoria, lo cual arroja un importe final de 10.892.000 €.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el aumento de los créditos en la convocatoria exige la publicación en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de un anuncio del órgano al que corresponde la aprobación de la convocatoria en el que se recoja cómo quedarían los créditos totales de la convocatoria, distribuidos por proyectos y aplicaciones presupuestarias.
A tenor de lo expuesto anteriormente, corresponde publicar anuncio para indicar que, tras la ampliación de créditos efectuada, el crédito total de la convocatoria queda fijado en 10.892.000 euros y se amplían los créditos previstos artículo 17 del Decreto 286/2023, de 19 de diciembre, con lo cual el citado punto queda redactado de la siguiente forma:
La financiación por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible de estas subvenciones tendrá un importe total de diez millones ochocientos noventa y dos mil euros (10.892.000,00 €), que se imputará con cargo a la aplicación presupuestaria 120020000 G/312B/47000 CAG0000001, proyecto 20000250 .
Esta ampliación de crédito se encuentra destinada a atender a las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido y no supone en ningún caso la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes de subvención.
Mérida, 16 de diciembre de 2024. La Secretaria General, MARÍA CONCEPCIÓN MONTERO GÓMEZ.
Nota: Este texto carece de valor jurídico. Para consultar la versión oficial y auténtica puede acceder al fichero PDF del DOE.

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