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ANUNCIO de 17 de diciembre de 2024 sobre aprobación de la Oferta de Empleo Público para el año 2024.
DOE Número: 1
Tipo: Ordinario
Fecha Publicación: jueves, 01 de enero de 1970
Apartado: V ANUNCIOS
Organismo: ayuntamiento de hervás
Rango: ANUNCIO
Descriptores: Oferta de Empleo Público.
Página Inicio: 66394
Página Fin: 66394
Otros formatos:
PDFFormato PDF XMLFormato XML
TEXTO ORIGINAL
Por Resolución de Alcaldía de fecha 17/12/2024 de este Ayuntamiento, se aprobó la oferta de empleo público correspondiente a las plazas que a continuación se reseñan para el año 2024.
PERSONAL LABORAL:
CATEGORÍA LABORAL ESPECIALIDAD N.º VACANTES DENOMINACIÓN
Psicólogo/a Punto de Atención Psicológica 1 Psicólogo/a del Punto de Atención Psicológica
Auxiliar de enfermería Auxiliar de Enfermería o Geriatría del Organismo Autónomo Residencia de Mayores 1 Auxiliar de Enfermería o Geriatría del Organismo Autónomo Residencia de Mayores
En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo ante la alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Cáceres o, a su elección, el que corresponda a su domicilio, si éste radica en Extremadura, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
Hervás, 17 de diciembre de 2024. La Alcaldesa–Presidenta, GLORIA DE LOS SANTOS VIZCAÍNO MARTÍN.
Nota: Este texto carece de valor jurídico. Para consultar la versión oficial y auténtica puede acceder al fichero PDF del DOE.

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